El Gobierno colombiano concedió la extradición de Geovany Andrés Rojas, alias ‘Araña’, jefe de los Comandos de Frontera, a Estados Unidos por cargos de narcotráfico y narcoterrorismo, aunque la entrega queda suspendida bajo condiciones de la Paz Total.La resolución ordena la extradición del ciudadano colombiano a petición de las autoridades de Estados Unidos. Es requerido por la Corte Distrital del Distrito Sur de California por los de concierto para distribuir cocaína y narcoterrorismo.No obstante, el artículo segundo de la resolución establece la suspensión de la entrega de Rojas mientras este “contribuya con aportes verificables y resultados concretos en el proceso de la consecución de la paz total” en el marco de la Ley 2272 de 2022.Geovany Andrés Rojas funge como miembro representante de la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB) en la mesa de diálogos de paz con el Gobierno nacional.La entrega de alias ‘Araña’ a Estados Unidos se hará efectiva si sus aportes o su participación en el proceso de paz total "se interrumpa o cesen". En este caso, se procederá al trámite de extradición una vez se cumplan los condicionamientos impuestos al Estado requirente.La resolución también establece que la entrega se llevará a cabo bajo el compromiso de Estados Unidos de cumplir las condiciones establecidas en el artículo 494 de la Ley 906 de 2004, lo que implica que Rojas no será sometido a desaparición forzada, torturas ni a penas crueles, inhumanas o degradantes, ni a las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación.La decisión del Gobierno se basa en el aval que previamente había dado la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia para la extradición de Geovany Andrés Rojas.La corte consideró que se cumplían los requisitos constitucionales para entregar al exjefe guerrillero, quien fue capturado en un hotel de Bogotá mientras participaba en la mesa de diálogos.Las pruebas de la justicia estadounidense confirmaron que la organización de Rojas produjo cocaína en Colombia, la envió a México y la introdujo al mercado estadounidense, lo que configura el delito de narcoterrorismo. El alto tribunal advirtió que los Comandos de Frontera han perdido toda legitimidad política y operan como una estructura criminal.
La muerte de las menores Emilia e Inés Forero, a raíz de envenenamiento de frambuesas con talio, consternó a todo el país y las autoridades avanzan en la investigación en donde la principal sospechosa es Zulma Guzmán Castro, quien salió del país días depsués de lo sucedido con destino a Argentina.Apareció Zulma Guzmán Castro, principal sospechosa del crimenLuego de varios días de investigación, finalmente, reapareció la sospechos que se encuentra por fuera del país. La mujer habló y salió en defensa propia sobre esta acusación y dijo que "tenía la manera de demostrar su inocencia", por lo tanto, iba a poner su disputa legal para demostrarlo. Lo curioso, según las autoridades, es que se pronuncia poco después de que se hablara de una posible imputación de la Fiscalía y sin señales pese a tener circular de la Interpol."Lo primero que tengo que decir es que siento muchísimo el dolor que pueden estar sintiendo las familias por la pérdida de sus niñas . Yo soy madre y eso debe ser dolor infinito y entiendo que por esa razón quieran encontrar el culpable y usar todos los medios posibles para ello, sin embargo, pues ese culpable no soy yo y eso es lo que estoy buscando probar ahora ante la justicia y con el abogado y con las pruebas que tengo", dijo en diálogo con Focus Noticias.Aseguró que "no entendía" porque la inculpaban a ella, pues "no tenía ningún motivo" para hacer algo así. Pero pondrá sus propias pruebas en manos de las autoridades para demostrar su inocencia."La estrategia se nota que era básicamente destruirme completamente antes de cualquier proceso judicial, destruir la imagen y dar una dar una versión que acaba conmigo sin ningún proceso, ninguna garantía de un juicio justo en estos momentos", añadió.La relación de Zulma Guzmán Castro y la familia BedoutConfesó haber sido pareja sentimental de manera clandestina con Juan de Bedout y aseguró nunca haber conocido a la esposa, pese que algunas versiones la han relacionado con su muerte."Yo lo vi cuando quedó viudo, en noviembre, tomamos un café y él me comentó que ella había muerto de cáncer, ella había tenido cáncer en el 2016 o 2017, creo, y le regresó, pero también ese día me dijo que habían tenido un susto, así me lo dijo, porque a principios de año ya había tenido una intoxicación por una sustancia, no estoy completamente segura de si me nombró esa sustancia talio o si me dijo simplemente que le habían encontrado algo que le había envenenado o le había hecho daño, no estoy segura exactamente que me dijo.",dijo.
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia solicitó negar la tutela presentada por Andrés Felipe Marín Silva, conocido como 'Pipe Tuluá', con la que busca dejar sin efecto el concepto favorable de extradición emitido el pasado 12 de noviembre a solicitud del Gobierno de Estados Unidos.Tan solo unas horas después de que se confirmara que el Gobierno firmó la extradición de 'Pipe Tulúa', se conoció un escrito remitido a la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, quién será la encargada de resolver una tutela que interpuso el máximo cabecilla de 'La Inmaculada'. La Corte explicó que el concepto de extradición se ajustó plenamente a las exigencias constitucionales y legales; por esa razón, sostuvo que no existe vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, defensa, libertad personal ni acceso a la justicia, como lo alega el accionante.Marín, el peligroso cabecilla de la banda 'La Inmaculada' que delinque en el Valle del Cauca, es requerido por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas por los delitos de tráfico de drogas y concierto para delinquir, dentro de un proceso penal iniciado en septiembre de 2024.En la tutela, 'Pipe Tulúa' sostiene que la Corte incurrió en defectos sustantivos y fácticos al equiparar delitos que juzga el país que lo pide en extradición con los que fue juzgado en Colombia.Sin embargo, la Sala Penal reiteró que para verificar el principio de doble incriminación basta con que la conducta sea delito en ambos países, sin importar la denominación jurídica, y que los hechos descritos sí encuentran correspondencia en el Código Penal colombiano.La Corte aclaró que el trámite de extradición no es el escenario para analizar de fondo la responsabilidad penal del solicitado ni para evaluar la suficiencia o validez de las pruebas allegadas por el país requirente.Asimismo, descartó que exista falta de motivación en el concepto de extradición y señaló que los argumentos planteados por la defensa ya fueron analizados y respondidos dentro del trámite. Para la Sala, la tutela no puede usarse como un mecanismo para reabrir discusiones ya resueltas ni para expresar inconformidad con una decisión judicial debidamente sustentada.
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la negativa a la solicitud de nulidad que había hecho el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, frente a la acusación que se adelanta en su contra por el delito de tráfico de influencias, relacionado con el “carrusel de la contratación”.El alto tribunal negó la solicitud de nulidad presentada por la defensa del ministro, con la cual se buscaba anular la acusación al considerar que durante el trámite se habrían vulnerado garantías como el debido proceso y el derecho de defensa. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia concluyó que no se configuró ninguna irregularidad sustancial que ameritara retrotraer la actuación.En su decisión, la Sala Penal explicó que la nulidad es una medida excepcional, que solo procede cuando se demuestra una afectación real y trascendental de las garantías fundamentales, situación que según el fallo no ocurrió en el caso del ministro de Trabajo.La Corte también precisó que las inconformidades de la defensa ya habían sido analizadas en etapas previas del proceso y que no es válido utilizar la nulidad como un mecanismo para reabrir discusiones que deben resolverse en el juicio, donde se evaluará de fondo la responsabilidad penal del acusado.Con esta determinación, la Corte Suprema de Justicia dejó claro que el proceso penal contra Antonio Sanguino continúa sin obstáculos y que el ministro de la cartera de trabajo deberá enfrentar el juicio por tráfico de influencias, delito que se le atribuye por presuntas gestiones indebidas cuando se desempeñaba como concejal de Bogotá.
