Los rumores del traslado al centro carcelario de la capital del Atlántico son ya una realidad. A través de una comunicación oficial, el jefe de la cartera de Justicia explicó que el traslado intramural de los máximos cabecillas de ambas estructuras lo firmará, con el propósito de contribuir a la sostenibilidad de la tregua y prevenir una reactivación de la violencia.Especificó el funcionario que la solicitud de traslado que le hizo este viernes el Comisionado de Paz, Otty Patiño, recibirá su visto bueno, sobre todo para proteger a la ciudadanía, aunque advirtió que alias 'Cástor', 'Digno Palomino' y varios miembros más de estas bandas, no van para un hotel y tendrán vigilancia estricta del INPEC.“La solicitud de traslado la recibí ayer (viernes) por parte del Comisionado de Paz, Otty Patiño. Vamos a firmar con el único fin de sostener la tregua de paz entre las bandas, y principalmente, proteger a la ciudadanía. Pero advierto, no van a un hotel, el traslado carcelario será estrictamente vigilado por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para sostener la tregua y proteger a la población", aseguró el ministro de Justicia, Andrés Idárraga.La medida precisa que los traslados se realizarán bajo condiciones de máxima seguridad, con custodia reforzada y vigilancia estricta a cargo del INPEC.Esta actuación, destaca el Ministerio de Justicia en un comunicado, se desarrolla en el marco de la Resolución Ejecutiva N.º 442 del 5 de diciembre de 2025, que autoriza acercamientos exploratorios con estas estructuras criminales. En ese contexto, el jefe de la Dirección Nacional de Inteligencia, Jorge Lemus, precisó que dichos acercamientos buscan verificar su voluntad real de paz y avanzar en la formalización de diálogos conforme a los objetivos definidos por el presidente de la República.Sobre los traslados en esta fase de diálogos exploratorios entre ‘Pepes’ y ‘Costeños’ y su traslado a Barranquilla, públicamente criticado por autoridades locales como el alcalde Alejandro Char, así como la tregua que firmaron el pasado 2 de octubre, el profesor y politólogo Luis Trejos argumenta que es inviable cualquier proceso de paz urbana sin un marco jurídico que lo respalde y a casi seis meses de que termine el gobierno de Gustavo Petro.“Hoy se hacen unos traslados desde el nivel nacional, pero todavía no es claro los objetivos que persigue el Gobierno nacional al querer instalar esta mesa cuando no hay un marco jurídico que regule la misma, por eso emerge la especulación de que pareciera que el Gobierno está pensando más en los resultados electorales que en la verdadera pacificación del territorio”, comentó Trejos.El politólogo y analista añadió que otra de las fallas en esta fase exploratoria de diálogos radica en no tener en cuenta a las autoridades en el territorio, que son las que los combaten y los sufren.Hay que recordar que en, medio de esta supuesta tregua, el accionar de Pepes y Costeños ha dejado muertos de los dos lados y varios de sus miembros han seguido incurriendo en delitos como el sicariato, la extorsión o el microtráfico, según reportes de la Policía Metropolitana.Jorge Eliécer Díaz Collazos se encuentra actualmente en la cárcel de Cómbita, en Boyacá, y 'Digno Palomino' en La Picota, de Bogotá.
El Ministerio de Justicia y del Derecho avaló el traslado intramural de los máximos cabecillas de las bandas criminales ‘Los Pepes’ y “Los Costeños” hacia centros de reclusión en Barranquilla. Esta medida se realizará bajo condiciones de máxima seguridad y busca preservar la tregua de paz a la que previamente habían llegado estas estructuras.La decisión se da en el marco de la política de paz urbana, contemplada dentro del proyecto de Paz Total del Gobierno nacional, y responde a una solicitud presentada el pasado 9 de enero por el alto comisionado para la Paz, Otty Patiño, al ministro de Justicia, Andrés Idárraga. “Pero advierto, no van a un hotel, el traslado carcelario será estrictamente vigilado por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC)”, precisó Idárraga, al aclarar que la medida no implica beneficios carcelarios.La solicitud involucra a Digno Palomino, cabecilla de ‘Los Pepes’, y a José Alfredo Castro, alias ‘Castor’, máximo líder de ‘Los Costeños’. Ambos hacen parte de la tregua firmada por los dos dirigentes en Bogotá, el 2 de octubre de 2025, con vigencia hasta el 20 de enero de 2026.El pacto establecía que ambas organizaciones delincuenciales se abstendrían de realizar robos, extorsiones y asesinatos en Barranquilla y su zona metropolitana. Asimismo, contemplaba el abandono de actividades económicas ilícitas, el desarme gradual de sus integrantes, la desvinculación de menores de edad de sus filas y la puesta en marcha de programas de resocialización dentro de los centros penitenciarios.El Gobierno nacional reiteró que el traslado se enmarca en la Resolución Ejecutiva N.º 442 de diciembre de 2025, que autoriza acercamientos exploratorios con este tipo de estructuras criminales. El Ministerio de Justicia recalcó que la paz no significa impunidad, sino “control, legalidad y vigilancia permanente” en defensa de la seguridad ciudadana.
