La JEP citó al exjefe paramilitar Carlos Mario Jiménez, conocido con el alias ‘Macaco’ , a una audiencia única de verdad para determinar si aceptan o no su sometimiento ante esta jurisdicción, en principio la audiencia iba a ser los días 8 y 9 de noviembre. Sin embargo, ‘Macaco’ presentó una recusación en contra de la magistrada Sandra Jeannette Castro.
"Destacó, que al haber sido funcionaria de la Fiscalía General de la Nación (en adelante FGN), es decir, su actividad profesional inmediata previo a ejercer como magistrada de la Jurisdicción Especial para la Paz, debería ser un asunto considerado como apariencia de imparcialidad y también de imparcialidad objetiva por “haber tenido contacto anterior con el proceso de la referencia”, justifica.
Por haber sido dependiente funcional de los fiscales generales de la Nación que serán objeto de los aportes que ofrecerá su representado en la diligencia única de verdad, esto es, Mario Germán Iguarán Arana, Viviane Aleyda Morales Hoyos y Néstor Humberto Martínez Neira. Particularmente, en lo que respecta a Mario Iguarán, sobre quien relatará que fue nombrado con la influencia de los grupos paramilitares, explica la JEP en su decisión.
‘Macaco’ argumentó que la magistrada fue nombrada fiscal delegada ante el Tribunal de Distrito Judicial de Bogotá bajo la función nominadora y en la administración del fiscal Mario Iguarán, pero, además, ‘Macaco’ dice que lo extraditaron, supuestamente, para que no contara los detalles que tiene sobre estos temas.
"Añadió que Carlos Mario Jiménez Naranjo fue extraditado a los Estados Unidos para afrontar un proceso por los delitos de conspiración en actividades de narcotráfico y financiación de grupos terroristas, todo ello con el propósito de apartarlo del proceso de paz, y, evitar que delatara ante la justicia colombiana, los nexos de las AUC con funcionarios de la rama ejecutiva, legislativa y judicial", se lee en la decisión de la JEP.
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Por esto, alias ‘Macaco’ pidió que la decisión sobre su sometimiento la tomaran funcionarios que no tuvieron vínculos con los fiscales mencionados.
"En igual forma, incluyó los nombres de diferentes funcionarios judiciales, particularmente, de la Fiscalía General de la Nación, que estuvieron involucrados en el denominado “cartel de la toga”, concluyendo que tiene documentado una serie de “falsos positivos o montajes” destinados a una persecución personal de su prohijado, a su parecer, específicamente gestado por lo que denominó “la cúpula de la Fiscalía”, mencionan los magistrados de la JEP.
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Sin embargo, la magistrada decidió no aceptar la recusación, argumentando que en las actuaciones adelantadas en contra de ‘Macaco’ durante la Fiscalía de Iguarán, no tuvo injerencia ni emitió conceptos y su nominación por parte del exfiscal Mario Iguarán se llevó a cabo, una vez, superó el concurso de méritos para ser fiscal en propiedad, la recusación fue negada por parte de los magistrados de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas.
"Para la Sala, estas afirmaciones se tornan imprecisas, genéricas, carecen de una reseña lógica argumentativa y no son acompañadas por evidencia alguna, Por ejemplo, alegar que entre la magistrada Sandra Jeannette Castro Ospina con la exfiscal de Justicia y Paz, Luz Helena Morales Garay por haber coincidido laboralmente en laFiscalía General de la Nación en actividades, despachos, unidades o direcciones con mandatos misionales distintos o porque en la actualidad estén vinculadas a la JEP con origen, nominación y funciones diferentes, surgió y se consolidó una amistad cercana que trascienden a las actividades a cargo de cada una de ellas para influir en la objetividad, el desempeño profesional que cumplen en el marco de sus competencias y llegar a influir en la función investigativa y judicial de manera negativa frente al caso del solicitante", señala la JEP.
Por otro lado, los magistrados de la JEP señalan que el abogado de ‘Macaco’ no documentó supuestas injerencias de la magistrada sobre los procesos de Carlos Mario Jiménez.
"En punto a la reclamada apariencia de imparcialidad a la magistrada Sandra Castro Ospina, en el escrito de recusación o en los anexos, no aparece evidencia que revele el sesgo o perjuicios personales de la magistrada recusada en contra de Carlos Mario Jiménez Naranjo. Tampoco hay elementos que permita indicar que tenga ideas preconcebidas sobre los hechos que el aspirante a comparecer debe exponer en la audiencia única de verdad", explicaron los magistrados .
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