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Limitan alocuciones del presidente Petro: solo deberán ser por circunstancias urgentes

El alto tribunal puso límites claros y definidos a las alocuciones del presidente Gustavo Petro en canales públicos y privados. El Consejo de Estado señala que deben tratar de circunstancias urgentes, no pueden ser recurrentes, es decir, varias veces por semana y deben ser limitadas en temas y en duración

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Presidente Petro durante su anuncio de consulta popular por decreto
Foto: Presidencia de la República

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