El Gobierno colombiano concedió la extradición de Geovany Andrés Rojas, alias ‘Araña’, jefe de los Comandos de Frontera, a Estados Unidos por cargos de narcotráfico y narcoterrorismo, aunque la entrega queda suspendida bajo condiciones de la Paz Total.La resolución ordena la extradición del ciudadano colombiano a petición de las autoridades de Estados Unidos. Es requerido por la Corte Distrital del Distrito Sur de California por los de concierto para distribuir cocaína y narcoterrorismo.No obstante, el artículo segundo de la resolución establece la suspensión de la entrega de Rojas mientras este “contribuya con aportes verificables y resultados concretos en el proceso de la consecución de la paz total” en el marco de la Ley 2272 de 2022.Geovany Andrés Rojas funge como miembro representante de la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB) en la mesa de diálogos de paz con el Gobierno nacional.La entrega de alias ‘Araña’ a Estados Unidos se hará efectiva si sus aportes o su participación en el proceso de paz total "se interrumpa o cesen". En este caso, se procederá al trámite de extradición una vez se cumplan los condicionamientos impuestos al Estado requirente.La resolución también establece que la entrega se llevará a cabo bajo el compromiso de Estados Unidos de cumplir las condiciones establecidas en el artículo 494 de la Ley 906 de 2004, lo que implica que Rojas no será sometido a desaparición forzada, torturas ni a penas crueles, inhumanas o degradantes, ni a las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación.La decisión del Gobierno se basa en el aval que previamente había dado la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia para la extradición de Geovany Andrés Rojas.La corte consideró que se cumplían los requisitos constitucionales para entregar al exjefe guerrillero, quien fue capturado en un hotel de Bogotá mientras participaba en la mesa de diálogos.Las pruebas de la justicia estadounidense confirmaron que la organización de Rojas produjo cocaína en Colombia, la envió a México y la introdujo al mercado estadounidense, lo que configura el delito de narcoterrorismo. El alto tribunal advirtió que los Comandos de Frontera han perdido toda legitimidad política y operan como una estructura criminal.
La muerte de las menores Emilia e Inés Forero, a raíz de envenenamiento de frambuesas con talio, consternó a todo el país y las autoridades avanzan en la investigación en donde la principal sospechosa es Zulma Guzmán Castro, quien salió del país días depsués de lo sucedido con destino a Argentina.Apareció Zulma Guzmán Castro, principal sospechosa del crimenLuego de varios días de investigación, finalmente, reapareció la sospechos que se encuentra por fuera del país. La mujer habló y salió en defensa propia sobre esta acusación y dijo que "tenía la manera de demostrar su inocencia", por lo tanto, iba a poner su disputa legal para demostrarlo. Lo curioso, según las autoridades, es que se pronuncia poco después de que se hablara de una posible imputación de la Fiscalía y sin señales pese a tener circular de la Interpol."Lo primero que tengo que decir es que siento muchísimo el dolor que pueden estar sintiendo las familias por la pérdida de sus niñas . Yo soy madre y eso debe ser dolor infinito y entiendo que por esa razón quieran encontrar el culpable y usar todos los medios posibles para ello, sin embargo, pues ese culpable no soy yo y eso es lo que estoy buscando probar ahora ante la justicia y con el abogado y con las pruebas que tengo", dijo en diálogo con Focus Noticias.Aseguró que "no entendía" porque la inculpaban a ella, pues "no tenía ningún motivo" para hacer algo así. Pero pondrá sus propias pruebas en manos de las autoridades para demostrar su inocencia."La estrategia se nota que era básicamente destruirme completamente antes de cualquier proceso judicial, destruir la imagen y dar una dar una versión que acaba conmigo sin ningún proceso, ninguna garantía de un juicio justo en estos momentos", añadió.La relación de Zulma Guzmán Castro y la familia BedoutConfesó haber sido pareja sentimental de manera clandestina con Juan de Bedout y aseguró nunca haber conocido a la esposa, pese que algunas versiones la han relacionado con su muerte."Yo lo vi cuando quedó viudo, en noviembre, tomamos un café y él me comentó que ella había muerto de cáncer, ella había tenido cáncer en el 2016 o 2017, creo, y le regresó, pero también ese día me dijo que habían tenido un susto, así me lo dijo, porque a principios de año ya había tenido una intoxicación por una sustancia, no estoy completamente segura de si me nombró esa sustancia talio o si me dijo simplemente que le habían encontrado algo que le había envenenado o le había hecho daño, no estoy segura exactamente que me dijo.",dijo.
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia solicitó negar la tutela presentada por Andrés Felipe Marín Silva, conocido como 'Pipe Tuluá', con la que busca dejar sin efecto el concepto favorable de extradición emitido el pasado 12 de noviembre a solicitud del Gobierno de Estados Unidos.Tan solo unas horas después de que se confirmara que el Gobierno firmó la extradición de 'Pipe Tulúa', se conoció un escrito remitido a la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, quién será la encargada de resolver una tutela que interpuso el máximo cabecilla de 'La Inmaculada'. La Corte explicó que el concepto de extradición se ajustó plenamente a las exigencias constitucionales y legales; por esa razón, sostuvo que no existe vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, defensa, libertad personal ni acceso a la justicia, como lo alega el accionante.Marín, el peligroso cabecilla de la banda 'La Inmaculada' que delinque en el Valle del Cauca, es requerido por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas por los delitos de tráfico de drogas y concierto para delinquir, dentro de un proceso penal iniciado en septiembre de 2024.En la tutela, 'Pipe Tulúa' sostiene que la Corte incurrió en defectos sustantivos y fácticos al equiparar delitos que juzga el país que lo pide en extradición con los que fue juzgado en Colombia.Sin embargo, la Sala Penal reiteró que para verificar el principio de doble incriminación basta con que la conducta sea delito en ambos países, sin importar la denominación jurídica, y que los hechos descritos sí encuentran correspondencia en el Código Penal colombiano.La Corte aclaró que el trámite de extradición no es el escenario para analizar de fondo la responsabilidad penal del solicitado ni para evaluar la suficiencia o validez de las pruebas allegadas por el país requirente.Asimismo, descartó que exista falta de motivación en el concepto de extradición y señaló que los argumentos planteados por la defensa ya fueron analizados y respondidos dentro del trámite. Para la Sala, la tutela no puede usarse como un mecanismo para reabrir discusiones ya resueltas ni para expresar inconformidad con una decisión judicial debidamente sustentada.
