Ocho meses después del envenenamiento que causó la muerte de dos estudiantes del Colegio Los Nogales, la Fiscalía reveló nuevos detalles sobre la presunta responsabilidad de la empresaria Zulma Guzmán Castro. El caso, ocurrido en abril de este año, comenzó cuando a una vivienda del norte de Bogotá llegó un domicilio con frambuesas achocolatadas, consumidas por varias menores de edad.Horas después, cuatro de las jóvenes que habían participado en la reunión presentaron síntomas de intoxicación aguda y fueron trasladadas a la Fundación Santa Fe de Bogotá. A pesar de los esfuerzos médicos, Inés de Bedout falleció el 5 de abril y, cuatro días más tarde, murió su amiga Emilia Forero, ambas de 15 años. Otros dos menores y un adulto resultaron afectados, aunque lograron sobrevivir.Cómo se identificó el talio como agente tóxicoEl secretario de Salud de Bogotá, Gerson Bermont, confirmó que la intoxicación no fue accidental ni tuvo origen en alimentos contaminados por error. Los equipos de vigilancia epidemiológica detectaron desde el inicio la presencia de talio, un metal altamente tóxico, sin olor ni sabor, difícil de rastrear y que no forma parte de los elementos monitoreados por la entidad.“Se pudo concluir […] que lo sucedido no responde a una intoxicación ocasionada por alimentos, sino por un agente que no es objeto de vigilancia. […] Se logró el hallazgo de esta sustancia desde el comienzo”, afirmó Bermont en su momento. La evidencia descartó cualquier incidente fortuito y reforzó la hipótesis de un acto deliberado.La presunta participación de Zulma Guzmán CastroLa investigación señaló como principal sospechosa a Zulma Guzmán Castro, empresaria del sector tecnológico y fundadora de la plataforma de carsharing, conocida por su participación en el programa televisivo Shark Tank. Según la Fiscalía, Guzmán habría gestionado el envío del domicilio con las frambuesas que consumieron las víctimas.Los investigadores también indagan la relación sentimental que Guzmán habría sostenido con el padre de una de las menores. Las autoridades consideran que el caso podría corresponder a un crimen de venganza derivado de un conflicto pasional.Además, la Fiscalía examina una posible conexión con la muerte de la esposa del mismo hombre, fallecida dos años atrás en circunstancias no esclarecidas y cuya causa, según los investigadores, también podría estar relacionada con talio.Huida internacional y red de países involucradosPoco después de confirmarse la intoxicación, Guzmán salió de Colombia con destino a Argentina. Su desplazamiento posterior por Brasil, España y Reino Unido llevó a la Fiscalía a internacionalizar la investigación.Con base en las pruebas recolectadas, un juez de control de garantías avaló una orden de captura en su contra. De igual forma, fue emitida una circular roja de Interpol para facilitar su ubicación y detención en cualquier país donde pueda encontrarse.La evidencia clave que sostiene el casoLa Fiscalía consolidó los siguientes elementos como base de la investigación:Rastro del talio en los cuerpos de las víctimas, identificado desde el ingreso a urgencias.Vínculo directo entre Guzmán y el envío del domicilio consumido por las menores.Salida inmediata del país, horas después de conocerse la intoxicación.Relación personal con el padre de una de las víctimas, considerada relevante en la motivación del crimen.Antecedentes sospechosos, incluyendo la muerte previa de otra mujer cercana al mismo núcleo familiar.Movimiento internacional de la sospechosa por varios países, lo que motivó la intervención de autoridades en Argentina, Brasil, España y Reino Unido.Impacto del caso y avance judicialEl envenenamiento con talio, un metal prácticamente indetectable, ha generado preocupación por su uso criminal y la dificultad de rastrear su origen. Por ahora, la Fiscalía mantiene activa la búsqueda de Guzmán Castro, mientras avanza en cooperación con autoridades extranjeras para lograr su captura.“Podemos decir que se encontró una sustancia que hace parte de la historia clínica de los pacientes […] No existe un riesgo para la salud pública”, reiteró el secretario Bermont, aclarando que el caso corresponde a un hecho puntual y dirigido, no a un riesgo general para la ciudadanía.La investigación continúa y se mantiene bajo reserva, mientras las autoridades buscan esclarecer completamente el crimen que conmocionó a Bogotá y llevó a la muerte de dos menores de edad.
El Tribunal Superior de Bogotá ordenó la libertad inmediata de la exfiscal Ana Catalina Noguera Toro, tras determinar que ya cumplió la pena impuesta por los delitos de fraude procesal y violación ilícita de comunicaciones.En su decisión, el Tribunal explicó que, luego de la revisión realizada en segunda instancia, la pena fue reajustada a 38 meses de prisión, junto con una multa y una inhabilidad para ejercer cargos públicos. Además, al contabilizar el tiempo que estuvo privada de la libertad, sumado a las redenciones de pena por estudio y trabajo, se demostró que Noguera, quien estaba en prisión domiciliaria, había cumplido la condena en su totalidad.El caso, originado por interceptaciones ilegales de comunicaciones de una tercera persona durante 2020, incluyó la participación de miembros de la Dijín y la manipulación de fiscales mediante informes falsos para obtener órdenes de escucha.La exfiscal Noguera, quien ocupó cargos claves como directora de Extinción de Dominio y delegada de Finanzas Criminales en la Fiscalía General de la Nación, aceptó haber participado en una red de corrupción que combinaba narcotraficantes, policías y funcionarios judiciales y por ello fue capturada en febrero de 2023.Según la Fiscalía, dicha red operaba captando personas con investigaciones judiciales inconclusas, en especial narcotraficantes, para ofrecerles favores judiciales a cambio de sobornos y evitar evitar extradiciones a Estados Unidos.Sin embargo, la investigación demostró que Noguera también estaba implicada en interceptaciones ilegales que se habría gestionado y ejecutado con fines personales.Los archivos referían que la exfuncionaria judicial ordenó en marzo de 2020 la interceptación ilegal del teléfono celular de Carolina Vélez, una mujer que sostenía una relación con un trabajador bancario con quien Noguera habría tenido vínculos sentimentales con el fin de confirmar si el hombre mantenía una relación paralela.Durante la imputación de cargos, salieron a relucir también nombres como el del excoronel de la Dijín Ricardo Alberto Durán, los policías John Fredy Redondo Bautista y Anderson Jesús Salba Contreras, así como el exparamilitar y exnarcotraficante Ramón Esteban Peña, alias El Médico, pieza clave en la operación ilegal.Con la decisión conocida este jueves, Noguera logra saldar su deuda con justicia y cerrar un caso que representó un golpe para el sector pues ella era considerada una autoridad en la lucha contra la delincuencia.
