Los rumores del traslado al centro carcelario de la capital del Atlántico son ya una realidad. A través de una comunicación oficial, el jefe de la cartera de Justicia explicó que el traslado intramural de los máximos cabecillas de ambas estructuras lo firmará, con el propósito de contribuir a la sostenibilidad de la tregua y prevenir una reactivación de la violencia.Especificó el funcionario que la solicitud de traslado que le hizo este viernes el Comisionado de Paz, Otty Patiño, recibirá su visto bueno, sobre todo para proteger a la ciudadanía, aunque advirtió que alias 'Cástor', 'Digno Palomino' y varios miembros más de estas bandas, no van para un hotel y tendrán vigilancia estricta del INPEC.“La solicitud de traslado la recibí ayer (viernes) por parte del Comisionado de Paz, Otty Patiño. Vamos a firmar con el único fin de sostener la tregua de paz entre las bandas, y principalmente, proteger a la ciudadanía. Pero advierto, no van a un hotel, el traslado carcelario será estrictamente vigilado por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) para sostener la tregua y proteger a la población", aseguró el ministro de Justicia, Andrés Idárraga.La medida precisa que los traslados se realizarán bajo condiciones de máxima seguridad, con custodia reforzada y vigilancia estricta a cargo del INPEC.Esta actuación, destaca el Ministerio de Justicia en un comunicado, se desarrolla en el marco de la Resolución Ejecutiva N.º 442 del 5 de diciembre de 2025, que autoriza acercamientos exploratorios con estas estructuras criminales. En ese contexto, el jefe de la Dirección Nacional de Inteligencia, Jorge Lemus, precisó que dichos acercamientos buscan verificar su voluntad real de paz y avanzar en la formalización de diálogos conforme a los objetivos definidos por el presidente de la República.Sobre los traslados en esta fase de diálogos exploratorios entre ‘Pepes’ y ‘Costeños’ y su traslado a Barranquilla, públicamente criticado por autoridades locales como el alcalde Alejandro Char, así como la tregua que firmaron el pasado 2 de octubre, el profesor y politólogo Luis Trejos argumenta que es inviable cualquier proceso de paz urbana sin un marco jurídico que lo respalde y a casi seis meses de que termine el gobierno de Gustavo Petro.“Hoy se hacen unos traslados desde el nivel nacional, pero todavía no es claro los objetivos que persigue el Gobierno nacional al querer instalar esta mesa cuando no hay un marco jurídico que regule la misma, por eso emerge la especulación de que pareciera que el Gobierno está pensando más en los resultados electorales que en la verdadera pacificación del territorio”, comentó Trejos.El politólogo y analista añadió que otra de las fallas en esta fase exploratoria de diálogos radica en no tener en cuenta a las autoridades en el territorio, que son las que los combaten y los sufren.Hay que recordar que en, medio de esta supuesta tregua, el accionar de Pepes y Costeños ha dejado muertos de los dos lados y varios de sus miembros han seguido incurriendo en delitos como el sicariato, la extorsión o el microtráfico, según reportes de la Policía Metropolitana.Jorge Eliécer Díaz Collazos se encuentra actualmente en la cárcel de Cómbita, en Boyacá, y 'Digno Palomino' en La Picota, de Bogotá.
El Ministerio de Justicia y del Derecho avaló el traslado intramural de los máximos cabecillas de las bandas criminales ‘Los Pepes’ y “Los Costeños” hacia centros de reclusión en Barranquilla. Esta medida se realizará bajo condiciones de máxima seguridad y busca preservar la tregua de paz a la que previamente habían llegado estas estructuras.La decisión se da en el marco de la política de paz urbana, contemplada dentro del proyecto de Paz Total del Gobierno nacional, y responde a una solicitud presentada el pasado 9 de enero por el alto comisionado para la Paz, Otty Patiño, al ministro de Justicia, Andrés Idárraga. “Pero advierto, no van a un hotel, el traslado carcelario será estrictamente vigilado por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC)”, precisó Idárraga, al aclarar que la medida no implica beneficios carcelarios.La solicitud involucra a Digno Palomino, cabecilla de ‘Los Pepes’, y a José Alfredo Castro, alias ‘Castor’, máximo líder de ‘Los Costeños’. Ambos hacen parte de la tregua firmada por los dos dirigentes en Bogotá, el 2 de octubre de 2025, con vigencia hasta el 20 de enero de 2026.El pacto establecía que ambas organizaciones delincuenciales se abstendrían de realizar robos, extorsiones y asesinatos en Barranquilla y su zona metropolitana. Asimismo, contemplaba el abandono de actividades económicas ilícitas, el desarme gradual de sus integrantes, la desvinculación de menores de edad de sus filas y la puesta en marcha de programas de resocialización dentro de los centros penitenciarios.El Gobierno nacional reiteró que el traslado se enmarca en la Resolución Ejecutiva N.º 442 de diciembre de 2025, que autoriza acercamientos exploratorios con este tipo de estructuras criminales. El Ministerio de Justicia recalcó que la paz no significa impunidad, sino “control, legalidad y vigilancia permanente” en defensa de la seguridad ciudadana.
El asesinato de Natalia Santo Domingo Rodríguez, una mujer trans, mantiene la conmoción por la violencia con la que fue cometido el crimen. Los hechos ocurrieron el pasado 9 de enero de 2025 en un apartamento donde residía la víctima, y hoy avanzan en un proceso judicial que busca esclarecer las responsabilidades y el móvil del homicidio.Natalia había crecido en el municipio de Pacho, Cundinamarca y, con el paso de los años, se trasladó a Chía y Cajicá en busca de un entorno que le permitiera vivir su proceso de transición con mayor tranquilidad. En entrevista con Conducta Delictiva Podcast su hermana menor la describió como una mujer cercana, solidaria y comprometida con el bienestar de los suyos, a quienes apoyaba económicamente de forma constante.Diana Quintero recordó que desde la niñez la identidad de Natalia era evidente dentro del hogar. “Algo en mí siempre me decía que Natalia era diferente. Un día nos llamó y nos dijo que él ya no quería ser él, que quería ser ella”, relató.El día anterior a su muerte, Natalia compartió con su familia. Según el relato de su hermana, las últimas comunicaciones se registraron entre las 6:22 y las 6:30 de la mañana, cuando llamó a su madre y a una tía. Luego, sus teléfonos quedaron apagados.Ante la falta de respuesta durante varias horas, su pareja y su hermana decidieron ingresar al apartamento en la tarde de ese mismo día. Fue Diana quien entró primero a la vivienda. “Yo fui la que entré a ese lugar y encontré a Natalia en esas condiciones. Vi muchísima sangre por todo lado y una escena de terror en esa habitación”, contó.Las autoridades establecieron que la víctima intentó defenderse durante el ataque. Inicialmente, la pareja sentimental de Natalia fue objeto de verificación, pero quedó descartada tras el análisis de cámaras de seguridad y otros elementos probatorios. La Fiscalía determinó que el presunto responsable sería un hombre de 30 años, identificado como un vínculo sentimental paralelo de la víctima. De acuerdo con la investigación, el sospechoso habría ingresado al apartamento alrededor de las 6:00 de la mañana, aprovechando la confianza que Natalia tenía en él. El informe de Medicina Legal confirmó que la víctima recibió múltiples heridas con arma blanca, lo que evidenció un alto grado de violencia. Tras el homicidio, el atacante habría robado dinero en efectivo, los teléfonos celulares de la víctima y otros objetos, en un intento por eliminar rastros del crimen.Luego de diez meses de seguimiento, que incluyó el rastreo de llamadas, movimientos y uso de los dispositivos móviles de Natalia, las autoridades capturaron al sospechoso en octubre de 2025, en el municipio de Chía.Aunque el hombre no aceptó los cargos por homicidio agravado, la Fiscalía asegura contar con pruebas técnicas que lo ubican en la escena y lo vinculan directamente con los hechos. Actualmente permanece recluido en un centro carcelario, al considerar que representa un peligro para la sociedad.Para la familia, la captura no cierra el caso. Diana Quintero insiste en que aún falta conocer el trasfondo del crimen. “Lo único que nosotros queremos como familia es saber la verdad de lo que pasó con Natalia. ¿Qué fue eso tan malo que Natalia les hizo para que le quitaran la vida de esa manera tan atroz?”, expresó.