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la negativa a la solicitud de nulidad que había hecho el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, frente a la acusación que se adelanta en su contra por el delito de tráfico de influencias, relacionado con el “carrusel de la contratación”.El alto tribunal negó la solicitud de nulidad presentada por la defensa del ministro, con la cual se buscaba anular la acusación al considerar que durante el trámite se habrían vulnerado garantías como el debido proceso y el derecho de defensa. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia concluyó que no se configuró ninguna irregularidad sustancial que ameritara retrotraer la actuación.En su decisión, la Sala Penal explicó que la nulidad es una medida excepcional, que solo procede cuando se demuestra una afectación real y trascendental de las garantías fundamentales, situación que según el fallo no ocurrió en el caso del ministro de Trabajo.La Corte también precisó que las inconformidades de la defensa ya habían sido analizadas en etapas previas del proceso y que no es válido utilizar la nulidad como un mecanismo para reabrir discusiones que deben resolverse en el juicio, donde se evaluará de fondo la responsabilidad penal del acusado.Con esta determinación, la Corte Suprema de Justicia dejó claro que el proceso penal contra Antonio Sanguino continúa sin obstáculos y que el ministro de la cartera de trabajo deberá enfrentar el juicio por tráfico de influencias, delito que se le atribuye por presuntas gestiones indebidas cuando se desempeñaba como concejal de Bogotá.
Bucaramanga avanza a toda marcha en la organización de las elecciones atípicas que se realizarán este domingo, en las que 531.239 ciudadanos están habilitados para elegir al nuevo alcalde que gobernará durante los próximos dos años.Desde tempranas horas de la mañana, funcionarios de la Registraduría Nacional comenzaron la instalación de 1.391 mesas de votación distribuidas en 88 puestos, de los cuales 82 estarán ubicados en la zona urbana y 6 en el sector rural.El proceso incluye la asignación y capacitación final de los 10.070 jurados de votación, quienes serán los responsables del desarrollo de la jornada, el conteo de votos y el envío del preconteo.Ocho candidatos están en la contienda por el principal cargo administrativo de Bucaramanga: Carlos Pérez, Juan Manuel González, Cristian Portilla, Jhan Carlos Alvernia, Carlos Bueno, Rubén Morales, Humberto Salazar y Fabián Oviedo.El registrador delegado electoral, Jaime Hernando Suárez, confirmó que la logística avanza sin contratiempos y destacó la responsabilidad de los jurados en el proceso democrático:“Para estas elecciones tenemos un censo electoral de 531.239 ciudadanos habilitados para votar. Tenemos 10.070 jurados de votación, en los 88 puestos de votación vamos a tener 1.391 mesas. Los jurados de votación son quienes hacen las elecciones en Colombia, son ciudadanos de la sociedad civil, residentes en Bucaramanga. Ellos hacen el conteo de votos y después se realiza una transmisión de resultados telefónicamente, lo que conocemos como preconteo”, indicó el funcionario.La Registraduría informó que sobre las 6:00 p.m. del domingo, 14 de diciembre, se conocerán los resultados de las elecciones.Paralelo a la logística electoral, la Policía Metropolitana de Bucaramanga confirmó la disponibilidad de 4.000 uniformados para garantizar la seguridad en los puestos de votación y en los diferentes corredores de la ciudad durante la jornada, que se desarrollará entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m.
La Seccional de Tránsito y Transporte del Departamento de Policía Antioquia desarrolló dos importantes acciones de control sobre las principales vías del departamento, en el marco del Plan Navidad con Propósito y la estrategia Actuando por Antioquia, obteniendo la incautación de material pirotécnico que era movilizado de manera irregular y representaba un riesgo para la comunidad.La pólvora incautada suma en total 239 kilos decomisados en tres puestos de control, el primero se registró en la vía Medellín – Yarumal, a la altura del kilómetro 45+800, en el municipio de Donmatías, unidades de tránsito realizaron un puesto de control preventivo donde fue detenido un camión que llevaba como encomienda 200 kilos de pólvora. Esta salió desde la capital antioqueña e iba hacia al municipio de Caucasia, Bajo Cauca antioqueño.El segundo puesto de control fue ubicado en la vía La Pintada – Medellín, kilómetro 38+800, sector peaje Primavera, allí el procedimiento de control permitió ubicar un camión, que transportaba encomiendas y se encontraron 15 kilos de pólvora tipo juegos pirotécnicos movilizados desde Medellín con destino al municipio de El Guamo, Tolima. Por su riesgo y manejo indebido, el caso fue dejado a disposición de la Inspección de Policía de Santa Bárbara.De acuerdo con el Coronel Óscar Mauricio Rico Comandante del Departamento de Policía Antioquia “Una importante incautación de 200 kilogramos de pólvora en dos procedimientos viales, uno que compone la vía Medellín-Yarumal y otro la pintada Medellín, donde fueron incautados juegos pirotécnicos. Hacemos el llamado a toda nuestra comunidad para que evite el uso, el manejo de artefactos pirotécnicos”En tercer operativo fue realizado en las vías del Urabá Antioqueño efectivos de la policía lograron la incautación de 24 kilos de pólvora que serían distribuidos en esta zona del departamento, los juegos pirotécnicos fueron dejados a disposición de las autoridades competentes.Ante la preocupante situación la Policía Nacional invita a la ciudadanía a evitar el transporte y manipulación ilegal de pólvora y a reportar cualquier situación que ponga en riesgo la vida y la seguridad en las carreteras de Antioquia.