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó este 4 de diciembre al general en retiro Rodolfo Palomino López por el delito de tráfico de influencias de servidor público cuando se desempeñaba como director de la Policía Nacional.De acuerdo con la Sala, el entonces alto oficial se reunió en su residencia con la entonces fiscal especializada Sonia Lucero Velásquez Patiño para hablar de una operación contra 14 personas vinculadas al Fondo Ganadero de Córdoba. Durante ese encuentro, Palomino le habría pedido que se detuviera la captura de Luis Gonzalo Gallo Restrepo.La decisión le impone una pena de siete años de cárcel, una multa equivalente a 174,9976 salarios mínimos, y además lo inhabilita para ejercer derechos y funciones públicas por nueve años. El fallo también aclara que no hay posibilidad de solicitar prisión domiciliaria.Para el alto tribunal, la intervención del general en retiro constituyó un aprovechamiento de su cargo y un intento deliberado por influir en una decisión judicial. La Sala señaló que, en lugar de respetar las órdenes emitidas por la autoridad competente, Palomino optó por favorecer a un particular, pese a que este estaba siendo investigado por delitos especialmente graves como concierto para delinquir, promoción de grupos paramilitares y desplazamiento forzado asociado al despojo de tierras. La Corte recordó que este último es un crimen de lesa humanidad, lo que subraya la gravedad de la interferencia.El fallo también detalla que la reunión generó presión e intimidación sobre la fiscal, quien, aunque realizó la captura, posteriormente dejó en libertad al investigado tras escucharlo en indagatoria, sin corroborar la información presentada como descargo.El tribunal también hizo énfasis en que Palomino conocía plenamente la ilegalidad de su comportamiento, dada su experiencia y la dignidad del cargo que ocupaba. Aun así, optó por apartarse de la normatividad que juró cumplir y proteger. La Sala resaltó que tuvo “la posibilidad de autodeterminarse para proceder de manera distinta” y, pese a ello, eligió influenciar indebidamente a otro servidor público, en este caso a una fiscal delegada.Durante la lectura del fallo Palomino y su defensa interpusieron el recurso de apelación y solicitaron un plazo de cinco días hábiles para preparar la defensa y argumentación de la apelación.
Las autoridades confirmaron nuevos avances en la investigación del caso que estremeció al país el pasado 4 de abril, cuando un grupo de jóvenes en el norte de Bogotá resultó envenenado tras recibir una encomienda con frambuesas achocolatadas contaminadas con talio, un metal altamente tóxico, incoloro e insípido. En el trágico episodio murieron dos niñas de 15 años, mientras que otra adolescente aún se recupera lentamente por las graves afectaciones que sufrió. Un cuarto joven logró restablecerse por completo.De acuerdo con la información revelada por la periodista María Elvira Arango y corroborada por la Fiscalía General de la Nación, el caso nunca fue accidental. De hecho, ya identificaron a la principal sospechosa detrás de este crimen.Señalada salió de ColombiaLa principal señalada por el envío de las frambuesas envenenadas con talio sería Zulma Guzmán Castro, una mujer que habría tenido cercanía previa con Juan de Bedout, padre de una de las víctimas y destinatario de la encomienda. Esta mujer no ha enfrentado un juicio porque no está en el país.Se estableció que la sospechosa abandonó Colombia pocos días después del crimen. Las autoridades han rastreado su paso por Argentina, Brasil, España y el Reino Unido, países a los que viajó mientras avanzaban las pesquisas.Buscan a sospechosa con circular de InterpolAnte este escenario, la Interpol emitió el pasado 25 de octubre una circular roja contra Guzmán Castro, una alerta internacional que permite su búsqueda y captura en más de 180 países. Con este recurso, las autoridades esperan lograr su detención y posterior extradición a Colombia, donde deberá responder por el homicidio de dos menores de edad y por las graves lesiones ocasionadas a otros dos jóvenes. Este caso, que comienza a esclarecerse, sigue siendo una prioridad para la Fiscalía, determinada a llevar ante los jueces a la presunta responsable de una tragedia que conmocionó a Bogotá.
Blu Radio conoció el fallo de 40 páginas con el que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena de 4 años de cárcel contra Laude José Fernández Arroyo, al negar el recurso extraordinario de casación presentado por su defensa contra la sentencia que lo declaró responsable de los delitos de concierto para delinquir agravado y violación de datos personales.Con esta decisión, el alto tribunal ratificó el fallo emitido en noviembre de 2022 por el Tribunal Superior de Bogotá, que impuso esta pena y además una multa e inhabilitación para ejercer cargos públicos.La Corte Suprema de Justicia pudo establecer que Laude José Fernández, quien fue agente de inteligencia del extinto DAS, hizo parte entre 2017 y 2018 de una organización criminal dedicada a la interceptación ilegal de comunicaciones y obtención indebida de bases de datos privadas, en la que participaron exfuncionarios del CTI y empresas privadas que ofrecían servicios de “inteligencia corporativa”.El fallo de casación de la Corte reveló que, Laude José Fernández, desde su rol como directivo de una firma consultora, habría solicitado información privada de dirigentes sindicales de Avianca durante la huelga de pilotos, así como datos relacionados con litigios entre el Grupo de Energía de Bogotá y la multinacional ENEL.El alto tribunal descartó los argumentos de la defensa, que buscaba acceder al beneficio de la suspensión condicional de la pena y a la prisión domiciliaria, al señalar que el delito de concierto para delinquir agravado cuando involucra a exintegrantes de organismos de seguridad del Estado está expresamente excluido de beneficios penales.La Corte Suprema de Justicia señala además que el exagente de inteligencia no acreditó la condición de padre cabeza de familia, pues se demostró que las menores cuentan con familia extendida legalmente obligada a asistirlas.