El asesinato de Natalia Santo Domingo Rodríguez, una mujer trans, mantiene la conmoción por la violencia con la que fue cometido el crimen. Los hechos ocurrieron el pasado 9 de enero de 2025 en un apartamento donde residía la víctima, y hoy avanzan en un proceso judicial que busca esclarecer las responsabilidades y el móvil del homicidio.Natalia había crecido en el municipio de Pacho, Cundinamarca y, con el paso de los años, se trasladó a Chía y Cajicá en busca de un entorno que le permitiera vivir su proceso de transición con mayor tranquilidad. En entrevista con Conducta Delictiva Podcast su hermana menor la describió como una mujer cercana, solidaria y comprometida con el bienestar de los suyos, a quienes apoyaba económicamente de forma constante.Diana Quintero recordó que desde la niñez la identidad de Natalia era evidente dentro del hogar. “Algo en mí siempre me decía que Natalia era diferente. Un día nos llamó y nos dijo que él ya no quería ser él, que quería ser ella”, relató.El día anterior a su muerte, Natalia compartió con su familia. Según el relato de su hermana, las últimas comunicaciones se registraron entre las 6:22 y las 6:30 de la mañana, cuando llamó a su madre y a una tía. Luego, sus teléfonos quedaron apagados.Ante la falta de respuesta durante varias horas, su pareja y su hermana decidieron ingresar al apartamento en la tarde de ese mismo día. Fue Diana quien entró primero a la vivienda. “Yo fui la que entré a ese lugar y encontré a Natalia en esas condiciones. Vi muchísima sangre por todo lado y una escena de terror en esa habitación”, contó.Las autoridades establecieron que la víctima intentó defenderse durante el ataque. Inicialmente, la pareja sentimental de Natalia fue objeto de verificación, pero quedó descartada tras el análisis de cámaras de seguridad y otros elementos probatorios. La Fiscalía determinó que el presunto responsable sería un hombre de 30 años, identificado como un vínculo sentimental paralelo de la víctima. De acuerdo con la investigación, el sospechoso habría ingresado al apartamento alrededor de las 6:00 de la mañana, aprovechando la confianza que Natalia tenía en él. El informe de Medicina Legal confirmó que la víctima recibió múltiples heridas con arma blanca, lo que evidenció un alto grado de violencia. Tras el homicidio, el atacante habría robado dinero en efectivo, los teléfonos celulares de la víctima y otros objetos, en un intento por eliminar rastros del crimen.Luego de diez meses de seguimiento, que incluyó el rastreo de llamadas, movimientos y uso de los dispositivos móviles de Natalia, las autoridades capturaron al sospechoso en octubre de 2025, en el municipio de Chía.Aunque el hombre no aceptó los cargos por homicidio agravado, la Fiscalía asegura contar con pruebas técnicas que lo ubican en la escena y lo vinculan directamente con los hechos. Actualmente permanece recluido en un centro carcelario, al considerar que representa un peligro para la sociedad.Para la familia, la captura no cierra el caso. Diana Quintero insiste en que aún falta conocer el trasfondo del crimen. “Lo único que nosotros queremos como familia es saber la verdad de lo que pasó con Natalia. ¿Qué fue eso tan malo que Natalia les hizo para que le quitaran la vida de esa manera tan atroz?”, expresó.
La Sala de Conocimiento de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá profirió sentencia de primera instancia contra cinco desmovilizados del extinto Bloque Oriental de las FARC-EP, a quienes les concedió el beneficio de la pena alternativa 96 meses, es decir, ocho años de prisión, en el marco de la Ley 975 de 2005. La decisión sustituye la pena ordinaria impuesta, como parte del modelo de justicia transicional que contempla sanciones reducidas para excombatientes que contribuyan a la verdad, la reparación de las víctimas y la no repetición.El fallo cobija a Ángel Melquisedec Alfaro Bonilla, Daniel Zárate Velandia, Jhon Jairo Ramírez, Críspulo Efraín Quiñones Barreiro y César Díaz, quienes fueron postulados por la Fiscalía 73 Delegada ante Justicia y Paz como responsables de crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, cometidos en el conflicto armado interno en los departamentos de Arauca, Boyacá, Casanare, Cundinamarca, Guainía, Guaviare, Meta, Vaupés, Vichada y parte del Amazonas.Según lo establecido por la Sala, desde noviembre de 2025 se estudiaron 44 hechos criminales, que dejaron 44 víctimas directas y 121 víctimas indirectas, para un total de 165 víctimas. Estos hechos corresponden a 85 conductas delictivas atribuidas a los exintegrantes del Bloque Oriental.La sentencia ordenó “reconocer la pena alternativa de noventa y seis (96) meses a cada uno de los postulados, es decir, ocho años”, sustituyendo la pena ordinaria, beneficio que queda condicionado al cumplimiento estricto de los compromisos adquiridos dentro del proceso. Entre ellos se encuentran las obligaciones de contribución efectiva a la verdad, la reparación integral de las víctimas, la no repetición de los hechos y la participación en programas de reincorporación y desmovilización.En materia de reparación, la Sala reconoció a las víctimas directas e indirectas acreditadas en el proceso y ordenó el pago de los daños y perjuicios morales y materiales determinados en el incidente de reparación integral. El monto total de la indemnización asciende a $17.554.266.421.Finalmente, la decisión judicial incluye órdenes orientadas a garantizar los derechos de las víctimas y a promover acciones en las regiones más afectadas por la actuación del Bloque Oriental, con el objetivo de evitar este tipo de conductas y fortalecer las garantías de no repetición en los territorios impactados por el conflicto armado.
En su reflexión dominical, el pastor César Castellanos, fundador del movimiento Misión Carismática Internacional, compartió una profunda reflexión sobre el nuevo nacimiento espiritual, un concepto central en la fe cristiana. A través de su testimonio personal y el análisis de las Escrituras, Castellanos exhortó a los oyentes de Blu Radio a vivir una transformación genuina y radical, que marque un antes y un después en su relación con Dios.Escuche la reflexión del pastor César Castellanos
Monseñor Rafael de Brigard, en su ya tradicional espacio dominical en Blu Radio, centró su mensaje del domingo 11 de enero en la celebración litúrgica del bautismo de Jesús, momento que marca el final del tiempo de Navidad y el inicio del tiempo ordinario en el calendario litúrgico de la Iglesia católica.Escuche la reflexión de monseñor Rafael de Brigard
En la mente y en el corazón de cientos de seguidores del cantante Yeison Jiménez quedará el recuerdo no solo de su último concierto, sino también del siguiente, aquel que por circunstancias del destino no se pudo realizar.Después de su concierto en Málaga, Santander, su próxima parada era el municipio de Marinilla en el oriente de Antioquia. El inicio de su presentación se estimaba sobre las 9:00 de la noche de este sábado, 10 de enero, sin embargo, dos horas antes y tras la confirmación del fatal accidente aéreo fue el propio alcalde Julio César Serna, quien desde la tarima, entregó la noticia a los asistentes al concierto."Teníamos programada una presentación con él, su equipo estaba aquí atrás preparándolo. Nosotros lamentamos profundamente esto. Yo creería que un hombre de estos que ha animado y ha dado alegrías a Colombia esperaría que pudiéramos seguir con estas actividades", dijo el mandatario.Al llegar el momento en el que debía iniciar el show de Yeison Jiménez en el marco de las fiestas de La Vaca en la Torre, el escenario principal apagó sus luces, hubo algunas palabras de condolencias y solidaridad para con su familia por parte de los presentadores, pero posteriormente los éxitos del cantante caldense empezaron a sonar más fuerte que nunca.Desde la administración municipal de Marinilla expresaron su tristeza por lo ocurrido y aseguraron que el acto realizado estuvo pensado con respeto por quien era uno de los artistas de música popular más importante del país en la actualidad.Desde Antioquia figuras políticas como el alcalde de Medellín Federico Gutiérrez también se pronunciaron tras la muerte del cantante. “Buen ser humano, luchador. Tremendo artista. Un abrazo para su familia y amigos”, dijo a través de su cuenta en X.