La Sala de Conocimiento de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá profirió sentencia de primera instancia contra cinco desmovilizados del extinto Bloque Oriental de las FARC-EP, a quienes les concedió el beneficio de la pena alternativa 96 meses, es decir, ocho años de prisión, en el marco de la Ley 975 de 2005. La decisión sustituye la pena ordinaria impuesta, como parte del modelo de justicia transicional que contempla sanciones reducidas para excombatientes que contribuyan a la verdad, la reparación de las víctimas y la no repetición.El fallo cobija a Ángel Melquisedec Alfaro Bonilla, Daniel Zárate Velandia, Jhon Jairo Ramírez, Críspulo Efraín Quiñones Barreiro y César Díaz, quienes fueron postulados por la Fiscalía 73 Delegada ante Justicia y Paz como responsables de crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, cometidos en el conflicto armado interno en los departamentos de Arauca, Boyacá, Casanare, Cundinamarca, Guainía, Guaviare, Meta, Vaupés, Vichada y parte del Amazonas.Según lo establecido por la Sala, desde noviembre de 2025 se estudiaron 44 hechos criminales, que dejaron 44 víctimas directas y 121 víctimas indirectas, para un total de 165 víctimas. Estos hechos corresponden a 85 conductas delictivas atribuidas a los exintegrantes del Bloque Oriental.La sentencia ordenó “reconocer la pena alternativa de noventa y seis (96) meses a cada uno de los postulados, es decir, ocho años”, sustituyendo la pena ordinaria, beneficio que queda condicionado al cumplimiento estricto de los compromisos adquiridos dentro del proceso. Entre ellos se encuentran las obligaciones de contribución efectiva a la verdad, la reparación integral de las víctimas, la no repetición de los hechos y la participación en programas de reincorporación y desmovilización.En materia de reparación, la Sala reconoció a las víctimas directas e indirectas acreditadas en el proceso y ordenó el pago de los daños y perjuicios morales y materiales determinados en el incidente de reparación integral. El monto total de la indemnización asciende a $17.554.266.421.Finalmente, la decisión judicial incluye órdenes orientadas a garantizar los derechos de las víctimas y a promover acciones en las regiones más afectadas por la actuación del Bloque Oriental, con el objetivo de evitar este tipo de conductas y fortalecer las garantías de no repetición en los territorios impactados por el conflicto armado.
Por el alto flujo en vías de Antioquia para el plan retorno de este puente festivo, las autoridades informaron que dispusieron un dispositivo de 216 uniformados distribuidos en 23 grupos operativos, que están desplegados en seis ejes viales del departamento, para hacer control, pedagogía vial y atención a emergencias.La Policía Antioquia indicó que habrá más controles de tránsito, seguridad vial y prevención de la siniestralidad, teniendo en cuenta que, por estas mismas fechas, en el año anterior se registraron 16 siniestros viales, 71 personas lesionadas y 7 personas fallecidas. El coronel Luis Muñoz, comandante de la policía en el departamento."Se prevé que haya cerca de 650.000 vehículos que se movilicen por las vías del departamento de Antioquia. Realizarán el acompañamiento, la articulación, el control, atendiendo de manera directa y prioritaria todos algunos eventos que se presenten frente a temas de siniestralidad principalmente", recalcó Muñoz.Por su parte, el mayor Alejandro Uribe, jefe de la Seccional de Tránsito y Transporte Antioquia, indicó que continúan los controles contra el transporte informal y conductores que manejan en estado de embriaguez, en exceso de velocidad o que no respetan las normas de tránsito, en especial, por la alta accidentalidad que ya se registra en los primeros días de 2026."Este esfuerzo busca evitar más tragedias en la vía. En lo que en lo que va recorrido en el año, ya se han registrado 30 siniestros viales, dos personas fallecidas, 41 lesionados, cifra que nos llama la atención a reflexionar con responsabilidad", destacó Uribe.Datos de esa dependencia de la Policía Nacional indican que, durante 2025, se registraron 978 siniestros, 2010 fallecidos y 1.375 lesionados en vías de Antioquia, un aumento en comparación con las estadísticas de 2014, cuando fueron 897 accidentes con 1.289 personas heridas y 897 muertas.Finalmente, las autoridades pidieron a la ciudadanía a disfrutar de las festividades de manera responsable y en el regreso a sus hogares este lunes festivo acatar las normas de tránsito, evitar el consumo de alcohol si va a conducir y reportar cualquier situación que afecte la seguridad a través de las líneas de atención institucionales.
Comunidades campesinas, junto a integrantes del Proceso de Unidad Popular del Suroccidente Colombiano, realizan desde la mañana de este domingo realizan un bloqueo permanente en la vía Panamericana, entre Popayán y Cali, a la altura del sector El Cairo, en el municipio de Cajibío, norte del departamento del Cauca.Los manifestantes exigen la libertad de Ismael Guetio, reconocido líder social y productor de panela, quien, según denuncian, fue capturado en la ciudad de Bucaramanga, departamento de Santander, por parte de la Policía Nacional en un procedimiento."Exigimos al Gobierno nacional que se busquen los mecanismos necesarios para la liberación de nuestro compañero, una persona comprometida con el suroccidente colombiano, pero también con la reforma agraria y con políticas que buscan un camino hacia una verdadera transformación social", dijo uno de los voceros del bloqueo.De acuerdo con información suministrada por la policía de ese departamento, el líder tenía como destino la ciudad de Cúcuta, su objetivo era realizar diferentes protestas en contra de los Estados Unidos."Nos encontramos hoy, 11 de enero de 2026, en la vía Panamericana, en una acción de movilización exigiendo la libertad de nuestro compañero Ismael Guetio. Por eso estamos aquí, en esta jornada de protesta, reclamando su liberación", expresó el vocero.Las autoridades confirmaron que su captura se produjo, debido a que tenía una orden de captura vigente, emitida por el Juzgado Promiscuo Municipal Segundo y la Fiscalía Seccional Cauca, por los delitos de concierto para delinquir, hurto agravado e invasión de tierras o edificaciones.
