Corte Suprema defiende su decisión de avalar extradición y pide negar tutela de 'Pipe Tuluá'
La tutela se conoció unas horas después de que se confirmara que el Gobierno firmó la extradición de 'Pipe Tulúa', cabecilla de la banda 'La Inmaculada'.
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La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia solicitó negar la tutela presentada por Andrés Felipe Marín Silva, conocido como 'Pipe Tuluá', con la que busca dejar sin efecto el concepto favorable de extradición emitido el pasado 12 de noviembre a solicitud del Gobierno de Estados Unidos.
Tan solo unas horas después de que se confirmara que el Gobierno firmó la extradición de 'Pipe Tulúa', se conoció un escrito remitido a la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, quién será la encargada de resolver una tutela que interpuso el máximo cabecilla de 'La Inmaculada'. La Corte explicó que el concepto de extradición se ajustó plenamente a las exigencias constitucionales y legales; por esa razón, sostuvo que no existe vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, defensa, libertad personal ni acceso a la justicia, como lo alega el accionante.
Marín, el peligroso cabecilla de la banda 'La Inmaculada' que delinque en el Valle del Cauca, es requerido por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas por los delitos de tráfico de drogas y concierto para delinquir, dentro de un proceso penal iniciado en septiembre de 2024.
En la tutela, 'Pipe Tulúa' sostiene que la Corte incurrió en defectos sustantivos y fácticos al equiparar delitos que juzga el país que lo pide en extradición con los que fue juzgado en Colombia.
Sin embargo, la Sala Penal reiteró que para verificar el principio de doble incriminación basta con que la conducta sea delito en ambos países, sin importar la denominación jurídica, y que los hechos descritos sí encuentran correspondencia en el Código Penal colombiano.
La Corte aclaró que el trámite de extradición no es el escenario para analizar de fondo la responsabilidad penal del solicitado ni para evaluar la suficiencia o validez de las pruebas allegadas por el país requirente.
Asimismo, descartó que exista falta de motivación en el concepto de extradición y señaló que los argumentos planteados por la defensa ya fueron analizados y respondidos dentro del trámite. Para la Sala, la tutela no puede usarse como un mecanismo para reabrir discusiones ya resueltas ni para expresar inconformidad con una decisión judicial debidamente sustentada.