Un terremoto de magnitud 4,9 se produjo este viernes en el este de Japón, dejándose notar con intensidad en Tokio, horas después de que otro seísmo de 6,7 azotara la región del noreste del archipiélago desatando un aviso de tsunami que se saldó sin mayores incidentes.El terremoto más reciente se produjo a las 19:05 hora local (10:05 GMT) con epicentro en tierra a 50 kilómetros de profundidad en la zona sur de la prefectura de Ibaraki, al noreste de la capital, según datos de la Agencia Meteorológica de Japón (JMA), que no activó en esta ocasión ningún aviso marítimo.El sismo alcanzó el nivel 4 en la escala sísmica japonesa de 7 niveles, centrada en medir la agitación en la superficie y el potencial destructivo, en varias ciudades de las prefecturas de Ibaraki, Tochigi, Saitama y Chiba, y el nivel 2 en el área metropolitana de Tokio.No se informó inmediatamente de heridos o daños significativos. Este terremoto se produce horas después de que otro de magnitud 6,7 azotara la prefectura de Aomori y alrededores, que ya se vio afectada por otro seísmo de 7,5 la noche del lunes, en el que resultaron heridas al menos 33 personas.Japón se asienta sobre el llamado Anillo de Fuego, una de las zonas sísmicas más activas del mundo, y sufre terremotos con relativa frecuencia, por lo que sus infraestructuras están especialmente diseñadas para aguantar los temblores.
Bucaramanga avanza a toda marcha en la organización de las elecciones atípicas que se realizarán este domingo, en las que 531.239 ciudadanos están habilitados para elegir al nuevo alcalde que gobernará durante los próximos dos años.Desde tempranas horas de la mañana, funcionarios de la Registraduría Nacional comenzaron la instalación de 1.391 mesas de votación distribuidas en 88 puestos, de los cuales 82 estarán ubicados en la zona urbana y 6 en el sector rural.El proceso incluye la asignación y capacitación final de los 10.070 jurados de votación, quienes serán los responsables del desarrollo de la jornada, el conteo de votos y el envío del preconteo.Ocho candidatos están en la contienda por el principal cargo administrativo de Bucaramanga: Carlos Pérez, Juan Manuel González, Cristian Portilla, Jhan Carlos Alvernia, Carlos Bueno, Rubén Morales, Humberto Salazar y Fabián Oviedo.El registrador delegado electoral, Jaime Hernando Suárez, confirmó que la logística avanza sin contratiempos y destacó la responsabilidad de los jurados en el proceso democrático:“Para estas elecciones tenemos un censo electoral de 531.239 ciudadanos habilitados para votar. Tenemos 10.070 jurados de votación, en los 88 puestos de votación vamos a tener 1.391 mesas. Los jurados de votación son quienes hacen las elecciones en Colombia, son ciudadanos de la sociedad civil, residentes en Bucaramanga. Ellos hacen el conteo de votos y después se realiza una transmisión de resultados telefónicamente, lo que conocemos como preconteo”, indicó el funcionario.La Registraduría informó que sobre las 6:00 p.m. del domingo, 14 de diciembre, se conocerán los resultados de las elecciones.Paralelo a la logística electoral, la Policía Metropolitana de Bucaramanga confirmó la disponibilidad de 4.000 uniformados para garantizar la seguridad en los puestos de votación y en los diferentes corredores de la ciudad durante la jornada, que se desarrollará entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m.
La Seccional de Tránsito y Transporte del Departamento de Policía Antioquia desarrolló dos importantes acciones de control sobre las principales vías del departamento, en el marco del Plan Navidad con Propósito y la estrategia Actuando por Antioquia, obteniendo la incautación de material pirotécnico que era movilizado de manera irregular y representaba un riesgo para la comunidad.La pólvora incautada suma en total 239 kilos decomisados en tres puestos de control, el primero se registró en la vía Medellín – Yarumal, a la altura del kilómetro 45+800, en el municipio de Donmatías, unidades de tránsito realizaron un puesto de control preventivo donde fue detenido un camión que llevaba como encomienda 200 kilos de pólvora. Esta salió desde la capital antioqueña e iba hacia al municipio de Caucasia, Bajo Cauca antioqueño.El segundo puesto de control fue ubicado en la vía La Pintada – Medellín, kilómetro 38+800, sector peaje Primavera, allí el procedimiento de control permitió ubicar un camión, que transportaba encomiendas y se encontraron 15 kilos de pólvora tipo juegos pirotécnicos movilizados desde Medellín con destino al municipio de El Guamo, Tolima. Por su riesgo y manejo indebido, el caso fue dejado a disposición de la Inspección de Policía de Santa Bárbara.De acuerdo con el Coronel Óscar Mauricio Rico Comandante del Departamento de Policía Antioquia “Una importante incautación de 200 kilogramos de pólvora en dos procedimientos viales, uno que compone la vía Medellín-Yarumal y otro la pintada Medellín, donde fueron incautados juegos pirotécnicos. Hacemos el llamado a toda nuestra comunidad para que evite el uso, el manejo de artefactos pirotécnicos”En tercer operativo fue realizado en las vías del Urabá Antioqueño efectivos de la policía lograron la incautación de 24 kilos de pólvora que serían distribuidos en esta zona del departamento, los juegos pirotécnicos fueron dejados a disposición de las autoridades competentes.Ante la preocupante situación la Policía Nacional invita a la ciudadanía a evitar el transporte y manipulación ilegal de pólvora y a reportar cualquier situación que ponga en riesgo la vida y la seguridad en las carreteras de Antioquia.
