El Tribunal Superior de Bogotá ordenó la libertad inmediata de la exfiscal Ana Catalina Noguera Toro, tras determinar que ya cumplió la pena impuesta por los delitos de fraude procesal y violación ilícita de comunicaciones.En su decisión, el Tribunal explicó que, luego de la revisión realizada en segunda instancia, la pena fue reajustada a 38 meses de prisión, junto con una multa y una inhabilidad para ejercer cargos públicos. Además, al contabilizar el tiempo que estuvo privada de la libertad, sumado a las redenciones de pena por estudio y trabajo, se demostró que Noguera, quien estaba en prisión domiciliaria, había cumplido la condena en su totalidad.El caso, originado por interceptaciones ilegales de comunicaciones de una tercera persona durante 2020, incluyó la participación de miembros de la Dijín y la manipulación de fiscales mediante informes falsos para obtener órdenes de escucha.La exfiscal Noguera, quien ocupó cargos claves como directora de Extinción de Dominio y delegada de Finanzas Criminales en la Fiscalía General de la Nación, aceptó haber participado en una red de corrupción que combinaba narcotraficantes, policías y funcionarios judiciales y por ello fue capturada en febrero de 2023.Según la Fiscalía, dicha red operaba captando personas con investigaciones judiciales inconclusas, en especial narcotraficantes, para ofrecerles favores judiciales a cambio de sobornos y evitar evitar extradiciones a Estados Unidos.Sin embargo, la investigación demostró que Noguera también estaba implicada en interceptaciones ilegales que se habría gestionado y ejecutado con fines personales.Los archivos referían que la exfuncionaria judicial ordenó en marzo de 2020 la interceptación ilegal del teléfono celular de Carolina Vélez, una mujer que sostenía una relación con un trabajador bancario con quien Noguera habría tenido vínculos sentimentales con el fin de confirmar si el hombre mantenía una relación paralela.Durante la imputación de cargos, salieron a relucir también nombres como el del excoronel de la Dijín Ricardo Alberto Durán, los policías John Fredy Redondo Bautista y Anderson Jesús Salba Contreras, así como el exparamilitar y exnarcotraficante Ramón Esteban Peña, alias El Médico, pieza clave en la operación ilegal.Con la decisión conocida este jueves, Noguera logra saldar su deuda con justicia y cerrar un caso que representó un golpe para el sector pues ella era considerada una autoridad en la lucha contra la delincuencia.
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó este 4 de diciembre al general en retiro Rodolfo Palomino López por el delito de tráfico de influencias de servidor público cuando se desempeñaba como director de la Policía Nacional.De acuerdo con la Sala, el entonces alto oficial se reunió en su residencia con la entonces fiscal especializada Sonia Lucero Velásquez Patiño para hablar de una operación contra 14 personas vinculadas al Fondo Ganadero de Córdoba. Durante ese encuentro, Palomino le habría pedido que se detuviera la captura de Luis Gonzalo Gallo Restrepo.La decisión le impone una pena de siete años de cárcel, una multa equivalente a 174,9976 salarios mínimos, y además lo inhabilita para ejercer derechos y funciones públicas por nueve años. El fallo también aclara que no hay posibilidad de solicitar prisión domiciliaria.Para el alto tribunal, la intervención del general en retiro constituyó un aprovechamiento de su cargo y un intento deliberado por influir en una decisión judicial. La Sala señaló que, en lugar de respetar las órdenes emitidas por la autoridad competente, Palomino optó por favorecer a un particular, pese a que este estaba siendo investigado por delitos especialmente graves como concierto para delinquir, promoción de grupos paramilitares y desplazamiento forzado asociado al despojo de tierras. La Corte recordó que este último es un crimen de lesa humanidad, lo que subraya la gravedad de la interferencia.El fallo también detalla que la reunión generó presión e intimidación sobre la fiscal, quien, aunque realizó la captura, posteriormente dejó en libertad al investigado tras escucharlo en indagatoria, sin corroborar la información presentada como descargo.El tribunal también hizo énfasis en que Palomino conocía plenamente la ilegalidad de su comportamiento, dada su experiencia y la dignidad del cargo que ocupaba. Aun así, optó por apartarse de la normatividad que juró cumplir y proteger. La Sala resaltó que tuvo “la posibilidad de autodeterminarse para proceder de manera distinta” y, pese a ello, eligió influenciar indebidamente a otro servidor público, en este caso a una fiscal delegada.Durante la lectura del fallo Palomino y su defensa interpusieron el recurso de apelación y solicitaron un plazo de cinco días hábiles para preparar la defensa y argumentación de la apelación.
Las autoridades confirmaron nuevos avances en la investigación del caso que estremeció al país el pasado 4 de abril, cuando un grupo de jóvenes en el norte de Bogotá resultó envenenado tras recibir una encomienda con frambuesas achocolatadas contaminadas con talio, un metal altamente tóxico, incoloro e insípido. En el trágico episodio murieron dos niñas de 15 años, mientras que otra adolescente aún se recupera lentamente por las graves afectaciones que sufrió. Un cuarto joven logró restablecerse por completo.De acuerdo con la información revelada por la periodista María Elvira Arango y corroborada por la Fiscalía General de la Nación, el caso nunca fue accidental. De hecho, ya identificaron a la principal sospechosa detrás de este crimen.Señalada salió de ColombiaLa principal señalada por el envío de las frambuesas envenenadas con talio sería Zulma Guzmán Castro, una mujer que habría tenido cercanía previa con Juan de Bedout, padre de una de las víctimas y destinatario de la encomienda. Esta mujer no ha enfrentado un juicio porque no está en el país.Se estableció que la sospechosa abandonó Colombia pocos días después del crimen. Las autoridades han rastreado su paso por Argentina, Brasil, España y el Reino Unido, países a los que viajó mientras avanzaban las pesquisas.Buscan a sospechosa con circular de InterpolAnte este escenario, la Interpol emitió el pasado 25 de octubre una circular roja contra Guzmán Castro, una alerta internacional que permite su búsqueda y captura en más de 180 países. Con este recurso, las autoridades esperan lograr su detención y posterior extradición a Colombia, donde deberá responder por el homicidio de dos menores de edad y por las graves lesiones ocasionadas a otros dos jóvenes. Este caso, que comienza a esclarecerse, sigue siendo una prioridad para la Fiscalía, determinada a llevar ante los jueces a la presunta responsable de una tragedia que conmocionó a Bogotá.
