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No estoy protegiendo a Karen Abudinen: ponente de ley que sanciona a quienes denuncien corrupción

Según explicó el representante César Lorduy, con este artículo, aquellos que incurran en injuria o calumnia contra funcionarios podrían pagar penas de cárcel.

Karen Abudinen - César Lorduy
Karen Abudinen - César Lorduy
Fotos: archivo MinTIC - cortesía

El representante a la Cámara de Cambio Radical César Lorduy detalló en Mañanas BLU los cambios al artículo del proyecto de ley anticorrupción, que es considerado como un riesgo para la libertad de prensa.

"El que mediante injuria o calumnia debidamente comprobada pretenda atacar u obstruir las funciones constitucionales y legales de algún funcionario público, denunciando hechos falsos sobre él o su familia, incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento veinte (120) meses", dice el artículo de la futura ley anticorrupción, que sigue su trámite legislativo.

El Código Penal colombiano actualmente estipula la calumnia y la injuria de forma general y no solo para servidores públicos con penas de prisión de 16 a 72 meses, después de otra enmienda de 2004.

El congresista Lorduy aseguró que no son ciertas las versiones que señalan que la aprobación del artículo busca proteger a Karen Abudinen, exministra de las TIC, que salió del Gobierno en medio de un grave escándalo de corrupción en un billonario contrato con la Unión Temporal Centros Poblados.

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"Yo no actúo de esa manera. Eso es un artículo que estaba en la ponencia, como ponente lo defendí, al igual que los 67 artículos adicionales. Este artículo contribuye de alguna manera a luchar contra la corrupción, porque so pretexto de presentar denuncia o informaciones falsas, las personas terminan siendo extorsionadas", añadió Lorduy.

Según explicó, el artículo “que tanto preocupa, no existe”, pues este lunes en la noche después de la iniciativa de algunos congresistas, la plenaria de la Cámara de Representantes, por mayoría, “decidió no eliminar el artículo. Finalmente, se presentó una proposición sustitutiva que fue aprobada”.

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Según explicó el representante Lorduy, aquel que cometa calumnia o injuria a funcionarios, podría pagar una pena en cárcel.

El artículo 68 no se aprobó, se aprobó el 221 A, que no contiene todo lo que tenía el inicial, es una proposición sustitutiva. La diferencia está en la pena, la que se proponía hacía el delito de injuria no excarcelable. Ahora, por menos de cinco años, es decir, totalmente excarcelable”, sostuvo.

“La pérdida de la personería jurídica es para organizaciones comunitarias y no para medios de comunicación (…) Es un derivado de que una organización cómete, a través de sus representables legales, un hecho punible, en este caso, injuria y calumnia. El que le asigne hechos falsos a una persona”, añadió.

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El representante del Cambio Radical dijo que sobre esos funcionarios, hay “una cantidad de información falsa”, pero no es denunciada.

“No estamos hablando de un grupo diminuto, son 1.353.000 funcionarios (…) Según estadísticas el Dane, Fiscalía y observatorios, sobre esos funcionarios se reproduce una cantidad de información falsa que no terminan en denuncia”.

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Escuche la entrevista completa en Mañanas BLU:

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