Ante el grave impacto que implica para los animales de compañía el uso de la pólvora, la Alcaldía de Medellín reiteró el llamado a los ciudadanos a evitar este comportamiento durante las celebraciones decembrinas. En los primeros días de esta temporada, la ciudad ya reportó dos casos lamentables.El primer caso tiene como protagonista a Lacy, una perrita que murió mientras era trasladada a un centro veterinario, luego de lanzarse desde un octavo piso por el pánico que, al parecer, le causaron los estallidos de pólvora.El segundo corresponde a un canino que fue atropellado, según testigos, tras huir descontrolado al escuchar pólvora. De acuerdo con el reporte médico, la mascota no presenta politraumatismos graves, pero permanece con estrés severo y comportamiento agresivo, posiblemente, como respuesta al miedo extremo que sufrió.De acuerdo con la subsecretaría de Protección y Bienestar Animal, Elizabeth Coral, estos casos dan cuenta de que los animales, tanto de compañía como de fauna silvestre, no necesariamente deben estar cerca de la pólvora para resultar afectados, factores como el ruido, la vibración y el olor pueden desencadenar en ellos crisis de pánico, huidas, accidentes, lesiones y alteraciones del comportamiento que se prolongan durante semanas o meses.Desde la subsecretaría de Protección y Bienestar Animal, reiteraron el llamado a la comunidad.“Queremos reiterar el llamado al no uso de la pólvora y es que el último caso reportado es el de la perrita Lacy, la cual debido al miedo, la angustia y la desesperación se lanzó desde un piso 8 en un edificio. La pólvora genera miedo, angustia, desesperación y cobra vidas”, afirmaron. La Administración Distrital insiste en que la pólvora no es una tradición inofensiva, causa daño, genera sufrimiento y cobra vidas. El Área Metropolitana del Valle de Aburrá y el Parque de la Conservación también reportaron los primeros animales afectados por estos estallidos, por lo cual se hace un llamado a la responsabilidad ciudadana en los días que quedan de temporada decembrina y de fin de año
La confiabilidad de los carros usados volvió a ser analizada por Consumer Reports (CR) en un reporte que evalúa el comportamiento de modelos con entre cinco y diez años de antigüedad, en un listado que por lo general lo encabeza Lexus, Toyota, Subaru, entre otros.Este análisis, que compara a 26 fabricantes presentes en Estados Unidos, reveló amplias diferencias en el desempeño de cada marca y dejó en evidencia un punto crítico que afecta a Tesla, que recién llegó a Colombia con su Model 3 y Model Y.Aunque el informe destaca avances recientes del fabricante de carros eléctricos, los resultados para sus modelos más antiguos mostraron un retroceso significativo frente a sus competidores.¿Cuáles son los carros usados menos confiables?De acuerdo con Consumer Reports, Tesla obtuvo un puntaje de 31 en el “Reliability Verdict”, una calificación que la ubicó en la última posición del ranking de confiabilidad en carros usados. La marca quedó por debajo de Jeep (32), Ram (35) y Chrysler (36).El periodo evaluado coincide con los años en que Tesla aceleró la producción del Model 3 en instalaciones temporales junto a su planta de Fremont, California, una estrategia que —según el informe— no ofreció las condiciones ideales para garantizar vehículos duraderos.La evaluación de CR señala que el comportamiento de los vehículos más antiguos se asocia a esa fase de crecimiento acelerado de la compañía. Sin embargo, el documento también resalta que los modelos actuales ya muestran una “fiabilidad superior a la media”, posicionando a Tesla dentro de las diez mejores marcas en la clasificación de previsibilidad de carros nuevos.Steven Elek, líder del programa de análisis automotriz de Consumer Reports, explicó que las marcas mejor ubicadas obtienen sus resultados gracias a “rediseños conservadores” y a mejoras graduales en toda su línea. Según el experto, estos fabricantes entregan autos “confiables cuando son nuevos y continúan siéndolo a medida que envejecen”.¿Qué pudo haber afectado la imagen de Tesla?Aunque Consumer Reports destaca mejoras en la producción reciente de la marca, Tesla ha debido realizar múltiples llamados a revisión que abarcan buena parte de su portafolio. Entre los casos más relevantes están:Retiro de más de 46.000 Cybertrucks a comienzos de 2025 debido a un panel exterior que podía desprenderse durante la conducción por fallas de fijación.Llamado a revisión de más de 200.000 vehículos en enero, por un error de software que afectaba el funcionamiento de las cámaras de visión trasera.Revisiones a modelos como el Model S, uno de los vehículos más emblemáticos de la compañía.Sobre el Cybertruck, la publicación señala que el modelo no solo ha tenido resultados comerciales inferiores a los esperados, sino que presenta problemas de diseño que pueden comprometer la seguridad de otros usuarios en carretera.Ranking de marcas de carros USADOS más confiablesEste es el listado completo publicado por Consumer Reports con las puntuaciones de confiabilidad en vehículos usados:Lexus — 77Toyota — 73Mazda — 58Honda — 57Acura — 53BMW — 53Buick — 51Nissan — 51Audi — 49Volvo — 48Mercedes-Benz — 47Subaru — 47Volkswagen — 46Lincoln — 46Mini — 46Cadillac — 45Hyundai — 43Chevrolet — 40Ford — 39Dodge — 39Kia — 39GMC — 37Chrysler — 36Ram — 35Jeep — 32Tesla — 31En carros nuevos, Tesla sí aparece en el top 10La fotografía cambia al analizar la confiabilidad proyectada para vehículos nuevos. En este listado, Tesla alcanzó 50 puntos y se ubicó en la novena posición, superando a:Kia (49)Ford (48)Audi (44)Volvo (42)Cadillac (41)En el fondo del ranking de autos nuevos aparece Rivian, con 24 puntos, seguida de Ram (26), Jeep (28) y GMC (31).
El alto tribunal negó la solicitud de nulidad presentada por la defensa del ministro, con la cual se buscaba anular la acusación al considerar que durante el trámite se habrían vulnerado garantías como el debido proceso y el derecho de defensa. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia concluyó que no se configuró ninguna irregularidad sustancial que ameritara retrotraer la actuación.En su decisión, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia explicó que la nulidad es una medida excepcional, que solo procede cuando se demuestra una afectación real y trascendental de las garantías fundamentales, situación que según el fallo no ocurrió en el caso del Ministro de Trabajo.La Corte también precisó que las inconformidades de la defensa ya habían sido analizadas en etapas previas del proceso y que no es válido utilizar la nulidad como un mecanismo para reabrir discusiones que deben resolverse en el juicio, donde se evaluará de fondo la responsabilidad penal del acusado.Con esta determinación, la Corte Suprema de Justicia dejó claro que el proceso penal contra Antonio Sanguino continúa sin obstáculos y que el ministro de la cartera de trabajo deberá enfrentar el juicio por tráfico de influencias, delito que se le atribuye por presuntas gestiones indebidas cuando se desempeñaba como concejal de Bogotá.
El alto tribunal le negó la solicitud de varias pruebas que pidió Cielo Rusinque dentro del trámite de la demanda que pide tumbar su designación en la Superintendencia de Industria y Comercio. El Consejo de Estado estudiará la certificación de los estudios de Rusinque en Francia, prueba que remitió el Ministerio de Educación.La decisión se produjo tras vencer los traslados ordenados luego de que el tribunal decretara una prueba de oficio para aclarar el alcance académico del diploma francés en Derecho Constitucional que la funcionaria presentó como parte de su formación.Los demandantes cuestionaron si Rusinque cumple con el nivel de estudios exigido para el cargo, por lo que el alto tribunal ordenó al Ministerio de Educación Nacional certificar la equivalencia del “Diplome Supérieur de l’Université – Droit Constitutionnel” expedido en Francia.La demanda que pide tumbar a Rusinque de la SIC será una de las “papas calientes” que deberá resolver el Consejo de Estado en 2026, por ello, el alto tribunal precisó que únicamente tendrá en cuenta la información enviada sobre el diploma francés de Rusinque, pues corresponde exactamente a lo solicitado en el auto del 20 de noviembre de 2025.¿Qué pruebas rechazó el Consejo de Estado?El despacho del magistrado ponente Pedro Pablo Venegas rechazó las pruebas allegadas por la propia Rusinque entre ellas artículos, traducciones, resoluciones de convalidación de otros posgrados y documentos relacionados con su producción académica.Tampoco fueron aceptadas las pruebas solicitadas por el demandante Samuel Ortiz Mancipe, Con estas decisiones, el proceso continúa enfocado exclusivamente en establecer si ese título y su eventual convalidación cumple con los requisitos para el cargo de superintendente.