Ante el grave impacto que implica para los animales de compañía el uso de la pólvora, la Alcaldía de Medellín reiteró el llamado a los ciudadanos a evitar este comportamiento durante las celebraciones decembrinas. En los primeros días de esta temporada, la ciudad ya reportó dos casos lamentables.El primer caso tiene como protagonista a Lacy, una perrita que murió mientras era trasladada a un centro veterinario, luego de lanzarse desde un octavo piso por el pánico que, al parecer, le causaron los estallidos de pólvora.El segundo corresponde a un canino que fue atropellado, según testigos, tras huir descontrolado al escuchar pólvora. De acuerdo con el reporte médico, la mascota no presenta politraumatismos graves, pero permanece con estrés severo y comportamiento agresivo, posiblemente, como respuesta al miedo extremo que sufrió.De acuerdo con la subsecretaría de Protección y Bienestar Animal, Elizabeth Coral, estos casos dan cuenta de que los animales, tanto de compañía como de fauna silvestre, no necesariamente deben estar cerca de la pólvora para resultar afectados, factores como el ruido, la vibración y el olor pueden desencadenar en ellos crisis de pánico, huidas, accidentes, lesiones y alteraciones del comportamiento que se prolongan durante semanas o meses.Desde la subsecretaría de Protección y Bienestar Animal, reiteraron el llamado a la comunidad.“Queremos reiterar el llamado al no uso de la pólvora y es que el último caso reportado es el de la perrita Lacy, la cual debido al miedo, la angustia y la desesperación se lanzó desde un piso 8 en un edificio. La pólvora genera miedo, angustia, desesperación y cobra vidas”, afirmaron. La Administración Distrital insiste en que la pólvora no es una tradición inofensiva, causa daño, genera sufrimiento y cobra vidas. El Área Metropolitana del Valle de Aburrá y el Parque de la Conservación también reportaron los primeros animales afectados por estos estallidos, por lo cual se hace un llamado a la responsabilidad ciudadana en los días que quedan de temporada decembrina y de fin de año
Un terremoto de magnitud 4,9 se produjo este viernes en el este de Japón, dejándose notar con intensidad en Tokio, horas después de que otro seísmo de 6,7 azotara la región del noreste del archipiélago desatando un aviso de tsunami que se saldó sin mayores incidentes.El terremoto más reciente se produjo a las 19:05 hora local (10:05 GMT) con epicentro en tierra a 50 kilómetros de profundidad en la zona sur de la prefectura de Ibaraki, al noreste de la capital, según datos de la Agencia Meteorológica de Japón (JMA), que no activó en esta ocasión ningún aviso marítimo.El sismo alcanzó el nivel 4 en la escala sísmica japonesa de 7 niveles, centrada en medir la agitación en la superficie y el potencial destructivo, en varias ciudades de las prefecturas de Ibaraki, Tochigi, Saitama y Chiba, y el nivel 2 en el área metropolitana de Tokio.No se informó inmediatamente de heridos o daños significativos. Este terremoto se produce horas después de que otro de magnitud 6,7 azotara la prefectura de Aomori y alrededores, que ya se vio afectada por otro seísmo de 7,5 la noche del lunes, en el que resultaron heridas al menos 33 personas.Japón se asienta sobre el llamado Anillo de Fuego, una de las zonas sísmicas más activas del mundo, y sufre terremotos con relativa frecuencia, por lo que sus infraestructuras están especialmente diseñadas para aguantar los temblores.
Estos fueron los temas tratados y debatidos este jueves, 11 de diciembre, en Bla Bla Blu:El comediante Tato Debia habló sobre su participación en el show 'Los de la Culpa'. Además, recordó algunos momentos de sus comienzos en la comedia.El showman Amador Padilla realizó un especial sobre los clásicos del 'Chucu Chucu' y contó historias detrás de diferentes canciones que se escuchan en esta época decembrina.
El alto tribunal negó la solicitud de nulidad presentada por la defensa del ministro, con la cual se buscaba anular la acusación al considerar que durante el trámite se habrían vulnerado garantías como el debido proceso y el derecho de defensa. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia concluyó que no se configuró ninguna irregularidad sustancial que ameritara retrotraer la actuación.En su decisión, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia explicó que la nulidad es una medida excepcional, que solo procede cuando se demuestra una afectación real y trascendental de las garantías fundamentales, situación que según el fallo no ocurrió en el caso del Ministro de Trabajo.La Corte también precisó que las inconformidades de la defensa ya habían sido analizadas en etapas previas del proceso y que no es válido utilizar la nulidad como un mecanismo para reabrir discusiones que deben resolverse en el juicio, donde se evaluará de fondo la responsabilidad penal del acusado.Con esta determinación, la Corte Suprema de Justicia dejó claro que el proceso penal contra Antonio Sanguino continúa sin obstáculos y que el ministro de la cartera de trabajo deberá enfrentar el juicio por tráfico de influencias, delito que se le atribuye por presuntas gestiones indebidas cuando se desempeñaba como concejal de Bogotá.
El alto tribunal le negó la solicitud de varias pruebas que pidió Cielo Rusinque dentro del trámite de la demanda que pide tumbar su designación en la Superintendencia de Industria y Comercio. El Consejo de Estado estudiará la certificación de los estudios de Rusinque en Francia, prueba que remitió el Ministerio de Educación.La decisión se produjo tras vencer los traslados ordenados luego de que el tribunal decretara una prueba de oficio para aclarar el alcance académico del diploma francés en Derecho Constitucional que la funcionaria presentó como parte de su formación.Los demandantes cuestionaron si Rusinque cumple con el nivel de estudios exigido para el cargo, por lo que el alto tribunal ordenó al Ministerio de Educación Nacional certificar la equivalencia del “Diplome Supérieur de l’Université – Droit Constitutionnel” expedido en Francia.La demanda que pide tumbar a Rusinque de la SIC será una de las “papas calientes” que deberá resolver el Consejo de Estado en 2026, por ello, el alto tribunal precisó que únicamente tendrá en cuenta la información enviada sobre el diploma francés de Rusinque, pues corresponde exactamente a lo solicitado en el auto del 20 de noviembre de 2025.¿Qué pruebas rechazó el Consejo de Estado?El despacho del magistrado ponente Pedro Pablo Venegas rechazó las pruebas allegadas por la propia Rusinque entre ellas artículos, traducciones, resoluciones de convalidación de otros posgrados y documentos relacionados con su producción académica.Tampoco fueron aceptadas las pruebas solicitadas por el demandante Samuel Ortiz Mancipe, Con estas decisiones, el proceso continúa enfocado exclusivamente en establecer si ese título y su eventual convalidación cumple con los requisitos para el cargo de superintendente.
La representante de la abogada y fiscal seccional Liceth Córdoba cuestionó la reciente celebración pública del cantante Luis Eduardo “Lowe” León sobre su absolución en España por el caso de violencia intrafamiliar, al recordar que actualmente cursa un recurso de apelación ante la justicia de ese país.Aunque el fallo absolutorio fue proferido a inicios de este año, solo recientemente el equipo del artista difundió un comunicado anunciando la victoria judicial, lo que generó inconformidad en la representación de Córdoba debido a que el proceso sigue activo en sede internacional.Según explicó su abogada, Wendy Herrera, la sentencia que absolvió al cantante fue proferida el 19 de mayo de 2025 y apelada el 23 de mayo del mismo año. Aseguró que la decisión se recibió con respeto, pero también con “profundo asombro” por la rapidez con la que se resolvió y por los argumentos utilizados para absolver a León.La representación sostiene que la sentencia no valoró adecuadamente las pruebas presentadas por la víctima, que no se admitieron testigos esenciales y que se produjo un fallo “inusualmente rápido”.También cuestionó la falta de perspectiva de género en el análisis del testimonio de Córdoba, señalando que el juez consideró que ella buscaba obtener ventajas en el proceso de divorcio, pese a que para la representación, la víctima habría actuado por el miedo y la urgencia de regresar a Colombia con su hijo.Frente a la publicación del comunicado del cantante en noviembre, la abogada del artista en España, Silvia Aucejo, afirmó que el contenido se divulgó en la fecha que su cliente consideró oportuna, alegando que había información incorrecta circulando sobre su situación judicial.A la controversia internacional se suma la disputa por la custodia del hijo de la pareja. La abogada de Córdoba confirmó que actualmente enfrentan un proceso de restitución internacional iniciado supuestamente por León, quien solicita que el menor regrese a España.Sin embargo, la defensa de la madre sostiene que el niño ha vivido en Barranquilla y que no existe fundamento para enviarlo a un país donde ninguno de los padres es ciudadano. La abogada calificó la solicitud como preocupante y consideró que la reciente exposición pública del caso podría responder a “una estrategia de marketing” vinculada a los proyectos musicales del cantante.En paralelo, continúa en Colombia el proceso penal por presunta violencia intrafamiliar agravada contra León. La abogada que integra la defensa de Córdoba recordó que la Fiscalía ya presentó el escrito de acusación. La audiencia concentrada está programada para el 23 de febrero de 2026.Por su parte, la defensa de León en Colombia, la abogada Luz Marina Berrio, explicó que el caso avanza bajo el procedimiento penal abreviado establecido en la Ley 1959 de 2019, en la cual la denuncia penal por violencia intrafamiliar, se une la investigación y la imputación, en un escrito de Acusación.Detalló que la audiencia concentrada, que reúne en un solo acto la acusación y la preparatoria, ya inició con la verbalización del escrito por parte de la Fiscalía, pero la intervención de la defensa técnica aún está pendiente debido a la suspensión de la diligencia, que continuará en febrero de 2026. Sostuvo que en esa próxima sesión la defensa de León podrá descubrir y presentar sus pruebas “en igualdad de armas” con el ente acusador.
