La Corte Constitucional confirmó la anulación de la elección de Carlos Hernán Rodríguez Becerra como contralor General de la Nación, una decisión que tomó el Consejo de Estado al encontrar irregularidades en ese proceso. "Confirmar el resolutivo primero de la sentencia del Consejo de Estado de 25 de mayo de 2023 en cuanto decretó la nulidad de la elección del doctor Carlos Hernán Rodríguez Becerra como contralor General de la República", señala la sentencia. Sin embargo, en este misma decisión el alto tribunal le ordena al Congreso rehacer el proceso de elección a la mayor brevedad posible a partir de la elaboración de la lista de diez elegibles teniendo en cuenta el listado de los 20 habilitados entregado al Congreso de la República por la Universidad Industrial de Santander el 14 marzo de 2022. Lea también: Consejo de Estado deja en firme el nombramiento de Carlos Mario Zuluaga como contralor generalEs decir que la Corte permitiría que el abogado pueda volver a salir elegido en el Congreso, eso sí, cumpliendo con todas las reglas del caso. "ORDENAR al Congreso de la República rehacer, a la mayor brevedad posible, el proceso de elección del Contralor General de la República a partir de la elaboración de la lista de diez elegibles teniendo en cuenta: i) el listado de veinte habilitados entregado al Congreso de la República por la Universidad Industrial de Santander el 14 marzo de 2022; ii) las reglas de la convocatoria, en particular, los criterios de paridad de género y de mérito, de conformidad con la parte motiva de esta sentencia", señala el texto. Este es el listado de los 20 mejores puntajes en el examen de la UIS para la elección de Contralor General.¿Por qué el Consejo de Estado anuló la elección de Rodríguez?La Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad de la elección de Carlos Hernán Rodríguez Becerra, como resultado de una demanda en la que se argumentaron una serie de irregularidades en el proceso de elección del contralor, razones que fueron acogidas por el Consejo de Estado y que condujeron a la anulación."La mesa directiva del Congreso de la República introdujo cambios sustanciales a los criterios y valores establecidos en la convocatoria inicial del proceso de elección, los cuales fueron injustificados y modificaron de manera significativa los parámetros de evaluación de los participantes, después de que ya se conocieran los resultados de las pruebas de conocimientos y de la evaluación de las hojas de vida, actividades llevadas a cabo por la Universidad Industrial de Santander en la primera fase de la elección", señaló el pronunciamiento del Consejo de Estado.En el fallo de 82 páginas, el Consejo de Estado reveló que en este proceso electoral se desconoció lo establecido por la ley, al crear una tercera lista de candidatos elegibles y modificar los parámetros de calificación establecidos inicialmente en la convocatoria, sin justificación alguna.Aunque el Congreso invocó como sustento los pronunciamientos judiciales emitidos en el marco de una acción de tutela y una acción popular, se determinó que dichos pronunciamientos solo ordenaron la conformación de una segunda lista de candidatos elegibles, pero no una tercera lista como sucedió en este caso, y mucho menos la modificación de la convocatoria inicial del proceso.Además, en el marco de las acciones populares no se pueden tomar decisiones de tipo electoral, según la prohibición expresa del artículo 139 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, Creg, lanzó una propuesta para incentivar el ahorro de energía y castigar el desperdicio en medio de la alerta por un posible racionamiento de energía en el país en medio del fenómeno de El Niño.Ante esto, el abogado constitucionalista, Germán Calderón España, demandó esta resolución ante el Consejo de Estado alegando una aparente falta de motivación.Calderón, en medio de su demanda, argumenta bajo una serie de preguntas como, por ejemplo: por qué no se tomaron las medidas preventivas necesarias, y además por qué no se hicieron campañas de alerta por la inminente reducción de agua en los embalses.Multas al consumo de luz pueden llevar al cierre de pequeñas empresas: AcopiEn la serie de cuestionamientos que sustentan la demanda, también están los nombramientos que no hizo la Creg para que se adoptaran las medidas necesarias para la superación de la crisis.“El sistema encargado de atender la demanda energética, conocido como "sector eléctrico", en razón de su vulnerabilidad de origen estructural y operacional, no fue capaz de enfrentar satisfactoriamente una contingencia del mundo físico dada por la hidrología extremadamente seca asociada al fenómeno de El Niño, quedando desbordado como subsistema como consecuencia de su precaria respuesta que ha afectado una condición esencial de la vida social y económica, asociada al adecuado suministro de energía”. Expresa el documentoIncluso el jurista comparó la situación actual del bajo nivel de los embalses con la crisis energética que sufrió el país en 1992, y fue enfático en asegurar que, por qué razón teniendo ese antecedente, no se tomaron las medidas correspondientes para evitar una crisis energética.Por último, el abogado Calderón, pidió que se decreten las pruebas testimoniales del Ministro de Minas y Energía, Andrés Camacho, el exministro de Minas y Energía, Amylkar Acosta, y de la Senadora María José Pizarro. Esto, tras considerar que estos testimonios resultan pertinentes en el debate que fundamenta esta demanda ante esta resolución.