El primer puente festivo de 2026 llega a su fin con un despliegue masivo de las autoridades en las principales carreteras del país. En el marco de la operación retorno del puente de los Reyes, la Policía de Tránsito y Transporte ha dispuesto un operativo especial para facilitar el regreso de miles de viajeros a sus hogares tras las celebraciones de fin de año e inicio del nuevo ciclo.Según el balance entregado por el coronel Germán Gómez en entrevista con Noticias de la Mañana, el panorama vial es de normalidad general pese a las condiciones climáticas. “Hemos tenido las últimas horas unas lluvias, sin embargo, no hemos tenido alguna situación especial, todos los corredores están habilitados”, señaló el alto oficial.Aunque se registran restricciones parciales por deslizamientos en sectores de Antioquia hacia el Urabá y el Chocó, las vías principales como la Vía al Llano y la ruta hacia Girardot operan sin contratiempos.La magnitud de este puente festivo se refleja en el alto flujo vehicular. Las autoridades estiman que este lunes se movilizarán alrededor de un millón de vehículos por las vías nacionales, sumándose a los 3.600.000 que ya han transitado desde el pasado viernes. Para garantizar la seguridad, más de 5.000 uniformados han sido desplegados en los corredores viales.En materia de sanciones, el coronel Gómez reveló que se han impuesto aproximadamente 6.900 comparendos por diversas infracciones. Sorprendentemente, la falta de licencia de conducción encabeza la lista con más de 1.200 sanciones. Respecto a la seguridad vial, el director destacó: “Hemos realizado más de 4.700 pruebas de embriaguez a diferentes conductores, de las cuales han salido 53 positivas en este puente festivo”.Restricciones y el Pico y Placa RegionalPara agilizar el ingreso a la capital, las autoridades recordaron la vigencia del pico y placa regional. Entre las 12:00 m. y las 4:00 p. m. podrán ingresar los vehículos con placa terminada en número par, mientras que de 4:00 p. m. a 8:00 p. m. el turno será para las placas impares. Además, existe restricción para vehículos de carga desde las 9:00 a. m. hasta las 11:00 p. m.
La ONG Foro Penal informó este lunes de la liberación de al menos 24 presos políticos esta madrugada de las cárceles venezolanas La Crisálida y El Rodeo 1, entre ellos dos de nacionalidad italiana y un hispano-venezolano."Estamos verificando otras excarcelaciones de venezolanos y extranjeros que también habrían tenido lugar esta madrugada", afirmó la ONG en su cuenta de X, en la que publicó un listado con las identidades de los 24 excarcelados de los que tiene constancia.De la cárcel La Crisálida fueron liberadas un total de 9 mujeres, según la lista de la ONG: Yuli Marcano Rojas, Beverly Polo, Deisy Hugles González, Raymar Nohely Pérez Alvarado, Rosa Carolina Chirinos Zambrano, Sonia Josefina González Jiménez, Yerussa Cardoso Vega, Jhexica Isabel Aponte Figueroa y Yoli Becerra.Foro Penal publicó además en su cuenta de X una fotografía de varias de las mujeres excarceladas de La Crisálida, ubicada en Caracas.De la prisión El Rodeo 1, también en Caracas, salieron 15 hombres, entre ellos dos italianos, el cooperante Alberto Trentini y el empresario Mario Burlò, y uno con doble nacionalidad española y venezolana, Alejandro González de Canales Plaza.Trentini y Burlò se encuentran bien y esperan en la embajada de Italia en Caracas para poder regresar a su país en las próximas horas, anunció el ministro italiano de Asuntos Exteriores, Antonio Tajani.En el caso de González de Canales Plaza, es la expareja de la abogada y activista hispano-venezolana Rocío San Miguel, uno de los cinco presos españoles liberados la semana pasada en Venezuela.Las 24 excarcelaciones de esta madrugada se suman a las 17 que ya tenía contabilizadas Foro Penal, mientras que la mayor coalición opositora, la Plataforma Unitaria Democrática (PUD), computaba 22 liberaciones hasta la tarde del sábado.Organizaciones no gubernamentales y la oposición mayoritaria denuncian que el proceso de excarcelaciones anunciado el jueves pasado avanza a cuentagotas.Los familiares de los presos políticos en Venezuela siguen a la espera de nuevas liberaciones, una semana después de que jurara el cargo la nueva presidenta encargada, Delcy Rodríguez, mientras continúa la expectación respecto a los próximos pasos en la relación entre Caracas y Washington.La madrugada del domingo, la ONG Comité por la Libertad de los Presos Políticos denunció la muerte bajo custodia del Estado de Edison José Torres Fernández, un policía del estado Portuguesa (oeste) de 52 años y detenido el 9 de diciembre por "compartir mensajes críticos" contra el chavismo.
El papa León XIV recibió el lunes en audiencia privada a la líder opositora venezolana y premio Nobel de la Paz María Corina Machado, según un breve comunicado del Vaticano.El Vaticano no proporcionó ningún detalle, y el nombre de la opositora venezolana figuraba simplemente en la lista de personas recibidas por el papa durante la mañana.La audiencia papal tuvo lugar el mismo día en que el ministro de Relaciones Exteriores italiano, Antonio Tajani, anunció que Alberto Trentini y Mario Burlo, dos detenidos desde noviembre de 2024 en Venezuela, habían sido liberados y se encontraban de regreso a casa.Tras la captura por parte de Estados Unidos del líder venezolano Nicolás Maduro, que será juzgado en Nueva York, el presidente Donald Trump dijo que Machado "no goza de apoyo ni de respeto en su país". Sin embargo, dijo que se reuniría con ella esta semana.En un mensaje el viernes al cuerpo diplomático, el papa peruanoestadounidense pidió "respetar la voluntad del pueblo venezolano y salvaguardar los derechos humanos y civiles de todos".
La muerte de Cristian Eiler Matías Hernández, alias ‘Polo’, marcó un nuevo golpe contra el círculo más cercano de alias ‘Iván Mordisco’, máximo cabecilla de las disidencias de las Farc. El hombre, considerado uno de sus alfiles más peligrosos, fue abatido en desarrollo de operaciones militares y policiales adelantadas en el departamento del Amazonas, tras varios días de persecución e inteligencia.Los hechos ocurrieron entre el 1 y el 2 de enero en zona rural del corregimiento de Mirití, en una región selvática utilizada históricamente como refugio, corredor de movilidad y retaguardia armada de estas estructuras ilegales. Hasta allí llegaron unidades de la Fuerza Pública luego de un planeamiento que combinó despliegues por tierra, aire y ríos, en una operación que se extendió cerca de siete días.Alias ‘Polo’ intentaba evadir la ofensiva que desde finales de 2025 se intensificó en el suroriente del país contra los carteles del narcotráfico y los grupos armados residuales que los protegen. En medio del combate se produjo la neutralización de varios integrantes de esta estructura, cuatro murieron durante la operación, cuatro más fueron capturados y tres se sometieron a las autoridades.Uno de los puntos que generó especial atención tras el operativo fue la situación de tres de los individuos neutralizados, quienes inicialmente afirmaron ser menores de edad. Sin embargo, luego de las diligencias de verificación e identificación realizadas por las autoridades competentes, se estableció que todos eran mayores de 18 años, por lo que deberán enfrentar los procesos judiciales correspondientes.De acuerdo con información conocida por las autoridades, alias ‘Polo’ había sido designado directamente por alias Iván Mordisco y alias Alonso 45 como jefe principal de la estructura criminal que opera en el Amazonas. Desde ese rol habría participado en la planeación y ejecución de delitos como narcotráfico, homicidios, extorsión, desplazamiento forzado, reclutamiento de menores, minería ilegal y acciones armadas contra la población civil y la Fuerza Pública.Su ascenso dentro de la organización se produjo tras la muerte de alias ‘Jenny Lara’, abatida en octubre de 2025 en el sector de Tres Islas, en Mirití Paraná. Desde entonces, alias ‘Polo’ asumió el control territorial y la coordinación de las rutas fluviales, así como la seguridad de las zonas por donde se movía el máximo cabecilla de las disidencias en esta región estratégica.Las investigaciones también lo vinculan con atentados recientes contra unidades militares y de la Armada. Entre ellos, el ataque con explosivos a la base militar de Araracuara, en agosto de 2025, y el hostigamiento a un puesto fluvial en la base La Tagua, en Puerto Leguízamo, Putumayo, en septiembre del mismo año, donde se habrían utilizado embarcaciones acondicionadas con explosivos.Durante la operación fueron incautados 11 fusiles, una ametralladora, dos pistolas, abundante munición de distintos calibres, equipos de comunicación, material de intendencia y dos embarcaciones empleadas para la movilidad fluvial de la estructura criminal. Estos elementos evidencian la capacidad armada y logística que alias Polo mantenía en esta zona fronteriza.