La investigación por el envenenamiento con talio que dejó como víctimas a las menores Emilia e Inés Forero continúa revelando aristas complejas, telefónicas y químicas, que amplían un caso que para la Fiscalía podría tener conexiones con otro episodio ocurrido cuatro años atrás. El abogado penalista Majer Abushihab, representante de la familia Forero, explicó en Mañanas Blu las piezas que hoy conforman el rompecabezas judicial y que involucran —según él— no solo la actuación de Zulma Guzmán, principal sospechosa, sino la posible participación de terceros.“Indudablemente se están investigando varias hipótesis que involucran más personas”, afirmó Abushihab. Aunque insistió en que no puede detallar elementos sensibles porque podrían comprometer el curso de la investigación, dejó claro que existen líneas sólidas sobre el origen del talio, la cadena de entrega del alimento contaminado y la localización de la presunta responsable en los días críticos.El rastro del talio: sustancia prohibida y origen aún en análisisUno de los ejes investigativos más complejos es el ingreso del talio al país. Esta sustancia, prohibida en Colombia, solo puede utilizarse para procesos industriales específicos.Abushihab subrayó que la Fiscalía, dirigida por la fiscal Elsa Reyes, ha adelantado un rastreo minucioso: “Créame, no le puedo dar detalles, pero se han hecho ejercicios muy importantes de indagación sobre cómo pudo haber ingresado talio al país”.Según el penalista, el ente investigador ya identificó posibles fuentes y está verificando destinos potenciales a fin de reconstruir la ruta completa.El abogado también fue prudente cuando se le consultó si el talio utilizado en este caso correspondía al mismo tipo hallado en el envenenamiento de la esposa del padre de una de las niñas, sucedido cuatro años atrás y que involucraría al mismo círculo familiar. Sin embargo, dejó entrever que esta conexión no está descartada:“En los dos sucesos hubo talio. Eso sí es cierto”.El mensajero: una pieza instrumentalizada del planUno de los elementos más sensibles de la investigación es la responsabilidad del mensajero que llevó las frambuesas envenenadas al hogar de la familia Forero. Según Abushihab, el domiciliario es un testigo clave que no formó parte del plan criminal.“Evidentemente fue instrumentalizado. Él no tiene nada que ver”, enfatizó. Explicó que el hombre trabajaba con varias aplicaciones de mensajería y que la Fiscalía ya identificó las plataformas involucradas, encontrando conexiones “muy importantes”.El comportamiento del mensajero también llamó la atención por su insistencia en entregar el paquete. Abushihab confirmó que el domiciliario llegó inicialmente y se retiró cuando le dijeron que no esperaban ningún envío, pero regresó tras recibir nuevas instrucciones: “Son contactos telefónicos. Y de ahí la prueba técnica con la que cuenta la Fiscalía”.Las llamadas desde Argentina: un elemento técnico bajo reservaUno de los puntos que más confusión ha generado es la supuesta llamada desde Argentina utilizada para ordenar las frambuesas envenenadas. Aunque esta versión circuló ampliamente, Abushihab fue enfático en aclarar que la orden no se hizo desde el extranjero.“La llamada no fue desde Argentina”, aseguró. Sin embargo, dejó abierta la puerta a una conexión técnica con ese país: “El tema de Argentina es cierto; hay unos vínculos muy técnicos, pero de eso dará cuenta la Fiscalía”.Lo que sí confirmó es que Zulma Guzmán estaba en Colombia el día del envío, negando versiones que la ubicaban en Buenos Aires. “Sí, es correcto”, respondió al ser interrogado sobre si la presunta responsable estaba en Bogotá el 5 de abril.El vínculo probatorio: ubicaciones, teléfonos y testimoniosSobre cómo la Fiscalía concluyó que Guzmán ordenó el envío de frambuesas contaminadas, Abushihab insistió en que el caso está respaldado por evidencia diversa:“Hay pruebas testimoniales y pruebas técnicas: teléfonos, ubicaciones, lugares y personas que han tenido interacción con la presunta responsable”.Esta combinación llevó al ente investigador a solicitar una orden de captura nacional e internacional (Interpol).¿A quién iba dirigido el veneno? Un móvil aún en construcciónRespecto al posible objetivo del envenenamiento, el abogado evitó confirmar si el ataque iba dirigido a las niñas, al padre o a toda la familia:“Indudablemente existe la posibilidad, o para todos”, expresó. El móvil sigue siendo materia de indagación.
