El juez 24 del circuito de Bogotá ratificó que el Presidente debe cumplir con un fallo de tutela que le ordena rectificar y eliminar 16 mensajes contra el exgerente de la EPS, Jaime Miguel González.
El presidente Gustavo Petro incurrió en un incidente de desacato a un fallo de primera instancia y una acción de tutela que le ordenaban rectificar y eliminar los mensajes que publicó en X y que amplió a través de una alocución presidencial en la que señaló al entonces gerente de Coosalud, Jaime Miguel González Montaño, de ser un “bandido” que convirtió a la EPS en una de las peores prestadora de salud del país.
Los mensajes del mandatario señalan a González Montaño de casi triplicar la deuda de la EPS en casi un año (en 2024 alcanzó 2.600 millones de pesos) lo que a juicio del Presidente significa que “se robaron la plata”.
Gustavo Petro también responsabilizó a la junta directiva de Coosalud EPS de permitir toda una serie de irregularidades que, según él, pasaban por el direccionamiento de recursos públicos hacia una empresa fantasma en el exterior y autorizar préstamos personales a González Montaño por más de $220.000 millones.
En su cuenta de X, Petro anotó que “la investigación completa y su traslado a la Fiscalía la realizó el actual superintendente de salud Giovani Rubiano”.
Sin embargo, de esa supuesta denuncia se desconoce su trazabilidad pues la defensa jurídica del Presidente no entregó a los jueces la prueba de su radicación.
El juez 24 del circuito de Bogotá, Yimi Alejandro Sánchez García, ratificó la orden de primera instancia para que el presidente Petro se retracte y presente excusas públicas, en el mismo formato en el que lo hizo, al exgerente de Coosalud, Jaime Miguel Gonzalez, por cada uno de sus pronunciamientos en su contra publicados desde inicios de diciembre de 2024.
La Presidencia de la República pidió que se anulara el fallo, alegando que se estaba violando el debido proceso y el derecho del presidente a hacer denuncias públicas sobre un caso penal en curso.
También solicitó suspender cualquier sanción por desacato mientras se resolvía la solicitud, para evitar un daño grave a las funciones del Presidente.