Estos fueron los temas tratados y debatidos este miércoles, 3 de diciembre, en Bla Bla Blu:El cantante Juancho Valencia, de Puerto Candelaria, contó de qué se trata 'Big Band' y cómo las personas podrán disfrutar este show el 5 de diciembre en el teatro Julio Mario Santo Domingo. Además, recordó una anécdota sobre la Navidad.El 'Señor Biter, experto en normas de tránsito, aclaró las dudas más cotidianas que se presentan al momento de manejar y que podrían implicar una multa al momento de conducir un carro o un vehículo.
Un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario contra Neider Gómez Castrillón, señalado de participar en el secuestro del cantante Miguel Ayala Galeano y de su mánager, Nicolás Pantoja, ocurrido en la vereda Chorritos, en La Sierra, Cauca. La decisión judicial se produjo tras la presentación de los elementos materiales probatorios recolectados por un fiscal Gaula de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales.De acuerdo con la Fiscalía, Gómez Castrillón habría tenido un papel directo en la custodia armada de las víctimas, quienes permanecieron retenidas en una construcción artesanal. Desde ese lugar se habría tomado y enviado a los familiares una fotografía en la que el artista y su representante aparecían descalzos, encadenados y envueltos en una cobija. Asimismo, el procesado estaría involucrado en las llamadas mediante las cuales los secuestradores exigieron 5.000 millones de pesos a cambio de su liberación.El operativo que permitió la liberación del músico y su mánager también condujo a la captura en flagrancia del presunto responsable. Durante la intervención fueron incautadas dos pistolas, dos proveedores, 29 cartuchos calibre 9 mm, una cadena, dos candados y dos pavas de tela camuflada.Con base en este material probatorio, el ente acusador imputó a Gómez Castrillón los delitos de secuestro extorsivo agravado y fabricación, tráfico y porte de armas y municiones de uso restringido o privativo de las Fuerzas Armadas. El procesado no aceptó los cargos.Las investigaciones indican que la retención habría sido ejecutada por una red delictiva presuntamente vinculada a la estructura Carlos Patiño, una facción de las disidencias de las Farc.La Fiscalía aseguró que los hechos sucedieron en medio de un viaje desde la ciudad de Popayán hasta la ciudad de Palmira, a efectos de tomar un vuelo con rumbo a la ciudad de Bogotá, el cual fue interrumpido de manera violenta por un vehículo y una motocicleta que los contactaron a la altura del sector de la vereda del túnel, vía Panamericana.Dice la Fiscal del caso: “Cuatro personas portando armas de fuego detienen al conductor que transportaba a las dos víctimas, lo amenazan, se suben al vehículo y los obligan a retomar el viaje, regresándose a la ciudad de Popayán. Más adelante, en el sector conocido como el Parador de las Margaritas, se desvían a mano derecha, cuando ya tomaban el sentido norte-sur, se desvían a mano derecha hacia el sector conocido como el Lago del Bolsón. El vehículo iba siendo seguido, detienen la marcha y Miguel Ángel y Víctor Alonso Nicolás son bajados y montados en otro vehículo, el conductor es dejado y posteriormente acuden las autoridades”.
Un aparente triángulo amoroso terminó en un violento episodio que hoy tiene a un hombre enfrentando cargos por tentativa de homicidio. Las autoridades capturaron a Edson Moreira da Silva, señalado de arrollar de manera intencional al esposo de su amante y de enviar pruebas del ataque a través de WhatsApp.El caso ocurrió en la ciudad de Nova Iguaçu, Brasil, donde, según la policía, Silva habría embestido con su vehículo a Josiel Barreto Dias durante la noche del martes. La víctima quedó inconsciente en plena vía pública y fue trasladada de urgencia al Hospital Geral da Posse, donde permanece internada en estado crítico.La investigación avanzó con rapidez gracias a las pruebas que el propio sospechoso divulgó. De acuerdo con las autoridades, el hombre envió audios a su amante reconociendo haber atropellado al esposo de ella. Minutos después del impacto, también compartió una fotografía de Dias desmayado en el suelo, una imagen que terminó por confirmar la brutalidad del ataque.Durante la madrugada, agentes de las comisarías 52ª y 56ª iniciaron la búsqueda tanto del agresor como del vehículo involucrado. No pasó mucho tiempo antes de que localizaran el automóvil: tenía el paragolpes destrozado y el parabrisas hecho añicos, señales claras de un choque reciente a alta velocidad.Hacia las 7:40 de la mañana, los uniformados dieron finalmente con Moreira da Silva. El hombre fue detenido sin resistencia y, durante el traslado, volvió a admitir que había arrollado a la víctima, según indicaron fuentes policiales.Las autoridades revelaron además que, días antes del atropello, los tres involucrados habían protagonizado fuertes intercambios de mensajes que evidenciaban tensiones dentro de la relación clandestina.Silva quedó detenido en flagrancia y ahora deberá responder ante la justicia por tentativa de homicidio. Mientras tanto, el esposo de su amante continúa en terapia intensiva, luchando por sobrevivir a un episodio que escaló de manera trágica y dejó al descubierto un conflicto sentimental llevado al límite.
