La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó crímenes de guerra, de lesa humanidad y delitos del Código Penal colombiano a 30 integrantes del Ejército Nacional, entre ellos tres generales en retiro, por su participación en el plan criminal que presentó como bajas en combate a civiles asesinados en el Meta, entre los años 2002 y 2007.
Los imputados pertenecían al Batallón de Infantería N.º 21 Pantano de Vargas (BIVAR), al Gaula Rural Meta (GAMET) y a la Séptima Brigada. Entre los altos mandos señalados están los brigadieres generales (r) Carlos Ovidio Saavedra Sáenz y Francisco José Ardila Uribe, y el mayor general (r) Carlos Eduardo Ávila Beltrán, quienes deberán responder como autores por omisión impropia, al no haber ejercido control sobre sus subordinados ni evitado los crímenes que se cometían bajo su mando.
Según la JEP, estos oficiales permitieron la consolidación de tres patrones macrocriminales que marcaron el subcaso Meta del Caso 03 de falsos positivos: la alianza operacional con paramilitares del Bloque Centauros, la permisividad frente a sus crímenes y la presentación de civiles como combatientes muertos. Testimonios de antiguos jefes paramilitares, como Dairo Antonio Úsuga (‘Otoniel’) y Manuel de Jesús Pirabán (‘Pirata’), confirmaron la existencia de una relación de cooperación entre el Ejército y las Autodefensas, basada en intercambios de información, operaciones conjuntas y el reporte de muertes ilegítimas como resultados operacionales.
La Sala de Reconocimiento también evidenció una falla sistémica de las instituciones de control, como la Justicia Penal Militar, la Fiscalía y la Procuraduría, que fueron ineficaces para prevenir o sancionar estas ejecuciones. Los magistrados subrayaron que los hechos, enmarcados en la presión por resultados durante la política de seguridad democrática, buscaron generar una falsa sensación de eficacia militar y legitimar institucionalmente al Ejército ante la opinión pública.
Los 30 comparecientes —entre ellos suboficiales, oficiales y soldados— disponen ahora de 15 días hábiles para reconocer o rechazar los hechos y responsabilidades. Si los implicados aceptan su participación y aportan verdad plena, podrán acceder a sanciones restaurativas; de lo contrario, sus casos serán remitidos a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA), que podría llevarlos ante el Tribunal para la Paz, con penas de hasta 20 años de prisión.
Esta decisión marca un paso clave en el esclarecimiento del patrón de asesinatos y desapariciones forzadas en Meta, región donde —según la JEP— se presentaron más de 200 víctimas de ejecuciones extrajudiciales durante el conflicto armado, uno de los epicentros del fenómeno nacional de los 6.402 falsos positivos documentados en todo el país.