A ocho meses del envenenamiento con talio que causó la muerte de dos menores de edad en Bogotá, la Fiscalía continúa avanzando en una investigación descrita como “profunda, minuciosa y sustentada en evidencia de todo orden”. En el centro del caso aparece como principal sospechosa Zulma Guzmán Castro, quien sería la presunta responsable de la muerte de las niñas, ocurrida entre el 5 y el 9 de abril.El abogado penalista Majer Abushihab, representante de la familia Forero, entregó detalles relevantes sobre el estado del proceso y los elementos que han guiado las conclusiones preliminares de la Fiscalía. Según explicó en Mañanas Blu, el rastreo de pruebas técnicas y testimoniales ha permitido establecer conexiones clave que comprometerían seriamente a Guzmán.El domiciliario “fue instrumentalizado”Uno de los puntos de la investigación es el rol del mensajero que entregó las frambuesas con el talio. Abushihab afirmó que el domiciliario fue “instrumentalizado” y que la Fiscalía tiene plenamente esclarecida su participación.De acuerdo con su versión, el mensajero llegó inicialmente a la vivienda de la familia sin que nadie esperara un pedido. Ante la negativa, se retiró, pero luego regresó por instrucciones telefónicas de quien ordenó el envío. En su segundo intento, insistió en que el paquete, presentado como un regalo, debía ser recibido y mencionó el nombre de un miembro del núcleo familiar, razón por la cual decidieron aceptarlo.¿Cómo rastreó la Fiscalía el origen del envío?El abogado indicó que la Fiscalía ha utilizado herramientas técnicas, como análisis de teléfonos, ubicaciones y contactos, para establecer la trazabilidad del pedido. Aunque no puede revelar detalles específicos, aseguró que existen numerosas pruebas testimoniales y técnicas que comprometen a la presunta responsable.Sobre la ubicación de Guzmán al momento del envío, Abushihab fue claro: “Estaba en Colombia”. Esto, pese a que algunos registros telefónicos han generado confusión por referencias a conexiones con Argentina. El abogado insistió en que el pedido no se hizo desde ese país y que la razón por la cual Argentina aparece en los registros será explicada más adelante por la Fiscalía.El caso ha levantado sospechas adicionales por la muerte, años atrás, de la esposa del padre de una de las niñas, también asociada a la presencia de talio. Al respecto, Abushihab señaló que la Fiscalía estudia si ambos episodios están vinculados: “Hay una identidad de sucesos, personas del mismo núcleo familiar y un lapso de tiempo cercano. Es una hipótesis plausible que está siendo investigada”.Consultado sobre si el talio es el mismo en ambos hechos, el abogado evitó una respuesta técnica definitiva, aunque confirmó que en los dos casos hubo presencia del metal.
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial asumió la investigación contra la Juez 21 Penal del Circuito de Bogotá, señalada de haber emitido una sentencia condenatoria por abuso sexual basada en el uso indebido de inteligencia artificial y en citas inexistentes. El presidente de la Comisión, Mauricio Rodríguez Tamayo, explicó que fue el Tribunal Superior de Bogotá quien detectó los serios vacíos, inconsistencias y referencias falsas que motivaron la intervención disciplinaria.El origen del caso está en una condena por acceso carnal violento agravado contra un hombre señalado de agredir sexualmente, en 2013, a una mujer en condición de discapacidad en una residencia de Bogotá. Sin embargo, al revisar la sentencia, la Sala Penal del Tribunal Superior encontró que la argumentación utilizada por la jueza contenía múltiples irregularidades que resultaban abiertamente contrarias a derecho.En su decisión del 2 de diciembre de 2025, el Tribunal anuló la condena tras advertir que la funcionaria citó jurisprudencia inexistente de la Corte Suprema de Justicia, referencias falsas a autores y publicaciones que no correspondían con la realidad, así como supuestas citas textuales de providencias que nunca incorporaron los apartes mencionados. La Corporación concluyó que la jueza habría delegado en una herramienta de inteligencia artificial parte del análisis jurídico, sin verificar la veracidad ni la pertinencia de la información obtenida.Según el Tribunal, la jueza no solo inobservó las pautas sobre el uso responsable de la inteligencia artificial en la actividad judicial, sino que habría sustituido su deber de supervisión al permitir que la herramienta tecnológica construyera argumentos que luego trasladó al fallo. Esto vulneró, en criterio de la Sala, el deber de motivación de las decisiones judiciales y, en consecuencia, el derecho al debido proceso del acusado.Por ese motivo, el presidente de la Comisión compulsó copias a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá para que profundice en la conducta de la jueza y determine si incurrió en faltas disciplinarias.Además, Rodríguez Tamayo hizo un llamado general a todos los jueces del país para que ejerzan el mayor rigor en sus decisiones y utilicen las herramientas tecnológicas de manera adecuada. Recalcó que la inteligencia artificial no puede reemplazar el análisis jurídico ni la responsabilidad que implican las funciones jurisdiccionales.
Una investigación de varios meses permitió poner al descubierto una organización criminal que convirtió a Colombia en un punto de paso para migrantes dominicanos que buscaban obtener una identidad falsa. A cambio de entre 3.000 y 5.000 dólares, la banda trasladaba a ciudadanos desde República Dominicana hasta Medellín y Planeta Rica, Córdoba, donde les tramitaban registros civiles, cédulas y pasaportes colombianos que luego les servían para viajar hacia Estados Unidos y Europa sin levantar sospechas.Entre los tres capturados llama la atención la presencia de un funcionario público, se trata de Andrés Felipe Saltarín, empleado de la Registraduría Auxiliar de Belén, en Medellín. Según la investigación, era él quien aprovechaba su cargo para ingresar a los migrantes a la sede, adelantar los trámites sin requisitos y activar identidades falsas con datos que ya le entregaban los otros miembros de la red. En varias ocasiones, de acuerdo con los testimonios, se habría reunido con Marco Aurelio Monterrosa, alias ‘Yeyo’, para coordinar la entrega de documentos.Alias ‘Yeyo’, según la autoridad, actuaba como el operador logístico. Era quien acompañaba a los extranjeros por distintas ciudades para solicitar cédulas y pasaportes, haciéndose pasar por su “patrón” ante las oficinas. También definía rutas alternas, como Perú, Ecuador o Brasil, para evitar controles migratorios y garantizar que los migrantes pudieran continuar su viaje hacia el hemisferio norte o Europa con la nueva identidad.La presunta líder del grupo, Natalia Patricia Galeano, alias ‘La Madrina’, manejaba el dinero y coordinaba las instrucciones desde Medellín. Según la Fiscalía, recibía pagos desde República Dominicana y España, y organizaba los traslados, las citas y la documentación necesaria para que los trámites fraudulentos se concretaran.Durante la investigación, los peritos de la Dijin de la Policía Nacional compararon las huellas dactilares de 27 fotocédulas colombianas con sus fichas biométricas reales en República Dominicana. La verificación permitió confirmar el fraude y llevó a la Registraduría a cancelar todas esas identidades.Las autoridades señalan que esta banda hacía parte de una cadena criminal más amplia dedicada al tráfico de migrantes y que operaba desde varios países. La captura de los tres integrantes expone cómo estructuras locales y funcionarios corruptos facilitan el tránsito irregular hacia Estados Unidos, España y Francia utilizando documentos colombianos obtenidos ilegalmente.