El barrio San Felipe, en la localidad de Barrios Unidos, terminó con un nuevo episodio que revive el debate sobre las decisiones judiciales frente a delincuentes reincidentes. Un hombre de 44 años, con 19 anotaciones por delitos graves, entre ellos homicidio, hurto calificado, lesiones personales, daño en bien ajeno, violación de habitación ajena y porte ilegal de armas, fue capturado en flagrancia tras ingresar de manera irregular a una empresa y robar 10 equipos móviles avaluados en 10 millones de pesos.El hecho ocurrió cuando uniformados del CAI Polo Club adelantaban planes de vigilancia y recibieron la alerta de la comunidad, que notó movimientos extraños dentro del establecimiento. La patrulla llegó en pocos minutos y sorprendió al sujeto aún dentro del lugar, con los elementos hurtados y sin posibilidad de justificar su presencia allí. Los policías lograron detenerlo sin que se diera a la fuga y lo trasladaron a la URI correspondiente para su judicialización.Según el reporte oficial, el prontuario del capturado registra casi dos décadas de delitos y un historial de reincidencia que, para las autoridades, hacía indispensable una medida de aseguramiento privativa de la libertad. Sin embargo, pese a la captura en flagrancia, la gravedad de las conductas previas y el riesgo evidente de reiteración, un juez decidió dejarlo en libertad mientras avanza el proceso.La determinación judicial generó molestia y preocupación entre los comerciantes del sector, quienes aseguran que este tipo de decisiones los deja nuevamente expuestos a los mismos delincuentes que, dicen, conocen bien la zona y vuelven a operar sin mayores consecuencias.Mientras continúa el trámite del caso, en el barrio San Felipe queda la sensación de que, aunque la reacción policial fue rápida y efectiva, el esfuerzo terminó diluido ante una decisión que permite que un delincuente con un historial amplio y violento vuelva a las calles en cuestión de horas.
El Juzgado 62 Administrativo de Bogotá declaró improcedente la acción de tutela que había sido presentada por Jorge Andelfo Ortega en calidad de agente oficioso de Daniel Quintero, exalcalde de Medellín. La acción buscaba que la Registraduría Nacional del Estado Civil permitiera escribir el comité promotor de su precandidatura presidencial para 2026, luego de que la entidad negara dicho registro. Sin embargo, el despacho concluyó que no tenía legitimación para actuar en nombre de Quintero y que no existía ninguna justificación válida para que el propio exmandatario no interpusiera la tutela directamente.En la tutela, Ortega afirmó que la negativa de la Registraduría constituía una vulneración de derechos fundamentales de Quintero, entre ellos la igualdad, el debido proceso, el derecho a elegir y ser elegido y la libertad para participar en política. Sostuvo que la entidad electoral habría incurrido en un “error craso” sin sustento jurídico al impedirle inscribirse por firmas. En su argumentación, aseguró que esta decisión afectaba injustificadamente el ejercicio político del exalcalde.El accionante pidió expresamente que el juez ordenara a la Registraduría inscribir el comité promotor y que se dejaran sin efectos las decisiones que rechazaron su solicitud. No obstante, el juzgado advirtió varias inconsistencias en el trámite y en la legitimación de la acción. En primer lugar, Ortega no explicó por qué Quintero no presentó personalmente la tutela, a pesar de que se le requirió aclarar ese punto. Además, el despacho señaló que existen antecedentes en los que el propio Quintero ha acudido directamente a este mecanismo constitucional, lo que demuestra que no existe ninguna imposibilidad real para ejercer su propia defensa.El juzgado también subrayó que, pese a haber sido notificado del inicio del trámite, Quintero no manifestó intención de ratificar la acción interpuesta por Ortega. Esta ausencia de participación directa refuerza, según la decisión, que no se cumplen los requisitos para que opere la figura de la agencia oficiosa, que solo procede cuando el titular del derecho se encuentra en una situación concreta y probada que le impide actuar por sí mismo.Por estas razones, la decisión concluye que la acción de tutela es improcedente, ya que no se superó el principio de legitimación en la causa. El fallo enfatiza que la agencia oficiosa no puede utilizarse para suplir la falta de voluntad del titular del derecho ni para interponer acciones en su nombre sin autorización ni justificación válida. En consecuencia, el juez negó el amparo solicitado y dio por terminado el trámite.
La Sala de Casación Penal de este alto tribunal ordenó hacer efectiva la captura de Jhon Carliones Pérez, luego de casar la sentencia absolutoria que dictó el Tribunal Superior de Bogotá y confirmar la condena de primera instancia por delitos sexuales cometidos contra una menor de 14 años.En ese sentido la Corte dejó sin efectos la absolución proferida en 2021 y en cambio confirmó la decisión de un juzgado de Bogotá proferida en 2020 en la cual este hombre fue condenado a una pena de 18 años de cárcel.Según este fallo Jhon Pérez aprovechaba las oportunidades en las que estaba solo con su hijastra y allí cometía todo tipo de vejámenes, y allí la Corte Suprema de Justicia aseguró que el Tribunal incurrió en graves errores al valorar las pruebas, pues excluyeron la entrevista que se le hizo a la niña durante el proceso judicial.Este fallo también hace un duro reproche que la absolución del hombre se haya sustentado en estereotipos desconociendo la vulnerabilidad de quienes sufren violencia infantil.Según esta sentencia, las comunicaciones afectuosas entre la víctima y el agresor no desvirtuan el abuso sexual, especialmente cuando existe una relación de confianza y dependencia propia del núcleo familiar, y cuando el agresor utiliza mecanismos de manipulación afectiva.Por estos hechos el alto tribunal ordenó la captura del condenado para que cumpla la pena impuesta.