Fue capturado Jorge Aníbal Visbal Martelo, exministro y expresidente de la Federación Nacional de Ganaderos (Fedegán), en un operativo adelantado por la Policía Nacional en el municipio de Ponedera, Atlántico. La detención se produjo tras un procedimiento de control y verificación de antecedentes, en el que se evidenció una orden de captura vigente en su contra.De acuerdo con las autoridades, la orden fue emitida por el Juzgado Penal del Circuito Especializado 5 de Cundinamarca, luego de que la Corte Suprema de Justicia confirmara una condena de nueve años de prisión por el delito de concierto para delinquir agravado, decisión que ya se encontraba en firme y sin posibilidad de recursos.Según lo establecido en la investigación judicial, Visbal Martelo habría mantenido vínculos con las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) durante el periodo comprendido entre 1998 y 2005, cuando ejercía la presidencia de Fedegán y, de manera paralela, integraba la Comisión de Paz. En ese lapso, de acuerdo con el fallo de la Corte, asistió a reuniones de este grupo armado ilegal en varias fincas ubicadas en el departamento de Córdoba, identificadas como La Séptima, La 21 y La 53.El alto tribunal determinó que en dichos encuentros el entonces dirigente gremial habría manifestado afinidad con la organización armada y con su máximo jefe, Carlos Castaño Gil, además de sugerir la expansión del grupo a zonas con actividad ganadera. Asimismo, la sentencia señala que Visbal Martelo habría realizado aportes económicos a las AUC, mediante el pago de cuotas periódicas, a cambio de seguridad.La investigación también concluyó que el exdirigente hizo parte del denominado grupo de los 12, una estructura de carácter político que asesoraba a Carlos Castaño Gil, lo que sustentó la responsabilidad penal por concierto para delinquir.Tras su captura, Jorge Aníbal Visbal Martelo fue dejado a disposición de la autoridad judicial competente para adelantar los trámites legales correspondientes y proceder al cumplimiento de la condena impuesta por la justicia colombiana.
La Fiscalía General de la Nación radicó el escrito de acusación contra José Eduardo Chalá Franco, el conductor de un taxi señalado de provocar una grave tragedia vial al arrollar a 11 personas mientras conducía a exceso de velocidad y en estado de embriaguez. Entre las víctimas se encontraba una adolescente de 15 años, quien falleció días después debido a la gravedad de las heridas sufridas en el hecho.De acuerdo con el ente acusador, Chalá Franco perdió el control del vehículo como consecuencia directa de su estado físico y mental, lo que derivó en el atropellamiento múltiple. En el curso de la investigación, la Fiscalía estableció que las pruebas practicadas al conductor arrojaron un resultado de grado tres de alcoholemia, el nivel más alto contemplado por la ley colombiana.Con base en estos elementos probatorios, el procesado será acusado formalmente por los delitos de homicidio, tentativa de homicidio y lesiones personales, todas las conductas agravadas. La Fiscalía sostuvo que no se trató de un accidente fortuito, sino de una conducta consciente y altamente peligrosa que desembocó en consecuencias fatales.Durante la exposición del caso, el fiscal fue enfático al señalar que el comportamiento del conductor fue determinante en la tragedia. “A través de ese examen de análisis de toxicología y alcoholemia se pudo determinar y concretar que esta situación sobrepasó cualquier posibilidad de simplemente ser una falta de reflejos o de circunscribirse a un simple accidente de tránsito, pues decidió conducir sabiendo que su estado físico y mental no eran aptos”, afirmó el funcionario judicial.La investigación también evidenció contradicciones en la versión inicial del procesado. Chalá Franco aseguró en un primer momento que solo había consumido cuatro cervezas; sin embargo, los resultados del examen de alcoholemia confirmaron que presentaba un nivel de embriaguez tipo tres. Frente a este hallazgo, el fiscal cuestionó duramente la conducta del acusado y la calificó como una “decisión absurda” al ponerse al volante en ese estado. “Como soy yo, a mí no me pasa nada; ese es el imaginario que lleva a estos resultados tan drásticos”, manifestó.Mientras avanza el proceso penal, José Eduardo Chalá Franco continuará privado de la libertad en un establecimiento carcelario.
La decisión de dejar en libertad a 15 personas capturadas por su presunta vinculación a la red de extorsión carcelaria conocida como “Los Bautistas” se fundamentó, según la juez del caso, en la ausencia de pruebas que demostraran su conocimiento o participación directa en las actividades ilegales. Así lo determinó la juez 17 penal con función de control de garantías, al resolver la situación jurídica de varios de los implicados en el proceso adelantado por la Fiscalía General de la Nación.Las capturas se produjeron en diciembre de 2025, durante allanamientos simultáneos y coordinados por la Fiscalía y la Policía en Bogotá, en los que fueron detenidas 39 personas. De acuerdo con las autoridades, se trata de una estructura criminal que operaba desde la cárcel La Picota, dedicada a extorsiones que habrían generado rentas ilegales cercanas a los 17.000 millones de pesos.No obstante, al analizar de manera individual la situación de cada capturado, la juez concluyó que en 15 casos no se acreditó la inferencia razonable de autoría o participación. En su decisión, enfatizó que “la inferencia razonable de autoridad o participación debe ser valorada para cada ciudadano de manera independiente, no de manera generalizada y conjunta como decidió hacerlo la Fiscalía General de la Nación, pues dejó de un lado que en el derecho penal la responsabilidad es individual”.Durante la audiencia, la juez encontró que, en la mayoría de estos casos, las personas habían recibido transacciones esporádicas o únicas, provenientes de familiares o terceros, algunos privados de la libertad, sin que se demostrara que conocían el origen ilícito del dinero. Uno de los casos destacados fue el de una mujer que recibió una consignación de $100.000 de su hijo, recluido en La Picota. “No se tiene evidencia de que la ciudadana supiera cuál es el origen del dinero que recibió en esa consignación”, señaló la juez, al tiempo que aclaró que no existían pruebas de que hubiera participado en llamadas extorsivas, contactado a víctimas o concertado acuerdos criminales.Otro de los casos analizados correspondió a una mujer de 71 años, con una condición médica que la obligó a conectarse a la audiencia desde un hospital. Sobre ella, la juez sostuvo que tampoco se probó conocimiento del origen ilegal de los recursos transferidos por su hijo. En la diligencia se tuvo en cuenta una carta manuscrita enviada por el recluso, en la que este afirmaba: “El 10 de abril yo le pedí el favor de que me recibiera el monto de un millón y que le enviara cierta cantidad de ese dinero a mi mamá, manifestando que era para el mercado, sin saber ella que ese dinero era ilícito y que estaban siendo víctimas de un engaño”.El abogado Juan Manuel Castellanos, defensor de una de las personas dejadas en libertad, explicó que la decisión judicial obedeció a la falta de individualización por parte del ente acusador para su clienta “esa persona, que es una adulta mayor, que supera los 55 años, que tiene 15 años como modista,, pues no tenía conocimiento alguno de esas extorsiones. Y como no tenía el conocimiento de las extorsiones porque nunca llamó a una presunta víctima, porque nunca recibió de manera directa el dinero, pues tendría que decir que fue instrumentalizada. Pero además de esa situación, es una persona que se gana un mínimo, que trabaja diariamente, que no tiene antecedentes y que no tiene ningún nexo de causalidad entre el delito y la extorsión”, afirmó.El abogado Castellanos habló sobre el cuestionamiento que se hizo en la diligencia sobre la argumentación de la Fiscalía “evidentemente algunos hechos sí existieron, pero porque los hechos existan no significa que todas las personas tengan que estar vinculadas y llevadas a un proceso penal”.Pese a la libertad otorgada a estas 15 personas. La juez determinó que en el caso de los demás capturados sí se acreditó la participación en la red de extorsión, por lo que impuso medidas de aseguramiento, tanto de detención domiciliaria como intramural.