Una de las “papas calientes” que tendrá que resolver la Corte Constitucional el próximo año será definir el rumbo de una de las reformas bandera del Gobierno del presidente Gustavo Petro, esta discusión que marcó un pulso definitivo entre la Corte y el primer mandatario será uno de los temas clave para la agenda del 2026 en el alto tribunal.Las últimas noticias sobre la reforma pensional vinieron por cuenta de la recusación que prosperó contra el magistrado Héctor Carvajal quien fue apartado del conocimiento de la demanda que pide tumbar la Ley, y con ello, en la última Sala Plena tras un intenso debate la votación fue de 4 a 4 en una ponencia que presentó el magistrado Jorge Enrique Ibáñez que pedía tumbar la reforma porque para él la Cámara de Representantes no subsanó los vicios de trámite.Ahora bien, tras el empate, por sorteo se designó un conjuez que para este caso es el abogado Carlos Pablo Márquez, quien mediante su cuenta oficial de X confirmó que aceptó hacer parte de la discusión.“Hoy presenté ante la Corte Constitucional mi aceptación para actuar como Conjuez. Tras un análisis riguroso, concluí que, en los términos de la Ley, no tengo impedimento alguno para asumir esta responsabilidad”, señaló el conjuez.Además del anuncio que resulta clave para que una vez los magistrados de la Corte regresen de la vacancia judicial agenden nuevamente la discusión sobre la pensional, entre líneas el conjuez Márquez dejó ver su preocupación a lo que denominó como “presiones y desinformación”.“He recibido y sé que seguiré recibiendo preguntas bien y malintencionadas. Preveo que habrá intentos de presión y mucha desinformación. ¿Me preocupa? Sí, pero no me intimida”.Además, aseguró el conjuez que actuará bajo los parámetros de la ley y que su voto no estará influenciado por ninguna persona externa al proceso.“No voy a poner en riesgo una trayectoria construida con esfuerzo y honestidad para servir intereses particulares o colores políticos”, dijo.Habrá que esperar entonces cuál será la decisión de la Corte Constitucional sobre una de las reformas bandera para el Gobierno Nacional.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó al Servicio Geológico Colombiano (SGC) abstenerse de usar indebidamente sus canales de información para hacer publicidad política. Esto, tras una demanda sobre la utilización de las cuentas en donde publicaron mensajes alusivos a la crisis de la Nueva EPS y la convocatoria a una movilización promovida por el GobiernoEn un fallo de 22 páginas conocido por Blu Radio, el tribunal determinó que el SGC incumplió las reglas de publicidad oficial al publicar en sus redes institucionales mensajes y piezas gráficas que incluían contenidos propios de la estrategia de comunicación del Gobierno como por ejemplo, la crisis en la Nueva EPS y la convocatoria a la movilización del 24 de octubre en la Plaza de Bolívar promovida por el presidente Gustavo Petro.Este pronunciamiento se da en el marco de una acción de cumplimiento que instauró la Fundación para el Estado de Derecho, que denunció que el Servicio Geológico Colombiano difundió en septiembre y octubre mensajes con el hashtag "#SeRobaronLaSalud" así como imágenes en respaldo de los pronunciamientos presidenciales, acción que por supuesto no tiene nada que ver con sus líneas de comunicación.Aunque la entidad sostuvo que solo compartió información oficial elaborada por la Presidencia de la República y que actuó en el marco de una estrategia de comunicación unificada al Gobierno nacional, la postura del tribunal es que ese tipo de contenidos constituyen publicidad oficial y está sometida a las restricciones de un artículo de ley."De la anterior conducta desplegada por el Servicio Geológico Colombiano, se evidencia que la entidad orientó el ejercicio de su publicidad oficial hacia una finalidad ajena a la de su objeto misional; el uso de la publicidad oficial, anteriormente ventilado, no se subsume dentro de las competencias propias del Servicio Geológico Colombiano ni se realizó con ocasión al ejercicio del deber funcional de la misma entidad", se lee en el fallo.Por ello, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca exhortó al director del Servicio Geológico Colombiano a abstenerse de orientar la publicidad oficial hacia fines no misionales y a evitar replicar mensajes gubernamentales que no correspondan a sus competencias legales.La sentencia advierte, además, que el principio de coordinación entre entidades del Estado no habilita a ninguna para apartarse de su mandato legal ni para emplear recursos públicos en la difusión de contenidos de carácter político o sectorial que no son de su competencia.
La audiencia de medida de aseguramiento contra Ricardo González Castro, señalado como uno de los agresores del estudiante de la Universidad de los Andes Jaime Esteban Moreno, continuó este martes en medio de tensiones, fallas técnicas y nuevos testimonios que revelan detalles sobre la brutal golpiza ocurrida en la madrugada del 31 de octubre, en el norte de Bogotá.González, quien se entregó voluntariamente el lunes en Cartagena tras permanecer diez días prófugo, no aceptó los cargos de homicidio agravado que le imputó la Fiscalía General de la Nación, a pesar de las pruebas y videos que lo muestran participando activamente en la agresión.En las imágenes, el hombre de 22 años aparece vestido de negro, con unas orejas de disfraz, golpeando con fuerza a Jaime Esteban Moreno después de que ya había sido atacado por el mismo grupo de personas. En la segunda agresión, González habría sido quien golpeó a Moreno y lo dejó en el piso para luego seguir siendo atacado por él y por el otro implicado Juan Carlos Suárez, quien ya está detenido.La fiscal del caso, Elsa Cristina Reyes Hernández, detalló en audiencia la gravedad de las lesiones que causaron la muerte del estudiante: trauma craneano severo, fracturas en la mandíbula y hematomas en cuello y pecho, heridas que resultaron letales. Según la fiscal, el ataque fue directo y coordinado, y dejó al joven en un estado de indefensión total.La Fiscalía solicitó medida de aseguramiento en centro carcelario, argumentando que González representa un peligro para la sociedad y que existe riesgo de fuga si se le otorga prisión domiciliaria. “Si ni siquiera respetó la vida ni la autoridad, mucho menos va a respetar la obligación de no salir de su domicilio”, dijo la fiscal Reyes durante su intervención.El abogado Camilo Rincón, representante del hermano menor de la víctima, pidió a la juez no permitir que el caso se convierta en una burla para las víctimas. Mientras que. por su parte, el abogado Francisco Bernate, defensor de los padres de Jaime Esteban, reiteró el llamado a la Fiscalía para que vincule formalmente a la mujer vestida de azul, identificada como Kleidymar Fernández Sulbarán, quien, según varios testimonios, habría instigado el ataque. Al respecto la Fiscalía aclaró que ya investiga los hechos para determinar la responsabilidad de ambas mujeres.Uno de los relatos más importantes en la diligencia fue la lectura del relato de un testigo presencial, que aseguró haber visto cómo “un hombre calvo, de contextura atlética y con la cara pintada de rojo y negro, le dio un golpe por detrás en la nuca” al estudiante.También mencionó que una de las mujeres del grupo le gritó a Jaime: “Ahí tiene, para que siga acosando”, frase que según la defensa hecha por la abogada Marcela López sería relevante para entender el origen de la agresión.López dijo que González no actuó con intención de cometer homicidio y que no existió un acuerdo previo con Suárez. Según la versión que López sustentó en el testimonio, la reacción del joven fue producto de la provocación de la mujer vestida de azul, quien habría impulsado la violencia de Suárez.Tras más de seis horas de audiencia y constantes interrupciones por problemas técnicos, la juez decidió suspender la diligencia hacia las 8:40 p. m.. El proceso se retomará este miércoles, 12 de noviembre, a las 10 de la mañana y se definirá si Ricardo González será enviado a un centro carcelario de manera preventiva mientras continúa la investigación.