El Tribunal Superior de Bogotá negó por improcedente la tutela que buscaba levantar el condicionamiento del Consejo Nacional Electoral (CNE) sobre la personería jurídica del Pacto Histórico. La Sala concluyó que este mecanismo no era procedente para debatir la legalidad de las decisiones adoptadas por el organismo electoral, debido a la existencia de otros recursos judiciales idóneos y en curso ante la jurisdicción contenciosa administrativa.En su decisión, el tribunal explicó que la acción de tutela no superó el juicio de subsidiariedad. Señaló expresamente que “al no superarse el juicio de subsidiariedad ni demostrarse la ineficacia concreta del medio ordinario, y existiendo además un proceso judicial en curso sobre el mismo objeto material, se encuentra que la presente acción constitucional es improcedente y se negará el amparo solicitado”. Con ello, la Sala reafirmó que la tutela no puede ser utilizada como una vía paralela para revisar actos electorales.El tribunal recordó que la controversia planteada gira en torno a la legalidad de las resoluciones, las cuales, argumentan, deben ser objeto de control ante la jurisdicción contenciosa administrativa mediante el medio de nulidad y restablecimiento del derecho, que además permite solicitar medidas cautelares para evitar afectaciones en el calendario electoral. “Esta vía ordinaria, lejos de ser meramente formal, ofrece un amparo judicial suficiente y, actualmente, se encuentra incluso activada ante la Sección Quinta del Consejo de Estado, circunstancia que reafirma la improcedencia del amparo excepcional”, puntualizó.La tutela presentada buscaba garantizar presuntas vulneraciones a los derechos de participación política, debido proceso, libertad de asociación y acceso a cargos públicos del Pacto Histórico. Los accionantes argumentaban que, si no se levantaba la condición impuesta por el CNE antes del 8 de diciembre, el movimiento podría ver comprometida su participación en las elecciones programadas para el 8 de marzo de 2026. Sin embargo, el tribunal reiteró que estas discusiones deben resolverse en los procesos contenciosos ya abiertos.
Ricardo González, segundo imputado por el homicidio del estudiante de la Universidad de los Andes ,Jaime Moreno, ya fue trasladado al Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Cartagena San Sebastián La Ternera, donde permanece privado de la libertad mientras avanza el proceso judicial en su contra. Su defensa confirmó que el próximo 16 de diciembre se llevará a cabo la audiencia de apelación de la medida de aseguramiento, en la que un juez de segunda instancia definirá si González continúa en prisión o puede enfrentar el proceso desde su domicilio.La abogada Marcela López, defensa del imputado, explicó que González “se entregó en la URI, en el barrio Canapote; ahí fue donde se materializó su entrega y posteriormente fue trasladado a actos urgentes, a las instalaciones principales de la Fiscalía, también en la ciudad de Cartagena, pero ya en el barrio Crespo. Recientemente fue trasladado al establecimiento penitenciario en La Ternera”, precisó.La expectativa ahora se centra en la decisión del juez de segunda instancia el próximo 16 de diciembre en la mañana, quien revisará la medida impuesta por la juez de control de garantías. La defensa sostiene que hubo una falta de control material en la audiencia de imputación y confía en que estos argumentos sean tenidos en cuenta. “Esperamos que el juez haga un control constitucional sobre las actuaciones de la primera instancia. Consideramos que los elementos materiales probatorios muestran que Ricardo tiene arraigo familiar y social, y que procede una detención domiciliaria. No hay peligro de fuga ni de obstrucción a la justicia”, señaló la abogada López.Frente a la posibilidad de un preacuerdo, luego de que se conociera que la defensa de Juan Carlos Suárez, primer imputado en el caso, inició conversaciones con la Fiscalía, la abogada de González negó que exista una solicitud similar para su representado, aunque no descarta una negociación futura. “Estoy abierta a que, si la Fiscalía tiene interés en ofrecer un preacuerdo, estudiarlo y eventualmente aceptarlo. Lo importante es que sea ajustado a la realidad jurídica. Siempre he sostenido que estamos frente a un homicidio preterintencional y no hubo coautoría”, afirmó.
Blu Radio conoció el auto de 14 páginas con el que la Procuraduría General de la Nación tomó una decisión clave sobre Mejía y Huertas en el marco de las investigaciones por su presunta vinculación y filtración de información a las disidencias de alias ‘Calarcá’.Lo primero que hay que señalar es que, la suspensión en principio es por 3 meses, esto luego de que la propia Procuraduría abriera investigación contra el general Juan Miguel Huertas y Wilmar Mejía por estos hechos.En ese sentido, el Ministerio Público decretó una serie de pruebas dentro de este proceso disciplinario uno de esos es escuchar como testigos a los exministros Diego Molano y Daniel Palacios acerca de la existencia de información de inteligencia nacional o extranjera sobre presuntos nexos del general huertas con grupos ilegales.“De acuerdo con las diversas publicaciones, los servidores públicos habrían filtrado información clasificada a las disidencias acerca de movimientos de tropas y operaciones planeadas contra esos grupos en Antioquia, Catatumbo y sur de Bolívar. En el mismo sentido, se advierte que se habría hecho entrega de códigos de frecuencias radiales de la fuerza pública a las disidencias”, señaló la Procuraduría en su auto.De acuerdo a las revelaciones de la unidad investigativa Huertas y Mejía presuntamente filtraron información clasificada a las disidencias acerca de movimientos de tropas y operaciones planeadas contra las disidencias de alias Calarcá.El Ministerio Público le pidió al presidente Gustavo Petro hacer efectiva de manera inmediata esta suspensión en el marco del proceso disciplinario que adelanta la Procuraduría por este polémico caso.