Rusia atacó la pasada noche a Ucrania con 154 drones suicidas, de los que las fuerzas ucranianas lograron derribar 125 en el norte, sur y este del país, si bien 22 impactaron en 18 ubicaciones, según el parte provisional de la Fuerza Aérea ucraniana.Entre los drones de ataque empleados por Rusia hubo 110 del tipo Shahed, de acuerdo con el balance publicado en la cuenta de Telegram de la Fuerza Aérea.Los vehículos aéreos no tripulados fueron lanzados desde territorio ruso y la ocupada península ucraniana de Crimea.Las defensas antiaéreas ucranianas lograron neutralizar 125 drones tipo Shahed, Gerbera y otros en el norte, sur y este del país.Sin embargo, se registraron impactos de 22 drones de ataque en 18 ubicaciones, así como la caída de restos de drones derribados en dos lugares.Rusia empleó a comienzos del año por primera vez el dron suicida Guerán-5 durante ataques aéreos combinados contra Ucrania, según informó este domingo la inteligencia militar ucraniana, GUR.De acuerdo con esta fuente, al igual que en el caso de los Guerán anteriores, una modificación de los Shahed iraníes, este dron tampoco puede considerarse un desarrollo propio de Rusia, ya que "se ha constatado una notable similitud estructural y tecnológica con el dron iraní Karrar".Según un comunicado del GUR, la quinta versión del Guerán tiene una longitud de unos 6 metros y una envergadura de hasta 5,5 metros.A diferencia de las modificaciones anteriores de la línea Guerán, el aparato está diseñado según un esquema aerodinámico convencional.
El papa León XIV instó este domingo a "cultivar con paciencia el diálogo y la paz" en Irán y Siria, países donde "las tensiones persistentes están provocando la muerte de muchas personas", tras las protestas contra el régimen de los ayatolás."Mi pensamiento se dirige a lo que está sucediendo estos días en Oriente Medio, en particular en Irán y Siria, donde las tensiones persistentes están provocando la muerte de muchas personas", expresó el pontífice desde la ventana del Palacio Apostólico tras el rezo del Ángelus dominical.Y añadió: "Espero y rezo para que se cultive con paciencia el diálogo y la paz, persiguiendo el bien común de toda la sociedad"En Irán, las protestas comenzaron el pasado 28 de diciembre, impulsadas por la crisis económica derivada de la caída del valor de la moneda (el rial) y la alta inflación, entre otros factores.Con el paso de los días, las manifestaciones tomaron también un cariz político de crítica al régimen de los ayatolás.Este domingo, diversas ONG denunciaron que los muertos por la represión de las protestas en Irán se contarían por "cientos", mientras el país sigue sin acceso a Internet. Las manifestaciones ciudadanas contra el Gobierno continuaron también durante la pasada noche.
La muerte de Cristian Eiler Matías Hernández, alias ‘Polo’, marcó un nuevo golpe contra el círculo más cercano de alias ‘Iván Mordisco’, máximo cabecilla de las disidencias de las Farc. El hombre, considerado uno de sus alfiles más peligrosos, fue abatido en desarrollo de operaciones militares y policiales adelantadas en el departamento del Amazonas, tras varios días de persecución e inteligencia.Los hechos ocurrieron entre el 1 y el 2 de enero en zona rural del corregimiento de Mirití, en una región selvática utilizada históricamente como refugio, corredor de movilidad y retaguardia armada de estas estructuras ilegales. Hasta allí llegaron unidades de la Fuerza Pública luego de un planeamiento que combinó despliegues por tierra, aire y ríos, en una operación que se extendió cerca de siete días.Alias ‘Polo’ intentaba evadir la ofensiva que desde finales de 2025 se intensificó en el suroriente del país contra los carteles del narcotráfico y los grupos armados residuales que los protegen. En medio del combate se produjo la neutralización de varios integrantes de esta estructura, cuatro murieron durante la operación, cuatro más fueron capturados y tres se sometieron a las autoridades.Uno de los puntos que generó especial atención tras el operativo fue la situación de tres de los individuos neutralizados, quienes inicialmente afirmaron ser menores de edad. Sin embargo, luego de las diligencias de verificación e identificación realizadas por las autoridades competentes, se estableció que todos eran mayores de 18 años, por lo que deberán enfrentar los procesos judiciales correspondientes.De acuerdo con información conocida por las autoridades, alias ‘Polo’ había sido designado directamente por alias Iván Mordisco y alias Alonso 45 como jefe principal de la estructura criminal que opera en el Amazonas. Desde ese rol habría participado en la planeación y ejecución de delitos como narcotráfico, homicidios, extorsión, desplazamiento forzado, reclutamiento de menores, minería ilegal y acciones armadas contra la población civil y la Fuerza Pública.Su ascenso dentro de la organización se produjo tras la muerte de alias ‘Jenny Lara’, abatida en octubre de 2025 en el sector de Tres Islas, en Mirití Paraná. Desde entonces, alias ‘Polo’ asumió el control territorial y la coordinación de las rutas fluviales, así como la seguridad de las zonas por donde se movía el máximo cabecilla de las disidencias en esta región estratégica.Las investigaciones también lo vinculan con atentados recientes contra unidades militares y de la Armada. Entre ellos, el ataque con explosivos a la base militar de Araracuara, en agosto de 2025, y el hostigamiento a un puesto fluvial en la base La Tagua, en Puerto Leguízamo, Putumayo, en septiembre del mismo año, donde se habrían utilizado embarcaciones acondicionadas con explosivos.Durante la operación fueron incautados 11 fusiles, una ametralladora, dos pistolas, abundante munición de distintos calibres, equipos de comunicación, material de intendencia y dos embarcaciones empleadas para la movilidad fluvial de la estructura criminal. Estos elementos evidencian la capacidad armada y logística que alias Polo mantenía en esta zona fronteriza.