El asesinato de Jaime Esteban Moreno, estudiante de Ingeniería de Sistemas de 20 años de la Universidad de Los Andes, continúa conmocionando a Bogotá. La brutal agresión ocurrió la noche de Halloween, el 31 de octubre, frente al Before Club, en la esquina de la calle 64 con carrera 15, en el norte de la ciudad.Durante el ataque, los agresores golpearon repetidamente a la víctima, enfocándose en su cabeza, pese al abundante sangrado que presentaba. Moreno falleció a causa de la gravedad de las lesiones.El caso dio un giro el lunes 10 de noviembre de 2025, cuando Ricardo González Castro, de 23 años y oriundo de Cartagena, se entregó voluntariamente en la URI de Canapote. González era buscado desde el 7 de noviembre por su presunta participación como coautor del homicidio. Según la defensa, el joven no intentó huir del país y viajó a la costa para reunirse con su familia.En los videos de seguridad analizados por la Fiscalía, González fue identificado vistiendo una camiseta negra y orejas de conejo. De acuerdo con el abogado de la familia de la víctima, sería el hombre que propinó el primer golpe que dejó a Jaime Esteban en estado de indefensión.Durante la audiencia de legalización de captura e imputación de cargos, realizada el lunes, la Fiscalía General de la Nación imputó a González el delito de homicidio agravado doloso, con el agravante de haber colocado a la víctima en situación de indefensión. El ente acusador sostuvo que el procesado actuó con conocimiento del acuerdo previo para atacar a Moreno y de la letalidad de los golpes en zonas vitales.A pesar de los señalamientos, González no aceptó los cargos y se declaró inocente. Paralelamente, la familia de la víctima pidió que Paola Fernández, identificada en los videos como la mujer disfrazada de azul, sea formalmente vinculada al proceso, ya que, según los testimonios, habría sido quien “señaló a Jaime Esteban”, provocando la agresión.Durante la audiencia de este martes 11 de noviembre de 2025, la fiscal del caso, Elsa Cristina Reyes Hernández, reveló nuevos detalles y presentó testimonios clave. Uno de ellos, testigo presencial de los hechos, aportó una descripción crucial: “Yo vi cuando un hombre calvo, de contextura atlética y con la cara pintada de rojo y negro, le dio un golpe por detrás en la nuca al joven. Él gritó". Además, este testigo profundizó en lo que dijo la mujer a Jaime mientras era golpeado: "Después de un minuto se acercaron dos mujeres: una de tez morena, vestida de azul, y otra de negro. La mujer de azul le dijo al occiso: ‘ahí tiene, para que siga acosando’”, relató.Este es el videoLa audiencia continuará para determinar si Ricardo González Castro será enviado a prisión mientras avanza el proceso judicial.
En audiencias concentradas de judicialización, la Fiscalía General de la Nación hizo un fuerte llamado de atención a José Eduardo Chalá, el conductor de taxi que, en estado de embriaguez grado tres, arrolló a once personas, entre ellas cuatro menores de edad, en el barrio Santa Rita, localidad de San Cristóbal, en el sur de Bogotá.El fiscal del caso cuestionó duramente la decisión del hombre de conducir bajo los efectos del alcohol y lo responsabilizó de las graves consecuencias del siniestro.Las inspecciones realizadas en el sitio del accidente y los elementos probatorios recolectados mostraron que el conductor perdió el control del vehículo debido a su estado de embriaguez, impactó a varios peatones que se encontraban en una esquina y terminó colisionando contra la fachada de una vivienda.“Se produjo esta situación donde se afecta a varias familias, que hoy atraviesan difíciles momentos, a causa de una decisión suya: la clara intención de conducir en esas condiciones de salud”, señaló el fiscal durante la audiencia.Durante la imputación de cargos, el fiscal detalló nuevamente las lesiones sufridas por las once víctimas, destacando la gravedad de las heridas de dos menores, de 7 y 15 años, que permanecen hospitalizados en estado crítico y con diagnóstico de muerte cerebral.“Padres que, más allá de las lesiones que ellos recibieron el día de ayer, se encuentran con una situación dolorosa: tener que asumir un nuevo año y estas fechas navideñas enfrentándose a esta cruda y triste realidad”, manifestó el funcionario judicial.La Fiscalía imputó a Chalá los delitos de homicidio agravado en modalidad de tentativa respecto a los dos menores, en concurso heterogéneo con lesiones personales dolosas agravadas frente a las demás víctimas. El fiscal resaltó que el comportamiento del conductor fue totalmente irresponsable y causa directa de la tragedia.“A través del examen de toxicología y alcoholemia se pudo determinar que esta situación sobrepasó cualquier posibilidad de ser simplemente una falta de reflejos o un accidente de tránsito. Decidió conducir sabiendo que su estado físico y mental no eran aptos”, agregó.El conductor, quien en un principio aseguró haber consumido solo cuatro cervezas, presentó un nivel de embriaguez tipo tres, el más alto contemplado en la ley, según los resultados del examen de alcoholemia. Ante esto, el fiscal lo recriminó públicamente por la “decisión absurda” de manejar en ese estado.“‘Como soy yo, a mí no me pasa nada’; ese es el imaginario que lleva a estos resultados tan drásticos”, señaló el funcionario judicial. José Eduardo Chalá aceptó los cargos y será enviado a un centro carcelario por orden de un juez de control de garantías, mientras las familias de las víctimas permanecen a la espera de la evolución de los heridos.