La tragedia que estremeció al norte de Bogotá el pasado 4 de abril comienza a esclarecerse. Ese día, un grupo de adolescentes que se encontraba reunido en una vivienda para hacer tareas recibió una encomienda con frambuesas achocolatadas. Horas después, dos niñas de 15 años murieron y otros dos jóvenes resultaron gravemente afectados. Los análisis de Medicina Legal confirmaron que los dulces estaban impregnados con talio, un metal incoloro, inodoro e insaboro, altamente tóxico. Desde entonces, la Fiscalía General de la Nación asumió el caso bajo la hipótesis de que no se trató de un accidente, sino de un acto premeditado.¿Quién envió las frambuesas envenenadas?En las últimas horas, nuevos hallazgos han sido revelados por la periodista María Elvira Arango y corroborados por la Fiscalía. Todo apunta a que el envío fue un crimen deliberado. La investigación identificó como presunta responsable a Zulma Guzmán Castro, una mujer que, según las autoridades, tenía cercanía previa con Juan de Bedout, el destinatario de la encomienda. Tras un distanciamiento entre ambos, la Fiscalía sostiene que Guzmán Castro habría decidido ejecutar el envío de las frambuesas contaminadas, lo que derivó en la muerte de las dos adolescentes.De acuerdo con la información divulgada, la mujer salió del país pocos días después de presuntamente cometer el crimen. Su ruta internacional ha incluido paradas en Argentina, Brasil, España y el Reino Unido, lo que para los investigadores parece indicar un intento de evadir a las autoridades colombianas. Mientras tanto, una de las jóvenes intoxicadas continúa recuperándose lentamente de las graves secuelas, y otro de los menores afectados ya logró restablecerse por completo.La Fiscalía avanza en la recolección de pruebas y testimonios que permitan llevar a Guzmán Castro a juicio. No obstante, su ubicación actual es incierta, lo que ha llevado a las autoridades a activar mecanismos internacionales de cooperación judicial. Por eso, este jueves, 4 de diciembre, se conoció que la Interpol emitió una circular roja el pasado 25 de octubre para localizar y capturar a Zulma Guzmán Castro en cualquiera de los más de 180 países miembros. Con esta alerta internacional, la Fiscalía espera que la mujer sea detenida y extraditada a Colombia, donde deberá responder por el homicidio de dos menores de edad y por su presunta participación en un crimen que hoy, tras meses de incertidumbre, empieza a desenredarse.
La Corte Suprema de Justicia tomó una importante decisión relacionada con Arturo Char: el alto tribunal resolvió acusarlo por presunta corrupción y compra de votos.La decisión de hoy tiene un contexto. Los hechos por los cuales Arturo Char es investigado se relacionan con un supuesto acuerdo delictivo para comprar votos en Atlántico, el cual, posiblemente, se materializó en octubre de 2017 y en el que habrían intervenido varias personas.Entre ellos, Arturo Char y la excongresista Aída Merlano, quien fue condenada en primera y segunda instancia por la Corte Suprema de Justicia por estos hechos de corrupción electoral que se fraguaron desde la sede política Casa Blanca.En septiembre de 2023, la propia Sala de Instrucción ordenó la captura de Char, quien posteriormente fue dejado en libertad. El presunto concierto delictivo habría ido más allá de un simple convenio político, en la medida en que, supuestamente, buscaba conseguir la elección de Aída Merlano en el Senado, de Lilibeth Llinás Delgado en la Cámara y la reelección del propio Arturo Char en el Senado.Presuntamente, se habrían ejecutado delitos contra los mecanismos de participación democrática a través de la compra de votos para estos tres candidatos. Esta fue una agitada discusión, en la que dos magistrados salvaron su voto, es decir, tuvieron una posición contraria al resto de sus colegas.
La muerte de Emilia Forero e Inés de Bedout, dos menores de 15 años intoxicadas con talio en un apartamento del barrio Rosales, norte de Bogotá, quedó oficialmente trazada como un homicidio. La Fiscalía General de la Nación confirmó que la intoxicación, ocurrida en abril, fue producto del consumo de unas frambuesas contaminadas enviadas de manera deliberada a la familia De Bedout.Un equipo de fiscales y servidores del CTI, adscritos a la Unidad de Vida de la Seccional Bogotá, recopiló evidencias y elementos materiales probatorios, sumados al dictamen del Instituto Nacional de Medicina Legal, que establecen que el alimento llegó a través de una empresa de mensajería, presentado como un regalo que nunca existió. El consumo de las frambuesas resultó letal para dos de las menores, dejó a otra con lesiones graves y a un cuarto joven fuera de peligro.La investigación señala directamente a Zulma Guzmán Castro, una mujer que tuvo cercanía con la familia Bedout. Según reveló María Elvira Arango, las pruebas apuntan a que Guzmán habría coordinado el envío del tarro contaminado. La Fiscalía corroboró esa línea: Guzmán salió de Colombia hacia Argentina pocos días después de la intoxicación masiva y, según información reciente, se ha desplazado por Brasil, España y el Reino Unido.Arango recordó que lleva “meses presionando a la Fiscalía” para conocer avances del caso, y detalló que las frambuesas llegaron “con una cantidad de talio impresionante”, un metal “inoloro, incoloro e insaboro, pero letal”. Sus fuentes confirman que las pruebas han sido “contundentes” para ubicar a Guzmán como la presunta responsable.Ante el avance del caso, la fiscal a cargo acudió ante un juez penal de control de garantías y obtuvo la orden de captura contra Guzmán. Paralelamente, se gestionó la expedición de una notificación roja de Interpol, emitida el pasado 25 de octubre, con el fin de materializar su captura en cualquiera de los más de 180 países miembros.Con la circular roja vigente, la búsqueda internacional ya está en marcha. La Fiscalía sostiene que se trató de un homicidio premeditado y que es cuestión de tiempo para que Zulma Guzmán Castro sea localizada y puesta a disposición de la justicia colombiana.
