El Juzgado Tercero Civil Municipal de Girón falló a favor de Jessica Alejandra Pinzón Jiménez, una funcionaria de la Alcaldía de Girón que fue desvinculada pese a encontrarse en periodo de lactancia. La decisión concluye que el despido vulneró sus derechos fundamentales a la estabilidad laboral reforzada, al trabajo y a la lactancia materna.
La mujer, quien se desempeñaba como secretaria Administrativa, había sido nombrada el 15 de octubre y tomó posesión del cargo el 16 del mismo mes, pero fue declarada insubsistente apenas nueve días después, mediante la Resolución 003738 del 25 de octubre de 2025, firmada por el alcalde designado de Girón, Freddy Cáceres.
Según la tutela, al momento de su desvinculación la funcionaria era madre lactante de una bebé prematura de 12 meses, quien hace parte del Plan Canguro y requiere lactancia materna continua. Pinzón había informado oficialmente esta condición a la administración municipal el 17 de octubre, es decir, antes del despido, y había solicitado formalmente la protección laboral reforzada.
El juzgado concluyó que, aunque el cargo ocupado por Pinzón Jiménez era de libre nombramiento y remoción, la Alcaldía no podía desvincularla sin analizar su condición de madre lactante, pues la Ley 2306 de 2023 amplió la protección laboral hasta los dos años de edad del menor cuando existe lactancia materna activa.
Por esta razón, el juez concedió la tutela y ordenó a la Alcaldía de Girón reintegrarla a su cargo o a otro de iguales o mejores condiciones en un plazo de diez días, así como pagar los salarios, prestaciones y aportes a seguridad social dejados de percibir desde la fecha de la desvinculación.
Además, dispuso que la administración le garantice un descanso de 30 minutos dentro de la jornada laboral para amamantar a su hija, sin descuento salarial, conforme a la Ley 2306 de 2023 y la Ley 1823 de 2017.
“Las disposiciones sobre cargos de libre nombramiento deben ceder ante las que protegen derechos de rango constitucional, como los de las madres en periodo de lactancia”, señaló el despacho en la sentencia.
El fallo también dispuso la desvinculación del trámite de varias entidades que fueron llamadas al proceso, entre ellas la Personería Municipal de Girón, la EPS Sura, el Ministerio del Trabajo, la Clínica Materno Infantil San Luis y la ADRES, al considerar que no tenían responsabilidad directa en la presunta vulneración.
La Alcaldía de Girón podrá impugnar la decisión, que de no ser apelada será remitida a la Corte Constitucional para su eventual revisión.