La familia de Jaime Esteban Moreno, el joven de 20 años asesinado a golpes la noche del 31 de octubre, solicitó que Paola Fernández, identificada en los videos de seguridad como la mujer con disfraz azul, sea puesta a disposición de las autoridades y vinculada formalmente al proceso del homicidio.El abogado Francisco Bernate, representante de las víctimas, señaló que existen elementos que comprometen a Fernández en la agresión que le costó la vida a Jaime Moreno. “Para la representación de las víctimas no existe ninguna justificación para que esta persona no esté vinculada a esta investigación. Es evidente su participación en los hechos, está junto con dos personas en el lugar donde se cegó esta vida y es quien señala a Jaime Esteban; ello desencadena la agresión brutal”, precisó Bernate.El jurista agregó que durante las diligencias, la mujer habría entregado información falsa a las autoridades. “Mintió al afirmar que había salido del bar cuando se encontró con la pelea, pero esta ocurrió a unas cuadras del lugar y ella estaba allí. Además, dio datos de ubicación que no corresponden a la realidad. Es una persona con situación migratoria irregular, por lo que no hay razón para que permanezca libre en el país sin estar bajo control judicial”, indicó el abogado.Por su parte, la Fiscalía General de la Nación confirmó que adelanta investigaciones para establecer el grado de responsabilidad de las dos mujeres que fueron inicialmente capturadas el día de los hechos: Paola Fernández y Bertha Torres. La delegada explicó que, aunque fueron dejadas en libertad en ese momento, se evalúa si habrían tenido participación como instigadoras o determinadoras. “Estas personas no participaron en los golpes físicos, pero no quiere decir que no tuvieran alguna intervención en el hecho. En este caso estuvieron presentes cuatro personas, y se está determinando el grado de responsabilidad de cada una”, indicó la fiscal del caso.En las últimas horas, Ricardo González, el segundo procesado por su presunta participación en la agresión, no aceptó cargos y se declaró inocente del delito de homicidio agravado en calidad de coautor en modalidad dolosa. Durante la audiencia, la fiscal del caso sostuvo que existió un presunto acuerdo previo entre los agresores para atacar a la víctima, quien fue golpeada en repetidas ocasiones. “Aprovechando la situación de indefensión en que lo habrían colocado, ambos continuaron golpeándolo, dirigiendo patadas principalmente a la cabeza, agresión que se mantuvo pese a que Jaime Esteban presentaba un evidente sangrado abundante y signos de ahogo con su propia sangre”, relató.La familia del joven insiste en que la investigación avance con celeridad y que todas las personas involucradas, directa o indirectamente, en los hechos que causaron la muerte de Jaime Moreno comparezcan ante la justicia.
El caso del asesinato de Jaime Esteban Moreno, estudiante de Ingeniería de Sistemas de la Universidad de Los Andes, dio un giro crucial luego de que se conociera la entrega voluntaria de Ricardo González Castro, el segundo señalado de participar en el violento ataque ocurrido en Bogotá. La entrega se produjo el lunes 10 de noviembre de 2025.González, de 23 años, se presentó ante las autoridades en las instalaciones de la URI de Canapote, en Cartagena (Bolívar), tras haber permanecido prófugo durante más de una semana. La Fiscalía General de la Nación lo buscaba desde el 7 de noviembre, bajo una orden de captura por su presunta participación como coautor del homicidio que conmocionó a la capital del país.La víctima, Jaime Esteban Moreno, perdió la vida a causa de la brutal golpiza que recibió la noche del 31 de octubre, en inmediaciones del Before Club, ubicado en la esquina de la calle 64 con carrera 15, en el norte de Bogotá.Tras la entrega, la defensa de González, encabezada por la abogada penalista Gladys Marcela López, aclaró que su representado no es ciudadano venezolano, sino colombiano, de Cartagena, y que además prestó su servicio militar.López insistió en que el joven no estaba huyendo del país, sino que viajó a la Costa Caribe para reunirse con su familia, que reside allí. Ricardo González fue identificado en los videos de seguridad como el hombre que vestía una camiseta negra y unas orejas de conejo, y que, según el abogado de la víctima, habría sido quien propinó el golpe que dejó a Moreno en estado de indefensión. Posteriormente, fue presentado ante un juez de control de garantías.En horas de la tarde del lunes 10 se llevó a cabo la audiencia de legalización de captura e imputación de cargos, en la que la Fiscalía buscaba determinar si González aceptaba los cargos y se acogía a beneficios judiciales por colaboración, o si, por el contrario, afrontaría un juicio. Finalmente, no aceptó los cargos.Durante la audiencia, la Fiscalía sostuvo que González era consciente del acuerdo previo y de la letalidad de los golpes que se propinaron a la víctima, especialmente en zonas vitales como la cabeza. Por estos hechos, se le imputó el delito de homicidio agravado doloso, con el agravante de haber puesto a la víctima en situación de indefensión.Por su parte, Juan Carlos Suárez, el otro implicado en el crimen, continuará su audiencia de medida de aseguramiento este miércoles 12 de noviembre a las 9:00 de la mañana.
La Corte Constitucional declaró exequible el Decreto Ley 1094 de 2024, mediante el cual el Gobierno nacional reconoció la Autoridad Territorial Económica y Ambiental, ATEA, como un instrumento de derecho propio de las comunidades indígenas que integran el Consejo Regional Indígena del Cauca, CRIC.Para la Corte, la expedición del decreto no vulneró el derecho fundamental a la consulta previa, en tanto el proceso fue resultado de un diálogo concertado con las autoridades tradicionales del pueblo indígena.El decreto, firmado por el presidente de la República, Gustavo Petro, en agosto de 2024, establece las competencias, funcionamiento y mecanismos de coordinación de la ATEA en los territorios indígenas del CRIC.Sin embargo, varios ciudadanos impulsaron demandas de inconstitucionalidad por considerar que la norma debía ser consultada no solo con los pueblos del CRIC, sino con otras comunidades indígenas del Cauca y de otros departamentos, y que algunas disposiciones podían afectar la propiedad privada y la autonomía de entidades territoriales no indígenas.Tras estudiar los requerimientos, la Corte concluyó que las demandas solo eran aptas en lo relativo al derecho a la consulta previa, y se inhibió de pronunciarse sobre los cargos de presunta vulneración a la propiedad privada y a la autonomía territorial, al considerar que se basaban en interpretaciones subjetivas de la norma.La Sala Plena reiteró que el decreto fue producto de un proceso de concertación y negociación previa entre el Gobierno y el CRIC y que esa actuación cumplió con el objetivo esencial de la consulta previa, que es garantizar la participación efectiva de los pueblos afectados y respetar su derecho a la autodeterminación.Asimismo, el alto tribunal concluyó que la norma no generaba afectación directa a otras comunidades indígenas del Cauca ni de otros departamentos, pues su ámbito de aplicación se limita a los territorios del CRIC, aunque sí dejó abierta la posibilidad de que en casos concretos se evalúe si la aplicación del decreto puede producir impactos específicos sobre terceros.Reparos por parte de magistradosEn cuanto al detalle de la votación, los magistrados Miguel Polo Rosero, Carlos Camargo Assis y Héctor Carvajal Londoño presentaron salvamentos parciales de voto.Polo Rosero y Camargo coincidieron en que el artículo 3 del decreto, al incluir territorios en proceso de solicitud o saneamiento, podría generar tensiones con los derechos de propiedad y la autonomía de las entidades no indígenas y por ello consideraron que la Corte debió condicionar la norma, limitando su aplicación a tierras con título colectivo reconocido o con resolución de protección.Por su parte, Carvajal sostuvo que el cargo sobre autonomía y propiedad privada merecía un examen de fondo.