Una creciente indignación ha generado en Barrancabermeja el caso de un estudiante de 17 años, en condición de discapacidad, que fue expulsado de un plantel educativo del Puerto Petrolero y no podrá graduarse junto con sus compañeros.
El joven, diagnosticado con Trastorno de Déficit de Atención con Hiperactividad (TDH) y con una leve dificultad cognitiva, ha estudiado toda su vida en esa institución. Sin embargo, según la familia, el colegio no cumplió con la elaboración del Plan Individual de Ajustes Razonables (PIAR), documento obligatorio que garantiza la educación inclusiva de estudiantes con discapacidad, conforme a la Ley 1618 de 2013 y el Decreto 1421 de 2017.
“Aquí ha habido una serie de violaciones sistemáticas a sus derechos, primero por parte del colegio, que tenía la obligación legal de hacerle el PIAR. Es un joven que ha estado toda su vida en el Seminario San Pedro Claver, pero en los últimos años no se le brindó el acompañamiento adecuado”, afirmó el abogado Alberto Elías González Mebarak, representante legal de la familia.
Pese a la acreditación médica y al conocimiento previo de la institución, el menor fue excluido físicamente del colegio el 23 de septiembre de 2025, sin procedimiento disciplinario válido, sin audiencia de descargos y sin que se le aplicaran los ajustes razonables exigidos por ley.
Todo comenzó tras un incidente en el aula, cuando el joven fue sorprendido jugando con un recipiente de tiner que se encontraba en el salón. “El colegio nunca explicó qué hacía ese elemento allí. En lugar de acompañarlo, lo sancionaron y expulsaron sin el debido proceso ni atención a su condición”, aseguró el abogado.
Los padres interpusieron una acción de tutela para exigir la protección de los derechos fundamentales del menor a la educación, a la inclusión y al debido proceso, pero el Juzgado Tercero Civil Municipal de Barrancabermeja la negó el 6 de octubre de 2025, al considerar que existían recursos administrativos pendientes.
La defensa calificó esa decisión como un error de ponderación constitucional, al privilegiar los formalismos procesales sobre el principio del interés superior del menor (artículo 44 de la Constitución Política), e insistió en que la exclusión del estudiante constituye un perjuicio irremediable que afecta su bienestar social, emocional y académico.
La impugnación, actualmente en trámite ante el Juzgado Civil del Circuito de Barrancabermeja, sostiene que el colegio ya incumplió los términos legales para responder el recurso de reposición radicado el 22 de septiembre, lo que configura una negligencia administrativa y una vulneración continua de los derechos del menor.
“Solicitamos respetuosamente que se revoque la decisión de primera instancia, se ordene la reincorporación inmediata y presencial del estudiante, y que la Secretaría de Educación asuma su deber de inspección y vigilancia conforme al artículo 11 de la Ley 1620 de 2013”, expresó González.
Ante la denuncia, la Secretaría de Educación Distrital de Barrancabermeja informó que el caso ha sido atendido desde mayo de 2025, con acompañamiento técnico, visitas al colegio y reuniones de conciliación para revisar la aplicación del manual de convivencia.
En un comunicado, la entidad aseguró que no se evidencian actuaciones discriminatorias por la condición del estudiante y que el colegio mantiene la prestación del servicio educativo mediante acompañamiento académico y trabajos virtuales.
También precisó que, según la Ley 115 de 1994 (Ley General de Educación), las instituciones privadas tienen autonomía para adoptar decisiones disciplinarias contempladas en sus reglamentos internos, por lo que la exclusión del acto de graduación no constituye una vulneración del derecho a la educación, sino una sanción derivada del manual institucional.
La familia del joven mantiene la esperanza de que la justicia falle a su favor y el estudiante pueda graduarse junto a sus compañeros en noviembre, como un gesto de reparación y reconocimiento a su esfuerzo.
El caso ha despertado rechazo en la comunidad educativa y entre ciudadanos del Magdalena Medio, quienes consideran que la decisión del colegio contradice los principios de inclusión y equidad que deben regir el sistema educativo.