La representante de la abogada y fiscal seccional Liceth Córdoba cuestionó la reciente celebración pública del cantante Luis Eduardo “Lowe” León sobre su absolución en España por el caso de violencia intrafamiliar, al recordar que actualmente cursa un recurso de apelación ante la justicia de ese país.Aunque el fallo absolutorio fue proferido a inicios de este año, solo recientemente el equipo del artista difundió un comunicado anunciando la victoria judicial, lo que generó inconformidad en la representación de Córdoba debido a que el proceso sigue activo en sede internacional.Según explicó su abogada, Wendy Herrera, la sentencia que absolvió al cantante fue proferida el 19 de mayo de 2025 y apelada el 23 de mayo del mismo año. Aseguró que la decisión se recibió con respeto, pero también con “profundo asombro” por la rapidez con la que se resolvió y por los argumentos utilizados para absolver a León.La representación sostiene que la sentencia no valoró adecuadamente las pruebas presentadas por la víctima, que no se admitieron testigos esenciales y que se produjo un fallo “inusualmente rápido”.También cuestionó la falta de perspectiva de género en el análisis del testimonio de Córdoba, señalando que el juez consideró que ella buscaba obtener ventajas en el proceso de divorcio, pese a que para la representación, la víctima habría actuado por el miedo y la urgencia de regresar a Colombia con su hijo.Frente a la publicación del comunicado del cantante en noviembre, la abogada del artista en España, Silvia Aucejo, afirmó que el contenido se divulgó en la fecha que su cliente consideró oportuna, alegando que había información incorrecta circulando sobre su situación judicial.A la controversia internacional se suma la disputa por la custodia del hijo de la pareja. La abogada de Córdoba confirmó que actualmente enfrentan un proceso de restitución internacional iniciado supuestamente por León, quien solicita que el menor regrese a España.Sin embargo, la defensa de la madre sostiene que el niño ha vivido en Barranquilla y que no existe fundamento para enviarlo a un país donde ninguno de los padres es ciudadano. La abogada calificó la solicitud como preocupante y consideró que la reciente exposición pública del caso podría responder a “una estrategia de marketing” vinculada a los proyectos musicales del cantante.En paralelo, continúa en Colombia el proceso penal por presunta violencia intrafamiliar agravada contra León. La abogada que integra la defensa de Córdoba recordó que la Fiscalía ya presentó el escrito de acusación. La audiencia concentrada está programada para el 23 de febrero de 2026.Por su parte, la defensa de León en Colombia, la abogada Luz Marina Berrio, explicó que el caso avanza bajo el procedimiento penal abreviado establecido en la Ley 1959 de 2019, en la cual la denuncia penal por violencia intrafamiliar, se une la investigación y la imputación, en un escrito de Acusación.Detalló que la audiencia concentrada, que reúne en un solo acto la acusación y la preparatoria, ya inició con la verbalización del escrito por parte de la Fiscalía, pero la intervención de la defensa técnica aún está pendiente debido a la suspensión de la diligencia, que continuará en febrero de 2026. Sostuvo que en esa próxima sesión la defensa de León podrá descubrir y presentar sus pruebas “en igualdad de armas” con el ente acusador.
La investigación por el envenenamiento con talio que dejó como víctimas a las menores Emilia e Inés Forero continúa revelando aristas complejas, telefónicas y químicas, que amplían un caso que para la Fiscalía podría tener conexiones con otro episodio ocurrido cuatro años atrás. El abogado penalista Majer Abushihab, representante de la familia Forero, explicó en Mañanas Blu las piezas que hoy conforman el rompecabezas judicial y que involucran —según él— no solo la actuación de Zulma Guzmán, principal sospechosa, sino la posible participación de terceros.“Indudablemente se están investigando varias hipótesis que involucran más personas”, afirmó Abushihab. Aunque insistió en que no puede detallar elementos sensibles porque podrían comprometer el curso de la investigación, dejó claro que existen líneas sólidas sobre el origen del talio, la cadena de entrega del alimento contaminado y la localización de la presunta responsable en los días críticos.El rastro del talio: sustancia prohibida y origen aún en análisisUno de los ejes investigativos más complejos es el ingreso del talio al país. Esta sustancia, prohibida en Colombia, solo puede utilizarse para procesos industriales específicos.Abushihab subrayó que la Fiscalía, dirigida por la fiscal Elsa Reyes, ha adelantado un rastreo minucioso: “Créame, no le puedo dar detalles, pero se han hecho ejercicios muy importantes de indagación sobre cómo pudo haber ingresado talio al país”.Según el penalista, el ente investigador ya identificó posibles fuentes y está verificando destinos potenciales a fin de reconstruir la ruta completa.El abogado también fue prudente cuando se le consultó si el talio utilizado en este caso correspondía al mismo tipo hallado en el envenenamiento de la esposa del padre de una de las niñas, sucedido cuatro años atrás y que involucraría al mismo círculo familiar. Sin embargo, dejó entrever que esta conexión no está descartada:“En los dos sucesos hubo talio. Eso sí es cierto”.El mensajero: una pieza instrumentalizada del planUno de los elementos más sensibles de la investigación es la responsabilidad del mensajero que llevó las frambuesas envenenadas al hogar de la familia Forero. Según Abushihab, el domiciliario es un testigo clave que no formó parte del plan criminal.“Evidentemente fue instrumentalizado. Él no tiene nada que ver”, enfatizó. Explicó que el hombre trabajaba con varias aplicaciones de mensajería y que la Fiscalía ya identificó las plataformas involucradas, encontrando conexiones “muy importantes”.El comportamiento del mensajero también llamó la atención por su insistencia en entregar el paquete. Abushihab confirmó que el domiciliario llegó inicialmente y se retiró cuando le dijeron que no esperaban ningún envío, pero regresó tras recibir nuevas instrucciones: “Son contactos telefónicos. Y de ahí la prueba técnica con la que cuenta la Fiscalía”.Las llamadas desde Argentina: un elemento técnico bajo reservaUno de los puntos que más confusión ha generado es la supuesta llamada desde Argentina utilizada para ordenar las frambuesas envenenadas. Aunque esta versión circuló ampliamente, Abushihab fue enfático en aclarar que la orden no se hizo desde el extranjero.“La llamada no fue desde Argentina”, aseguró. Sin embargo, dejó abierta la puerta a una conexión técnica con ese país: “El tema de Argentina es cierto; hay unos vínculos muy técnicos, pero de eso dará cuenta la Fiscalía”.Lo que sí confirmó es que Zulma Guzmán estaba en Colombia el día del envío, negando versiones que la ubicaban en Buenos Aires. “Sí, es correcto”, respondió al ser interrogado sobre si la presunta responsable estaba en Bogotá el 5 de abril.El vínculo probatorio: ubicaciones, teléfonos y testimoniosSobre cómo la Fiscalía concluyó que Guzmán ordenó el envío de frambuesas contaminadas, Abushihab insistió en que el caso está respaldado por evidencia diversa:“Hay pruebas testimoniales y pruebas técnicas: teléfonos, ubicaciones, lugares y personas que han tenido interacción con la presunta responsable”.Esta combinación llevó al ente investigador a solicitar una orden de captura nacional e internacional (Interpol).¿A quién iba dirigido el veneno? Un móvil aún en construcciónRespecto al posible objetivo del envenenamiento, el abogado evitó confirmar si el ataque iba dirigido a las niñas, al padre o a toda la familia:“Indudablemente existe la posibilidad, o para todos”, expresó. El móvil sigue siendo materia de indagación.
