Corte Constitucional suspende provisionalmente decreto de emergencia económica
La decisión se basó en la ponencia del magistrado Carlos Camargo, quien sostuvo que la suspensión es indispensable para prevenir daños irreparables.
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
La Sala Plena de la Corte Constitucional ordenó la suspensión provisional de los efectos del decreto de emergencia económica emitido por el gobierno del presidente Gustavo Petro.
La decisión se basó en la ponencia del magistrado Carlos Camargo, quien sostuvo que la suspensión es indispensable para prevenir daños irreparables. La determinación se tomó con una mayoría de 6 votos contra 2.
Cabe destacar que la sala estuvo conformada por ocho magistrados, ante el impedimento aceptado del presidente del tribunal, Jorge Enrique Ibáñez.
"SUSPENDER PROVISIONALMENTE el Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025, 'por el cual se declara el Estado de Emergencia Económica y Social en todo el territorio nacional', hasta tanto la Sala Plena de la Corte Constitucional profiera una decisión de fondo", explicó la corte en un comunicado.
Y es que, en una ponencia de 86 páginas, el magistrado Carlos Camargo argumentó por qué se deberían suspender los efectos del decreto de la emergencia económica del Gobierno del presidente Gustavo Petro.
Camargo planteó que el decreto base presenta vicios formales y materiales que justificarían, de manera excepcional, la adopción de una medida cautelar de suspensión provisional, con el fin de impedir la consolidación de efectos jurídicos irreversibles mientras se surte el control constitucional de fondo.
De fondo, la ponencia del magistrado Camargo advierte que el decreto tiene presuntas irregularidades en su expedición, como deficiencias en la firma del acto administrativo y una motivación insuficiente frente a cada una de las ocho causas invocadas por el Gobierno para justificar la declaratoria del estado de emergencia.
Publicidad
Es allí donde la figura de la suspensión provisional presenta una oportunidad para garantizar la intervención oportuna de esta Corporación y, con ello, la protección de la Carta Fundamental
Uno de los puntos centrales del planteamiento es el efecto del decreto sobre el sistema tributario. El magistrado advierte que la emergencia no puede ser utilizada como vía para introducir reformas fiscales o tributarias que no superaron el debate democrático en el Congreso de la República, pues ello vulnera principios estructurales del orden constitucional.