La tragedia que estremeció al norte de Bogotá el pasado 4 de abril comienza a esclarecerse. Ese día, un grupo de adolescentes que se encontraba reunido en una vivienda para hacer tareas recibió una encomienda con frambuesas achocolatadas. Horas después, dos niñas de 15 años murieron y otros dos jóvenes resultaron gravemente afectados. Los análisis de Medicina Legal confirmaron que los dulces estaban impregnados con talio, un metal incoloro, inodoro e insaboro, altamente tóxico. Desde entonces, la Fiscalía General de la Nación asumió el caso bajo la hipótesis de que no se trató de un accidente, sino de un acto premeditado.¿Quién envió las frambuesas envenenadas?En las últimas horas, nuevos hallazgos han sido revelados por la periodista María Elvira Arango y corroborados por la Fiscalía. Todo apunta a que el envío fue un crimen deliberado. La investigación identificó como presunta responsable a Zulma Guzmán Castro, una mujer que, según las autoridades, tenía cercanía previa con Juan de Bedout, el destinatario de la encomienda. Tras un distanciamiento entre ambos, la Fiscalía sostiene que Guzmán Castro habría decidido ejecutar el envío de las frambuesas contaminadas, lo que derivó en la muerte de las dos adolescentes.De acuerdo con la información divulgada, la mujer salió del país pocos días después de presuntamente cometer el crimen. Su ruta internacional ha incluido paradas en Argentina, Brasil, España y el Reino Unido, lo que para los investigadores parece indicar un intento de evadir a las autoridades colombianas. Mientras tanto, una de las jóvenes intoxicadas continúa recuperándose lentamente de las graves secuelas, y otro de los menores afectados ya logró restablecerse por completo.La Fiscalía avanza en la recolección de pruebas y testimonios que permitan llevar a Guzmán Castro a juicio. No obstante, su ubicación actual es incierta, lo que ha llevado a las autoridades a activar mecanismos internacionales de cooperación judicial. Por eso, este jueves, 4 de diciembre, se conoció que la Interpol emitió una circular roja el pasado 25 de octubre para localizar y capturar a Zulma Guzmán Castro en cualquiera de los más de 180 países miembros. Con esta alerta internacional, la Fiscalía espera que la mujer sea detenida y extraditada a Colombia, donde deberá responder por el homicidio de dos menores de edad y por su presunta participación en un crimen que hoy, tras meses de incertidumbre, empieza a desenredarse.
Un terremoto de magnitud 6 sacudió este jueves el condado de Aheqi, en la región autónoma de Xinjiang, en el noroeste de China, informó el Centro de Redes Sismológicas del país, sin que se conozcan de momento daños materiales o personales. El sismo se registró a las 15.44 hora local (07.44 GMT) a una profundidad de 10 kilómetros. El epicentro se localizó en los 41,13 grados de latitud norte y 78,40 grados de longitud este, en una zona montañosa cercana a la frontera con Kirguistán.Hasta el momento no se han comunicado informaciones sobre posibles daños materiales o víctimas derivadas del temblor. El área afectada se encuentra a unos 800 kilómetros de Urumqi, la capital regional.El oeste de China (donde se encuentran las regiones autónomas del Tíbet y Xinjiang y provincias como Gansu o Qinghai) sufre con frecuencia terremotos, debido a que se encuentra cerca del lugar donde friccionan las placas tectónicas de Asia y la India, en el Himalaya. Sin embargo, no suelen producir grandes daños personales debido a que buena parte del área occidental del país está deshabitada.
Una madre acusada de envenenar con medicamentos a sus dos hijas, una de las cuales falleció, y de intentar asesinar a su exmarido, ha sido condenada este miércoles en Francia a 30 años de prisión.Maylis Daubon, de 53 años, fue declarada culpable del envenenamiento de su hija Enea, que falleció a los 18 años tras ingerir una gran cantidad de medicamentos.Los análisis revelaron que su otra hija, Luan, había ingerido una cantidad significativa de un somnífero para adultos. Luan resultó ilesa y defendió la inocencia de su madre durante el juicio.La presidenta del tribunal penal de Mont-de-Marsan (suroeste), Emmanuelle Adoul, justificó la sentencia "teniendo en cuenta la gravedad de los hechos". La corte impuso una pena de 30 años, con un periodo de seguridad de 20, cinco más de los solicitados por el fiscal.Durante el juicio la acusada permaneció estoica, con la cabeza baja y oculta tras su cabello, sin mirar al tribunal. Tiene diez días para apelar. El 13 de noviembre de 2019, Enea, que llevaba más de un año sin ir a la escuela y sufría problemas psicológicos, sufrió una crisis de convulsiones en el domicilio familiar.Su muerte se produjo por la ingesta de propranolol, un betabloqueante que ralentiza la actividad cardíaca, en una dosis "diez veces superior a la terapéutica", según la investigación.Además del envenenamiento de Enea y Luan, Maylis Daubon también era sospechosa de haber intentado asesinar a su exmarido sobornando a compañeras de prisión en Pau, algo que la acusada calificó de "rumores de prisión".
El periódico Dallas Express reveló una carta dirigida al presidente Donald Trump por Hugo Carvajal Barrios, exdirector de Inteligencia Militar de Venezuela y una de las figuras más influyentes durante los gobiernos de Hugo Chávez y Nicolás Maduro. En el documento, fechado el 2 de diciembre de 2025, Carvajal expone una serie de señalamientos sobre la actuación del régimen venezolano, particularmente en asuntos relacionados con narcotráfico, criminalidad transnacional y presuntas operaciones de inteligencia.Carvajal, quien afirma encontrarse detenido en una cárcel estadounidense tras declararse culpable de cargos por conspiración de narcoterrorismo, explica que la misiva busca “expiar culpas” y ofrecer información que, según él, permitiría a Estados Unidos anticiparse a amenazas que asegura haber presenciado durante su trayectoria dentro del aparato de seguridad venezolano.Nexos con el narcotráfico y el llamado Cartel de los SolesEn el primer apartado, titulado “Narcoterrorismo”, Carvajal sostiene que durante los gobiernos de Chávez y Maduro se consolidó una estructura criminal que, afirma, empleó el tráfico de drogas como herramienta política y estrategia contra Estados Unidos. Según su versión, esta organización sería conocida actualmente como el Cartel de los Soles.El exfuncionario señala que esta presunta red habría contado con apoyo de grupos armados como FARC y ELN, además de apoyo operativo de estructuras extranjeras. Añade que, de acuerdo con su experiencia, las drogas enviadas a Estados Unidos no eran operaciones aisladas de narcotraficantes, sino acciones planificadas por altos funcionarios del régimen.El Tren de Aragua y la exportación del crimenEn un segundo capítulo, Carvajal describe su supuesta presencia en discusiones internas en las que —según la carta— se habría decidido organizar bandas criminales para defender al régimen. Entre ellas menciona al Tren de Aragua, grupo que en los últimos años ha sido señalado por autoridades de varios países como una organización delictiva multinacional.El exjefe de inteligencia asegura que la estructura habría crecido con el apoyo de instituciones oficiales venezolanas y que, en determinado momento, se habría ordenado el envío de miembros de estas bandas al exterior. La carta indica que esta movilización obedecería a una estrategia para reducir artificialmente la criminalidad interna y perseguir opositores fuera del país.Carvajal afirma que, con la política de fronteras más flexibles durante el gobierno Biden–Harris, estos grupos encontraron oportunidad para desplazarse hacia Estados Unidos, donde —siempre según el documento— habrían continuado actividades delictivas.Acusaciones sobre espionaje y cooperación con RusiaEn un tercer apartado, el exfuncionario venezolano afirma que la inteligencia rusa habría propuesto intervenir cables submarinos de internet que conectan América del Sur y el Caribe con Estados Unidos, con el fin de penetrar comunicaciones del gobierno estadounidense. Carvajal asegura haber advertido sobre ese riesgo en 2015, aunque su supuesta preocupación no fue atendida.También sostiene que durante dos décadas se habrían enviado espías a Estados Unidos, algunos supuestamente encubiertos como opositores venezolanos. Menciona además que la inteligencia cubana habría participado en operaciones de largo plazo en territorio estadounidense.Smartmatic y procesos electoralesEn el último punto, Carvajal se refiere a Smartmatic, compañía que en su origen estuvo asociada a procesos electorales venezolanos. Según afirma, el sistema electoral basado en esta tecnología “puede ser alterado”, y sostiene que el software habría sido utilizado dentro de Venezuela para manipular procesos electorales. Aunque no asegura que todas las elecciones en otros países donde opera la tecnología hayan sido alteradas, sí sostiene que la manipulación es técnicamente posible.Llamado final y respaldo a TrumpCarvajal concluye la carta afirmando que el régimen venezolano representa, en su opinión, una amenaza para la seguridad de Estados Unidos, al emplear “drogas, pandillas, espionaje y procesos democráticos” como armas. También declara su respaldo a las políticas de Donald Trump hacia Venezuela, asegurando que se trata de acciones tomadas en “legítima defensa”.Finalmente, afirma estar dispuesto a proporcionar más detalles a autoridades estadounidenses.
La emoción volvió a sentirse en todo el país con una nueva edición de la Lotería de Manizales, uno de los juegos de azar más tradicionales y queridos por los colombianos. El sorteo número 4932, realizado el miércoles, 3 de diciembre de 2025, dejó miles de ganadores y reafirmó por qué esta lotería, con más de cien años de historia, sigue representando suerte, tradición y esperanza.Premio Mayor del sorteo 4932El número ganador del premio mayor de la Lotería de Manizales de este miércoles, 3 de diciembre de 2025, es el 6843 de la serie 197. Además del premio principal, la entidad distribuyó una amplia lista de premios secos en distintas categorías, ampliando las posibilidades de ganar en todo el territorio nacional.¿Cuáles son los premios secos?La Lotería de Manizales recuerda que los resultados oficiales deben consultarse únicamente a través de sus canales autorizados, donde se garantiza la autenticidad de los datos.Gana Siempre Sin Serie - $1.500 millones30752 Secos de $300 millones1342 - Serie: 2107421 - Serie: 3283 Secos de $200 millones1674 - Serie: 3400828 - Serie: 0185079 - Serie: 0565 Secos de $100 millones5267 - Serie: 3457759 - Serie: 3074968 - Serie: 1306299 - Serie: 2894150 - Serie: 09110 Secos de $80 millones8071 - Serie: 0968237 - Serie: 0172319 - Serie: 2256780 - Serie: 2363685 - Serie: 2178706 - Serie: 0664353 - Serie: 1754391 - Serie: 0605994 - Serie: 0182489 - Serie: 01510 Secos de $60 millones2704 - Serie: 0977544 - Serie: 1724686 - Serie: 1597543 - Serie: 3327341 - Serie: 1938811 - Serie: 1099459 - Serie: 1654276 - Serie: 3265449 - Serie: 3414948 - Serie: 03010 Secos de $50 millones1871 - Serie: 1118068 - Serie: 0581178 - Serie: 0814513 - Serie: 2663344 - Serie: 2399012 - Serie: 3364904 - Serie: 2960091 - Serie: 0014940 - Serie: 2722238 - Serie: 34910 Secos de $40 millones8579 - Serie: 2724188 - Serie: 0061437 - Serie: 0347507 - Serie: 3240875 - Serie: 2800053 - Serie: 3460672 - Serie: 0782406 - Serie: 3216466 - Serie: 0341115 - Serie: 244Los sorteos se realizan todos los miércoles entre las 10:30 p. m. y 11:00 p. m., con variaciones en días festivos.Valor del billete completo: $12.000Valor de la fracción: $3.000Cada compra contribuye directamente a financiar programas de salud en Colombia, uno de los pilares sociales de esta lotería.Requisitos para reclamar un premioLos ganadores cuentan con un plazo de un año desde la fecha del sorteo y deben presentar:Billete original en buen estadoCédula de ciudadanía (original y copia al 150 %)RUT (obligatorio para premios de alto valor)Más que suerte: una misión socialLa Lotería de Manizales no solo entrega premios millonarios; también fortalece el sistema de salud del país a través de sus transferencias. Su compromiso con el bienestar colectivo la ha convertido en una entidad emblemática para miles de colombianos.Cada miércoles, esta lotería renueva la ilusión de quienes juegan y continúa transformando vidas con cada nueva edición
El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, aseguró este miércoles que las operaciones militares realizadas entorno a Venezuela van "mucho más allá" de una campaña de presión contra el mandatario venezolano, Nicolás Maduro.La afirmación del mandatario sucedió durante una conferencia de prensa en el Despacho Oval en la que fue cuestionado sobre "la campaña de presión" sobre Maduro a lo que respondió que es algo mucho más que eso.Trump aprovechó para repetir que "pronto" podría iniciar operaciones en tierra similares a las que han realizado en aguas internacionales contra botes, supuestamente cargados de drogas."Creo que encontrarán una gran receptividad para hacer exactamente lo que están haciendo, desmantelar esos barcos. Y muy pronto empezaremos a hacerlo también en tierra", recalcó el republicano.Durante su intervención, Trump aseguró que conocen "cada ruta, cada casa" dónde fabrican "esta porquería" en referencia, a drogas como cocaína.De acuerdo con el Pentágono, Estados Unidos ha llevado a cabo 21 bombardeos contra supuestas narcolanchas que han dejado 82 tripulantes muertos en el sur del Caribe y el Pacífico oriental como parte de su estrategia de combate al narcotráfico.La Casa Blanca liga las embarcaciones atacadas al Tren de Aragua o el Cartel de los Soles, esquivos grupos criminales con origen en Venezuela que la Casa Blanca ha clasificado como terroristas dentro de su gran despliegue militar en el Caribe y creciente presión sobre el Gobierno de Nicolás Maduro.
La Corte Suprema de Justicia tomó una importante decisión relacionada con Arturo Char: el alto tribunal resolvió acusarlo por presunta corrupción y compra de votos.La decisión de hoy tiene un contexto. Los hechos por los cuales Arturo Char es investigado se relacionan con un supuesto acuerdo delictivo para comprar votos en Atlántico, el cual, posiblemente, se materializó en octubre de 2017 y en el que habrían intervenido varias personas.Entre ellos, Arturo Char y la excongresista Aída Merlano, quien fue condenada en primera y segunda instancia por la Corte Suprema de Justicia por estos hechos de corrupción electoral que se fraguaron desde la sede política Casa Blanca.En septiembre de 2023, la propia Sala de Instrucción ordenó la captura de Char, quien posteriormente fue dejado en libertad. El presunto concierto delictivo habría ido más allá de un simple convenio político, en la medida en que, supuestamente, buscaba conseguir la elección de Aída Merlano en el Senado, de Lilibeth Llinás Delgado en la Cámara y la reelección del propio Arturo Char en el Senado.Presuntamente, se habrían ejecutado delitos contra los mecanismos de participación democrática a través de la compra de votos para estos tres candidatos. Esta fue una agitada discusión, en la que dos magistrados salvaron su voto, es decir, tuvieron una posición contraria al resto de sus colegas.
La muerte de Emilia Forero e Inés de Bedout, dos menores de 15 años intoxicadas con talio en un apartamento del barrio Rosales, norte de Bogotá, quedó oficialmente trazada como un homicidio. La Fiscalía General de la Nación confirmó que la intoxicación, ocurrida en abril, fue producto del consumo de unas frambuesas contaminadas enviadas de manera deliberada a la familia De Bedout.Un equipo de fiscales y servidores del CTI, adscritos a la Unidad de Vida de la Seccional Bogotá, recopiló evidencias y elementos materiales probatorios, sumados al dictamen del Instituto Nacional de Medicina Legal, que establecen que el alimento llegó a través de una empresa de mensajería, presentado como un regalo que nunca existió. El consumo de las frambuesas resultó letal para dos de las menores, dejó a otra con lesiones graves y a un cuarto joven fuera de peligro.La investigación señala directamente a Zulma Guzmán Castro, una mujer que tuvo cercanía con la familia Bedout. Según reveló María Elvira Arango, las pruebas apuntan a que Guzmán habría coordinado el envío del tarro contaminado. La Fiscalía corroboró esa línea: Guzmán salió de Colombia hacia Argentina pocos días después de la intoxicación masiva y, según información reciente, se ha desplazado por Brasil, España y el Reino Unido.Arango recordó que lleva “meses presionando a la Fiscalía” para conocer avances del caso, y detalló que las frambuesas llegaron “con una cantidad de talio impresionante”, un metal “inoloro, incoloro e insaboro, pero letal”. Sus fuentes confirman que las pruebas han sido “contundentes” para ubicar a Guzmán como la presunta responsable.Ante el avance del caso, la fiscal a cargo acudió ante un juez penal de control de garantías y obtuvo la orden de captura contra Guzmán. Paralelamente, se gestionó la expedición de una notificación roja de Interpol, emitida el pasado 25 de octubre, con el fin de materializar su captura en cualquiera de los más de 180 países miembros.Con la circular roja vigente, la búsqueda internacional ya está en marcha. La Fiscalía sostiene que se trató de un homicidio premeditado y que es cuestión de tiempo para que Zulma Guzmán Castro sea localizada y puesta a disposición de la justicia colombiana.
A través de una carta que conoció Mañanas Blu 10:30 a.m., el ministro de Justicia, Andrés Idarraga le solicitó a la fiscal general de EEUU, Pamela Jo Bondi, información que esclarezca la identidad de un funcionario colombiano que, según el Acuerdo de Enjuiciamiento Diferido que firmo el Grupo Aval con el departamento de justicia en 2023, recibió una coima de 3,4 millones del Corficolombiana y Odebrecht.Esta carta del 3 de junio, que también es enviada al jefe de la Corte para el Distrito de Maryland que ha investigado estos delitos, se envía sobre la base de que esa información ya fue aportada por el Grupo Aval al Departamento de Justicia.No son muchas las pistas del perfil del misterioso funcionario que se detalla en el acuerdo en los anexos 32, 33 y 34, pero se sabe que fue un alto funcionario del gobierno entre 2010 y 2018.El ministro Idarraga pide que a la individualización de dicha persona se anexe los documentos aportados, que soportaría los hechos delictivos en mención. Así mismo, el ministro colombiano encargado que se hagan llegar al Ministerio de Justicia o en su defecto a la Fiscalía General.
Un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario contra Neider Gómez Castrillón, señalado de participar en el secuestro del cantante Miguel Ayala Galeano y de su mánager, Nicolás Pantoja, ocurrido en la vereda Chorritos, en La Sierra, Cauca. La decisión judicial se produjo tras la presentación de los elementos materiales probatorios recolectados por un fiscal Gaula de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales.De acuerdo con la Fiscalía, Gómez Castrillón habría tenido un papel directo en la custodia armada de las víctimas, quienes permanecieron retenidas en una construcción artesanal. Desde ese lugar se habría tomado y enviado a los familiares una fotografía en la que el artista y su representante aparecían descalzos, encadenados y envueltos en una cobija. Asimismo, el procesado estaría involucrado en las llamadas mediante las cuales los secuestradores exigieron 5.000 millones de pesos a cambio de su liberación.El operativo que permitió la liberación del músico y su mánager también condujo a la captura en flagrancia del presunto responsable. Durante la intervención fueron incautadas dos pistolas, dos proveedores, 29 cartuchos calibre 9 mm, una cadena, dos candados y dos pavas de tela camuflada.Con base en este material probatorio, el ente acusador imputó a Gómez Castrillón los delitos de secuestro extorsivo agravado y fabricación, tráfico y porte de armas y municiones de uso restringido o privativo de las Fuerzas Armadas. El procesado no aceptó los cargos.Las investigaciones indican que la retención habría sido ejecutada por una red delictiva presuntamente vinculada a la estructura Carlos Patiño, una facción de las disidencias de las Farc.La Fiscalía aseguró que los hechos sucedieron en medio de un viaje desde la ciudad de Popayán hasta la ciudad de Palmira, a efectos de tomar un vuelo con rumbo a la ciudad de Bogotá, el cual fue interrumpido de manera violenta por un vehículo y una motocicleta que los contactaron a la altura del sector de la vereda del túnel, vía Panamericana.Dice la Fiscal del caso: “Cuatro personas portando armas de fuego detienen al conductor que transportaba a las dos víctimas, lo amenazan, se suben al vehículo y los obligan a retomar el viaje, regresándose a la ciudad de Popayán. Más adelante, en el sector conocido como el Parador de las Margaritas, se desvían a mano derecha, cuando ya tomaban el sentido norte-sur, se desvían a mano derecha hacia el sector conocido como el Lago del Bolsón. El vehículo iba siendo seguido, detienen la marcha y Miguel Ángel y Víctor Alonso Nicolás son bajados y montados en otro vehículo, el conductor es dejado y posteriormente acuden las autoridades”.
Blu Radio conoció el fallo de 40 páginas con el que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena de 4 años de cárcel contra Laude José Fernández Arroyo, al negar el recurso extraordinario de casación presentado por su defensa contra la sentencia que lo declaró responsable de los delitos de concierto para delinquir agravado y violación de datos personales.Con esta decisión, el alto tribunal ratificó el fallo emitido en noviembre de 2022 por el Tribunal Superior de Bogotá, que impuso esta pena y además una multa e inhabilitación para ejercer cargos públicos.La Corte Suprema de Justicia pudo establecer que Laude José Fernández, quien fue agente de inteligencia del extinto DAS, hizo parte entre 2017 y 2018 de una organización criminal dedicada a la interceptación ilegal de comunicaciones y obtención indebida de bases de datos privadas, en la que participaron exfuncionarios del CTI y empresas privadas que ofrecían servicios de “inteligencia corporativa”.El fallo de casación de la Corte reveló que, Laude José Fernández, desde su rol como directivo de una firma consultora, habría solicitado información privada de dirigentes sindicales de Avianca durante la huelga de pilotos, así como datos relacionados con litigios entre el Grupo de Energía de Bogotá y la multinacional ENEL.El alto tribunal descartó los argumentos de la defensa, que buscaba acceder al beneficio de la suspensión condicional de la pena y a la prisión domiciliaria, al señalar que el delito de concierto para delinquir agravado cuando involucra a exintegrantes de organismos de seguridad del Estado está expresamente excluido de beneficios penales.La Corte Suprema de Justicia señala además que el exagente de inteligencia no acreditó la condición de padre cabeza de familia, pues se demostró que las menores cuentan con familia extendida legalmente obligada a asistirlas.
Luego de varios meses de seguimiento, investigadores de Policía Judicial capturaron a una mujer en el municipio de Villavieja, Huila, quien estaría presuntamente relacionada con hechos de extorsión afectando el patrimonio económico de comerciantes y propietarios de fincas en el norte del departamento.Según las autoridades, la captura de esta mujer se hizo efectiva tras la denuncia formal que interpuso una de las víctimas, quien manifestó haber sido abordado en su finca por varias personas que les exigieron dinero identificándose como integrantes de un grupo armado ilegal.“Gracias al trabajo articulado de las unidades investigativas y de inteligencia se logró identificar a esta mujer, quien, al parecer, cumpliría un rol clave en la recepción y administración de los recursos producto de la presunta extorsión, mediante el uso de plataformas digitales”, dijo el coronel Carlos Eduardo Téllez, comandante de Policía Huila.De acuerdo con las investigaciones, las exigencias extorsivas oscilaban entre cinco y diez millones de pesos. La mujer capturada tendrá que responder ante la Fiscalía por el delito de extorsión.
Blu Radio conoció un documento de 11 páginas donde la Procuraduría General de la Nación abrió una investigación disciplinaria contra el presidente del Comité Disciplinario del Partido de la U, en medio de la controversia por la decisión interna que buscaba retirarle el aval al presidente de la Cámara de Representantes, Julián López.La actuación se inició tras la queja presentada por su abogado, Mauricio Pava, y confirma que el Ministerio Público encontró mérito suficiente para indagar posibles abusos de poder dentro de la colectividad.De acuerdo con el documento, la Procuraduría no solo asumió la investigación disciplinaria, sino que también trasladó el expediente a la delegada para Asuntos Electorales con el fin de evaluar una eventual intervención preventiva. Ese doble movimiento institucional indica que el órgano de control considera que hay riesgos reales y actuales para los derechos políticos del congresista, y que la situación del Partido de la U ya está bajo escrutinio estatal.Además, el Ministerio Público recordó que, según el artículo 11 de la Ley 1475 de 2011, las decisiones internas de los partidos que afectan avales o membresías están sujetas a impugnación ante el Consejo Nacional Electoral (CNE), recurso que se concede en efecto suspensivo. Esto significa que ninguna medida contra López puede ejecutarse hasta que el CNE tome una decisión de fondo, por lo que todas sus garantías políticas permanecen plenamente vigentes.Para la Procuraduría, las colectividades políticas no pueden tomar decisiones disciplinarias que desconozcan los derechos fundamentales de sus integrantes ni incidir, sin sustento, en la estabilidad institucional del Congreso. El proceso continuará con la práctica de pruebas y la evaluación del impacto que tuvo la actuación del Comité Disciplinario en el ejercicio del cargo que hoy ocupa López en la Cámara.
Este miércoles 3 de diciembre se tenía previsto iniciar la audiencia preparatoria en contra de Sandra Ortiz, exconsejera para las Regiones de la Presidencia de la República, por su presunta participación en el entramado de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. Sin embargo, su nuevo abogado solicitó suspender la diligencia, argumentando que no ha podido recolectar todos los elementos materiales probatorios que pretende descubrir en el juicio.En medio de la diligencia, el abogado Mauricio Camacho argumentó que “no se hace responsable que un profesional de derecho en estas condiciones, en esa desventaja, vaya a un juicio oral, por lo que le ruego, honorables jueces, primero que usted haya entendido y segundo que usted entienda que el día de hoy no se pueda adelantar la audiencia preparatoria”, sustentó la defensa.Luego de que las partes no se opusieron a la suspensión, la Juez 08 Penal del Circuito Especializado de Bogotá avaló la suspensión de estas audiencias en las cuales se presentan las pruebas que harán parte del juicio. La juez aseguró que “mal haría en sorprender el día de hoy al señor defensor, corriendo en el traslado para que descubra a la Fiscalía los elementos materiales probatorios cuando precisamente eso es lo que no ha podido hacer: recolectar los elementos materiales probatorios que pretende descubrir. En estas condiciones, no queda otro camino que acceder a la suspensión expresa solicitada por la defensa”. Las diligencias se retomarán el 11 de febrero de 2026.La situación jurídica de Ortiz se definió después de que la Fiscalía la acusara formalmente el pasado 1 de septiembre por los delitos de lavado de activos y tráfico de influencias de servidor público. De acuerdo con el grupo de fiscales delegados ante la Corte Suprema de Justicia, la exconsejera habría desempeñado un papel determinante al facilitar la entrega de sobornos a congresistas con el fin de asegurar apoyo político a las reformas impulsadas por el Gobierno Nacional en el Congreso.Según la acusación, la exfuncionaria habría actuado como enlace entre los entonces directivos de la UNGRD, Olmedo López y Sneyder Pinilla, y los expresidentes del Senado y la Cámara, Iván Name y Andrés Calle. En esa línea, la Fiscalía señaló que Ortiz habría recibido en dos ocasiones millonarias sumas de dinero en efectivo, que posteriormente fueron trasladadas en un vehículo oficial hacia puntos previamente acordados con Name.Para el ente acusador, Ortiz no solo tenía conocimiento del origen ilícito de los recursos, sino también del propósito de los pagos. De acuerdo con la investigación, los sobornos estarían relacionados con el direccionamiento irregular de una orden de proveeduría destinada a la compra de 40 carrotanques para suministrar agua potable a comunidades de La Guajira, contrato que habría sido instrumentalizado dentro del entramado de corrupción.
La Fiscalía General de la Nación asumió una investigación penal tras conocerse las denuncias presentadas por Karen Santos contra su exesposo, el empresario de espectáculos Ricardo Leyva. Según el ente acusador, se recibieron denuncias por violencia intrafamiliar en Barranquilla y Bogotá. Por ahora fueron unificadas para avanzar en los actos investigativos en marcha.Como parte de las actividades, se solicitó protección para la víctima, debido a que la mujer expuso una serie de episodios que, según su relato, constituyen agresiones físicas y psicológicas ocurridas durante su convivencia. A partir de esa información, el ente acusador ordenó centralizar en Bogotá el proceso que estaba radicado en Barranquilla y designar una fiscal especializada para adelantar las indagaciones por los presuntos delitos de amenazas y violencia intrafamiliar.La decisión se tomó después de que Santos entregara al ente investigador material que, según afirmó, permite documentar varios de los hechos denunciados. Entre los elementos allegados se encuentran grabaciones de video realizadas por ella misma, en las que, de acuerdo con su versión, quedaron registradas algunas de las agresiones atribuidas a Leyva. También adjuntó reportes médicos, fotografías y registros de comunicaciones que habrían ocurrido en momentos de tensión, todo ello con el fin de respaldar su relato sobre los maltratos sufridos.En declaraciones entregadas al medio Cambio, Santos señaló que las agresiones no habrían sido hechos aislados, sino situaciones que se extendieron durante años mientras convivía con Leyva en una vivienda ubicada en Barranquilla. Indicó que decidió hacer públicas sus denuncias ante el temor por su vida y por la falta de protección que, según dijo, sienten muchas mujeres en contextos de violencia doméstica. Relató que en distintos momentos experimentó golpes reiterados y episodios de intimidación que la llevaron a abandonar la residencia donde vivían.La denunciante también afirmó que uno de los episodios más graves habría ocurrido en agosto de 2025, cuando, según su versión, debió huir de la casa por temor a nuevas agresiones y señaló que Leyva habría intentado perseguirla y amenazarla con un arma blanca. En su relato aseguró que la situación se tornó insostenible y que esa fue la razón que la llevó a buscar ayuda y a entregar sus pruebas a las autoridades.Con la apertura de este proceso, la Fiscalía continuará con la recolección de material probatorio y la verificación de los hechos denunciados para determinar si existe mérito para avanzar hacia una eventual imputación.
Ad portas de las elecciones del 2026, la Corte Constitucional revivió el partido 'En Marcha' de Juan Fernando Cristo tras suspender provisionalmente el fallo del Consejo de Estado que le quitó la personería jurídica.En un fallo de 16 páginas, el alto tribunal argumentó punto a punto porque suspendió transitoriamente el fallo proferido por el Consejo de Estado que le quitó la personería a la colectividad. En ese sentido la Corte Constitucional le ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) inscribir de manera inmediata al partido en el Registro Único de Partidos y Movimientos con personería jurídica.La medida se adoptó después de que la agrupación política En Marcha denunciara que el fallo del Consejo de Estado no habría aplicado de manera material los criterios fijados una sentencia en particular sobre el “principio de confianza legítima” y la valoración de pruebas que acreditan la participación del movimiento en la coalición Alianza Verde y Centro Esperanza."Esta situación supone un riesgo cierto de afectación grave e irreparable a los derechos de participación política no solo de dicha organización, sino también de sus militantes y electores potenciales", se lee en la decisión de la Corte Constitucional.Una de las órdenes de la Corte es al CNE para que inscriba de manera inmediata a En Marcha en el Registro Único de Partidos y Movimientos Políticos con personería jurídica.Fue en agosto cuando el Consejo de Estado tumbó la personería de En Marcha porque evidenció que el CNE incurrió en falsa motivación al señalar que senadores Guido Echeverri, Jairo Castellanos y Gustavo Hurtado, eran militantes de En Marcha al momento de postular sus nombres en elecciones al Congreso del año 2022.A partir de ese momento empezó toda una campaña por parte del exministro Cristo para recuperar la personería jurídica de su partido.
La Fiscalía General de la Nación ordenó archivar la investigación contra la defensora del Pueblo, Iris Marín, tras una denuncia de Armando Benedetti por unas declaraciones que dio la funcionaria contra el ministro del Interior sobre presuntas conductas de violencia de géneroEsta decisión la tomó el ente acusador tras concluir que los hechos que fueron denunciados por el ministro del Interior, Armando Benedetti, no constituyen una conducta punible todo esto en el marco de unas declaraciones que entregó a un medio de comunicación la defensora Marín en noviembre del año pasado en donde se refirió al episodio de presunta violencia intrafamiliar.Sin embargo, para la Fiscalía General de la Nación las declaraciones que entregó Marín hicieron parte de las denuncias que publicaron varios medios y no fue un señalamiento directo hacia él."Esa manifestación no puede ser apreciada como una afrenta contra la integridad moral del querellante (Armando Benedetti), pues las personalidades públicas se someten al escrutinio de los ciudadanos por el rol social que cumplen", señaló el ente acusador.La denuncia de Benedetti contra Marín no prosperó porque la defensora del Pueblo en su entrevista comentó los hechos que ya eran de conocimiento por la opinión pública y no le atribuyó ningún delito o conducta penal al hoy ministro del Interior."Solo una referencia generalizada a lo que los medios de comunicación venían publicando sobre el comportamiento del funcionario en torno a las investigaciones de carácter penal que enfrentaba y, en segundo lugar, el hecho es cierto y documentado en esta actuación, por lo que la conducta de la querellada resulta objetivamente atípica frente al delito de calumnia", se lee en el documento.En esta orden de archivo la Fiscalía recordó que los funcionarios públicos están sometidos a un mayor escrutinio ciudadano debido al rol social que desempeñan, amparado por estándares internacionales como los citados por la Corte Constitucional y la CIDH."Así como los servidores públicos, quienes por la importancia social de las funciones que realizan están sujetos a un mayor escrutinio social, puesto que la opinión pública actúa como un mecanismo de control social sobre el desempeño de los cargos que ostentan", aseveró la Fiscalía.
El Juzgado 62 Administrativo de Bogotá declaró improcedente la acción de tutela que había sido presentada por Jorge Andelfo Ortega en calidad de agente oficioso de Daniel Quintero, exalcalde de Medellín. La acción buscaba que la Registraduría Nacional del Estado Civil permitiera escribir el comité promotor de su precandidatura presidencial para 2026, luego de que la entidad negara dicho registro. Sin embargo, el despacho concluyó que no tenía legitimación para actuar en nombre de Quintero y que no existía ninguna justificación válida para que el propio exmandatario no interpusiera la tutela directamente.En la tutela, Ortega afirmó que la negativa de la Registraduría constituía una vulneración de derechos fundamentales de Quintero, entre ellos la igualdad, el debido proceso, el derecho a elegir y ser elegido y la libertad para participar en política. Sostuvo que la entidad electoral habría incurrido en un “error craso” sin sustento jurídico al impedirle inscribirse por firmas. En su argumentación, aseguró que esta decisión afectaba injustificadamente el ejercicio político del exalcalde.El accionante pidió expresamente que el juez ordenara a la Registraduría inscribir el comité promotor y que se dejaran sin efectos las decisiones que rechazaron su solicitud. No obstante, el juzgado advirtió varias inconsistencias en el trámite y en la legitimación de la acción. En primer lugar, Ortega no explicó por qué Quintero no presentó personalmente la tutela, a pesar de que se le requirió aclarar ese punto. Además, el despacho señaló que existen antecedentes en los que el propio Quintero ha acudido directamente a este mecanismo constitucional, lo que demuestra que no existe ninguna imposibilidad real para ejercer su propia defensa.El juzgado también subrayó que, pese a haber sido notificado del inicio del trámite, Quintero no manifestó intención de ratificar la acción interpuesta por Ortega. Esta ausencia de participación directa refuerza, según la decisión, que no se cumplen los requisitos para que opere la figura de la agencia oficiosa, que solo procede cuando el titular del derecho se encuentra en una situación concreta y probada que le impide actuar por sí mismo.Por estas razones, la decisión concluye que la acción de tutela es improcedente, ya que no se superó el principio de legitimación en la causa. El fallo enfatiza que la agencia oficiosa no puede utilizarse para suplir la falta de voluntad del titular del derecho ni para interponer acciones en su nombre sin autorización ni justificación válida. En consecuencia, el juez negó el amparo solicitado y dio por terminado el trámite.