La demanda de pérdida de investidura en el Consejo de Estado fue radicada y admitida en contra el representante a la Cámara por Antioquia y del Pacto Histórico, David Alejandro Toro Ramírez.La acción se da porque según el abogado demandante, Juan Giraldo, el congresista fue contratista del Colegio Mayor, entidad adscrita a la ciudad de Medellín, meses antes de las elecciones parlamentarias, donde fue elegido para el periodo 2022-2026."Encontramos que la corporación Avanti, representada por el hoy congresista Alejandro Toro, en el año 2021 se inscribió en contrato con el Colegio Mayor de Antioquia en época preelectoral. Dicho contrato fue ejecutado por el mismo Alejandro Toro, que para poder cobrar el contrato, adjuntó fotos de él dictando las charlas para las cuales fue contratada la corporación", indicó el veedor ciudadano y quien hizo parte del proceso investigativo, Daniel Salazar.Según la ley 5 de 1992, por la cual se expide el Reglamento del Congreso en el artículo 280 sobre los casos de inhabilidad reza que la causal 3 es que “quienes hayan intervenido en gestión de negocios ante entidades públicas, o en la celebración de contratos con ellas en interés propio, o en el de terceros, o hayan sido representantes legales de entidades que administren tributos o contribuciones para fiscales, dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de la elección”.Representante a la Cámara por Antioquia, Alejandro Toro, podría perder su curul por inhabilidadPor su parte, Toro había respondido en días pasados a través de un vídeo y en donde asegura que lo quieren callar. Pese a esto, la Sala Primera Especial de Decisión de Pérdida de Investidura del Consejo de Estado se encargará de estudiar la demanda.
Una nueva polémica gira en torno a la elección de la fiscal Luz Adriana Camargo, quien después de 5 salas plenas se impuso como jefe del ente acusador, pues se conoció que el Consejo de Estado admitió el estudio de una demanda en contra de su elección, alegando supuestos vicios que se habrían presentado en este proceso que adelantó la Corte Suprema de Justicia.Los demandantes argumentaron que la elección del fiscal general se realizó con transparencia, asegurando el acceso a la información y que, además, las votaciones no deberían perturbarse por situaciones de asedio, como las del 8 de febrero justo en frente de las instalaciones del Palacio de Justicia, cuando los magistrados de las Cortes alegaron sentirse ‘sitiados’ luego de que el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Gerson Chaverra, le informara al país que no se había elegido a la fiscal en esa primera sesión de votación.Además, se enfatizó en el día de la elección, cuando la ternada Amelia Pérez acudió al Palacio de Justicia para declinar su candidatura para ser fiscal, se dijo que, esta alta corte tenía el deber de informarle al presidente Gustavo Petro sobre la renuncia de Pérez para que se hiciera una modificación de la terna.“Declarar la nulidad del acto administrativo proferido por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia el día 12 de marzo del 2024, mediante el cual declaró elegida a Luz Adriana Camargo Garzón como fiscal general de la Nación para el período 2024-2028, así como de todos los demás actos administrativos conexos a la misma, por la violación de las normas constitucionales y de la ley”, expresa el documento de la demanda.Finalmente, el tribunal notificó a las partes para que presenten sus opiniones y respondan a los argumentos.
