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Abren indagación previa al presidente Petro por cartas de excanciller; Leyva es llamado a declarar

De acuerdo con el denunciante, el exministro Ruíz, el testimonio de Leyva es clave, pues las cartas “no pueden quedar solo como una anécdota”.

Lyeva Petro
El presidente Gustavo Petro (der.), conversa con el ministro de Relaciones Exteriores de Colombia, Álvaro Leyva (izq.), durante la inauguración de una conferencia internacional sobre el proceso político en Venezuela, celebrada en Bogotá el 25 de abril de 2023.
AFP

La Comisión de Acusación e Investigación de la Cámara de Representantes abrió indagación previa al presidente Gustavo Petro por la denuncia hecha por el exministro de Justicia, Wilson Ruiz, por las cartas del excanciller Álvaro Leyva. A su vez, Leyva fue citado formalmente a declarar en este proceso por las acusaciones que ha hecho de supuesto consumo de drogas del mandatario.

Cabe recordar que los tres congresistas que investigan al presidente Gustavo Petro en la Comisión de Acusación e Investigación recibieron el martes 3 de junio, la ampliación de la denuncia por parte del exministro Wilson Ruíz contra el primer mandatario por las cartas del excanciller Álvaro Leyva en las que ha señalado múltiples veces que Petro no está en condiciones de gobernar por un supuesto problema de drogadicción.

Wilson Ruiz
Wilson Ruiz, ministro de Justicia
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Es preciso señalar que este triunvirato está conformado por los representantes Carlos Cuenca, de Cambio Radical, que además funge como representante investigador; la representante Olga Lucía Velásquez, de Alianza Verde, y Wadith Manzur del partido Conservador. De ellos firmaron la apertura de investigación el coordinador ponente, Cuenca y el representante Manzur.

De acuerdo con el denunciante, el exministro Ruíz, el testimonio de Leyva es clave, pues las cartas “no pueden quedar solo como una anécdota”.

Álvaro Leyva
Álvaro Leyva
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Investigación pública

Según la ley 5 de 1992, que regula el funcionamiento del Congreso de Colombia, las investigaciones adelantadas por la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes son públicas cuando se refieren al Presidente de la República. El artículo 332 de dicha ley establece que, esto incluye al expediente, las deliberaciones de la Comisión y las sesiones plenarias de la Cámara.

En el documento se lee:

“ORDENAR LA APERTURA DE INDAGACIÓN PREVIA dentro del expediente No. 6934, en los términos del artículo 208 de la Ley 1952 de 2019 modificado por el artículo 34 de la Ley 2094 de 2021, contra el señor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO, en su calidad de Presidente de la República, con ocasión de la denuncia presentada por el ciudadano WILSON RUIZ OREJUELA.

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SEGUNDO.

Y a renglón seguido,” DECRETAR como prueba la recepción del testimonio del doctor ÁLVARO LEYVA DURÁN, Exministro de Relaciones Exteriores, para que rinda declaración sobre: El contenido, circunstancias y finalidad de las tres cartas que dirigió al Presidente de la República”.

Los representantes investigadores señalan que “su conocimiento directo sobre los hechos allí mencionados. Las razones por las cuales decidió hacer públicas dichas afirmaciones”.

Apertura de indagación
Apertura de indagación
Foto: suministrada

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Apertura de indagación
Apertura de indagación
Foto: suministrada

Y además, según el documento, se comisiona “a la Policía Judicial adscrita a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, para que verifique y remita a esta Comisión en el término de cinco (5) días hábiles, los datos de localización física y electrónica del doctor ÁLVARO LEYVA DURÁN, necesarios para efectos de notificar y citar la diligencia testimonial ordenada”.

Apertura de indagación
Apertura de indagación
Foto: suministrada
Apertura de indagación
Apertura de indagación
Foto: suministrada

¿Por qué se investiga al presidente Gustavo Petro?
El exministro Wilson Ruíz señala que lo denunciado por el excanciller Álvaro Leyva en sus cartas sobre un supuesto consumo de drogas de Petro, podría comprometer la idoneidad del jefe Estado con relación a los artículos 26, numeral 2 del artículo 55 de la Ley 1952 de 2019.

El artículo 26 habla de una falta disciplinaria. Señala que “da lugar a la imposición de la sanción disciplinaria correspondiente, la incursión en cualquiera de las conductas previstas en este código que conlleven incumplimiento de deberes, extralimitación en el ejercicio de derechos y funciones, prohibiciones y violación del régimen de inhabilidades, incompatibilidades, impedimentos y conflicto de intereses, sin estar amparado por cualquiera de las causales de exclusión de responsabilidad contempladas en esta ley”. Y el artículo habla de las faltas relacionadas con la moralidad pública.

Cabe recordar que la Corte Constitucional ha señalado que la instancia encargada de investigar al primer mandatario es la Comisión de Acusación e Investigación de la Cámara, que investiga a los aforados constitucionales.

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Escuche el informe completo aquí: