El Tribunal de Superioridad del Distrito Judicial de Barranquilla se pronunció por una acción de tutela que interpuso Carlos Mattos porque, al parecer, hubo una “vulneración de sus derechos fundamentales a la honra y buen nombre", señalamientos que habría realizado el periodista Gonzalo Guillén a través de su cuenta en Twitter @heliodoptero."De las evidencias por la parte accionante se puede advertir que el accionado Gonzalo Guillén ha incumplido las ordenes dispuestas por esta corporación, en tanto que ha persistido en hacer publicaciones que desconocen los derechos a la intimidad y buen nombre del señor Mattos Barrero, al referirse al mismo como “asesino”, “determinador de masacres”, “pederasta”, “criminal”, “abusador sexual”, entre otros.Recordemos que Carlos Mattos fue condenado por dos procesos que tenía en su contra. Uno, por entregarle 100 millones de pesos a la juez Carmen Ligia Hernández y el segundo por también ofrecer dinero al juez Reinaldo Huertas.En el documento, firmado por el magistrado Jorge Mola Capera, dijo que, de no atender el llamado, se iniciará la apertura de un incidente de desacato contra Guillén. El magistrado Jorge Eliécer Mola Capera es un funcionario judicial bastante cuestionado, pues está inmerso en varias investigaciones, de hecho, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial abrió investigación contra él porque la Superintendencia de Salud lo denunció y además solicitó que lo investigara disciplinariamente por proferir una orden que obligaba a esa entidad a reversar sus decisiones contra la EPS de Chocó Asociación Mutual Barrios Unidos de Quibdó (Ambuq).El magistrado ponente del auto sobre la cuenta de Twitter del periodista Gonzalo Guillén ha tenido varias investigaciones penales y disciplinarias por presunta corrupción judicial, incluso La Corte Suprema de Justicia lo suspendió por tres meses en 2019 por “decretar medidas provisionales en trámites de acciones de tutela, al parecer sin cumplir con los requisitos constitucionales y legales previstos para tales efectos”, profirió la Corte.Y el próximo 5 de diciembre será la audiencia de formulación de imputación contra el magistrado Capera por presunta corrupción.El mismo tribunal ya había dictado una medida cautelar contra Gonzalo Guillén, obligándolo a que se abstenga de hacer esas acusaciones contra Mattos, porque las publicaciones no cuentan con el suficiente material probatorio, ya que el empresario no ha sido condenado por los delitos que el periodista le atribuye.Ante el incumplimiento de Guillén a esa medida cautelar ahora el tribunal no sólo abre un incidente de desacato en su contra, también le pide a la Fiscalía que lo investigue penalmente por el delito de fraude a resolución judicial.Le puede interesar:
Se conoció este miércoles la primera condena interpuesta por el Juez 11 de Conocimiento de Bogotá contra el empresario Carlos Mattos, quien deberá cumplir una pena de cinco años, 10 meses y 27 días de cárcel y una multa de 131 salarios mínimos legales vigentes, al igual que inhabilidad de 108 meses para ejercer funciones públicas.En la audiencia, el juez le negó la solicitud de nulidad del proceso interpuesta por la defensa de Mattos, quien era dueño de la franquicia de la marca coreana Hyundai en Colombia y no aceptó la retractación de cargos que hizo su cliente en la audiencia del pasado 26 de octubre.Mattos, según el juez, fue declarado penalmente responsable del delito de cohecho por dar u ofrecer en concurso homogéneo; luego de entregar 100 millones de pesos, por intermedio de un tercero, a la juez 16 civil Carmen Ligia Hernández.Con este monto, el empresario buscaba que se ratificaran las medidas cautelares que favorecieron a su empresa en un litigio comercial con otra firma ecuatoriana, por la comercialización de vehículos Hyundai en la zona andina. Esta decisión se dio a conocer entre marzo y septiembre de 2016.La determinación se adoptó luego de que el Tribunal de Bogotá anulara las dos condenas en su contra, argumentando que la Fiscalía debía establecer si Mattos incrementó su patrimonio, tras presuntamente pagar estos dos sobornos.Este jueves habrá otra audiencia de lectura de sentencia sobre el otro proceso que se cursa contra el empresario, también por soborno; en este caso por ofrecerle coimas al juez Reinaldo Huertas, dentro del caso de corrupción por la franquicia Hyundai.Escuche el podcast “Zorros y Erizos” y conozca el panorama en Colombia, que parece no pintar bien con una inflación por las nubes:
El Tribunal Superior de Bogotá anuló la condena de cinco años y nueve meses en contra del empresario Carlos Mattos, hoy preso en la cárcel de Cómbita (Boyacá). La decisión que tomó el Tribunal se dio porque tienen que verificar si tuvo algún tipo de incremento patrimonial en la empresa Hyundai.La Fiscalía no pudo determinar el incremento patrimonial que tuvo Mattos, debido a las decisiones judiciales que se desprendieron de los sobornos que el empresario pudo haber hecho a diferentes funcionarios públicos.El tribunal ya había anulado otra condena de nueve años y cinco meses de prisión, bajo el mismo argumento, el Tribunal recordó que para acceder a la rebaja de pena el condenado debe reintegrar al menos la mitad del incremento patrimonial.Le puede interesar:Además, decidió devolver el caso al juzgado, por considerar que, "para acceder a la rebaja de la pena en caso de allanamiento o hacer procedente el preacuerdo, debe reintegrar por lo menos 50% del valor equivalente al incremento percibido y asegurar el recaudo del remanente".Escuche el podcast “Zorros y Erizos” y conozca todas las reacciones de la ‘paz total’ que quiere el nuevo gobierno:
Un juez autorizó a la Fiscalía General de la Nación a rastrear todos los bienes de Carlos Mattos, para establecer si hubo enriquecimiento ilícito.En la audiencia que se adelanta contra el empresario, de repetición de la aceptación de cargos, se explicó por qué el ente investigador solicitó rastrear su patrimonio.El juez explicó que es con el objetivo de determinar el incremento patrimonial ilegal que habría obtenido producto de los sobornos a la justicia.Le puede interesar: "La señora juez 20 libró la orden en dos sentidos. Se puede acudir a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) para que se reporte la declaración de renta de la empresa Hyundai, para el año 2016, y el impuesto de Iva y retención en la fuente”, se especificó en la audiencia.Estos insumos son los que requiere el perito contable para aproximarse a establecer el periodo de utilidad neta declarada por la empresa Hyundai Colombia.El abogado de Mattos solicitó aplazar la audiencia para ser retomada a las 2:00 p.m., porque no conocía de esta solicitud. Sin embargo, el juez determinó que no había vulneración de derechos fundamentales y le dio únicamente una hora para que el abogado hablara con el empresario.Finalmente, después del receso que se le otorgó a la defensa, la audiencia quedó aplazada para el próximo 22 de julio a las 8:30 am. para que la Fiscalía termine de rastrear el patrimonio del empresario.Escuche el podcast “Al Pelo con Tata” y descubra los colores de moda que pueden sentarle bien a su cabello:
La Corte Suprema de Justicia rechazó la tutela con la que Carlos Mattos pretendía devolver uno de los procesos del caso de corrupción Hyundai a la fase de imputación. Para el alto tribunal esta solicitud es improcedente.La demanda presentada por Carlos Mattos es contra la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, porque, según él, se vulneró el debido proceso a la defensa y libertad en el caso de corrupción de la empresa Hyundai.“Sostiene que tal determinación resultó violatoria de sus derechos fundamentales, por cuanto se apartó de los fundamentos de la apelación de su defensa técnica, refiriéndose al monto de la pena, y abordó temas no propuestos en el recurso”, señaló en la demanda.La Corte Suprema determinó que, en este caso, no procede ningún recurso contra la decisión del tribunal. Añadió que esta discusión propuesta solo puede ser debatida al interior del proceso ordinario y no ante el juez de tutela.Es decir, cualquier debate que se genere durante el trámite de toda actuación ordinaria deberá ser resuelto en el mismo proceso, “a través de los medios de defensa judicial ordinarios y extraordinarios previstos en el ordenamiento jurídico”, y no a través de una tutela como hizo Mattos, porque tenía otras opciones eficaces para asegurar la protección de sus derechos.Cabe recordar que el reconocido empresario llegó a un acuerdo y estará nueve años privado de su libertad, por haber sobornado jueces para resultar favorecido en procesos por la comercialización de carros Hyundai en Colombia.Le puede interesar. Escuche el podcast Prueba Beta:
Al advertir prácticas dilatorias por parte del empresario Carlos Mattos en el curso de su juicio por corrupción, un juez de Bogotá le aseguró que si no comparece a las audiencias, le nombrará un abogado de la defensoría pública.El pronunciamiento fue hecho luego de que el empresario, recluido actualmente en la cárcel de Cómbita, no asistiera a la diligencia programada para este viernes 24 de junio y que anunciara que iba a cambiar de abogado, con lo que según las víctimas, busca ganar tiempo para lograr la prescripción del proceso.“Yo voy a disponer desde ya que se oficie al Sistema Nacional de Defensoría Pública para efectos de que si llega la próxima fecha que voy a señalar, no se cuenta con un abogado por parte del señor Mattos Barrero, podamos adelantar la actuación”, indicó el juez.Le puede interesar:Por su parte, el fiscal del caso también señaló que ha habido incumplimientos de Mattos y del liquidador de la empresa de este Colombia Automotriz.“Se citó esta semana de acuerdo con los días que nos asignó la cárcel para escucharlo junto con el liquidador y no se cumplió con la remisión por parte del Inpec y tampoco se contó con la presencia del liquidador de la empresa”, puntualizó el fiscal.Tras estas advertencias, el juez le advirtió que si no comparece el mes entrante a esta audiencia, le nombrará un abogado de oficio para continuar con la diligencia, pues esta audiencia busca es darle cumplimiento al fallo del Tribunal Superior de Bogotá que anuló la condena de nueve años, porque no se estableció por parte de la Fiscalía el verdadero daño causado con la decisión de mantener el monopolio de la comercialización de vehículos Hyundai en el país.Escuche el podcast El Camerino:
El juzgado 11 Penal del Circuito de Bogotá con función de conocimiento condenó a cinco años y 10 meses de prisión al empresario Carlos Mattos por entregar más de 250 millones de pesos a una juez para que dictara medidas cautelares que le permitieron mantener la comercialización de los vehículos Hyundai en Colombia. Con esto consiguió desplazar a sus competidores.La decisión se produjo paralelamente a otra determinación que el Tribunal Superior de Bogotá tumbó frente al caso de un soborno al juez Reinaldo Huertas, por hechos similares y cuya condena se conocerá en los próximos días, de acuerdo con los lineamientos trazados por el Tribunal.En el caso Hyundai, se trató de varias entregas de dinero que superaron los $250 millones y que Mattos entregó a la Jueza Ligia del Carmen Hernández para que su despacho profiriera medidas a su favor.En la decisión, el juez negó la posibilidad de que Mattos pagara la pena en su casa, así como el traslado que solicitó su defensa de la cárcel de Cómbita a un Batallón de Barranquilla. Además, ordenó al empresario pagar una multa de 131 salarios mínimos.En este proceso, el Mattos indemnizó con 500 mil dólares a la Rama Judicial como víctima por los daños que le ocasionó al cometer el delito de cohecho por dar u ofrecer.El juez que estableció el monto de la condena tuvo en cuenta que no tenía antecedentes y que aceptó los cargos, por lo que la sentencia se adoptó con base en los términos establecidos en el Código Penal.Escuche el podcast “Zorros y Erizos” y conozca las últimas correrías de los candidatos presidenciales de cara a la segunda vuelta:
Al revisar la apelación de la condena, el Tribunal Superior de Bogotá decretó la nulidad de la condena y ordenó al juez que no otorgue beneficio alguno al empresario si Carlos Mattos no repara a las víctimas y que establezca realmente cuánto fue el daño, porque no es resarcible con el pago de dos millones de dólares que ofreció.El magistrado Alberto Poveda regañó a la Fiscalía y al apoderado de la Rama Judicial como víctima, por su negligencia de no tasar bien el daño patrimonial sufrido“Tan aberrante resulta lo ocurrido, que tal como lo afirmó el delegado del Ministerio Público, ni siquiera se realizó un acto de investigación con el fin de establecer si el procesado obtuvo o no un incremento en su patrimonio como consecuencia de los ilícitos, impidiendo que la sociedad, en este caso representada por la Rama Judicial, recibiera la compensación por el daño causado”, dijo el magistrado de la Sala Penal.Agregó que determinar las ganancias que obtuvo Mattos gracias a los funcionarios y empleados corruptos implica establecer el tiempo en que permaneció la medida que permitió ilegalmente la exclusividad en la venta de vehículos, la cantidad de automotores vendidos durante dicho lapso y la ganancia específica por cada automotor negociado.“Así, por ejemplo, si durante dicho período se vendieron 1.000 vehículos y la ganancia por cada uno de ellos a favor de Mattos Barrero o su empresa, que es lo mismo, fue de cinco millones de pesos, fácilmente se obtiene el valor que debe devolver y el monto cuyo reintegro debe asegurar”, explicó el magistrado Poveda.La condena, dictada el 9 de mayo por un juez penal del circuito de Bogotá, había sido impuesta después de que Mattos aceptara voluntariamente los cargos antes de que comenzara el juicio.El empresario también había sido condenado pagar una multa por 701 salarios mínimos mensuales legales vigentes para la época de los hechos y había quedado inhabilitado para ejercer funciones públicas durante 96 meses, según la Fiscalía.El caso MattosLa Fiscalía acusó a Mattos de sobornar a funcionarios judiciales e ingenieros, que le ayudaron a acelerar el curso de una demanda en la que estaba implicado y lograr así que ésta llegara al despacho del juez Reinaldo Huertas, que fallaría a su favor.Los hechos se remontan a 2015, cuando la compañía Hyundai Motor Company decidió quitar a la empresa de Mattos, Hyundai Colombia, la representación de la marca en el país.El proceso en su contra se inició a raíz de que el empresario demandara en Colombia a Hyundai con el objeto de que se le reparara por los daños ocasionados por haberle retirado la representación de la marca.Dos meses después de presentar la demanda, elaborada por un exmagistrado de la Sala Civil de la Corte Suprema, el juez Huertas falló a favor de Mattos, con lo cual se impidió a la multinacional la comercialización de sus vehículos con una compañía diferente a la del ahora reclamado.Mattos fue extraditado el pasado noviembre desde España para comparecer en este proceso y, en marzo de este año, estuvo involucrado en una polémica porque salía irregularmente de la cárcel de La Picota de Bogotá, donde esperaba condena, para acudir a trabajar a su oficina.
El juez 30 de conocimiento condenó a nueve años y cinco meses de prisión al empresario Carlos Mattos, como responsable de los delitos de cohecho y daño informático, por sobornar al juez sexto civil del circuito, Reinaldo Huertas. El abogado del empresario interpondrá recurso de apelación con el que buscará que el Tribunal Superior de Bogotá baje la pena.Además, el empresario deberá pagar una multa de 701 SMMV y no podrá ejercer cargos públicos durante 8 años.“Finalizando el 2015, el ciudadano Carlos José Mattos se reunió con Dagoberto Rodríguez, solicitándole que le consiguiera una reunión con el juez sexto civil, Reinaldo Huertas. Se corroboró que en esa reunión se aceptó y se materializó el domingo siguiente en el apartamento de la calle 92, en donde Mattos le manifestó al funcionario judicial que le iban a asignar un proceso, que necesitaba que le decretara una medida cautelar, prohibiéndole a Hyundai Motors Company vender vehículos si no era a través de Hyundai Colombia Automotriz, de propiedad de Mattos, decisión que se debía mantener durante un año”, explicó el juez.Además, añadió: “Se acreditó que el incriminado le transmitió al juez y al oficial mayor que por el favor que se relacionaba con sus funciones le iba a reconocer 700 millones de pesos”.Con el soborno, el empresario logró que se manipulara el reparto y que su proceso fuera asignado al juez Huertas, con el que hizo el pacto para que decretara la medida cautelar a su favor. Incluso, según la investigación, se había pactado una prima de éxito por cerca de 2.000 millones de pesos.Se trata de la primera condena en su contra por el soborno a jueces de la República. Está pendiente de que, en las próximas semanas, el juez 11 de conocimiento de Bogotá profiera la segunda condena en su contra, por la que la Fiscalía pidió 63 meses de prisión por haber sobornado a la juez Ligia del Carmen Hernández.“No tengo palabras para ver la injusticia con la que se me está juzgado”, dijo Mattos al conocer la primera sentencia en su contra.Siga y escuche el podcast de ‘La Intérprete’:
La Fiscalía pidió al juez 11 de conocimiento de Bogotá que condene al empresario Carlos Mattos a la pena de 63 meses de prisión por haber sobornado a la juez Ligia del Carmen Hernández. Esto, después de que, en la misma audiencia, el empresario aceptara los cargos en este proceso por el delito de cohecho por dar u ofrecer. La Fiscalía dejó a discreción del juez la rebaja de la pena.De otro lado, la Procuraduría pidió una pena de 48 meses prisión y el abogado de Mattos, Omar Suárez, pidió que la condena no sea superior a 32 meses de prisión y que sea trasladado a Barranquilla, que es su ciudad de arraigo, ya sea la cárcel o el centro de reclusión militar de la misma ciudad.Mattos volvió a tomar la palabra para pedir disculpas por el daño causado.“Me acojo al llamamiento a cargos frente al delito de cohecho. Este allanamiento es consensuado e informado y analizado por mi parte, con lo cual no existe posibilidad alguna de expresar que haya constreñimiento alguno o que se me esté induciendo a un error frente a las consecuencias jurídicas que hoy asumo ante su despacho", señaló Mattos."Quiero manifestar que si la Fiscalía desde el momento de la imputación hubiese tenido en cuenta mi condición de ciudadano español, no se me hubieran imputado delitos que no existen en España como delitos y desde ese mismo día hubiera aceptado los cargos. Imploro a la magistratura que se me permita cumplir mi condena en un sitio mas acorde con mi estado de salud y que se me permita acceder a los tratamientos médicos que requiero, por mis quebrantos físicos. Que se me permita ser un reo en condiciones dignas. Colombia, mil disculpas por los daños causados”, agregó.El juez 11 de conocimiento de Bogotá programó para el próximo 7 de junio a las 9:00 de la mañana la lectura de la sentencia contra el empresario Carlos Mattos.Es preciso recordar que el próximo viernes 22 de abril, el juez 30 de Conocimiento de Bogotá dará a conocer a cuántos años de prisión condenará al empresario Mattos por el soborno de 700 millones de pesos al exjuez civil Reinaldo Huertas. En este caso, la Fiscalía solicitó una condena de 95 meses de prisión.Así las cosas, quedará en manos de un juez de ejecución de penas la decisión final sobre el tiempo que deberá permanecer Mattos en la cárcel por cuenta de las dos sentencias que se proferirán en su contra.Escuche el podcast El Camerino:
El uruguayo Fede Valverde reconoció que el Manchester City “juega un fútbol mejor” que el de su equipo, pero que ellos son “el Real Madrid” y que supieron “sufrir, trabajar y sacar orgullo y garra”.“El Madrid siempre está. Obviamente que el rival venía mejor y juega un fútbol mejor que el nuestro, pero somos el Real Madrid. Hemos dado la cara, sin jugar de la mejor forma, pero luchando”, dijo en Movistar+.“Hemos hecho un trabajo que planeamos, hasta el gol. Pero mentalmente te metes atrás y es jodido. Además de cansarte físicamente, la cabeza te mata por estar corriendo detrás de la pelota. Pero hay que saber sufrir, trabajar, y sacar orgullo y garra; se necesitan estos momentos”, añadió.Además, Valverde ponderó el partido del guardameta Lunin y del centrocampista Bellingham.“Fue un trabajo increíble por parte de todos. Felicitar a Lunin, que le han criticado por una jugada de la ida que le puede pasar a cualquiera. Sacó su carácter. Demostró que está a la altura de ser el portero del Real Madrid”, señaló.“Felicitar a cada uno de los compañeros, que se adaptó a la situación. Hay compañeros que destacan más atacando, pero hoy han hecho un trabajo increíble. Jude peleó hasta el último minuto. Ha tenido coraje para tirar el penalti; es un jugador maduro y una persona valiente”, declaró.
El Gobierno nacional expidió el decreto 0489 del 2024 donde oficializa los ajustes anunciados en el sistema de salud por el mecanismo de un giro directo en el régimen contributivo.Según esta norma, la Adres llevará a cabo el giro directo, en nombre de las EPS y las EOC, a las IPS y los proveedores de tecnologías en salud, utilizando el monto correspondiente por concepto de UPC.Dichos ajustes se aplicarán en casos específicos, como cuando se infrinja la normativa vigente sobre el patrimonio adecuado, donde el porcentaje mínimo será del 80 % del valor de las Unidades de Pago por Capitación (UPC) correspondientes al proceso de compensación respectivo. En dichas situaciones donde la entidad esté bajo vigilancia especial, intervención administrativa o en proceso de liquidación, el porcentaje mínimo también será del 80 % de las UPC reconocidas.Esta medida establece que los porcentajes y condiciones para el giro de recursos a las entidades de salud - régimen contributivo y obligadas a - EOC, por concepto de UPC, y aplica a diversas entidades del sistema de salud, sin embargo, las EPS bajo vigilancia especial o intervención podrán autorizar giros directos por un valor superior al porcentaje definido.Cabe aclarar que el giro directo de los recursos provenientes de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) se realizará en eventos específicos, como cuando las Entidades Promotoras de Salud y Entidades Obligadas a Compensar (EOC) no cumplan con el indicador de patrimonio adecuado, se encuentren bajo vigilancia especial, intervención o liquidación por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, o deseen acogerse voluntariamente al mecanismo de giro directo.Además, aseguran que estas medidas lo que buscan brindar una gestión más eficiente de los recursos en el sistema de salud, especialmente en lo concerniente a la compensación y prestación de servicios y tecnologías en salud, tanto en el régimen contributivo como en el subsidiado.
A partir de las 8:00 de la mañana de este jueves, 18 de abril, comenzará el racionamiento de agua para los barrios y localidades del turno 8 estipulado por la Alcaldía de Bogotá por la emergencia de los bajos niveles de la represa de Chingaza.Chapinero, Antonio Nariño, Bosa, Kennedy, Los Mártires, Rafael Uribe Uribe, San Cristóbal, Santa Fe y Usaquén serán los localidades que se acogerán a la medida sin el servicio de agua durante 24. Cabe recordar que el servicio en esta zonas será reestablecido a las 8:00 de la mañana del viernes, 19 de abril.Así funcionará el racionamiento de agua este juevesEntre calle 26 y 193, entre carrera 7 y límite oriental ciudadEntre calle 72 y 100, entre carrera 7 y 13Entre calle 26 y 72, entre carrera 7 y 17Entre calle 6 y 26, entre carrera 2 y Avenida NQSEntre calle 35Sur y calle 6, entre carrera 2 y 25Entre calle 10 y 6Sur, entre carrera 5 y límite oriental CiudadEntre calle 11Sur y Diagonal 15Sur, carrera 18Este y límite oriental ciudadEntre calle 16C y río Tunjuelo, entre Avenida Boyacá y Ciudad de CaliEntre calle 16C y calle 43Sur, entre Avenida Ciudad de Cali y río BogotáPuntos de suministro a La Calera y ArborettoLista de barrios con racionamiento de agua este juevesLocalidad Antonio Nariño:SevillaLa HortuaCiudad Jardín del surCaracas, Ciudad BernaPolicarpa SalavarrietaLocalidad de Bosa:Jorge Uribe BoteroEl Danubio AzulLa VeguitaLa Veguita IILa Veguita IV SectorLa Paz BosaHortelanos del Danubio IHortelanos de Escocia IVilla Sonia II SectorLa Veguita IIILa Paz BosaVilla Sonia IIVegas de SantanaSc. La Paz BosaGran BritaliaAmarucMartinicaLocalidad de Chapinero:Manuela BeltránPardo Rubio - Urbanización PanoramaBosque Calderón Tejada III SectorPinar Alto - Pinar IIUrbanización Nueva GranadaSanto DomingoIngemar - Arbos IIPardo Rubio - Arbos ILos RosalesHorizontes (Predio)BellavistaEl ParaísoEl RefugioBosque Calderón Tejada 2Carolina OrientalChapinero CentralSucreVilla AnitaUrbanización BelvedereSiberia - Castillo Calderón TejadaPardo Rubio - Rakel (Predio) EmausBellavista - Urbanización El CastilloUrbanización Av. CircunvalarSeminarioLas AcaciasChicó AltoChicó OrientalGranadaMaria CristinaMarlyLos OlivosNueva GranadaUrbanización Loma de La CruzAltos de La SalleS.C IngemarZamudioLos CerrosVista Hermosa - Maria CristinaBosque Calderón Tejada II SectorSan Martín de PorresBosque Calderón TejadaLa PortadaSiberia Central Bosque Calderón Tejada - Urbanización Las DeliciasIngemarLa SalleEl AltoCerro Verde - Santo Domingo AltoJuan XXIIIAltos de BellavistaBosque El Retiro I SectorMariscal SucreIngemar - Urbanización Nuevo AsísIngemar - ArboretumIngemar - Urbanización LipariCerros del CastilloSiberia - Bosque Calderón TejadaSiberia - El Capricho (Predio)El CastilloBosque CalderónIngemar - El TriánguloUrbanización BelmonteBosque El RetiroConjunto Hotelero Los RosalesCataluñaDesarrollo Metropolitan ClubSiberia - El Paraíso (Predio) 2Bosque de Los AndesSiberia - El Paraíso (Predio)San Martín de Porres III y IVVilla del CerroLuís Alberto Vega Bosque Calderón IILa Isla Barrio El ParaísoLocalidad de Kennedy:San DionisioVilla de La Loma IISan MarinoAmparo CañizaresLas VegasEl PorvenirPió XII (Agrupación de Vivienda)El Rosario II iAvenida CundinamarcaBerlínLas Dos Avenidas II EtapaEl Tintal IITintalá - Ciudadela Nueva CastillaVilla AndrésOnasis II - SinaiValladolidMonterreyEl Tintal La Pampa IIEl CastilloSan Juan de CastillaBosconiaCiudad Techo IVilla GalanteSenderos de CastillaPinar del Río II SectorLa ConcordiaSan CarlosEl AmparoEl OlivoVilla Emilia - Amparo II SectorVilla de La Torre IIPortal de Patio BonitoGlorieta de Las AméricasCiudad Kennedy Norte Supermanzana 9 ACastilla Real - Santa Maria de Los ÁngelesSanta Catalina Sector IIPio XIIMaria PazOsorio II - La Magdalena Ciudad TintalCampo HermosoCarimagua I SectorCiudad Kennedy Supermanzana 12El Portal de Las AméricasVilla MarianaVilla Castilla - El TriánguloEl Tintal - Santa HelenaEl Triángulo Ciudad TechoTocaremaEl Patio II i SectorEl ParaísoLas PalmerasEl RosarioLas PalmitasSanta MónicaCiudad GranadaLucernaPerpetuo Socorro IIJazmín OccidentalJacquelineSanta Paz - Santa ElviraPerpetuo SocorroSan Martín de Porres IS C. La Paz BosaVegas de Santa Ana - SamariaEl Jordán I Y II iEl Porvenir II sectorPastranita II SectorLa GiraldillaArboleteSagrado CorazónEl Rubí de KennedyValladolid - A.S.D.El Rubí IILa Magdalena - San LuísLa MagdalenaVilla Mejia - El TintalVilla de La LomaVilla de La TorreVilla NellyOsorio II - San Ignacio Vereda El TintalTintaláCalandaima - Los PantanosPatio Bonito I SectorBellavistaPiamonte OccidentalCiudad GalánPuente La VegaVilla HermosaBarranquillitaLas BrisasPalmitas - Villa AliciaCiudad Kennedy Supermanzana 8Ciudad Kennedy Oriental Supermanzana 16Ciudad Kennedy Centro CívicoKennedy Sur Supermanzana 10Bosques de KennedyCiudad Kennedy Supermanzana 7Ciudad Kennedy NorteCiudad Kennedy Norte Supermanzana 9bBanderasLocalidad de Los Mártires:La FavoritaSan VictorinoLocalidad de Rafael Uribe Uribe:San LuísSosiego SurAvenida Décima II SectorBosque de San CarlosSanta MónicaUrbanización FuchaAvenida DécimaFundación Hospital San CarlosUrbanización Sosiego NorteLocalidad de San Cristóbal:Quinta RamosUrbanización San JoséCiudad Marbella Sector ILas BrisasSan Jerónimo Del YusteLa SelvaEl SosiegoVilla Nataly 20 De JulioPrimero De MayoLa CeciliaUrbanización Primero De MayoManilaLa Gran ColombiaUrbanización Multifamiliar Las BrisasVilla Albania20 De JulioMedia LunaUrbanización SerafinaUrbanización PaduaUrbanización Portal RealGranada Sur III SectorSan Miguel Granada SurUrbanización San LuísUrbanización San José 2Urbanización Carrera 10aSan Cristóbal AltoVilla JavierCaja De Vivienda PopularEl Diamante Bosque de San CristóbalSan Bernardo Del VientoEl Alto de Las Brisas IIEl Alto De Las BrisasTapas La LibertadUrbanización CentralCamino Viejo De San CristóbalQuinta RamosGranada SurUrbanización Parque Metropolitano Etapa Ii Y IiiSanta Ana SurSanta AnitaBuenos AiresSan JavierEl Parque Etapa IVelódromoUrbanización CalimaUnifamiliares Avenida DécimaCiudadela Maria MicaelaSan_IsidroUrbanización Santa Margarita IiModelo SurUrbanización GolcondaUrbanización LoyolaNariño SurUrbanización La Coruña Del SurEl Refugio SurLos Laureles Sur Oriental I SectorLas Brisas I20 De Julio (Granada Sur)Calvo SurCalvo Sur IiCalvo Sur (La Gallera)Localidad de Santa Fe:Julio Cesar Turbay - San Francisco RuralParque Nacional OrientalS.C El DoradoEl Dorado 2La CatedralCentro AdministrativoEl DoradoSanta Bárbara - Batallón Guardia PresidencialNueva Santa Fe De BogotáEgipto Alto (Julio Cesar Turbay)El ConsueloLa CapuchinaParque Nacional Oriental (Repetido)Fabrica De LozaSanta BárbaraSan DiegoLa AlamedaLas NievesLas AguasSan MartínVeracruzSanta InésSan BernardoSan DionisioLa ConcordiaParque NacionalSanta Rosa De LimaSamperLa MercedRocío OrientalSanta Bárbara (Repetido)Las CrucesRocío Centro OrientalLos LachesLa PeñaLocalidad de Usaquén:Horizontes NorteLa EsperanzaSan NorteLos Alpes II SectorSan Norte (Repetido)GinebraBellavista y UnicerrosSagrado CorazónMontearroyoCiudadela RealLa GlorietaUsaquén - Casa Cristo ReyCerros de Santa BárbaraUrbanización FuratenaSanta Ana OrientalLa Franja de BuenavistaLa Llanurita IIChaparralNuevo HorizonteLa LlanuritaHorizontes UsaquénLa FronteraArenera BuenavistaLa EstrellitaBuenavista II sectorEl Cerro Parte Baja (Villa Nydia)Terrazas de San ÁngelSanta Cecilia BajaSanta Cecilia Parte BajaLa Perla OrientalUsaquén - Urbanización Portal de SienaEl Cerro OccidentalAgua DulceLos NaranjosCerros NorteAltos de SerrezuelaEl RedilEl CoditoSanta Cecilia Norte Parte AltaLa CañadaEl PañuelitoCerros De Los AlpesBosques de MedinaSierras Del MoralTibabita 2El Pinar de Santa BárbaraDelicias del CarmenBosque De SoratamaBarrancas OrientalBocacolina El CedroBosque de Pinos IIIBarrancas Oriental - La Roca (Predio)Barrancas Oriental - ServitaMirador Del NorteArauquitaArauquita II SectorHorizontesBuenavista La Estrellita IIIbizaBarrancas AltoBalcones de Vista HermosaBuenavistaSoratamaLote 95 Anexo Barrio Soratama