Las autoridades avanzan en la identificación y captura de los responsables del linchamiento que terminó con la muerte de un hombre, identificado como Mauricio Cendales, en la localidad de Kennedy, en el sur de Bogotá. Por este caso, ocurrido el 11 de noviembre de 2025, la Policía y la Fiscalía difundieron un cartel con tres hombres que figuran entre las más buscadas por su presunta participación en los hechos.De acuerdo con la investigación, la víctima se movilizaba en una camioneta cuando tuvo un altercado con varios motociclistas. Minutos después, fue interceptado y acorralado en el barrio Tabakú, donde un grupo de personas lo atacó de forma violenta. El conductor fue sacado del vehículo y agredido brutalmente, mientras el automotor era destruido en medio de actos vandálicos.Las investigaciones señalan que los agresores utilizaron objetos contundentes como palos, cadenas y piedras. La golpiza fue tan severa que el hombre quedó gravemente herido en el lugar. Policías que atendieron la emergencia lo trasladaron de urgencia a un centro médico, pero pese a los esfuerzos del personal de salud, falleció debido a la gravedad de las lesiones.Tras semanas de recolección de testimonios, análisis de cámaras de seguridad y labores de policía judicial, los investigadores lograron identificar a varios de los presuntos implicados. Como resultado, fue elaborado un cartel con tres personas que ahora son buscadas para responder por los delitos de homicidio y participación en el ataque colectivo.Las autoridades hicieron un llamado a la ciudadanía para que aporte información que permita dar con el paradero de los señalados y avanzar en su judicialización. Los datos pueden ser suministrados de manera confidencial a través de la línea segura 305 814 38 37 o al correo electrónico de la Sijín de la Policía Metropolitana de Bogotá, con garantía de absoluta reserva.
La Contraloría General de la República celebró el ingreso efectivo de 20 millones de dólares al Tesoro Nacional, recursos provenientes de la aseguradora del contrato de mantenimiento de los helicópteros rusos Mi-17, tras declararse el incumplimiento parcial del contratista Vertol Systems. Para el organismo de control, esta transacción constituye un resultado concreto del ejercicio de control fiscal preventivo, orientado a la protección de bienes estratégicos del Estado.De acuerdo con la Contraloría, el seguimiento permanente adelantado por la entidad permitió alertar oportunamente al Ministerio de Defensa sobre el riesgo de pérdida de recursos públicos derivado del incumplimiento contractual. Como consecuencia de estas advertencias y de las decisiones administrativas adoptadas, la aseguradora garante del contrato asumió el pago de las obligaciones económicas y transfirió los recursos al Tesoro Nacional.El origen de este proceso se remonta a la Resolución No. 001863 del 7 de noviembre de 2025, mediante la cual se declaró el incumplimiento parcial de un contrato por 32 millones de dólares destinado al mantenimiento de los helicópteros Mi-17. Dicha decisión fue ratificada una semana después, confirmando las obligaciones económicas derivadas del fallo administrativo y habilitando la ejecución de las sanciones correspondientes contra el contratista.En desarrollo de esas resoluciones, se impuso una multa superior a los USD 6 millones. A este valor se sumó la devolución del pago anticipado, que había sido efectuado en el marco del mismo contrato y que ascendió a USD 13 millones, recursos que debían ser reintegrados al Estado tras la declaratoria de incumplimiento parcial.El pago de la multa y la restitución del anticipo fueron asumidos por la aseguradora, en su calidad de garante del contrato. La suma consolidada de ambas obligaciones alcanzó los USD 20 millones que ya ingresaron a las arcas de la Nación, evitando así un detrimento patrimonial mayor y asegurando la recuperación de recursos públicos comprometidos.No obstante, la Contraloría anunció que mantendrá un proceso de verificación exhaustivo para confirmar que el pago recibido corresponda efectivamente a la restitución del pago anticipado no utilizado, a los costos asociados a las demás actividades contractuales que estaban a cargo del contratista y a la indemnización de los perjuicios que se hubieran causado como consecuencia del incumplimiento.
La muerte de Mariana Ortega, una joven de 20 años, quedó al descubierto tras varios días de incertidumbre para su familia en Medellín. Según relató su hermana Camila en el pódcast Conducta Delictiva, la última vez que hablaron fue el día del cumpleaños de la hija de la víctima, cuando Mariana prometió pasar por la niña para llevarla a comer helado, algo que nunca ocurrió. Con el paso de los días y ante la falta de noticias, su madre insistió en que “algo malo había pasado”, lo que llevó a la familia a iniciar su búsqueda hasta recibir una llamada que confirmó el peor escenario.De acuerdo con el testimonio, la historia de Mariana estuvo marcada desde muy joven por relaciones violentas. Camila contó que su hermana inició a los 14 años un vínculo sentimental caracterizado por agresiones y amenazas constantes, situación que se repitió con otras parejas a lo largo del tiempo. “Él la golpeaba y la amenazaba con matarla”, recordó, al explicar que el miedo y la dependencia emocional influyeron para que Mariana permaneciera en entornos peligrosos. En su intento por rehacer su vida y proteger a sus hijos, la joven terminó alejándose de ellos y entregansolos a su madre.Camila aseguró que su hermana tuvo que vender drogas para pagar una deuda que le había dejado su expareja, papá d euno de sus hijos, y más adelante, se convirtió en trabajadora sexual. En ese contexto inició una relación con el hombre que las cuidaba. “Cuando dejó ese trabajo porque él le prometió mantenerla, empezó de nuevo la violencia”, afirmó.Camila reveló que posteriormente se enteraron de que este hombre tenía otra pareja, la cual, según dijo, estaba buscándola para hacerle daño. El 8 de febrero, la familia fue notificada de que el cuerpo de Mariana se encontraba en Medicina Legal. “Mi mamá llegó diciendo: ‘me la mataron’”, relató Camila, quien señaló que su hermana fue hallada en un basurero, envuelta en una sábana y plástico. “En los documentos de la Fiscalía se menciona que en las cámaras de seguridad se observa cuando sacan a mi hermanita del hostal en una carreta de reciclador. Detrás va él y luego va ella, con el hijo que tenían en brazos y estando embarazada”, recordó Camila, asegurando que la esposa del presunto feminicida lo denunció para no ser considerada cómplice.La mujer reveló que un día el hombre la contactó por redes sociales para explciarle lo que había pasado. "Él me dijo que él no lo quería hacer, que en ese momento estaba drogado y que no se estaba dando cuenta de lo que había hecho".“Él me dijo que en ese momento, ella se iba a cambiar de ropa para salir y estaban discutiendo. Según él, la pelea subió de tono y ella comenzó a gritar, por lo que lo único que hizo fue taparle la boca y ella se desmayó. Dice que al ver que no reaccionaba, la llevó a la cama. Afirma que se acostó a dormir con ella así. Al día siguiente la envolvió en una sábana, la cubrió con un plástico y la sacó”, añadió Camila.
