Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Reciba notificaciones de Blu Radio para tener las principales noticias de Colombia y el mundo.
No activar
Activar

Publicidad

Corte protegió derecho a la educación de estudiante suspendida por distribuir brownies de marihuana

El alto tribunal determinó que el plantel educativo debió hacer un acompañamiento psicológico a la estudiante. Aunque la estudiante sí cumplió con la sanción que le fue impuesta por la falla disciplinaria, alegó que nunca recibió los talleres de trabajo escolar oportunamente.

brownies de marihuana
brownies de marihuana
Foto: AFP

Los padres de familia de una joven estudiante del colegio San Blas de Palmira, Valle del Cauca, presentaron una tutela ante el juzgado 8º de pequeñas causas y competencia múltiple de Cali, tras considerar que a su hija se le vulneró el derecho a la educación luego de ser suspendida provisionalmente de su colegio por venderbrownies de marihuana dentro del mismo plantel educativo.

Aunque la estudiante sí cumplió con la sanción que le fue impuesta por la falla disciplinaria, alegó que nunca recibió los talleres de trabajo escolar oportunamente, lo cual le afectó psicológica y académicamente tras sentirse excluida del entorno escolar.

La sala segunda de revisión de este alto tribunal advirtió que, en este caso, prima el interés de la joven y que es deber del Estado, la familia y la sociedad evitar riesgos prohibidos, como lo son la disponibilidad y consumo de sustancias psicoactivas.

La Corte Constitucional hizo un llamado generalizado a las autoridades escolares y a los padres de familia para la implementación de estrategias que enfrenten el porte y uso de sustancias, precisamente para evitar sanciones pedagógicas sin un previo acompañamiento.

Publicidad

Además, la sala determinó que los directivos de cada colegio deben observar las normas de conductas contenidas en el manual de convivencia. Sin embargo, tras aplicar sanción a la estudiante se le vulneró su derecho a la educación por el hecho de haberla excluido por cinco meses hasta que terminara el año escolar.

La decisión de la Corte en este caso fue ordenarle al colegio San Blas de Palmita, haga una revisión y posterior ajuste de su manual con el único fin de establecer las sanciones a las faltas cometidas por los estudiantes y las etapas para la defensa de este. Por último, trazar la ruta de educación digital para aquellos estudiantes que sean sancionados por las directivas en pro de seguir con el proceso académico sin afectar el derecho a la educación consagrado en el artículo 67 de la Constitución Política.

Publicidad

  • Publicidad