Luego de que en mayo de 2023 el Consejo de Estado declarara como nula la elección de Carlos Hernán Rodríguez para el cargo de contralor general de la República para la vigencia 2022 – 2026, y por este motivo, el cargo fue ocupado por el vicecontralor, Carlos Mario Zuluaga, este alto tribunal se pronunció respecto a este caso.En ese sentido, la sección quinta del Consejo de Estado ratificó el nombramiento de Carlos Mario Zuluaga como Contralor General encargado, la sustentación de esta demanda de anulación se basa en la falta de competencia del funcionario que expidió la resolución para declarar la falta absoluta del cargo y en ese sentido encargar al demandado con el fin de que asumiera las funciones de contralor general de la República.Además, se alegó también que esta facultad era exclusivamente del Congreso de la República.El Consejo de Estado aún debe resolver una serie de cuestionamientos sobre este caso, como determinar si “es nulo el acto enjuiciado por la falta de competencia del contralor general de la República para declarar la falta absoluta de su cargo, según lo disponen los artículos 267 y 268 de la CP; y 35 del decreto ley 267 de 2000 y, a su vez, determinar quién asumiría las funciones de ese cargo”, señaló el documento emitido por el alto tribunal.Por otro lado, la sentencia dice que el excontralor Carlos Hernán Rodríguez no tenía la capacidad legal para declarar la vacancia definitiva de su cargo ni para haber designado un reemplazo temporal, por esto se concluyó que incurrió en una extralimitación de las funciones constitucionalmente atribuidas.Por último, a pesar de la decisión del Consejo de Estado de dejar en firme el cargo de Zuluaga, la Corte Constitucional decidió suspender el proceso hasta que se resuelva la tutela que presentó el excontralor. Por tanto, se efectuará una discusión frente a este caso en la orden del día de la Corte Constitucional y así las cosas, Carlos Mario Zuluaga seguirá cumpliendo sus funciones como Contralor General.
La multa interpuesta por Sistema Integrado de Transporte (SI 99 S.A.) concesionario encargado de la operación de TransMilenio, abarca en la modificación de un contrario que se mantenía con la entidad en la que no hubo una concertación para calcular la remuneración y descuento a favor del concesionario. A raíz de esto, se convocó el caso ante un tribunal arbitral para dar solución a las diferencias contractuales, en las que el concesionario, le impuso una multa de 12.000 millones de pesos a la empresa TransMilenio.De acuerdo con la sentencia del Consejo de Estado, una vez evaluados los efectos económicos que tendría el reajuste del contrato, se vieron afectadas las variables que impuso la empresa TransMilenio S.A. para definir la fórmula de participación a favor del concesionario.Así mismo, la empresa presentó un recurso extraordinario ante el Consejo de Estado en el 2022, alegando que existía una falta de competencia del tribunal. Por esa razón, el pasado 14 de marzo, este mismo tribunal aceptó la petición y tumbó la condena.“El tribunal sí desconoció el límite de sus facultades o potestades, puesto que, bajo la excusa de restablecer el equilibrio económico del contrato, reprochó la estructura de la fórmula de participación, aspecto que, como se dijo en párrafos precedentes, es inescindible del acto administrativo de modificación unilateral”, menciona la sentencia.Por las razones expuestas, la sentencia del Consejo de Estado, declara parcialmente fundado el recurso extraordinario de anulación interpuesto por TransMilenio S.A. en contra del laudo arbitral del 11 de julio de 2022.
El debate por la 'vaca' para financiar las vías 4G en Antioquia llegó a la Cámara de Representantes donde el gobernador de ese departamento Andrés Julián Rendón tuvo que responder varias peguntas que giran en torno a esta iniciativa. Una 'vaca' que puso en problemas a varios congresistas que decidieron donar y ahora se enfrentan a una demanda ante el Consejo de Estado por la que podrían perder su curul en caso de que ese tribunal falle a favor del demandante. Por esa situación, el gobernador Rendón confirmó que va a devolver la plata que aportaron varios congresistas a la vaca por las vías 4G, para evitarles problemas legales a ocho de ellos. "Con el ánimo de no afectar ni de involucrarlos en ningún problema judicial respetando a nuestras autoridades quiero decirles que vamos a proceder a regresar los recursos que ellos (los congresistas) genuinamente donaron a la vaca y lo vamos a hacer aún cuando tenemos convencimiento jurídico desde la Gobernación de Antioquia que eso no constituye un contrato", sostuvo el mandatario local. ¿Por qué demandaron a los congresistas?Carlos Mario Patiño fue el abogado que presentó ante el Consejo de Estado la demanda relacionada con las donaciones realizadas por políticos para la 'vaca' destinada a recaudar fondos para la finalización de las vías 4G en Antioquia.En declaraciones a Blu Radio, Patiño señaló que podría haber otros funcionarios que estén en la misma situación, pero solo incluyó en la demanda a aquellos que hicieron público su aporte."La causal de inhabilidad aplica para los congresistas, pero en principio tanto el gobernador como el alcalde de Medellín, así como varios alcaldes, podrían haber incurrido en la misma acción. También presenté derechos de petición a la gobernación para obtener información sobre qué funcionarios realizaron donaciones, y eventualmente presentaremos demandas contra ellos", explicó.El abogado señaló que aunque los congresistas podrían argumentar desconocimiento sobre esta causal de inhabilidad, sus equipos de trabajo deberían haber advertido los riesgos asociados con estas donaciones, lo que podría indicar dolo."Cada congresista cuenta con el respaldo de sus unidades de trabajo, por lo que no pueden argumentar desconocimiento sobre la posible pérdida de investidura o conflicto de interés. Es poco probable que hayan realizado estas donaciones con la intención de ser demandados, pero es posible que haya habido una negligencia grave en cualquier caso", afirmó Patiño.