A ocho meses del envenenamiento con talio que causó la muerte de dos menores de edad en Bogotá, la Fiscalía continúa avanzando en una investigación descrita como “profunda, minuciosa y sustentada en evidencia de todo orden”. En el centro del caso aparece como principal sospechosa Zulma Guzmán Castro, quien sería la presunta responsable de la muerte de las niñas, ocurrida entre el 5 y el 9 de abril.El abogado penalista Majer Abushihab, representante de la familia Forero, entregó detalles relevantes sobre el estado del proceso y los elementos que han guiado las conclusiones preliminares de la Fiscalía. Según explicó en Mañanas Blu, el rastreo de pruebas técnicas y testimoniales ha permitido establecer conexiones clave que comprometerían seriamente a Guzmán.El domiciliario “fue instrumentalizado”Uno de los puntos de la investigación es el rol del mensajero que entregó las frambuesas con el talio. Abushihab afirmó que el domiciliario fue “instrumentalizado” y que la Fiscalía tiene plenamente esclarecida su participación.De acuerdo con su versión, el mensajero llegó inicialmente a la vivienda de la familia sin que nadie esperara un pedido. Ante la negativa, se retiró, pero luego regresó por instrucciones telefónicas de quien ordenó el envío. En su segundo intento, insistió en que el paquete, presentado como un regalo, debía ser recibido y mencionó el nombre de un miembro del núcleo familiar, razón por la cual decidieron aceptarlo.¿Cómo rastreó la Fiscalía el origen del envío?El abogado indicó que la Fiscalía ha utilizado herramientas técnicas, como análisis de teléfonos, ubicaciones y contactos, para establecer la trazabilidad del pedido. Aunque no puede revelar detalles específicos, aseguró que existen numerosas pruebas testimoniales y técnicas que comprometen a la presunta responsable.Sobre la ubicación de Guzmán al momento del envío, Abushihab fue claro: “Estaba en Colombia”. Esto, pese a que algunos registros telefónicos han generado confusión por referencias a conexiones con Argentina. El abogado insistió en que el pedido no se hizo desde ese país y que la razón por la cual Argentina aparece en los registros será explicada más adelante por la Fiscalía.El caso ha levantado sospechas adicionales por la muerte, años atrás, de la esposa del padre de una de las niñas, también asociada a la presencia de talio. Al respecto, Abushihab señaló que la Fiscalía estudia si ambos episodios están vinculados: “Hay una identidad de sucesos, personas del mismo núcleo familiar y un lapso de tiempo cercano. Es una hipótesis plausible que está siendo investigada”.Consultado sobre si el talio es el mismo en ambos hechos, el abogado evitó una respuesta técnica definitiva, aunque confirmó que en los dos casos hubo presencia del metal.
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial asumió la investigación contra la Juez 21 Penal del Circuito de Bogotá, señalada de haber emitido una sentencia condenatoria por abuso sexual basada en el uso indebido de inteligencia artificial y en citas inexistentes. El presidente de la Comisión, Mauricio Rodríguez Tamayo, explicó que fue el Tribunal Superior de Bogotá quien detectó los serios vacíos, inconsistencias y referencias falsas que motivaron la intervención disciplinaria.El origen del caso está en una condena por acceso carnal violento agravado contra un hombre señalado de agredir sexualmente, en 2013, a una mujer en condición de discapacidad en una residencia de Bogotá. Sin embargo, al revisar la sentencia, la Sala Penal del Tribunal Superior encontró que la argumentación utilizada por la jueza contenía múltiples irregularidades que resultaban abiertamente contrarias a derecho.En su decisión del 2 de diciembre de 2025, el Tribunal anuló la condena tras advertir que la funcionaria citó jurisprudencia inexistente de la Corte Suprema de Justicia, referencias falsas a autores y publicaciones que no correspondían con la realidad, así como supuestas citas textuales de providencias que nunca incorporaron los apartes mencionados. La Corporación concluyó que la jueza habría delegado en una herramienta de inteligencia artificial parte del análisis jurídico, sin verificar la veracidad ni la pertinencia de la información obtenida.Según el Tribunal, la jueza no solo inobservó las pautas sobre el uso responsable de la inteligencia artificial en la actividad judicial, sino que habría sustituido su deber de supervisión al permitir que la herramienta tecnológica construyera argumentos que luego trasladó al fallo. Esto vulneró, en criterio de la Sala, el deber de motivación de las decisiones judiciales y, en consecuencia, el derecho al debido proceso del acusado.Por ese motivo, el presidente de la Comisión compulsó copias a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá para que profundice en la conducta de la jueza y determine si incurrió en faltas disciplinarias.Además, Rodríguez Tamayo hizo un llamado general a todos los jueces del país para que ejerzan el mayor rigor en sus decisiones y utilicen las herramientas tecnológicas de manera adecuada. Recalcó que la inteligencia artificial no puede reemplazar el análisis jurídico ni la responsabilidad que implican las funciones jurisdiccionales.
Una investigación de varios meses permitió poner al descubierto una organización criminal que convirtió a Colombia en un punto de paso para migrantes dominicanos que buscaban obtener una identidad falsa. A cambio de entre 3.000 y 5.000 dólares, la banda trasladaba a ciudadanos desde República Dominicana hasta Medellín y Planeta Rica, Córdoba, donde les tramitaban registros civiles, cédulas y pasaportes colombianos que luego les servían para viajar hacia Estados Unidos y Europa sin levantar sospechas.Entre los tres capturados llama la atención la presencia de un funcionario público, se trata de Andrés Felipe Saltarín, empleado de la Registraduría Auxiliar de Belén, en Medellín. Según la investigación, era él quien aprovechaba su cargo para ingresar a los migrantes a la sede, adelantar los trámites sin requisitos y activar identidades falsas con datos que ya le entregaban los otros miembros de la red. En varias ocasiones, de acuerdo con los testimonios, se habría reunido con Marco Aurelio Monterrosa, alias ‘Yeyo’, para coordinar la entrega de documentos.Alias ‘Yeyo’, según la autoridad, actuaba como el operador logístico. Era quien acompañaba a los extranjeros por distintas ciudades para solicitar cédulas y pasaportes, haciéndose pasar por su “patrón” ante las oficinas. También definía rutas alternas, como Perú, Ecuador o Brasil, para evitar controles migratorios y garantizar que los migrantes pudieran continuar su viaje hacia el hemisferio norte o Europa con la nueva identidad.La presunta líder del grupo, Natalia Patricia Galeano, alias ‘La Madrina’, manejaba el dinero y coordinaba las instrucciones desde Medellín. Según la Fiscalía, recibía pagos desde República Dominicana y España, y organizaba los traslados, las citas y la documentación necesaria para que los trámites fraudulentos se concretaran.Durante la investigación, los peritos de la Dijin de la Policía Nacional compararon las huellas dactilares de 27 fotocédulas colombianas con sus fichas biométricas reales en República Dominicana. La verificación permitió confirmar el fraude y llevó a la Registraduría a cancelar todas esas identidades.Las autoridades señalan que esta banda hacía parte de una cadena criminal más amplia dedicada al tráfico de migrantes y que operaba desde varios países. La captura de los tres integrantes expone cómo estructuras locales y funcionarios corruptos facilitan el tránsito irregular hacia Estados Unidos, España y Francia utilizando documentos colombianos obtenidos ilegalmente.