Fue capturado Jorge Aníbal Visbal Martelo, exministro y expresidente de la Federación Nacional de Ganaderos (Fedegán), en un operativo adelantado por la Policía Nacional en el municipio de Ponedera, Atlántico. La detención se produjo tras un procedimiento de control y verificación de antecedentes, en el que se evidenció una orden de captura vigente en su contra.De acuerdo con las autoridades, la orden fue emitida por el Juzgado Penal del Circuito Especializado 5 de Cundinamarca, luego de que la Corte Suprema de Justicia confirmara una condena de nueve años de prisión por el delito de concierto para delinquir agravado, decisión que ya se encontraba en firme y sin posibilidad de recursos.Según lo establecido en la investigación judicial, Visbal Martelo habría mantenido vínculos con las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) durante el periodo comprendido entre 1998 y 2005, cuando ejercía la presidencia de Fedegán y, de manera paralela, integraba la Comisión de Paz. En ese lapso, de acuerdo con el fallo de la Corte, asistió a reuniones de este grupo armado ilegal en varias fincas ubicadas en el departamento de Córdoba, identificadas como La Séptima, La 21 y La 53.El alto tribunal determinó que en dichos encuentros el entonces dirigente gremial habría manifestado afinidad con la organización armada y con su máximo jefe, Carlos Castaño Gil, además de sugerir la expansión del grupo a zonas con actividad ganadera. Asimismo, la sentencia señala que Visbal Martelo habría realizado aportes económicos a las AUC, mediante el pago de cuotas periódicas, a cambio de seguridad.La investigación también concluyó que el exdirigente hizo parte del denominado grupo de los 12, una estructura de carácter político que asesoraba a Carlos Castaño Gil, lo que sustentó la responsabilidad penal por concierto para delinquir.Tras su captura, Jorge Aníbal Visbal Martelo fue dejado a disposición de la autoridad judicial competente para adelantar los trámites legales correspondientes y proceder al cumplimiento de la condena impuesta por la justicia colombiana.
La Fiscalía General de la Nación radicó el escrito de acusación contra José Eduardo Chalá Franco, el conductor de un taxi señalado de provocar una grave tragedia vial al arrollar a 11 personas mientras conducía a exceso de velocidad y en estado de embriaguez. Entre las víctimas se encontraba una adolescente de 15 años, quien falleció días después debido a la gravedad de las heridas sufridas en el hecho.De acuerdo con el ente acusador, Chalá Franco perdió el control del vehículo como consecuencia directa de su estado físico y mental, lo que derivó en el atropellamiento múltiple. En el curso de la investigación, la Fiscalía estableció que las pruebas practicadas al conductor arrojaron un resultado de grado tres de alcoholemia, el nivel más alto contemplado por la ley colombiana.Con base en estos elementos probatorios, el procesado será acusado formalmente por los delitos de homicidio, tentativa de homicidio y lesiones personales, todas las conductas agravadas. La Fiscalía sostuvo que no se trató de un accidente fortuito, sino de una conducta consciente y altamente peligrosa que desembocó en consecuencias fatales.Durante la exposición del caso, el fiscal fue enfático al señalar que el comportamiento del conductor fue determinante en la tragedia. “A través de ese examen de análisis de toxicología y alcoholemia se pudo determinar y concretar que esta situación sobrepasó cualquier posibilidad de simplemente ser una falta de reflejos o de circunscribirse a un simple accidente de tránsito, pues decidió conducir sabiendo que su estado físico y mental no eran aptos”, afirmó el funcionario judicial.La investigación también evidenció contradicciones en la versión inicial del procesado. Chalá Franco aseguró en un primer momento que solo había consumido cuatro cervezas; sin embargo, los resultados del examen de alcoholemia confirmaron que presentaba un nivel de embriaguez tipo tres. Frente a este hallazgo, el fiscal cuestionó duramente la conducta del acusado y la calificó como una “decisión absurda” al ponerse al volante en ese estado. “Como soy yo, a mí no me pasa nada; ese es el imaginario que lleva a estos resultados tan drásticos”, manifestó.Mientras avanza el proceso penal, José Eduardo Chalá Franco continuará privado de la libertad en un establecimiento carcelario.
La decisión de dejar en libertad a 15 personas capturadas por su presunta vinculación a la red de extorsión carcelaria conocida como “Los Bautistas” se fundamentó, según la juez del caso, en la ausencia de pruebas que demostraran su conocimiento o participación directa en las actividades ilegales. Así lo determinó la juez 17 penal con función de control de garantías, al resolver la situación jurídica de varios de los implicados en el proceso adelantado por la Fiscalía General de la Nación.Las capturas se produjeron en diciembre de 2025, durante allanamientos simultáneos y coordinados por la Fiscalía y la Policía en Bogotá, en los que fueron detenidas 39 personas. De acuerdo con las autoridades, se trata de una estructura criminal que operaba desde la cárcel La Picota, dedicada a extorsiones que habrían generado rentas ilegales cercanas a los 17.000 millones de pesos.No obstante, al analizar de manera individual la situación de cada capturado, la juez concluyó que en 15 casos no se acreditó la inferencia razonable de autoría o participación. En su decisión, enfatizó que “la inferencia razonable de autoridad o participación debe ser valorada para cada ciudadano de manera independiente, no de manera generalizada y conjunta como decidió hacerlo la Fiscalía General de la Nación, pues dejó de un lado que en el derecho penal la responsabilidad es individual”.Durante la audiencia, la juez encontró que, en la mayoría de estos casos, las personas habían recibido transacciones esporádicas o únicas, provenientes de familiares o terceros, algunos privados de la libertad, sin que se demostrara que conocían el origen ilícito del dinero. Uno de los casos destacados fue el de una mujer que recibió una consignación de $100.000 de su hijo, recluido en La Picota. “No se tiene evidencia de que la ciudadana supiera cuál es el origen del dinero que recibió en esa consignación”, señaló la juez, al tiempo que aclaró que no existían pruebas de que hubiera participado en llamadas extorsivas, contactado a víctimas o concertado acuerdos criminales.Otro de los casos analizados correspondió a una mujer de 71 años, con una condición médica que la obligó a conectarse a la audiencia desde un hospital. Sobre ella, la juez sostuvo que tampoco se probó conocimiento del origen ilegal de los recursos transferidos por su hijo. En la diligencia se tuvo en cuenta una carta manuscrita enviada por el recluso, en la que este afirmaba: “El 10 de abril yo le pedí el favor de que me recibiera el monto de un millón y que le enviara cierta cantidad de ese dinero a mi mamá, manifestando que era para el mercado, sin saber ella que ese dinero era ilícito y que estaban siendo víctimas de un engaño”.El abogado Juan Manuel Castellanos, defensor de una de las personas dejadas en libertad, explicó que la decisión judicial obedeció a la falta de individualización por parte del ente acusador para su clienta “esa persona, que es una adulta mayor, que supera los 55 años, que tiene 15 años como modista,, pues no tenía conocimiento alguno de esas extorsiones. Y como no tenía el conocimiento de las extorsiones porque nunca llamó a una presunta víctima, porque nunca recibió de manera directa el dinero, pues tendría que decir que fue instrumentalizada. Pero además de esa situación, es una persona que se gana un mínimo, que trabaja diariamente, que no tiene antecedentes y que no tiene ningún nexo de causalidad entre el delito y la extorsión”, afirmó.El abogado Castellanos habló sobre el cuestionamiento que se hizo en la diligencia sobre la argumentación de la Fiscalía “evidentemente algunos hechos sí existieron, pero porque los hechos existan no significa que todas las personas tengan que estar vinculadas y llevadas a un proceso penal”.Pese a la libertad otorgada a estas 15 personas. La juez determinó que en el caso de los demás capturados sí se acreditó la participación en la red de extorsión, por lo que impuso medidas de aseguramiento, tanto de detención domiciliaria como intramural.