El Ministerio de Justicia ha enfatizado la importancia de proporcionar un contexto histórico al Consejo de Estado en relación con el desarrollo de la erradicación de cultivos ilícitos mediante la aspersión aérea en el ordenamiento jurídico colombiano.Es importante destacar que esta medida ha sido objeto de debate y análisis a lo largo de los años debido a sus posibles impactos ambientales, de salud y sociales.La discusión en torno al uso del glifosato en la erradicación de cultivos ilícitos continúa siendo un tema relevante en el ámbito político y social del país, con diversas opiniones y posturas sobre su eficacia y consecuencias.En este caso, el Consejo Nacional de Estupefacientes, decidió suspender el uso del herbicida conocido como glifosato en las operaciones de erradicación de cultivos ilícitos mediante aspersión aérea. Esta decisión se basó en las repercusiones negativas que el glifosato estaba teniendo en la salud humana y en el medio ambiente, como motivo principal.Sin embargo, en la actualidad, esta regulación no se implementa en la práctica, ya que entra en conflicto con la nueva Política Nacional de drogas de Colombia para el periodo 2023-2033, titulada "Sembrando vida, desterramos el narcotráfico".Esta nueva política reconoce que, a pesar de más de medio siglo de esfuerzos en la lucha contra las drogas, los resultados no han sido satisfactorios. Además, reconoce que la política tradicional ha causado daños graves, incluyendo víctimas como campesinos, mujeres y grupos étnicos, así como impactos negativos en el medio ambiente.Así las cosas, esta cartera enfatizó en que existen otros mecanismos encaminados a la erradicación de los cultivos ilícitos que resultan menos nocivos.
La Sección Quinta del Consejo de Estado negó las pretensiones de cinco demandas acumuladas dirigidas a obtener la nulidad de la elección de los senadores de la República del periodo vigente.Los partidos Liberal y Conservador fueron los demandantes que planteaban falsedades en los documentos electorales, por diferencias entre los votos consignados en los formularios E-14 (mesa de votación) y E-24 (comisiones escrutadoras), que presuntamente no estuvieron justificados en recuentos o modificaciones realizados válidamente.Por cuenta de este cargo, se buscaba el descuento de una curul a la coalición Pacto Histórico que pasaría de 20 a 19.Sin embargo, en el fallo se analizaron 128.227 registros, distribuidos en 40.374 mesas de votación, de las 112.000 instaladas en el país y los consulados.La Sección Quinta determinó que se comprobaron diferencias injustificadas en menos del 10 % de los registros demandados, que los recuentos realizados por los jurados de votación no se reflejaron de forma clara en los formularios y, por último, que se desconoció el artículo 135 del Código Electoral por parte del Consejo Nacional Electoral, que ordena incinerar los votos sobrantes cuando exceden a los sufragantes de la mesa.La decisión fue mantener incólumes las curules de los 100 senadores de la República elegidos en la circunscripción ordinaria y, en consecuencia, no cambia la composición actual de esta corporación legislativa.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha dado un paso más en el caso que involucra al embajador de Colombia en México, Álvaro Moisés Ninco, al rechazar los recursos de reposición y apelación presentados por los abogados del presidente Gustavo Petro y del diplomático.La decisión, emitida por la magistrada ponente Claudia Elizabeth Lozzi Moreno el pasado 8 de febrero, deja claro que no se admite ningún recurso ordinario frente a este dictamen.En un fallo de noviembre de 2023, se declaró la nulidad del decreto 0190 mediante el cual Ninco fue designado en su cargo. Ante esta situación, los abogados del presidente Petro y del embajador presentaron una solicitud de nulidad procesal, la cual fue rechazada de plano por la magistrada Lozzi Moreno.Según lo establecido en la ley, esta decisión no puede ser objeto de recurso ordinario alguno.La justificación para rechazar los recursos de reposición y apelación radica en la improcedencia de los mismos, según explicó la magistrada. Esto significa que las demandantes del nombramiento de Ninco, Adriana Marcela Sánchez Yopasá y Mildred Tatiana Ramos Sánchez, han logrado una victoria en este proceso judicial al ver rechazados los recursos presentados por la defensa del presidente.