Una de las “papas calientes” que tendrá que resolver la Corte Constitucional el próximo año será definir el rumbo de una de las reformas bandera del Gobierno del presidente Gustavo Petro, esta discusión que marcó un pulso definitivo entre la Corte y el primer mandatario será uno de los temas clave para la agenda del 2026 en el alto tribunal.Las últimas noticias sobre la reforma pensional vinieron por cuenta de la recusación que prosperó contra el magistrado Héctor Carvajal quien fue apartado del conocimiento de la demanda que pide tumbar la Ley, y con ello, en la última Sala Plena tras un intenso debate la votación fue de 4 a 4 en una ponencia que presentó el magistrado Jorge Enrique Ibáñez que pedía tumbar la reforma porque para él la Cámara de Representantes no subsanó los vicios de trámite.Ahora bien, tras el empate, por sorteo se designó un conjuez que para este caso es el abogado Carlos Pablo Márquez, quien mediante su cuenta oficial de X confirmó que aceptó hacer parte de la discusión.“Hoy presenté ante la Corte Constitucional mi aceptación para actuar como Conjuez. Tras un análisis riguroso, concluí que, en los términos de la Ley, no tengo impedimento alguno para asumir esta responsabilidad”, señaló el conjuez.Además del anuncio que resulta clave para que una vez los magistrados de la Corte regresen de la vacancia judicial agenden nuevamente la discusión sobre la pensional, entre líneas el conjuez Márquez dejó ver su preocupación a lo que denominó como “presiones y desinformación”.“He recibido y sé que seguiré recibiendo preguntas bien y malintencionadas. Preveo que habrá intentos de presión y mucha desinformación. ¿Me preocupa? Sí, pero no me intimida”.Además, aseguró el conjuez que actuará bajo los parámetros de la ley y que su voto no estará influenciado por ninguna persona externa al proceso.“No voy a poner en riesgo una trayectoria construida con esfuerzo y honestidad para servir intereses particulares o colores políticos”, dijo.Habrá que esperar entonces cuál será la decisión de la Corte Constitucional sobre una de las reformas bandera para el Gobierno Nacional.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó al Servicio Geológico Colombiano (SGC) abstenerse de usar indebidamente sus canales de información para hacer publicidad política. Esto, tras una demanda sobre la utilización de las cuentas en donde publicaron mensajes alusivos a la crisis de la Nueva EPS y la convocatoria a una movilización promovida por el GobiernoEn un fallo de 22 páginas conocido por Blu Radio, el tribunal determinó que el SGC incumplió las reglas de publicidad oficial al publicar en sus redes institucionales mensajes y piezas gráficas que incluían contenidos propios de la estrategia de comunicación del Gobierno como por ejemplo, la crisis en la Nueva EPS y la convocatoria a la movilización del 24 de octubre en la Plaza de Bolívar promovida por el presidente Gustavo Petro.Este pronunciamiento se da en el marco de una acción de cumplimiento que instauró la Fundación para el Estado de Derecho, que denunció que el Servicio Geológico Colombiano difundió en septiembre y octubre mensajes con el hashtag "#SeRobaronLaSalud" así como imágenes en respaldo de los pronunciamientos presidenciales, acción que por supuesto no tiene nada que ver con sus líneas de comunicación.Aunque la entidad sostuvo que solo compartió información oficial elaborada por la Presidencia de la República y que actuó en el marco de una estrategia de comunicación unificada al Gobierno nacional, la postura del tribunal es que ese tipo de contenidos constituyen publicidad oficial y está sometida a las restricciones de un artículo de ley."De la anterior conducta desplegada por el Servicio Geológico Colombiano, se evidencia que la entidad orientó el ejercicio de su publicidad oficial hacia una finalidad ajena a la de su objeto misional; el uso de la publicidad oficial, anteriormente ventilado, no se subsume dentro de las competencias propias del Servicio Geológico Colombiano ni se realizó con ocasión al ejercicio del deber funcional de la misma entidad", se lee en el fallo.Por ello, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca exhortó al director del Servicio Geológico Colombiano a abstenerse de orientar la publicidad oficial hacia fines no misionales y a evitar replicar mensajes gubernamentales que no correspondan a sus competencias legales.La sentencia advierte, además, que el principio de coordinación entre entidades del Estado no habilita a ninguna para apartarse de su mandato legal ni para emplear recursos públicos en la difusión de contenidos de carácter político o sectorial que no son de su competencia.
Se oficializó la entrega a la justicia de Estados Unidos de Andrés Felipe Marín Silva, conocido en el mundo criminal como alias ‘Pipe Tuluá’, señalado como el máximo cabecilla de la organización delincuencial ‘La Inmaculada’, que opera principalmente en el Valle del Cauca.A través de una resolución ejecutiva firmada el pasado 4 de diciembre de 2025 por el presidente Gustavo Petro y el ministro de Justicia encargado, Roberto Andrés Idárraga, se concedió la extradición del ciudadano colombiano para que comparezca a juicio ante la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas.Los cargos de 'Pipe Tuluá'Según el documento oficial, alias ‘Pipe Tuluá’ es requerido por las autoridades norteamericanas por tres cargos específicos relacionados con el tráfico de estupefacientes, sustentados en una acusación dictada el 11 de septiembre de 2024:Concierto para distribuir y poseer con la intención de distribuir cocaína.Concierto para traficar y distribuir cocaína con el conocimiento de que sería importada ilícitamente a los Estados Unidos.Fabricación y distribución de cinco kilogramos o más de cocaína con la intención y motivos razonables para creer que la droga ingresaría a suelo norteamericano.Un punto clave de la decisión del Ejecutivo es lo estipulado en el Artículo 2 de la resolución, donde se ordena "no diferir la entrega" de Marín Silva. Esto significa que, a pesar de las condenas y procesos penales que tiene vigentes en Colombia, su traslado a Estados Unidos es prioritario y se debe ejecutar de inmediato.No obstante, el Gobierno advierte al Estado requirente que, una vez el cabecilla de ‘La Inmaculada’ cumpla su condena en el exterior o cese el motivo de su detención, "deberá regresar a Colombia" para comparecer ante los jueces nacionales y responder por los delitos cometidos en el país.