Las autoridades avanzan en la identificación y captura de los responsables del linchamiento que terminó con la muerte de un hombre, identificado como Mauricio Cendales, en la localidad de Kennedy, en el sur de Bogotá. Por este caso, ocurrido el 11 de noviembre de 2025, la Policía y la Fiscalía difundieron un cartel con tres hombres que figuran entre las más buscadas por su presunta participación en los hechos.De acuerdo con la investigación, la víctima se movilizaba en una camioneta cuando tuvo un altercado con varios motociclistas. Minutos después, fue interceptado y acorralado en el barrio Tabakú, donde un grupo de personas lo atacó de forma violenta. El conductor fue sacado del vehículo y agredido brutalmente, mientras el automotor era destruido en medio de actos vandálicos.Las investigaciones señalan que los agresores utilizaron objetos contundentes como palos, cadenas y piedras. La golpiza fue tan severa que el hombre quedó gravemente herido en el lugar. Policías que atendieron la emergencia lo trasladaron de urgencia a un centro médico, pero pese a los esfuerzos del personal de salud, falleció debido a la gravedad de las lesiones.Tras semanas de recolección de testimonios, análisis de cámaras de seguridad y labores de policía judicial, los investigadores lograron identificar a varios de los presuntos implicados. Como resultado, fue elaborado un cartel con tres personas que ahora son buscadas para responder por los delitos de homicidio y participación en el ataque colectivo.Las autoridades hicieron un llamado a la ciudadanía para que aporte información que permita dar con el paradero de los señalados y avanzar en su judicialización. Los datos pueden ser suministrados de manera confidencial a través de la línea segura 305 814 38 37 o al correo electrónico de la Sijín de la Policía Metropolitana de Bogotá, con garantía de absoluta reserva.
La Contraloría General de la República celebró el ingreso efectivo de 20 millones de dólares al Tesoro Nacional, recursos provenientes de la aseguradora del contrato de mantenimiento de los helicópteros rusos Mi-17, tras declararse el incumplimiento parcial del contratista Vertol Systems. Para el organismo de control, esta transacción constituye un resultado concreto del ejercicio de control fiscal preventivo, orientado a la protección de bienes estratégicos del Estado.De acuerdo con la Contraloría, el seguimiento permanente adelantado por la entidad permitió alertar oportunamente al Ministerio de Defensa sobre el riesgo de pérdida de recursos públicos derivado del incumplimiento contractual. Como consecuencia de estas advertencias y de las decisiones administrativas adoptadas, la aseguradora garante del contrato asumió el pago de las obligaciones económicas y transfirió los recursos al Tesoro Nacional.El origen de este proceso se remonta a la Resolución No. 001863 del 7 de noviembre de 2025, mediante la cual se declaró el incumplimiento parcial de un contrato por 32 millones de dólares destinado al mantenimiento de los helicópteros Mi-17. Dicha decisión fue ratificada una semana después, confirmando las obligaciones económicas derivadas del fallo administrativo y habilitando la ejecución de las sanciones correspondientes contra el contratista.En desarrollo de esas resoluciones, se impuso una multa superior a los USD 6 millones. A este valor se sumó la devolución del pago anticipado, que había sido efectuado en el marco del mismo contrato y que ascendió a USD 13 millones, recursos que debían ser reintegrados al Estado tras la declaratoria de incumplimiento parcial.El pago de la multa y la restitución del anticipo fueron asumidos por la aseguradora, en su calidad de garante del contrato. La suma consolidada de ambas obligaciones alcanzó los USD 20 millones que ya ingresaron a las arcas de la Nación, evitando así un detrimento patrimonial mayor y asegurando la recuperación de recursos públicos comprometidos.No obstante, la Contraloría anunció que mantendrá un proceso de verificación exhaustivo para confirmar que el pago recibido corresponda efectivamente a la restitución del pago anticipado no utilizado, a los costos asociados a las demás actividades contractuales que estaban a cargo del contratista y a la indemnización de los perjuicios que se hubieran causado como consecuencia del incumplimiento.
