JEP otorgó amnistía a exguerrilleros de Farc que secuestraron a policías en medio del paro agrario
La JEP también se refirió a las protestas sociales y las calificó como un derecho fundamental, el cual no se puede desconocer.
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La sección de apelación de la JEP concedió una amnistía a dos exintegrantes de las Farc y dos colaboradores de esa antigua guerrilla por dos hechos de secuestro que se presentaron durante el paro agrario en el año 2013, en diferentes zonas del país. En estos hechos, por los cuales se concede la amnistía, fueron secuestrados seis militares y cuatro policías en la vía Villavicencio-Bogotá.
En la decisión, además, la justicia transicional se refiriere a la protesta social como un derecho fundamental, el cual no se puede desconocer a pesar de que en algunas ocasiones en dichas manifestaciones haya infiltración de las guerrillas o de otros grupos.
"Sería artificioso sostener que todas las situaciones de protesta social estuvieron permeadas por los actores armados o que quienes participan en ellas fueron instrumentalizadas por los grupos subversivos, pues ello implicaría desconocer las dinámicas de la acción colectiva que se moviliza como forma para reclamar sus derechos", se lee en la decisión.
Pero por otro lado, también asegura la JEP que la protesta social es una de las maneras como se manifiesta la libertad de expresión de manera pacífica y, que por medio de la misma, se ejercen también los derechos políticos que tienen los ciudadanos.
"La protesta social supone un ejercicio social de índole pacífico, a pesar de que se generen ciertas incomodidades para la población que no participa directamente en ellas; o bien, que las autoridades perciban en su desarrollo algunas dificultades para preservar el funcionamiento cotidiano de las cosas públicas. No obstante, la protesta social debe diferenciarse de los disturbios públicos".
En los casos de la amnistía que concede la JEP, el tribunal determinó que las cuatro personas recibieron ordenes de la extinta guerrilla, para realizar acciones como bloqueo de vías y quema de vehículos, pero también le entregaban información a los comandantes de las Farc sobre lo que pasaba durante la protesta.
"Los dos primeros casos, ocurrieron el 20 y el 21 de agosto de 2013, y se refieren a la retención de policías que custodiaban las manifestaciones, que no fueron víctimas de malos tratos y cuya entrega se hizo en cuestión de horas con la mediación de la Defensoría del Pueblo. La sección consideró que esos secuestros simples son amnistiables, debido a que 'la aprehensión de combatientes efectuada en operaciones militares es conexa con el delito político y, por lo tanto, es una conducta amnistiable´."
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Sin embargo, también se estudió otro caso de secuestro que ocurrió el 5 de septiembre de 2013, cuando algunas personas retuvieron a 26 miembros de la Policía, quienes fueron liberados un día después. El delito fue previamente planeado por un grupo de personas y buscaba presionar al Gobierno: "por lo que equivale al delito de toma de rehenes que es una grave infracción al DIH, al art. 3 común de los Convenios de Ginebra y, por lo tanto, declaró que no es amnistiable".
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