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Estos impuestos quedan suspendidos mientras la Corte examina el decreto de emergencia económica

La Corte Constitucional decidió suspender de manera provisional los decretos 1390 y 1474 de diciembre de 2025, que declaraban el Estado de Emergencia Económica y Social y establecían medidas tributarias extraordinarias para financiar los gastos derivados de esa emergencia.

Dinero efectivo colombiano
El presupuesto de 2026 podría quedar por decreto
Foto: Blu Radio

La Sala Plena, con seis votos a favor y dos en contra, aplicó esta medida cautelar para prevenir daños irreversibles mientras se analiza la constitucionalidad de los decretos.

Con esta decisión quedan temporalmente suspendidos aumentos de IVA y consumo en licores, vinos y juegos por internet, así como el impuesto sobre envíos desde el extranjero. También se paraliza el cobro del impuesto al patrimonio progresivo, la sobretasa al sector financiero, impuestos a bienes de lujo, tabaco, vapeadores y el impuesto especial a hidrocarburos y carbón. Además, no se aplicará la normalización tributaria sobre activos omitidos ni los incentivos transitorios de reducción de sanciones.

El Gobierno había proyectado recaudar 16 billones de pesos con estas medidas para financiar proyectos sociales y garantizar el pago de la deuda externa, que a octubre de 2025 superó los 239.000 millones de dólares.

La decisión fue celebrada por gremios como la Andi, AmCham y Analdex, así como por la Federación Nacional de Departamentos y gobernadores, quienes señalaron que los aumentos tributarios afectarían a empresas, ciudadanos y servicios públicos.

Por su parte, el presidente Gustavo Petro criticó la suspensión, afirmando que la Corte “rompe el orden constitucional” y advirtió sobre riesgos en el pago de la deuda.

El ministro del Interior, Armando Benedetti, aseguró que la decisión favorece a los sectores más ricos y podría afectar programas sociales, mientras la oposición, representada por la senadora Paloma Valencia y el Partido Conservador, aplaudió la medida por limitar la imposición de impuestos sin aprobación del Congreso.

Los efectos de la suspensión se mantendrán hasta que la Corte emita un fallo de fondo, generando un escenario de incertidumbre fiscal, pero temporalmente aliviando la carga tributaria sobre ciudadanos y empresas.

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Impuestos suspendidos mientras se decide la constitucionalidad del Decreto 1474 de 2025

IVA y consumo

Licores, vinos y similares: no se aplica el aumento al 19%, se mantiene el IVA anterior del 5 %.

Juegos por internet: no se grava con IVA las ganancias brutas menos premios.

Paquetes y envíos desde el extranjero: no se reduce el umbral de exclusión, sigue exento hasta USD $200.

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Blu Radio: Bing Image Creator
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Impuesto al patrimonio

No se cobra a quienes tengan patrimonio líquido ≥ 40.000 UVT, equivalentes a más de 2 mil millones de pesos.

No se aplican las tarifas progresivas de 0,5% a 5%.

Sobretasa al sector financiero

Bancos y aseguradoras no pagan la sobretasa del 50%, ni el anticipo del 100% sobre la base del año anterior.

Impuestos al consumo específicos

Bienes de lujo: vehículos de alto valor, yates y aeronaves → no se aplica el 19%.

Tabaco y cigarrillos: no se cobra el impuesto fijo ni el 10% sobre el precio.

cigarrillos
cigarrillos usados
Foto: pexeles

Vapeadores: no se aplica el $2.000 por mililitro ni el 30% sobre el precio de venta.

Impuesto especial a hidrocarburos y carbón

No se cobra el 1% sobre la primera venta o exportación de petróleo, carbón y derivados.

No aplica para personas o empresas con renta ≥ 50.000 UVT, equivalentes aproximadamente a $2,62 mil millones de pesos.

Normalización Tributaria y otras medidas

No se cobra el 19% sobre activos omitidos o pasivos inexistentes.

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Las regalías continúan siendo deducibles según normas anteriores.

No aplican los incentivos transitorios de reducción de sanciones si se paga antes del 31 de marzo de 2026.

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