La Fiscalía General de la Nación confirmó la judicialización de 11 presuntos integrantes de una organización urbana que habría participado en actos de vandalismo y atentados en Bogotá, y que tendría posibles vínculos con las disidencias de las FARC.De acuerdo con el ente acusador, esta estructura estaría implicada en al menos 12 hechos ilícitos, entre ellos el ataque con explosivos a una patrulla de la Policía Nacional que dejó a un uniformado herido, la quema de una motocicleta dentro de una universidad y la incineración de un bus del SITP que transportaba 12 pasajeros.Sobre este último caso, la fiscal del proceso indicó durante la audiencia que los procesados, en medio de la acción contra el vehículo de transporte público, “provocaron un estado de terror a la población, lanzando elementos incendiarios y explosivos en plena vía pública y a plena luz del día”, mientras usaban capuchas para evitar su identificación.Según el relato, más de una decena de pasajeros y el conductor vivieron momentos de pánico, al punto de suplicar que se abrieran las puertas del bus para poder huir, antes de que el vehículo quedara totalmente incinerado sobre una avenida principal, poniendo en riesgo a estudiantes universitarios, vecinos y demás transeúntes.Entre los detenidos se encuentran Sneider Sebastián Cantor Cortés, alias ‘Salvatore’, y Juan Sebastián Manios Lozano, alias ‘Tolima’, quienes serían, según la investigación, los principales coordinadores de la fabricación de artefactos peligrosos como bombas molotov y papas bomba.Además, habrían sido los encargados de definir los roles de los demás integrantes para transportar, lanzar o activar los explosivos contra la fuerza pública, la infraestructura de la ciudad y lugares de alta concurrencia.La delegada para la Seguridad Territorial, Deicy Jaramillo Rivera, explicó que un fiscal de la Seccional Bogotá imputó a los procesados los delitos de concierto para delinquir, terrorismo, incendio, lanzamiento de sustancias u objetos peligrosos, daño en bien ajeno, perturbación del servicio público de transporte, así como porte ilegal de armas de uso privativo de las Fuerzas Armadas, todos en modalidad agravada. Los 11 señalados deberán cumplir medida de aseguramiento en centro carcelario.Los otros capturados fueron identificados como: Omar Millet Araya Romero, alias No Educado; Silva María Pinzón Camargo, alias Chimol; Daniel Felipe Pulido Sarmiento, alias Chinche San; Cristhian Camilo Medina Rojas, alias Topo; Carlos Raúl Torres Laguna, alias Pri; Camilo Andrés Portilla Castañeda, alias Copete; Brian Stiven Valderrama Cubides, alias Garu; Lennet Steven Mestra Montes, alias 83; y Joan Sebastián Castellanos Díaz, alias Slow.Durante las audiencias, la Fiscalía aseguró que los investigados harían parte del grupo delincuencial que se autodenomina “Los Nadie” y “Los Arruera”, cuya finalidad sería generar actos violentos que ponen en riesgo la vida de la ciudadanía y afectan directamente servicios esenciales como el transporte público.En los procedimientos también fueron incautados panfletos, un arma traumática con dos proveedores, 28 cartuchos, prendas de vestir, pólvora, un hacha y banderas con distintos símbolos, elementos que serán analizados dentro del proceso judicial en curso.
Los abogados de la familia de Jaime Esteban Moreno, estudiante de la Universidad de los Andes asesinado a golpes tras salir de una fiesta de Halloween en Bogotá, confirmaron que fue expedida el 3 de diciembre una orden de captura contra Kleidymar Paola Fernández Sulbarán, ciudadana extranjera inicialmente detenida y luego dejada en libertad, pero identificada en los videos de seguridad como la mujer con disfraz azul presente en la escena del crimen.Desde el inicio del proceso, la familia de la víctima había insistido en que Fernández debía quedar a disposición de las autoridades y ser vinculada formalmente al caso. En las grabaciones analizadas por los investigadores ,señalan los representantes legales, su presencia y actuaciones fueron visibles durante los momentos previos a la agresión que resultó mortal para el joven de 20 años.El abogado Francisco Bernate, representante de las víctimas, aseguró recientemente que existen elementos suficientes para comprometer a Fernández en los hechos. “Para la representación de las víctimas no existe ninguna justificación para que esta persona no esté vinculada a esta investigación. Es evidente su participación en los hechos, está junto con dos personas en el lugar donde se cegó esta vida y es quien señala a Jaime Esteban; ello desencadena la agresión brutal”, indicó el jurista.Bernate también señaló inconsistencias en las versiones entregadas por la mujer a las autoridades. Según dijo, Fernández habría proporcionado información falsa sobre su ubicación la noche del crimen. “Mintió al afirmar que había salido del bar cuando se encontró con la pelea, pero esta ocurrió a unas cuadras del lugar y ella estaba allí. Además, dio datos de ubicación que no corresponden a la realidad. Es una persona con situación migratoria irregular, por lo que no hay razón para que permanezca libre en el país sin estar bajo control judicial”, agregó.Estas observaciones coinciden con lo expuesto por la fiscal que judicializó a Ricardo González, segundo capturado por el caso. La funcionaria explicó que, aunque las dos mujeres inicialmente retenidas fueron dejadas en libertad, habrían tenido participación como instigadoras o determinadoras. “Estas personas no participaron en los golpes físicos, pero no quiere decir que no tuvieran alguna intervención en el hecho. En este caso estuvieron presentes cuatro personas”, sostuvo la fiscal.Mientras avanza la captura de Fernández Sulbarán, el proceso penal continúa en los estrados. El próximo martes, la justicia definirá en segunda instancia la apelación de la medida de aseguramiento contra Ricardo González, conocido por su disfraz de orejas de conejo. En cuanto a Juan Carlos Suárez, primer vinculado por su presunta responsabilidad en el homicidio, su apelación será resuelta el próximo año en segunda instancia.
El Juzgado 25 Civil del Circuito de Bogotá falló a favor de Olmarlin Puccini Garcerant, quien interpuso una acción de tutela al considerar que el Ministerio de Minas y Energía, en cabeza del ministro Edwin Palma, vulneró sus derechos fundamentales al no renovar su contrato de prestación de servicios pese a que la entidad tenía conocimiento de su estado de embarazo. La accionante buscaba la protección de sus garantías a la estabilidad laboral reforzada y especial protección a la maternidad, así como sus derechos al trabajo, mínimo vital, igualdad, debido proceso, vida digna y seguridad social.Puccini firmó un contrato de prestación de servicios con el Ministerio el 24 de enero de 2025, vigente hasta el 23 de noviembre de ese mismo año, para apoyar la evaluación de procesos de la cadena de combustibles y aportar insumos para la actualización de políticas del sector downstream. El 18 de septiembre de 2025 fue informada de su embarazo y aseguró haber notificado formalmente a la entidad el 24 de septiembre, mediante correo electrónico.La accionante sostuvo que cumplió cabalmente con las obligaciones del contrato y entregó toda la documentación requerida para su eventual renovación. Sin embargo, el Ministerio decidió no suscribir un nuevo contrato. En la tutela, también expuso que es el único sustento económico de su hogar, compuesto por su hija de 10 años y su esposo, quien actualmente está desempleado.Por su parte, el Ministerio de Minas argumentó que no vulneró ningún derecho fundamental, pues el contrato terminó en la fecha pactada y su extinción obedeció al cumplimiento del plazo, sin que fuera necesario justificar una causa de despido ni reconocer indemnización, como alegaba la accionante.No obstante, el juzgado concluyó que la entidad sí vulneró los derechos fundamentales al trabajo y a la estabilidad laboral reforzada de Puccini Garcerant. En su decisión, ordenó al Ministerio prorrogar el último contrato vigente hasta la finalización de la licencia de maternidad y pagar los honorarios dejados de percibir desde el 25 de noviembre de 2025 hasta el reintegro efectivo.La decisión se sustenta en que la accionante es sujeto de especial protección constitucional por su estado de gestación y que la entidad conocía dicha condición desde el 24 de septiembre de 2025. Para el despacho, la terminación del vínculo sin autorización del Ministerio del Trabajo configura una presunción de despido discriminatorio, aun tratándose de un contrato de prestación de servicios.Se sustenta en la decisión: “En efecto, como se acreditó que el Ministerio de Minas y Energía desde el 24 de septiembre de 2024 conoció del estado de gestación de la accionante, ello en vigencia del contrato de prestación de servicios que se suscribió el 24 de enero de 2025 y que terminó el 23 de noviembre de 2025, se advierte que el accionado vulneró los derechos fundamentales al trabajo y a la estabilidad laboral reforzada de Olmarlin Puccini Garcerant, al no mantener vigente el vínculo contractual que tenían y darlo por terminado sin mediar autorización del Ministerio del Trabajo, lo cual constituye presunción de un despido por razones de discriminación”.