En redes sociales circula un video en el que un bus intermunicipal, que cubría la ruta El Corzo - Bojacá, en Cundinamarca, se ve involucrado en un accidente de tránsito. Primero se mencionó que el conductor podría estar borracho, pero, según autoridades, fue debido a un preinfarto.Por varios metros el automotor rueda fuera de la carretera tratando de recuperar el control y estabilizarse sobre la vía. Más adelante se observa que estuvo a punto de chocar con un motociclista, pero por fortuna alcanzó a esquivar el choque. Sin embargo, minutos después el vehículo de placas SWP-217 sale del camino y queda atrapado en una cuenca del sector. Por fortuna, el bus involucrado iba sin pasajeros.Muchos comentarios calificaron este hecho como irresponsable, puesto que varios internautas señalaron que el conductor se encontraba en estado de embriaguez. Al sitio llegaron unidades de tránsito para evaluar los hechos.La versión que entregaron las autoridades señala que un hombre de 59 años sufrió un preinfarto, lo que le provocó un fuerte dolor en su pecho y perdió la noción del tiempo y lugar. Así mismo, la empresa a la que estaba adscrita el automotor realizó las respectivas pruebas de alcoholemia, dando negativo el supuesto estado de embriaguez del conductor.Al lugar llegaron delegados de la empresa del bus intermunicipal y retiraron el vehículo. Por otro lado, el conductor fue trasladado a centro asistencial y está fuera de riesgo tras el accidente reportado.
Este 17 de abril, Estados Unidos anunció que no renovará la licencia 44, la cual aliviaba las sanciones al petróleo y gas de Venezuela. Con esta medida buscan castigar al presidente Nicolás Maduro por haber impedido la participación de la "oposición democrática" en las elecciones y por detener a políticos y activistas.La Licencia General 44 expira esta medianoche y ha permitido, durante los últimos seis meses, las operaciones de empresas extranjeras en el sector petrolero y gasífero de Venezuela.Estas son las sanciones que regresan a VenezuelaLas compañías tienen un plazo de 45 días, hasta el 31 de mayo, para llevar a cabo de manera ordenada el cese de todas las actividades que estaban amparadas bajo esta normativa.En su reemplazo, el Tesoro ha emitido la Licencia 44A, que exige a las empresas extranjeras que deseen hacer negocios con la petrolera estatal Petróleos de Venezuela (PDVSA) solicitar autorizaciones individuales que serán evaluadas caso por caso.Washington podrá negar estos permisos cuando considere que estos violan la seguridad nacional y los intereses de política exterior de Estados Unidos.Es importante destacar que estas restricciones no afectan las operaciones en Venezuela de la empresa estadounidense Chevron, la cual cuenta con una licencia especial desde 2022, cuando la guerra en Ucrania perturbó el mercado global de crudo.Durante los últimos seis meses, Caracas ha ampliado sus acuerdos con empresas extranjeras y la producción petrolera del país aumentó un 18 % en el primer trimestre del año.Sobre el regreso de estas sanciones el presidente Nicolás Maduro ya se había pronunciando minutos antes del anuncio oficial por parte de EE. UU. Por su parte, el ministro venezolano de Petróleo, Pedro Tellechea, minimizó el impacto de la reimposición de sanciones estadounidenses al crudo del país caribeño, al destacar que la medida deja la puerta abierta a licencias individuales que permitirán concretar asociaciones con empresas extranjeras.