A través de una carta que conoció Mañanas Blu 10:30 a.m., el ministro de Justicia, Andrés Idarraga le solicitó a la fiscal general de EEUU, Pamela Jo Bondi, información que esclarezca la identidad de un funcionario colombiano que, según el Acuerdo de Enjuiciamiento Diferido que firmo el Grupo Aval con el departamento de justicia en 2023, recibió una coima de 3,4 millones del Corficolombiana y Odebrecht.Esta carta del 3 de junio, que también es enviada al jefe de la Corte para el Distrito de Maryland que ha investigado estos delitos, se envía sobre la base de que esa información ya fue aportada por el Grupo Aval al Departamento de Justicia.No son muchas las pistas del perfil del misterioso funcionario que se detalla en el acuerdo en los anexos 32, 33 y 34, pero se sabe que fue un alto funcionario del gobierno entre 2010 y 2018.El ministro Idarraga pide que a la individualización de dicha persona se anexe los documentos aportados, que soportaría los hechos delictivos en mención. Así mismo, el ministro colombiano encargado que se hagan llegar al Ministerio de Justicia o en su defecto a la Fiscalía General.
Una madre acusada de envenenar con medicamentos a sus dos hijas, una de las cuales falleció, y de intentar asesinar a su exmarido, ha sido condenada este miércoles en Francia a 30 años de prisión.Maylis Daubon, de 53 años, fue declarada culpable del envenenamiento de su hija Enea, que falleció a los 18 años tras ingerir una gran cantidad de medicamentos.Los análisis revelaron que su otra hija, Luan, había ingerido una cantidad significativa de un somnífero para adultos. Luan resultó ilesa y defendió la inocencia de su madre durante el juicio.La presidenta del tribunal penal de Mont-de-Marsan (suroeste), Emmanuelle Adoul, justificó la sentencia "teniendo en cuenta la gravedad de los hechos". La corte impuso una pena de 30 años, con un periodo de seguridad de 20, cinco más de los solicitados por el fiscal.Durante el juicio la acusada permaneció estoica, con la cabeza baja y oculta tras su cabello, sin mirar al tribunal. Tiene diez días para apelar. El 13 de noviembre de 2019, Enea, que llevaba más de un año sin ir a la escuela y sufría problemas psicológicos, sufrió una crisis de convulsiones en el domicilio familiar.Su muerte se produjo por la ingesta de propranolol, un betabloqueante que ralentiza la actividad cardíaca, en una dosis "diez veces superior a la terapéutica", según la investigación.Además del envenenamiento de Enea y Luan, Maylis Daubon también era sospechosa de haber intentado asesinar a su exmarido sobornando a compañeras de prisión en Pau, algo que la acusada calificó de "rumores de prisión".
Luego de varios meses de seguimiento, investigadores de Policía Judicial capturaron a una mujer en el municipio de Villavieja, Huila, quien estaría presuntamente relacionada con hechos de extorsión afectando el patrimonio económico de comerciantes y propietarios de fincas en el norte del departamento.Según las autoridades, la captura de esta mujer se hizo efectiva tras la denuncia formal que interpuso una de las víctimas, quien manifestó haber sido abordado en su finca por varias personas que les exigieron dinero identificándose como integrantes de un grupo armado ilegal.“Gracias al trabajo articulado de las unidades investigativas y de inteligencia se logró identificar a esta mujer, quien, al parecer, cumpliría un rol clave en la recepción y administración de los recursos producto de la presunta extorsión, mediante el uso de plataformas digitales”, dijo el coronel Carlos Eduardo Téllez, comandante de Policía Huila.De acuerdo con las investigaciones, las exigencias extorsivas oscilaban entre cinco y diez millones de pesos. La mujer capturada tendrá que responder ante la Fiscalía por el delito de extorsión.
Blu Radio conoció un documento de 11 páginas donde la Procuraduría General de la Nación abrió una investigación disciplinaria contra el presidente del Comité Disciplinario del Partido de la U, en medio de la controversia por la decisión interna que buscaba retirarle el aval al presidente de la Cámara de Representantes, Julián López.La actuación se inició tras la queja presentada por su abogado, Mauricio Pava, y confirma que el Ministerio Público encontró mérito suficiente para indagar posibles abusos de poder dentro de la colectividad.De acuerdo con el documento, la Procuraduría no solo asumió la investigación disciplinaria, sino que también trasladó el expediente a la delegada para Asuntos Electorales con el fin de evaluar una eventual intervención preventiva. Ese doble movimiento institucional indica que el órgano de control considera que hay riesgos reales y actuales para los derechos políticos del congresista, y que la situación del Partido de la U ya está bajo escrutinio estatal.Además, el Ministerio Público recordó que, según el artículo 11 de la Ley 1475 de 2011, las decisiones internas de los partidos que afectan avales o membresías están sujetas a impugnación ante el Consejo Nacional Electoral (CNE), recurso que se concede en efecto suspensivo. Esto significa que ninguna medida contra López puede ejecutarse hasta que el CNE tome una decisión de fondo, por lo que todas sus garantías políticas permanecen plenamente vigentes.Para la Procuraduría, las colectividades políticas no pueden tomar decisiones disciplinarias que desconozcan los derechos fundamentales de sus integrantes ni incidir, sin sustento, en la estabilidad institucional del Congreso. El proceso continuará con la práctica de pruebas y la evaluación del impacto que tuvo la actuación del Comité Disciplinario en el ejercicio del cargo que hoy ocupa López en la Cámara.
