Fue el 12 de marzo de 1996 cuando en Chalán, Sucre,
Un joven guerrillero, de 15 años, fue el encargado de llevar este burro hacia la estación, es por eso que
"Haber fingido la condición de civil de quien condujo y ubicó el artefacto explosivo frente a la estación de Policía, asesinar a los agentes que habían depuesto las armas e incinerar sus cuerpos, desconoció las exigencias mínimas de lealtad en la conducción de hostilidades, constituyó un claro ejemplo de perfidia, y vulneró prohibiciones expresas del DIH, todo lo cual tornó la acción militar en una violación a las leyes de la guerra.”, señaló la Sección de Apelación de la JEP
Sin embargo, los magistrados aclaran que el atentado se produjo contra un objetivo válido, teniendo en cuenta que fue contra la estación de Policía del municipio.
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“La explosión no afectó ninguna instalación que contuviera fuerzas peligrosas ni bienes indispensables para la supervivencia de la población civil, como zonas agrícolas, el acueducto o artículos alimenticios. Por lo que es factible concluir, que la carga explosiva se situó en el lugar indicado, atenuando así la magnitud de los daños previstos e incidentales causados a las edificaciones circundantes, los cuales no son desproporcionados respecto de la ventaja militar obtenida”, señaló la JEP.
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