La muerte de Mariana Ortega, una joven de 20 años, quedó al descubierto tras varios días de incertidumbre para su familia en Medellín. Según relató su hermana Camila en el pódcast Conducta Delictiva, la última vez que hablaron fue el día del cumpleaños de la hija de la víctima, cuando Mariana prometió pasar por la niña para llevarla a comer helado, algo que nunca ocurrió. Con el paso de los días y ante la falta de noticias, su madre insistió en que “algo malo había pasado”, lo que llevó a la familia a iniciar su búsqueda hasta recibir una llamada que confirmó el peor escenario.De acuerdo con el testimonio, la historia de Mariana estuvo marcada desde muy joven por relaciones violentas. Camila contó que su hermana inició a los 14 años un vínculo sentimental caracterizado por agresiones y amenazas constantes, situación que se repitió con otras parejas a lo largo del tiempo. “Él la golpeaba y la amenazaba con matarla”, recordó, al explicar que el miedo y la dependencia emocional influyeron para que Mariana permaneciera en entornos peligrosos. En su intento por rehacer su vida y proteger a sus hijos, la joven terminó alejándose de ellos y entregansolos a su madre.Camila aseguró que su hermana tuvo que vender drogas para pagar una deuda que le había dejado su expareja, papá d euno de sus hijos, y más adelante, se convirtió en trabajadora sexual. En ese contexto inició una relación con el hombre que las cuidaba. “Cuando dejó ese trabajo porque él le prometió mantenerla, empezó de nuevo la violencia”, afirmó.Camila reveló que posteriormente se enteraron de que este hombre tenía otra pareja, la cual, según dijo, estaba buscándola para hacerle daño. El 8 de febrero, la familia fue notificada de que el cuerpo de Mariana se encontraba en Medicina Legal. “Mi mamá llegó diciendo: ‘me la mataron’”, relató Camila, quien señaló que su hermana fue hallada en un basurero, envuelta en una sábana y plástico. “En los documentos de la Fiscalía se menciona que en las cámaras de seguridad se observa cuando sacan a mi hermanita del hostal en una carreta de reciclador. Detrás va él y luego va ella, con el hijo que tenían en brazos y estando embarazada”, recordó Camila, asegurando que la esposa del presunto feminicida lo denunció para no ser considerada cómplice.La mujer reveló que un día el hombre la contactó por redes sociales para explciarle lo que había pasado. "Él me dijo que él no lo quería hacer, que en ese momento estaba drogado y que no se estaba dando cuenta de lo que había hecho".“Él me dijo que en ese momento, ella se iba a cambiar de ropa para salir y estaban discutiendo. Según él, la pelea subió de tono y ella comenzó a gritar, por lo que lo único que hizo fue taparle la boca y ella se desmayó. Dice que al ver que no reaccionaba, la llevó a la cama. Afirma que se acostó a dormir con ella así. Al día siguiente la envolvió en una sábana, la cubrió con un plástico y la sacó”, añadió Camila.
La captura de Zulma Guzmán en el Reino Unido y el inicio formal de su proceso de extradición marcaron un nuevo avance en la investigación por el envenenamiento con frambuesas que cobró la vida de dos menores en Bogotá. Así lo confirmó el abogado Majer Abushihab, representante de la familia Forero, víctimas en el proceso, quien además reveló que la Fiscalía General de la Nación continúa indagando la posible participación de otras personas en los hechos.Abushihab explicó que, aunque Guzmán es señalada como la principal sospechosa, las líneas investigativas no se limitan a una sola persona. “Sí, la Fiscalía está indudablemente investigando más personas, digamos, de lo que se ha establecido; es un hecho que se advierte la participación potencial de más personas”, señaló. No obstante, fue enfático en aclarar que una de las personas mencionadas en algunos medios no tiene responsabilidad penal. “Particularmente, la persona que llevó las frambuesas no está vinculada; no es cierto. Es una persona que, inclusive, entregó información muy valiosa y muy útil”, precisó.Frente a la captura de Guzmán, la familia de la menor víctima expresó satisfacción por el avance del proceso. “Estamos absolutamente complacidos, primero, con el trabajo muy juicioso de la Fiscalía, y segundo, porque desde mediados de diciembre conocíamos el paradero de la señora Guzmán y estábamos expectantes a que se materializara la circular roja”, manifestó Abushihab. Añadió que la confirmación de que la mujer se encuentra bajo custodia de las autoridades británicas es “una noticia absolutamente satisfactoria para la familia”.El abogado destacó el trabajo de la fiscal del caso, Elsa Reyes, al asegurar que la investigación se mantiene activa. “La doctora Reyes no descansa y vive permanentemente en un ejercicio investigativo alrededor de este caso y de esas líneas investigativas”, afirmó.Zulma Guzmán, de 54 años, fue recluida luego de negar su extradición ante el Tribunal de Westminster. La próxima diligencia está programada para el lunes 12 de enero, cuando se realizará una audiencia preliminar judicial. En esa etapa, Guzmán deberá contratar abogados defensores y Colombia expondrá los argumentos para solicitar su extradición. La justicia británica evaluará, entre otros aspectos, eventuales riesgos para los derechos humanos y la vida de la solicitada. La decisión que se adopte podrá ser apelada ante un tribunal superior.Paralelamente, en Colombia existe expectativa por la determinación que adopte la fiscal Elsa Reyes una vez concluya la vacancia judicial, en relación con la imputación de los delitos de homicidio y tentativa de homicidio, incluso sin la presencia física de Guzmán. Sobre este punto, Abushihab explicó que el trámite de extradición no excluye el avance del proceso penal en el país. “Son actuaciones paralelas. Depende de que se den las condiciones para que la señora Guzmán sea vinculada al proceso y de su voluntad de comparecer”, indicó.El abogado señaló que, de no presentarse, la Fiscalía podría acudir a la figura de la contumacia, dado que la indiciada está plenamente ubicada. Finalmente, resaltó la coordinación entre la Fiscalía y la Oficina de Asuntos Internacionales con las autoridades del Reino Unido. “Ese ejercicio de coordinación dependerá de lo que consideren apropiado, y nosotros, como víctimas, apoyaremos en un cien por ciento la decisión que adopte la doctora Elsa Reyes”, concluyó.