La captura de Zulma Guzmán en el Reino Unido y el inicio formal de su proceso de extradición marcaron un nuevo avance en la investigación por el envenenamiento con frambuesas que cobró la vida de dos menores en Bogotá. Así lo confirmó el abogado Majer Abushihab, representante de la familia Forero, víctimas en el proceso, quien además reveló que la Fiscalía General de la Nación continúa indagando la posible participación de otras personas en los hechos.Abushihab explicó que, aunque Guzmán es señalada como la principal sospechosa, las líneas investigativas no se limitan a una sola persona. “Sí, la Fiscalía está indudablemente investigando más personas, digamos, de lo que se ha establecido; es un hecho que se advierte la participación potencial de más personas”, señaló. No obstante, fue enfático en aclarar que una de las personas mencionadas en algunos medios no tiene responsabilidad penal. “Particularmente, la persona que llevó las frambuesas no está vinculada; no es cierto. Es una persona que, inclusive, entregó información muy valiosa y muy útil”, precisó.Frente a la captura de Guzmán, la familia de la menor víctima expresó satisfacción por el avance del proceso. “Estamos absolutamente complacidos, primero, con el trabajo muy juicioso de la Fiscalía, y segundo, porque desde mediados de diciembre conocíamos el paradero de la señora Guzmán y estábamos expectantes a que se materializara la circular roja”, manifestó Abushihab. Añadió que la confirmación de que la mujer se encuentra bajo custodia de las autoridades británicas es “una noticia absolutamente satisfactoria para la familia”.El abogado destacó el trabajo de la fiscal del caso, Elsa Reyes, al asegurar que la investigación se mantiene activa. “La doctora Reyes no descansa y vive permanentemente en un ejercicio investigativo alrededor de este caso y de esas líneas investigativas”, afirmó.Zulma Guzmán, de 54 años, fue recluida luego de negar su extradición ante el Tribunal de Westminster. La próxima diligencia está programada para el lunes 12 de enero, cuando se realizará una audiencia preliminar judicial. En esa etapa, Guzmán deberá contratar abogados defensores y Colombia expondrá los argumentos para solicitar su extradición. La justicia británica evaluará, entre otros aspectos, eventuales riesgos para los derechos humanos y la vida de la solicitada. La decisión que se adopte podrá ser apelada ante un tribunal superior.Paralelamente, en Colombia existe expectativa por la determinación que adopte la fiscal Elsa Reyes una vez concluya la vacancia judicial, en relación con la imputación de los delitos de homicidio y tentativa de homicidio, incluso sin la presencia física de Guzmán. Sobre este punto, Abushihab explicó que el trámite de extradición no excluye el avance del proceso penal en el país. “Son actuaciones paralelas. Depende de que se den las condiciones para que la señora Guzmán sea vinculada al proceso y de su voluntad de comparecer”, indicó.El abogado señaló que, de no presentarse, la Fiscalía podría acudir a la figura de la contumacia, dado que la indiciada está plenamente ubicada. Finalmente, resaltó la coordinación entre la Fiscalía y la Oficina de Asuntos Internacionales con las autoridades del Reino Unido. “Ese ejercicio de coordinación dependerá de lo que consideren apropiado, y nosotros, como víctimas, apoyaremos en un cien por ciento la decisión que adopte la doctora Elsa Reyes”, concluyó.
La defensa de Edwin Delgado, propietario del vehículo involucrado en el accidente ocurrido en la avenida Mutis, en Bogotá, fijó una postura clara frente a la imputación formulada por la Fiscalía General de la Nación por el delito de homicidio a título de dolo eventual. El abogado Jimmy Erazo aseguró que, durante la audiencia de formulación de imputación ante un juez de control de garantías, la defensa se opuso formalmente al cargo al considerar que los hechos atribuidos a su representado no se ajustan al tipo penal invocado por el ente acusador.“Es importante precisar que el día de ayer, en audiencia de formulación de imputación ante un juez de control de garantías, la defensa se opuso a la formulación de imputación por parte de la Fiscalía, considerando que los hechos jurídicamente relevantes que imputa no se adecúan al tipo penal de homicidio, en este caso a título de dolo eventual”, explicó Erazo. A juicio del abogado, la conducta atribuida a Delgado, ser pasajero del vehículo, no puede ser considerada un hecho penalmente relevante. “Ser pasajero de un vehículo no son hechos jurídicamente relevantes que se puedan constituir en un homicidio. El derecho penal no está para presionar ni para amenazar”, afirmó.Durante la diligencia, la defensa solicitó al juez que ejerciera un control material de legalidad sobre la imputación. Sin embargo, el despacho judicial consideró que se trataba de un acto propio de la Fiscalía y que existirán otras etapas procesales para discutir la adecuación típica de los hechos. Pese a ello, Erazo reiteró que desde las fases iniciales del proceso se ha advertido que la conducta atribuida a Delgado es, en su criterio, “abiertamente atípica”.La Fiscalía, por su parte, sustentó la imputación señalando que la presunta responsabilidad de Delgado estaría asociada a una omisión por no haber evitado que Rubén Romero, quien posteriormente salió del país y que para el ente acusador se encontraba en estado de alicoramiento, condujera el vehículo. Según la hipótesis fiscal, esa omisión habría contribuido de manera determinante al accidente que dejó dos víctimas mortales.Frente a esta versión, la defensa la rechazó y explicó un contexto distinto de los hechos. “Esta relación que surge simplemente es una persona que se designa el 31 de octubre; ellos designan y contratan ese servicio a esa persona que prestaba esa opción de conducción para que sea la persona encargada de conducirlos a su domicilio”, sostuvo Erazo. Añadió que la defensa cuenta con elementos materiales probatorios que respaldan esa versión, entre ellos un video que ha circulado en medios de comunicación, en el que se observa que el conductor llega a recogerlos y presta un servicio de transporte. “En ningún momento esa persona estaba departiendo con mis clientes, simplemente estaba prestando un servicio”, subrayó.El abogado también destacó la actitud procesal de su defendido y de su pareja, señalando que han sido los únicos en comparecer voluntariamente ante la justicia. “La única persona que se ha presentado en este proceso judicial, que fue voluntariamente a la Fiscalía, donde se hizo su arraigo y la individualización de forma voluntaria, es el señor Edwin y su pareja”, afirmó. Según Erazo, ambos han rendido declaración y están dispuestos a aportar todos los elementos probatorios necesarios.Finalmente, la defensa insistió en que el interés de Delgado es que se esclarezcan plenamente los hechos y se determine la responsabilidad de quien, a su juicio, sería el verdadero responsable del siniestro. “La disposición está de colaborar con la justicia. Hemos estado en todas las diligencias judiciales y va a comparecer a todas las etapas del proceso penal”, concluyó el abogado.