La Sala de Casación Penal de este alto tribunal ordenó hacer efectiva la captura de Jhon Carliones Pérez, luego de casar la sentencia absolutoria que dictó el Tribunal Superior de Bogotá y confirmar la condena de primera instancia por delitos sexuales cometidos contra una menor de 14 años.En ese sentido la Corte dejó sin efectos la absolución proferida en 2021 y en cambio confirmó la decisión de un juzgado de Bogotá proferida en 2020 en la cual este hombre fue condenado a una pena de 18 años de cárcel.Según este fallo Jhon Pérez aprovechaba las oportunidades en las que estaba solo con su hijastra y allí cometía todo tipo de vejámenes, y allí la Corte Suprema de Justicia aseguró que el Tribunal incurrió en graves errores al valorar las pruebas, pues excluyeron la entrevista que se le hizo a la niña durante el proceso judicial.Este fallo también hace un duro reproche que la absolución del hombre se haya sustentado en estereotipos desconociendo la vulnerabilidad de quienes sufren violencia infantil.Según esta sentencia, las comunicaciones afectuosas entre la víctima y el agresor no desvirtuan el abuso sexual, especialmente cuando existe una relación de confianza y dependencia propia del núcleo familiar, y cuando el agresor utiliza mecanismos de manipulación afectiva.Por estos hechos el alto tribunal ordenó la captura del condenado para que cumpla la pena impuesta.
El Tribunal Superior de Bogotá negó por improcedente la tutela que buscaba levantar el condicionamiento del Consejo Nacional Electoral (CNE) sobre la personería jurídica del Pacto Histórico. La Sala concluyó que este mecanismo no era procedente para debatir la legalidad de las decisiones adoptadas por el organismo electoral, debido a la existencia de otros recursos judiciales idóneos y en curso ante la jurisdicción contenciosa administrativa.En su decisión, el tribunal explicó que la acción de tutela no superó el juicio de subsidiariedad. Señaló expresamente que “al no superarse el juicio de subsidiariedad ni demostrarse la ineficacia concreta del medio ordinario, y existiendo además un proceso judicial en curso sobre el mismo objeto material, se encuentra que la presente acción constitucional es improcedente y se negará el amparo solicitado”. Con ello, la Sala reafirmó que la tutela no puede ser utilizada como una vía paralela para revisar actos electorales.El tribunal recordó que la controversia planteada gira en torno a la legalidad de las resoluciones, las cuales, argumentan, deben ser objeto de control ante la jurisdicción contenciosa administrativa mediante el medio de nulidad y restablecimiento del derecho, que además permite solicitar medidas cautelares para evitar afectaciones en el calendario electoral. “Esta vía ordinaria, lejos de ser meramente formal, ofrece un amparo judicial suficiente y, actualmente, se encuentra incluso activada ante la Sección Quinta del Consejo de Estado, circunstancia que reafirma la improcedencia del amparo excepcional”, puntualizó.La tutela presentada buscaba garantizar presuntas vulneraciones a los derechos de participación política, debido proceso, libertad de asociación y acceso a cargos públicos del Pacto Histórico. Los accionantes argumentaban que, si no se levantaba la condición impuesta por el CNE antes del 8 de diciembre, el movimiento podría ver comprometida su participación en las elecciones programadas para el 8 de marzo de 2026. Sin embargo, el tribunal reiteró que estas discusiones deben resolverse en los procesos contenciosos ya abiertos.
Ricardo González, segundo imputado por el homicidio del estudiante de la Universidad de los Andes ,Jaime Moreno, ya fue trasladado al Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Cartagena San Sebastián La Ternera, donde permanece privado de la libertad mientras avanza el proceso judicial en su contra. Su defensa confirmó que el próximo 16 de diciembre se llevará a cabo la audiencia de apelación de la medida de aseguramiento, en la que un juez de segunda instancia definirá si González continúa en prisión o puede enfrentar el proceso desde su domicilio.La abogada Marcela López, defensa del imputado, explicó que González “se entregó en la URI, en el barrio Canapote; ahí fue donde se materializó su entrega y posteriormente fue trasladado a actos urgentes, a las instalaciones principales de la Fiscalía, también en la ciudad de Cartagena, pero ya en el barrio Crespo. Recientemente fue trasladado al establecimiento penitenciario en La Ternera”, precisó.La expectativa ahora se centra en la decisión del juez de segunda instancia el próximo 16 de diciembre en la mañana, quien revisará la medida impuesta por la juez de control de garantías. La defensa sostiene que hubo una falta de control material en la audiencia de imputación y confía en que estos argumentos sean tenidos en cuenta. “Esperamos que el juez haga un control constitucional sobre las actuaciones de la primera instancia. Consideramos que los elementos materiales probatorios muestran que Ricardo tiene arraigo familiar y social, y que procede una detención domiciliaria. No hay peligro de fuga ni de obstrucción a la justicia”, señaló la abogada López.Frente a la posibilidad de un preacuerdo, luego de que se conociera que la defensa de Juan Carlos Suárez, primer imputado en el caso, inició conversaciones con la Fiscalía, la abogada de González negó que exista una solicitud similar para su representado, aunque no descarta una negociación futura. “Estoy abierta a que, si la Fiscalía tiene interés en ofrecer un preacuerdo, estudiarlo y eventualmente aceptarlo. Lo importante es que sea ajustado a la realidad jurídica. Siempre he sostenido que estamos frente a un homicidio preterintencional y no hubo coautoría”, afirmó.