Matrículas en colegios privados tendrán topes desde 2026: así quedarán
El Ministerio de Educación definiría los criterios y porcentajes máximos que los colegios privados podrán aplicar en el aumento de matrículas, pensiones y cobros periódicos para el año 2026.
El Ministerio de Educación Nacional publicó para comentarios la resolución que regula los aumentos en las tarifas que cobran los colegios privados de preescolar, básica y media. La medida, que entra en vigencia en 2026, busca equilibrar el poder adquisitivo de las familias con la sostenibilidad de las instituciones y mejorar la calidad educativa.
La norma define que los incrementos dependerán de cinco factores: el IPC anual certificado por el Dane, el Índice de Permanencia (que mide continuidad, aprobación y retención de estudiantes), la inclusión educativa de personas con discapacidad, el reconocimiento a la labor docente para colegios que pagan de acuerdo con el Decreto 2277 de 1979 y la clasificación de cada colegio en los regímenes de libertad regulada, vigilada o controlado.
¿Cómo funcionan las tablas de incremento?
La resolución establece tablas que combinan estos factores y permiten calcular el aumento máximo en cada colegio:
Régimen de libertad regulada con acreditación de calidad: los colegios pueden aplicar el IPC más un punto adicional (1 %), un 0,3 % extra si incluyen estudiantes con discapacidad, un 2,2 % si cumplen con la escala salarial docente, y entre 0,16 % y 0,5 % según el nivel de permanencia de sus estudiantes.
Es decir, en un colegio con matrícula de $1.000.000, podría subir a $1.120.000.
Régimen de libertad regulada por autoevaluación: el incremento se calcula con el IPC más 0,83 %, a lo que se pueden sumar los mismos porcentajes por educación inclusiva (0,3 %), salarios docentes (2,2 %) y permanencia (0,16 % a 0,5 %).
Es decir, matrícula de $1.000.000 subiría a $1.118.000.
Salón de un colegio
Foto: referencia, Lexica
Régimen de libertad vigilada: el aumento es menor. se toma el IPC más 0,66 %, más los porcentajes adicionales por inclusión (0,3 %), salarios docentes (2,2 %) y permanencia (0,16 % a 0,5 %).
Es decir, Matrícula de $1.000.000 subiría a $1.116.000.
Régimen controlado: la Secretaría de Educación define el incremento. Aquí solo se aplica el IPC, más los porcentajes de inclusión (0,3 %), salarios docentes (2,2 %) y permanencia (0,16 % a 0,5 %), pero sin puntos adicionales iniciales.
Es decir, la matrícula de $1.000.000 subiría a $1.110.000.
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En todos los casos, los colegios nuevos creados después de 2025 no podrán aplicar el Índice de Permanencia porque no cuentan con datos de matrícula histórica.
El ministerio también recordó que los colegios no pueden imponer marcas ni proveedores de útiles, textos o uniformes, y que en caso de mora solo podrán retener las notas, pero no interrumpir la asistencia a clases ni el derecho a evaluaciones. Asimismo, las instituciones podrán otorgar descuentos, siempre que estén registrados en sus reportes financieros.