Blu Radio tuvo acceso a la audiencia reservada que se llevó a cabo el pasado 2 de abril de 2024 en el Tribunal Superior de Bogotá, cuyo objetivo era la legalización de nuevas pruebas dentro del proceso contra Carlos Ramón González.La diligencia, realizada a altas horas de la noche, estuvo marcada por una fuerte discusión en torno al acta de notificación del 5 de marzo, firmada por el magistrado Jaime Andrés Velasco, en la que se autorizó a la Fiscalía para adelantar trabajos de Policía Judicial. Estos tienen como fin determinar si existen méritos suficientes para imputar cargos al exfuncionario del Gobierno Petro por el delito de tráfico de influencias de servidor público.En dicho documento, se permitió a los investigadores rastrear movimientos migratorios, cuentas bancarias y transferencias, así como solicitar a la Presidencia información sobre posibles cámaras de seguridad y grabaciones de las fechas en que el principal testigo del caso, Olmedo López, afirma haberse reunido con el exdirector del DAPRE, Carlos Ramón González, en la Casa de Nariño. Este encuentro, conocido como “El Cónclave”, habría servido –según López– para orquestar el direccionamiento de contratos a congresistas.Lo que se reveló en la audiencia es que, a menos de un mes de haberse emitido la orden judicial, la Presidencia aún no ha entregado a la Fiscalía el material probatorio solicitado. En particular, no se ha remitido la información sobre los registros de seguridad en la Casa de Nariño, que incluyen:Consulta sobre la existencia de cámaras de seguridad en el salón de antesala al Consejo de Ministros, la oficina del director del DAPRE y otras dependencias cercanas dentro del Palacio de Nariño.En caso de que existan, copia de los videos que registren reuniones entre Carlos Ramón González Merchán, Olmedo de Jesús López Martínez, Sandra Liliana Ortiz Nova y otros servidores públicos, en el período comprendido entre el 18 de septiembre y el 11 de diciembre de 2023.Asimismo, en el acta de notificación del 5 de marzo, se le pidió a la DIAN remitir información tributaria de Carlos Ramón González. Sin embargo, en la diligencia de anoche, presidida por el magistrado Dagoberto Hernández Peña, se confirmó que la entidad tampoco ha entregado estos documentos, que incluyen:El RUT histórico desde su inscripción hasta diciembre de 2024.Declaraciones de renta, IVA y retención en la fuente, junto con sus correcciones, o certificación en caso de no haberlas presentado.Información exógena tributaria y cambiaria en formato Excel, tanto la reportada por él como la informada por terceros.Resoluciones de facturación en formato PDF y reporte de facturación electrónica en formato Excel.Certificación de las personas que firmaron sus declaraciones de renta como contribuyentes, representantes legales, contadores o revisores fiscales.Identificación de posibles procesos de normalización tributaria, activos omitidos en el país o en el exterior, y deudas inexistentes.Reporte de operaciones sospechosas.Finalmente, el magistrado Dagoberto Hernández Peña emitió una serie de consideraciones al cierre de la audiencia, concediendo una nueva prórroga para que las entidades envíen la documentación requerida.Decisión del TribunalPor último, el Tribunal precisó que, en lo que respecta a la compulsa de copias solicitada por la representación de víctimas en La Guajira, esta tiene la libertad de acudir a las instancias que considere pertinentes para formular las respectivas denuncias, si estima que se ha configurado alguna falta disciplinaria en la DIAN o en la Presidencia de la República.
La audiencia del juicio que busca esclarecer si siete profesionales de la salud son culpables de la muerte de Diego Armando Maradona comenzó este jueves con la declaración de la hermana menor del astro del fútbol, Claudia Nora Maradona, interrogada acerca de una causa paralela relacionada al uso, control y usufructo de la marca comercial de la estrella del fútbol.La audiencia comenzó a las 10:45 hora local (13:45 GTM) y la primera en declarar fue Claudia Nora Maradona, la hermana menor del ídolo popular.Luego del interrogatorio de la Fiscalía, el abogado defensor de Dalma y Gianinna Maradona, Fernando Burlando, le preguntó a Claudia Nora si tiene o tuvo algún tipo de negocio con su hermano, en clara referencia a la supuesta apropiación ilegítima de la marca Maradona, por la pronto será llamada a indagatoria en una causa paralela."Antes (de su muerte) no. En vida solo me daba regalos. Después si, algo que nos dejó a nosotras, la marca", respondió Claudia Nora.Consultada acerca de la fecha en la que fue tomada esta decisión, la testigo contestó: "Estuvimos al lado de el todo un verano, creo en 2019, tuvimos una charla familiar y él manifestó eso".El interrogatorio de Burlando fue interrumpido en retiradas ocasiones por el abogado defensor de las hermanas, Pablo Jurado, quien al comienzo de la audiencia había solicitado al tribunal que el interrogatorio se limitara "al objeto de esta causa".A menos de una hora de comenzada la audiencia, el tribunal se vio obligado a ordenar un receso para discutir sobre el tema que obstaculizará el testimonio de las dos hermanas del astro que serán llamadas a indagatoria, Claudia Norma y Rita Mabel.Una disputa paralela por la marca del 'Diez'El pasado jueves, el abogado de Diego Armando Maradona Sinagra -hijo mayor del exfutbolista, conocido popularmente como Diego Júnior- solicitó a la Fiscalía que las hermanas del ídolo fueran apartadas de la querella después de que se conociera que dos de ellas, Rita y Claudia, serían llamadas a indagatoria por una causa paralela relacionada al uso, control y usufructo de la marca comercial de la estrella del fútbol."Ya no se trata de particulares damnificadas, sino de particulares beneficiadas", argumentó el abogado Eduardo Ramírez y mencionó que las hermanas estaban involucradas en la cesión de la marca al abogado del 'Diez', Matías Morla, y eran sospechosas de defraudación, "en perjuicio del resto de los damnificados".Aunque los jueces resolvieron no dar lugar a la petición, apoyándose en el derecho de acceso a la información previsto para los familiares de las víctimas, era de esperarse esta tensión entre las partes.La audiencia continuará con la declaración Ana Estela y Rita Mabel Maradona, las dos hermanas del astro que son parte de la querella junto a Claudia Norma.Por la tarde, declarará Verónica Ojeda, exesposa de Maradona y madre del hijo que tuvieron juntos, Diego Fernandez Maradona.La querella del juicio por la muerte de Diego Armando Maradona está dividida en cinco partes: Dalma y Gianinna Maradona, Diego Júnior, Jana Maradona, Diego Fernando y las hermanas del astro Rita, Ana y Claudia Maradona.Son juzgados en este proceso el neurocirujano Leopoldo Luque, la psiquiatra Agustina Cosachov, el psicoanalista Carlos Díaz; la doctora y coordinadora de la empresa Swiss Medical, Nancy Forlini; el médico Pedro Di Spagna; el coordinador de enfermeros, Mariano Perroni, y el enfermero Ricardo Almirón.También está procesada la enfermera Gisela Madrid, quien se enfrentará a un juicio por jurados tal como solicitó.Los jueces Maximiliano Savarino, Verónica Di Tommaso y Julieta Makintach deberán determinar si siete de los ocho acusados son culpables del delito de homicidio simple con dolo eventual, que tiene una pena máxima de 25 años de prisión.
Este jueves, 3 de abril, sigue el juicio contra el expresidente Álvaro Uribe, por presunta manipulación de testigos, en relación con afirmaciones que lo vincularon a él y a su hermano Santiago, con la presunta conformación de grupos paramilitares en Antioquia.