Este miércoles 3 de diciembre se tenía previsto iniciar la audiencia preparatoria en contra de Sandra Ortiz, exconsejera para las Regiones de la Presidencia de la República, por su presunta participación en el entramado de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. Sin embargo, su nuevo abogado solicitó suspender la diligencia, argumentando que no ha podido recolectar todos los elementos materiales probatorios que pretende descubrir en el juicio.En medio de la diligencia, el abogado Mauricio Camacho argumentó que “no se hace responsable que un profesional de derecho en estas condiciones, en esa desventaja, vaya a un juicio oral, por lo que le ruego, honorables jueces, primero que usted haya entendido y segundo que usted entienda que el día de hoy no se pueda adelantar la audiencia preparatoria”, sustentó la defensa.Luego de que las partes no se opusieron a la suspensión, la Juez 08 Penal del Circuito Especializado de Bogotá avaló la suspensión de estas audiencias en las cuales se presentan las pruebas que harán parte del juicio. La juez aseguró que “mal haría en sorprender el día de hoy al señor defensor, corriendo en el traslado para que descubra a la Fiscalía los elementos materiales probatorios cuando precisamente eso es lo que no ha podido hacer: recolectar los elementos materiales probatorios que pretende descubrir. En estas condiciones, no queda otro camino que acceder a la suspensión expresa solicitada por la defensa”. Las diligencias se retomarán el 11 de febrero de 2026.La situación jurídica de Ortiz se definió después de que la Fiscalía la acusara formalmente el pasado 1 de septiembre por los delitos de lavado de activos y tráfico de influencias de servidor público. De acuerdo con el grupo de fiscales delegados ante la Corte Suprema de Justicia, la exconsejera habría desempeñado un papel determinante al facilitar la entrega de sobornos a congresistas con el fin de asegurar apoyo político a las reformas impulsadas por el Gobierno Nacional en el Congreso.Según la acusación, la exfuncionaria habría actuado como enlace entre los entonces directivos de la UNGRD, Olmedo López y Sneyder Pinilla, y los expresidentes del Senado y la Cámara, Iván Name y Andrés Calle. En esa línea, la Fiscalía señaló que Ortiz habría recibido en dos ocasiones millonarias sumas de dinero en efectivo, que posteriormente fueron trasladadas en un vehículo oficial hacia puntos previamente acordados con Name.Para el ente acusador, Ortiz no solo tenía conocimiento del origen ilícito de los recursos, sino también del propósito de los pagos. De acuerdo con la investigación, los sobornos estarían relacionados con el direccionamiento irregular de una orden de proveeduría destinada a la compra de 40 carrotanques para suministrar agua potable a comunidades de La Guajira, contrato que habría sido instrumentalizado dentro del entramado de corrupción.
La Fiscalía General de la Nación asumió una investigación penal tras conocerse las denuncias presentadas por Karen Santos contra su exesposo, el empresario de espectáculos Ricardo Leyva. Según el ente acusador, se recibieron denuncias por violencia intrafamiliar en Barranquilla y Bogotá. Por ahora fueron unificadas para avanzar en los actos investigativos en marcha.Como parte de las actividades, se solicitó protección para la víctima, debido a que la mujer expuso una serie de episodios que, según su relato, constituyen agresiones físicas y psicológicas ocurridas durante su convivencia. A partir de esa información, el ente acusador ordenó centralizar en Bogotá el proceso que estaba radicado en Barranquilla y designar una fiscal especializada para adelantar las indagaciones por los presuntos delitos de amenazas y violencia intrafamiliar.La decisión se tomó después de que Santos entregara al ente investigador material que, según afirmó, permite documentar varios de los hechos denunciados. Entre los elementos allegados se encuentran grabaciones de video realizadas por ella misma, en las que, de acuerdo con su versión, quedaron registradas algunas de las agresiones atribuidas a Leyva. También adjuntó reportes médicos, fotografías y registros de comunicaciones que habrían ocurrido en momentos de tensión, todo ello con el fin de respaldar su relato sobre los maltratos sufridos.En declaraciones entregadas al medio Cambio, Santos señaló que las agresiones no habrían sido hechos aislados, sino situaciones que se extendieron durante años mientras convivía con Leyva en una vivienda ubicada en Barranquilla. Indicó que decidió hacer públicas sus denuncias ante el temor por su vida y por la falta de protección que, según dijo, sienten muchas mujeres en contextos de violencia doméstica. Relató que en distintos momentos experimentó golpes reiterados y episodios de intimidación que la llevaron a abandonar la residencia donde vivían.La denunciante también afirmó que uno de los episodios más graves habría ocurrido en agosto de 2025, cuando, según su versión, debió huir de la casa por temor a nuevas agresiones y señaló que Leyva habría intentado perseguirla y amenazarla con un arma blanca. En su relato aseguró que la situación se tornó insostenible y que esa fue la razón que la llevó a buscar ayuda y a entregar sus pruebas a las autoridades.Con la apertura de este proceso, la Fiscalía continuará con la recolección de material probatorio y la verificación de los hechos denunciados para determinar si existe mérito para avanzar hacia una eventual imputación.
Se abre un nuevo capítulo sobre la larga lista de retractaciones que tiene el presidente Gustavo Petro, esta vez, el episodio involucra al exgerente de Coosalud Jaime Miguel González Montaño a quien el primer mandatario lo vinculó directamente con supuestos desfalcos y operaciones financieras irregulares.El juzgado recordó que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó el pasado 11 de noviembre que el presidente Petro debía retractase en un plazo de 5 días a través de una alocución y su red social X, según el expediente ese término ya se venció.En este caso, el juzgado es claro en señalar que antes de abrir un incidente de desacato tras el presunto incumplimiento de esta orden judicial, se requerirá al presidente Petro para que en 2 días (48 horas) a partir de la notificación, explique qué acciones llevó a cabo para disculparse con González tras vincularlo con presuntas irregularidades cuando fungió como gerente de Coosalud.El Tribunal también había tomado en cuenta para determinar que el presidente Petro debía retractarse porque en declaraciones posteriores, como la del 9 de diciembre de 2024, cuando Petro insistió en que: “Asi se robaron 221.000 millones del dinero de la salud pública”, atribuyendo responsabilidad al gerente y a miembros de la junta directiva.Cabe señalar que si bien el juzgado decidió no abrir por ahora un incidente de desacato contra el presidente Gustavo Petro, sí lo requirió para qué explique las acciones desplegadas por su parte para acatar la orden de retractación.