Cobro ilegal de impuesto afectó a miles en Cundinamarca: se recaudaron hasta $16.000 millones
Fue el notario David Torres quien contó a Blu Radio esta historia. La justicia falló a favor y, ahora, la Gobernación de Cundinamarca debe responder por ese cobro que nunca debió hacerse.
En un giro inesperado ocurrió en el caso que involucra a la Gobernación de Cundinamarca. La justicia falló a favor del notario David Torres, quien hace un año demandó el cobro ilegal de un impuesto de registro. En diálogo con Mañanas Blu con Camila Zuluaga, confirmó que “ganó el pulso” tras un proceso que él mismo describió como un verdadero "viacrucis".
La sentencia, favorable al demandante, se produce después de que se denunciara públicamente en 2024 el cobro indebido que afectó a miles de usuarios del departamento. El corazón de esta controversia se centra en la cancelación del usufructo.
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Según explicó el notario Torres, en casos como la cancelación de un usufructo por la muerte del beneficiario (como sucedió en su caso al comprar un apartamento con reserva de usufructo), el pago debido era mínimo.
"Normalmente se ha debido pagar por la cancelación de un usufructo únicamente la suma de cuatro salarios mínimos diarios, que en la época en el 2021 costaban 121.000 pesos", afirmó.
Sin embargo, contó que la Gobernación, a través de su sistema, obligó a los usuarios a registrar un acto adicional denominado "consolidación de dominio pleno". Sobre este acto, la Gobernación "cobró un impuesto de registro equivalente al 1 % del 70 %".
Esta imposición generó un sobrecargo masivo. En el caso personal del notario Torres, la suma ascendió a más de cuatro millones de pesos, lo que representa, según sus palabras, "un montón de plata más" que los 121.000 pesos debidos.
Los contribuyentes que se pongan al día con Bogotá obtendrán un 80 % de ahorro en intereses y sanciones.
Montaje: Blu Radio.
Aseguró que este esquema se replicó "en todas las notarías de Bogotá y Cundinamarca". Se estima que la Gobernación de Cundinamarca recogió en toral alrededor de 16.000 millones de pesos con esta circular, de acuerdo con Torres.
La batalla legal y la anulación de la circular
La base legal de este cobro fue la Circular 05 del 5 de febrero de 2021, emitida por el director de Rentas y Gestión Tributaria, la cual establecía que el acto de consolidación del usufructo "era un acto de con cuantía".
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El notario Torres demandó esta circular, la cual finalmente "se cayó hace rato". El Consejo de Estado, el 25 de abril de 2024, la anuló. La razón principal fue la falta de competencia del funcionario departamental.
El Consejo de Estado consideró que "no había competencia del director de Rentas para dar instrucciones a los notarios y a los registradores". El notario Torres explicó la jerarquía de este caso.
"El director de Rentas es un empleado, un funcionario departamental y los notarios y registradores somos funcionarios o servidores públicos de carácter nacional". Además, recordó que la base gravable de todo impuesto debe ser establecida por el Congreso o la Asamblea, no por el director de rentas.
Recuperar lo pagado: el engorroso proceso para usuarios
Aunque la sentencia resultó favorable, el proceso de devolución del dinero a los usuarios es "muy tortuoso", ya que la Gobernación de Cundinamarca "se ha negado sistemáticamente a devolver los valores indebidamente cobrados".
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El principal obstáculo es que, según Torres, cada usuario debe hacer la solicitud independiente. El proceso detallado por el notario demandante incluye varios pasos que requieren paciencia:
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Se debe hacer una "solicitud de devolución de lo pagado por pago indebido". La Gobernación "normalmente niega la solicitud".
Hay que interponer el “recurso de reconsideración”. La Gobernación "vuelve otra vez a negar la devolución".
Finalmente, contra estas dos resoluciones negativas, se debe interponer una “demanda y restablecimiento del derecho ante los jueces administrativos de Bogotá”.
En su caso particular, la sentencia condenó a la Gobernación a pagarle los 4.110.015 pesos cobrados indebidamente, más intereses corrientes hasta la fecha de la sentencia (31 de julio). A partir de esa fecha, "va a generar esa plática intereses moratorios" a la tarifa del Estatuto Tributario.
Añadió que es "más o menos es el 36 %". Sin embargo, el notario advirtió que, pese al fallo favorable, la Gobernación "todavía no ha pagado" la cuenta de cobro presentada.