La Corte Constitucional declaró la exequibilidad condicionada de varias disposiciones del artículo 1080 del Código Civil, relacionadas con el otorgamiento de testamentos cerrados, con el fin de garantizar la inclusión y participación de personas con discapacidad en estos actos jurídicos.La decisión de la Corte establece que las solemnidades exigidas para la elaboración de testamentos cerrados no pueden ser un obstáculo para que las personas con discapacidad otorguen este tipo de actos.Además, tampoco se debe impedir que personas con discapacidad visual o auditiva puedan actuar como testigos o notarios en estos procedimientos.La sentencia responde a una demanda que cuestionaba la constitucionalidad de expresiones como “declarando de viva voz” y “los mudos podrán hacer esta declaración, escribiéndola a presencia del notario y los testigos”, al considerarse que estas disposiciones podía resultar discriminatorias y contrarias a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.La Corte determinó que las personas con discapacidad podrán hacer uso de ajustes razonables y apoyos necesarios para expresar su voluntad en un testamento cerrado, además, reconoció que las personas con discapacidad visual o auditiva pueden ejercer funciones como notarios o testigos siempre y cuando existan medios adecuados para garantizar la comprensión de la voluntad del testador.Esta decisión se enmarca en un modelo social de discapacidad que busca eliminar barreras institucionales y sociales que impiden el ejercicio pleno de derechos fundamentales, incluso, el alto tribunal resaltó que la normativa debe adaptarse para promover la inclusión y participación equitativa de todas las personas, independientemente de sus condiciones físicas o sensoriales.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó una demanda presentada por la ONG MIPOFAAMCOL contra la nación, el Ministerio del Interior y Medicina Legal, en la que solicitaba la inclusión del término “masculinicidio” en la legislación y en los informes forenses. La decisión se tomó luego de que el demandante no cumpliera los requisitos señalados en un plazo de tres días, según lo establece la ley.El tribunal, a través del magistrado ponente Moisés Rodrigo Mazabel Pinzón, recordó que el demandante, José Ángel Espinosa Henao, debía corregir la demanda para que pudiera ser admitida. En su fallo, el tribunal identificó tres aspectos que debían ser subsanados:Demostrar que se había cumplido un requisito previo obligatorio: la ONG debía probar que había intentado resolver el asunto directamente con las entidades demandadas antes de acudir al tribunal, según lo exige la ley.Clarificar los hechos presentados en la demanda: era necesario especificar de manera detallada y precisa cuáles eran las acciones u omisiones de las entidades demandadas que, según la ONG, violaban los derechos colectivos mencionados.Enviar la demanda y sus anexos a las entidades demandadas: se debía garantizar que la documentación fuera enviada a los canales electrónicos oficiales de las entidades involucradas para que estuvieran formalmente notificadas del proceso.Sin embargo, según consta en el expediente, "se evidencia que, en constancia secretarial del 25 de marzo de 2025, la parte activa no subsanó los yerros advertidos, evidenciándose que se venció el término para corregir el 13 de marzo de 2025".Dado que la demanda no fue corregida dentro del plazo establecido, el tribunal aplicó la norma que señala que si el demandante no subsana los defectos en tres días, la demanda debe ser rechazada.En consecuencia, el tribunal resolvió:Rechazar la demanda presentada por la ONG MIPOFAAMCOL contra la nación, el Ministerio del Interior y Medicina Legal.Devolver los anexos sin necesidad de desglose.Ordenar el archivo del expediente tras la firmeza de la providencia.La ONG MIPOFAAMCOL presentó la demanda alegando la vulneración de varios derechos colectivos, como la moralidad administrativa, la seguridad y la igualdad. Entre sus principales pretensiones estaba la inclusión del término “masculinicidio” o “androcidio” en los conceptos jurídicos y forenses del país.También solicitaba la implementación de políticas públicas y rutas de atención específicas para casos de violencia contra hombres, además de estudios sobre presuntos casos de “suicidios de género masculino inducidos” en los últimos cinco años.Otro punto de la demanda era el reconocimiento de la “población heterosexual” como categoría dentro de las políticas públicas de género y la creación de estrategias de prevención de violencia en su contra.Pese a estos argumentos, el tribunal no se pronunció sobre el fondo del asunto, ya que el demandante no cumplió con los requisitos formales para que la demanda fuera estudiada.
Fueron admitidas 47 personas en el proceso para la conformación de la terna de la que se elegirá un nuevo magistrado de la Corte Constitucional, lo que sigue en el proceso es la posibilidad de interponer recurso de reposición contra el listado de admitidos lo que se podrá hacer hasta el 9 de abril.Entre los nombres que destacan en la lista de inscritos se encuentran figuras reconocidas como el exfiscal del caso Álvaro Uribe Gabriel Jaimes, el exauditor general Iván Darío Gómez Lee, el exvicefiscal general de la Nación Jorge Fernando Perdomo, la exprocuradora delegada Sonia Patricia Téllez, la exministra de Cultura Carmen Inés Vásquez y el destacado abogado constitucionalista Germán Calderón España.Luego la Corte Suprema de Justicia dará a conocer una nueva lista de la que, a partir del 24 de abril, la Sala Plena iniciará la preselección de los candidatos.Inicialmente, el listado tenía un total de 89 aspirantes a ser ternados por la Corte Suprema, sin embargo, el alto tribunal depuró la lista y descartó a 42 inscritos porque no cumplían con una serie de requisitos exigidos por la Corte para aspirar a la magistratura de la Corte Constitucional.De este listado se va a elegir la terna sobre la cual deliberará la plenaria del Senado de la República, que viene de elegir en 2024 a Miguel Polo Rosero, en reemplazo de Antonio José Lizarazo; y en 2023 a Vladimir Fernández en reemplazo de Alejandro Linares.Lista de los 47 candidatosAlarcón Bernal EdithAlbarracín Caballero Mauricio ArielArbeláez Vargas Andrés FelipeBalanta Medina María PatriciaBastos Rivera Jesús GabrielBernal Camargo Diana RocíoBolaños Londoño Arturo JoséCabello Álvarez Elías EnriqueCalderón España GermánCantor Alonso Martha PatriciaCastellanos Herrera Fabio YezidCastro Mora Sonia MarinaCorrea Cardozo Hernán LeandroDávila Calderón Martha JannethDávila Paz Elizabeth Cristina Echeverri Gallego John FredyEscobar Martínez Lina MarcelaEscrucería Mayolo Iván HumbertoEstupiñán Achury LilianaGarcía Matamoros Juana Laura VictoriaGómez Lee Iván DaríoHernández Ricardo Ana Margarita Hidalgo Ocampo Orlando Hinestroza Cuesta LisneiderHoyos Ceballos EstebanIrisarri Boada CatalinaIsaza Serrano Carlos MarioJaimes Durán Gabriel Ramón Jaramillo Sierra Isabel Cristina Junieles Acosta Irina Alejandra Lallemand Abramuck Ada PatriciaLaverde Vargas Jorge EliécerLopera Mesa Gloria Patricia Martínez Cárdenas Myriam CarolinaMeza Cardales AlejandroMuñoz Neira OrlandoPardo Piñeros GuillermoPerdomo Torres Jorge FernandoQuintero Mosquera Diana PatriciaRamos Yabor Jorge EnriqueRodas Monsalve Julio César Antonio Rodríguez Peñaranda María LuisaSuelt Cock VanessaTéllez Beltrán Sonia Patricia Tobo Rodríguez Isduar JavierValero Nisimblat Óscar AlonsoVásquez Camacho Carmen Inés