La defensa de Edwin Delgado, propietario del vehículo involucrado en el accidente ocurrido en la avenida Mutis, en Bogotá, fijó una postura clara frente a la imputación formulada por la Fiscalía General de la Nación por el delito de homicidio a título de dolo eventual. El abogado Jimmy Erazo aseguró que, durante la audiencia de formulación de imputación ante un juez de control de garantías, la defensa se opuso formalmente al cargo al considerar que los hechos atribuidos a su representado no se ajustan al tipo penal invocado por el ente acusador.“Es importante precisar que el día de ayer, en audiencia de formulación de imputación ante un juez de control de garantías, la defensa se opuso a la formulación de imputación por parte de la Fiscalía, considerando que los hechos jurídicamente relevantes que imputa no se adecúan al tipo penal de homicidio, en este caso a título de dolo eventual”, explicó Erazo. A juicio del abogado, la conducta atribuida a Delgado, ser pasajero del vehículo, no puede ser considerada un hecho penalmente relevante. “Ser pasajero de un vehículo no son hechos jurídicamente relevantes que se puedan constituir en un homicidio. El derecho penal no está para presionar ni para amenazar”, afirmó.Durante la diligencia, la defensa solicitó al juez que ejerciera un control material de legalidad sobre la imputación. Sin embargo, el despacho judicial consideró que se trataba de un acto propio de la Fiscalía y que existirán otras etapas procesales para discutir la adecuación típica de los hechos. Pese a ello, Erazo reiteró que desde las fases iniciales del proceso se ha advertido que la conducta atribuida a Delgado es, en su criterio, “abiertamente atípica”.La Fiscalía, por su parte, sustentó la imputación señalando que la presunta responsabilidad de Delgado estaría asociada a una omisión por no haber evitado que Rubén Romero, quien posteriormente salió del país y que para el ente acusador se encontraba en estado de alicoramiento, condujera el vehículo. Según la hipótesis fiscal, esa omisión habría contribuido de manera determinante al accidente que dejó dos víctimas mortales.Frente a esta versión, la defensa la rechazó y explicó un contexto distinto de los hechos. “Esta relación que surge simplemente es una persona que se designa el 31 de octubre; ellos designan y contratan ese servicio a esa persona que prestaba esa opción de conducción para que sea la persona encargada de conducirlos a su domicilio”, sostuvo Erazo. Añadió que la defensa cuenta con elementos materiales probatorios que respaldan esa versión, entre ellos un video que ha circulado en medios de comunicación, en el que se observa que el conductor llega a recogerlos y presta un servicio de transporte. “En ningún momento esa persona estaba departiendo con mis clientes, simplemente estaba prestando un servicio”, subrayó.El abogado también destacó la actitud procesal de su defendido y de su pareja, señalando que han sido los únicos en comparecer voluntariamente ante la justicia. “La única persona que se ha presentado en este proceso judicial, que fue voluntariamente a la Fiscalía, donde se hizo su arraigo y la individualización de forma voluntaria, es el señor Edwin y su pareja”, afirmó. Según Erazo, ambos han rendido declaración y están dispuestos a aportar todos los elementos probatorios necesarios.Finalmente, la defensa insistió en que el interés de Delgado es que se esclarezcan plenamente los hechos y se determine la responsabilidad de quien, a su juicio, sería el verdadero responsable del siniestro. “La disposición está de colaborar con la justicia. Hemos estado en todas las diligencias judiciales y va a comparecer a todas las etapas del proceso penal”, concluyó el abogado.
En un fallo de segunda instancia, el Consejo de Estado confirmó la sentencia de tutela a favor de Enrique Vargas Lleras, quien había denunciado vulneración a sus derechos fundamentales al buen nombre y a la honra por parte del presidente Gustavo Petro.Todo se remonta a una publicación realizada por el mandatario en la red social X el 8 de octubre de 2024.En el trino, el presidente Petro escribió: "Miles de millones de pesos se gana un Vargas Lleras por un sorteo que hace el otro Vargas Lleras en la corte arbitral de la Cámara de Comercio de Bogotá, que no solo consolida la privatización de la justicia sino que se apalanca fuerte para la politización de la justicia pública. Desde aquí juegan al golpe de Estado. No quieren un presidente democrático que no le haga juego a los negocios de la oligarquía de apellidos. La contratación del Gobierno debe abandonar este tipo de justicia privada para dirimir sus pleitos".En respuesta, Enrique Vargas Lleras solicitó mediante acción de tutela la rectificación del mensaje, alegando que no tuvo injerencia alguna en el sorteo que determinó el nombramiento de Germán Vargas Lleras. Argumentó que dicho proceso se llevó a cabo bajo las normas establecidas por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, sin que los integrantes de la Corte Arbitral puedan intervenir en tales decisiones.La Presidencia, en su momento, se negó a rectificar, señalando que el trino de Petro hacía parte del debate político amparado por la libertad de expresión y que no se dirigía directamente a Enrique Vargas Lleras ni afirmaba explícitamente su responsabilidad.Sin embargo, el Consejo de Estado concluyó que las afirmaciones del presidente sí afectaron el buen nombre y la honra del accionante, al insinuar una conducta irregular sin pruebas, lo que configura una vulneración a sus derechos fundamentales.Tras conocerse la decisión, Enrique Vargas Lleras manifestó en su cuenta de X: “Lo dije y lo repito: miente con descaro, abusa del poder y deshonra la investidura presidencial. Ya es hora que pare tanta mentira. Deje de gobernar bajo la injuria y el desprestigio de otros”.
Este miércoles, 23 de abril, el Juzgado 65 de garantías de Bogotá otorgó la libertad por vencimiento de términos a José Heli Álzate Moncayo, un exintendente de la Policía Nacional capturado en abril de 2024 por presuntos vínculos con una red de contrabando liderada por alias 'Papá Pitufo'.Álzate Moncayo fue uno de los cinco detenidos por su supuesta participación en una organización criminal encabezada por Diego Marín Buitrago, conocido como 'Papá Pitufo', y por su cercanía con Ricardo Orozco Baeza, alias 'El Bendecido', señalado como socio clave en el ingreso ilegal del 80 % de mercancía de contrabando al país. Según la Fiscalía, Álzate hacía parte del círculo de confianza de Orozco Baeza.La decisión judicial se dio luego de que vencieran los plazos legales sin que se iniciara el juicio formal en su contra, lo que obligó a concederle la libertad. La Fiscalía no apeló la medida, y el Ministerio Público apoyó la decisión.Este caso marca la primera excarcelación dentro del proceso contra la estructura criminal atribuida a 'Papá Pitufo'. Se espera que en los próximos días otros implicados también recuperen su libertad por las mismas razones, incluyendo al propio Ricardo Orozco Baeza.Álzate, junto a otros capturados, fue imputado por los delitos de concierto para delinquir y cohecho, al supuestamente haber sobornado a funcionarios públicos para facilitar actividades de contrabando. Aunque ahora se encuentra libre, el proceso judicial sigue en marcha, y la Fiscalía ya anunció que durante la etapa de juicio solicitará una condena de prisión en su contra.