La Fiscalía de Basilea-Campiña ha formalizado cargos contra Thomas, esposo de la ex finalista de Miss Suiza Kristina Joksimovic, por asesinato y alteración del orden público tras un atroz crimen en Binningen.El espeluznante caso de Kristina Joksimovic, la modelo y ex finalista del certamen Miss Suiza 2013, ha dado un giro definitivo. Tras más de un año de exhaustiva investigación, la Fiscalía local de Basilea-Campiña, Suiza, ha presentado cargos formales por homicidio contra su marido, Thomas. El suceso, ocurrido en septiembre de 2024 (aunque la Fiscalía lo sitúa en febrero de 2024 en su comunicado oficial), sacudió a toda la nación alpina no solo por la identidad de la víctima, representante de los cantones del norte, sino por los detalles de una brutalidad sin precedentes.El horrendo suceso en BinningenKristina Joksimovic, de 38 años y nacionalidad suiza, fue presuntamente asesinada por su esposo, un hombre de 43 años también suizo, en su domicilio conyugal en Binningen, una localidad cercana a la ciudad de Basilea. La conmoción inicial por el fallecimiento de la exreina de la belleza se transformó en horror a medida que trascendían los pormenores del crimen.Según reportes de medios de comunicación locales, el ataque se produjo cuando la modelo regresaba a casa. El nivel de violencia del asalto habría sido extremo, resultando en su muerte. Sin embargo, lo que eleva la naturaleza del caso a un nivel dramático y macabro son los hechos posteriores al crimen que se le imputan al cónyuge.El marido de la víctima, tras supuestamente quitarle la matriz a la mujer, habría procedido a desmembrar su cuerpo, decapitándola y luego pasando sus extremidades por una licuadora industrial y añadiendo químicos para diluirlos, con la aparente intención de hacer desaparecer los restos de manera definitiva y, presumiblemente, dificultar la investigación o la identificación.La clave para resolver el crimenEl presunto intento de encubrimiento del crimen por parte del acusado pudo haber tenido éxito de no ser por la tenacidad del padre de la modelo. De acuerdo con las mismas fuentes, la investigación se precipitó cuando el progenitor de Kristina encontró cabellos y parte de la piel de su hija en bolsas de basura. Esta prueba crucial fue determinante. Tras alertar inmediatamente a las autoridades, Thomas fue detenido. Inicialmente, el acusado alegó haber actuado en defensa propia, una coartada que no ha resistido el rigor de la investigación forense y penal.La acusación formal de la fiscalíaTras concluir las pesquisas, que se han extendido por más de un año, la Fiscalía de Basilea-Campiña ha formalizado la acusación, tal como lo ha informado el medio británico The Sun.La entidad judicial emitió una declaración oficial en la que confirma el avance del proceso: "La Fiscalía de Basilea-Campiña ha concluido la investigación penal sobre el presunto homicidio ocurrido en Binningen el 13 de febrero de 2024. Ha presentado cargos por asesinato y alteración del orden público contra un hombre de 43 años (de nacionalidad suiza) ante el Tribunal Penal de Basilea-Campiña. El acusado se encuentra detenido y se presume su inocencia hasta que se demuestre su culpabilidad. Con base en los resultados de la investigación penal, la fiscalía de Basilea-Campiña presume que el acusado asesinó a su esposa (de 38 años en el momento del crimen y de nacionalidad suiza) en su domicilio común en Binningen. La fiscalía no ha revelado más detalles sobre las circunstancias del crimen."La presentación de cargos por "alteración del orden público" está directamente relacionada con la presunta destrucción y desmembramiento del cuerpo, lo que añade una capa de gravedad a la acusación principal de asesinato. El caso ha reabierto un debate sobre la violencia de género y la seguridad en la Confederación Helvética, un país generalmente percibido como seguro. Ahora, el destino de Thomas, quien permanece en detención preventiva, se decidirá ante el Tribunal Penal de Basilea-Campiña, donde se espera que el juicio arroje luz completa sobre las circunstancias que rodearon este trágico y brutal homicidio.
La Fiscalía General de la Nación anunció órdenes de captura contra alias 'Iván Mordisco' y otros señalados cabecillas de las disidencias de las FARC por el genocidio contra el pueblo indígena Nasa, en hechos ocurridos en el norte y oriente del Cauca. La decisión se basa en una investigación que permitió identificar un patrón sistemático de violencia que, según el ente acusador, buscaba el exterminio de esta comunidad para facilitar el control territorial de estructuras armadas ilegales.El trabajo investigativo estuvo a cargo de un equipo interdisciplinario integrado por analistas criminales, antropólogos y expertos, que en terreno recopiló información en coordinación y diálogo permanente con autoridades y comuneros Nasa. Este acercamiento ,permitió documentar 32 hechos delictivos entre homicidios, tentativas de homicidio y desplazamientos forzados, los cuales dejaron 43 víctimas desde 2022. Entre ellas se encuentran 16 comuneros, 14 líderes y autoridades indígenas, 8 firmantes del acuerdo de paz y 5 sabedores ancestrales.La Fiscalía estableció que estas conductas fueron cometidas por integrantes del Frente Dagoberto Ramos, del autodenominado Estado Mayor Central de las disidencias, en los municipios de Caldono, Santander de Quilichao, Caloto, Corinto, Toribío, Miranda, Páez y Jambaló. La hipótesis central sostiene que la organización armada ejecutó un plan de exterminio para apoderarse de tierras ancestrales, debilitar la resistencia comunitaria e imponer condiciones de control social y criminal en la región.De acuerdo con la fiscal general, Luz Adriana Camargo, la decisión surge de un proceso investigativo “muy juicioso”, en el que las distintas direcciones de la Fiscalía ‘entre ellas la Dirección Seccional Cauca, la Unidad Especial de Investigación (UEI) y la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos,unificaron esfuerzos para presentar ante un juez de control de garantías la solicitud de capturas. Tras exponer las evidencias, el juez autorizó órdenes contra Néstor Gregorio Vera Fernández, alias Iván Mordisco, y 13 integrantes más del Estado Mayor Central, incluidos tres cabecillas, un cabecilla de frente, cinco comandantes de comisión, un comandante de milicias y tres militantes rasos.A estos señalados jefes disidentes, la Fiscalía les imputará delitos como genocidio, homicidio agravado, tentativa de homicidio y desplazamiento forzado, como presuntos responsables de los ataques documentados. Camargo destacó la gravedad de los hechos, en especial los asesinatos de sabedores ancestrales y el reclutamiento forzado de menores, prácticas que, según dijo, “minan la existencia misma de la comunidad Nasa”.