Al despacho del presidente de la Corte Constitucional, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, llegó el concepto de la Procuraduría de Gregorio Eljach sobre la reforma pensional del Gobierno del presidente Gustavo Petro.En este caso, el Ministerio Público le pidió al alto tribunal declarar exequible o avalar la ley tras considerar que no se cometieron vicios de trámite en su aprobación en la Cámara de Representantes.“La Cámara de Representantes satisfizo el principio de publicidad en el cuarto debate", afirmó el procurador auxiliar Javier Camilo Fernández Velandia, al señalar que el texto aprobado había sido publicado, distribuido físicamente y explicado a los congresistas con antelación, según señala el concepto.La Corte Constitucional estaba a la espera de este concepto que, cabe recordar, en un inicio fue emitido por la exprocuradora Margarita Cabello, quien pedía tumbar la pensional; sin embargo, ese concepto quedó sin efecto luego de que la Corte no resolviera un impedimento de una de las magistradas que pedía apartarse de la discusión de las demandas.El Ministerio Público sostuvo que, si bien se presentaron múltiples proposiciones y protestas durante el debate del 14 de junio de 2024, “no se puede concluir que hubo elusión del debate” ni una votación sin garantías. “El debate se prolongó por tres días con intervención de diversas bancadas, incluyendo la oposición”.El procurador Eljach se había declarado impedido en varias ocasiones para emitir este concepto, impedimentos que la Corte rechazó y, por esa razón, le está pidiendo a la Corte Constitucional que avale una de las reformas bandera del presidente Petro, este concepto ya reposa en el despacho del presidente Enrique Ibáñez, quien tiene cargo la ponencia que será debatida plena sobre esta reforma.
Michael Lohan, padre de la actriz Lindsay Lohan, fue sentenciado este miércoles en Florida a nueve meses de cárcel por violar los términos de su libertad condicional en un caso de fraude médico por el que se había declarado culpable.Un juez del condado de Palm Beach dictó hoy la condena debido a un nuevo arresto de Lohan, de 64 años, ocurrido en febrero en Texas por un presunto caso de violencia doméstica contra su expareja Kate Majors, lo que viola su libertad condicional.Aunque el arresto tuvo lugar en Texas, las condiciones de su libertad condicional en Florida obligaban a Lohan a mantener buena conducta y abstenerse de cometer nuevos delitos.Lohan enfrenta en ese estado una acusación por "violencia continua contra la familia", tras una denuncia presentada por Majors.Según el reporte policial, Majors dijo que fue agredida físicamente por Lohan en su residencia, quien la arrojó de una silla.Una agente que examinó a Majors declaró haber observado hematomas visibles en su cuerpo, lo que motivó la detención del acusado.Se prevé que Lohan cumpla el resto de su condena en una cárcel del condado de Palm Beach, mientras en Texas continúa abierto el caso penal, del cual aún no hay una fecha de juicio.Durante la audiencia de hoy, Majors compareció de forma remota desde Texas, donde actualmente cuida a los dos hijos que tuvo con Michael Lohan.En 2022, Lohan se había declarado culpable en Florida de cinco cargos de "intermediación de pacientes" en un caso de fraude médico que concluyó que recibió comisiones por derivar personas a centros de rehabilitación a cambio de beneficios económicos, un delito considerado grave.
El abogado de Nicolás Petro retiró su petición de que se llevara a juicio las declaraciones que había dado el hijo mayor del presidente bajo un intento de colaboración o de principio de oportunidad.Al contrario, la defensa pedirá que estos interrogatorios que espera utilizar la Fiscalía sean excluidos del juicio y que, en cambio, se tenga en cuenta un acta, "que es la base de un principio de oportunidad frustrado" y la cual "demuestra que las declaraciones que él dio no las dio para confesar ni para autoincriminarse"."Este documento (el acta) es conducente para sostener la exclusión de declaraciones que hizo Nicolás Petro en el marco de dicha expectativa frustrada de colaboración o principio oportunidad", dijo Carranza."La defensa le ha dicho, su señoría, que este acto no puede ser usado contra el procesado, pero observamos que la Fiscalía le solicitó que se ingresara a juicio esas declaraciones, entonces surge esa necesidad que haya una valoración clave y plantear la ilicitud de pruebas derivadas de un principio de oportunidad fallido", insistió el abogado al juez.Antes, el abogado pidió que se avale una resolución del 10 de marzo 2023 sobre la conformación del grupo de tareas especiales por parte de la entonces vicefiscal general Martha Mancera.El abogado Alejandro Carranza asegura que esta resolución “evidenciaría irregularidades en el origen de la investigación”, serviría “para revisar si había conflicto de interés entre los fiscales del caso”, “revisar si hubo abuso de la Fiscalía, si no hubo actos administrativos para designar el fiscal como correspondía y si esas actuaciones pudieron ser raíces de frutos envenenados en el caso”. La defensa insiste en que esto podría “demostrar sesgo institucional”.Carranza también busca que le avalen como prueba un documento emitido por Tigo Colombia, con el cual quiere “acreditar que este número de teléfono que aparece allí no era de portabilidad del señor Nicolás Petro y que luego hubo mensajes que desde allí se enviaron a nombre de él, pero no era él”.La defensa también quiere que en el juicio se tengan en cuenta 10 folios con la entrevista realizada por la Fiscalía a Blanca Gutiérrez, "como prueba de contexto y refutación", pues esta, pese a ser una prueba del acusador, "también demostraría sesgo institucional".A su vez, que se avale un derecho de petición de Blanca Gutiérrez, contenida en cuatro folios, que "demostrarían posibles irregularidades cometidas por el anterior fiscal del caso Mario Burgos y el investigador Víctor Forero".
Un juez penal especializado condenó a Jesús María Rodríguez Arteaga, conocido con los alias de 'Paisa' 'Patilla' o 'Paisa Patillón', a 37 años de prisión por su participación en el secuestro, tortura y asesinato de un campesino en el municipio de Timbío (Cauca), en hechos ocurridos el 28 de enero de 2002.La investigación adelantada por la Fiscalía General de la Nación demostró que Rodríguez Arteaga integraba una estructura del bloque Calima de las extintas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), responsable de ingresar violentamente a una finca y retener a dos hermanos campesinos. Las víctimas fueron trasladadas a la vereda Samboní, donde fueron sometidas a tratos crueles e inhumanos y obligadas a cavar cuatro fosas.Uno de los hermanos fue brutalmente atacado con armas cortopunzantes y arrojado a una de las fosas, donde perdió la vida. El otro, gravemente herido, logró escapar del lugar y sobrevivió para contar lo ocurrido.El fallo judicial declaró a Rodríguez Arteaga responsable de homicidio en persona protegida, tentativa de homicidio en persona protegida, secuestro simple, desaparición forzada y tortura en persona protegida. Además de la pena privativa de libertad, se le impuso una multa equivalente a 11.300 salarios mínimos mensuales legales vigentes y quedó inhabilitado para ejercer derechos y funciones públicas por 20 años.Rodríguez Arteaga fue procesado en ausencia, conforme a los lineamientos de la Ley 600 de 2000, del antiguo sistema penal colombiano. La sentencia es de primera instancia, por lo que aún proceden los recursos legales correspondientes.