“Razón por la cual, este despacho le da la razón a la señora Adriana Marcela Sánchez Yopasá en su calidad de demandante y a la señora Mildred Tatiana Ramos Sánchez en calidad de coadyuvante de la parte demandante y rechazará por improcedentes los recursos de reposición y en subsidio de apelación presentados por el apoderado judicial del señor presidente de la República contra la providencia del ocho (8) de febrero de 2024″, dice la decisión.Una de las peticiones de las demandantes era imponer una multa contra el abogado defensor del presidente Petro, alegando dilación del proceso debido a la presentación de recursos improcedentes. Sin embargo, esta solicitud también fue negada por la magistrada, quien no encontró evidencia de una dilación injustificada en el proceso.Ahora, la atención se centra en el Consejo de Estado, que deberá pronunciarse sobre los recursos presentados por los abogados del funcionario diplomático y del presidente de Colombia. La resolución del Tribunal Administrativo de Cundinamarca deja en claro que el caso sigue avanzando y que la decisión final recaerá en esta instancia superior.
El París SG conquistó este domingo, a tres fechas para el final, su duodécima liga francesa, sellada tras la derrota 3-2 del Mónaco contra el Lyon. Ahora el conjunto parisino sueña con un triplete con la Copa de Francia y la Liga de Campeones.El empate concedido ante Le Havre el sábado en el Parque de los Príncipes (3-3) había retrasado esta nueva corona, pero Lyon cerró el suspense al relegar a los monegascos a 12 puntos de los parisinos cuando sólo restan nueve puntos en liza.Los parisinos no temieron en ningún momento por la consecución del título a lo largo de una temporada que han dominado de principio a fin, al contrario que en el ejercicio precedente en el que sintieron hasta el final en su nuca el aliento del Lens.PSG acaricia el título de Ligue 1 al ganar 4-1 al Lorient con doblete de Mbappé y DembéléEl inicio de curso no fue sin embargo sencillo para un equipo sin rodar con la llegada del antiguo seleccionador de España Luis Enrique. El PSG no se alzó al liderato de la tabla hasta el 11 de noviembre en Reims (3-0).Aquella tarde, Kylian Mbappé marcó un triplete y Luis Enrique le pidió hacer más, en un primer episodio de una relación tensa, donde el anuncio de la marcha de la superestrella el próximo verano (boreal) llevó al técnico a dosificar su tiempo de juego.A pesar de ese contexto de amplias consecuencias en el plano deportivo y económico, ningún rival logró seguir el ritmo del rodillo parisino, decidido a conquistar el título, y lo antes posible.El equipo, cuyo juego de ataque y su intensidad fueron tomando el sello del antiguo entrenador del Barcelona, dominó sus duelos contra grandes del fútbol galo como Lyon, Marsella, Lens, y Mónaco, concediendo sólo una derrota, contra el Niza en el Parque de los Príncipes en un ya lejano 15 de septiembre.Obligatorio ganarDesde hace varios meses el PSG cuenta con un decena de puntos de ventaja sobre Mónaco, Brest o Niza, aniquilando todo suspense sobre la identidad del campeón de la liga francesa. Fue pues el desenlace más lógico, pero también por el presupuesto astronómico del club parisino, que gastó 90 millones por hacerse con Randal Kolo Muani y que puede hacer frente al salario de Kylian Mbappé.Pero también se vio ayudado por la irregularidad de equipos como el Marsella o el Lyon, desde muy pronto descolgados de la carrera por el título.Luis Enrique había manifestado días atrás la falta de "urgencia" por certificar el título. "Lo importante no es cuando suceda. Lo más importante es cómo jugamos".El técnico es también consciente de sus ventajas: "Tenemos la mejor plantilla, el mejor presupuesto, por lo que es casi obligatorio ganar el campeonato, pero lo logramos siendo superiores".Barcelona tendrá que pagar dura multa por partido de ida ante el PSGEuforiaEse título precoz permite al PSG centrarse en la Copa de Francia y la Liga de Campeones.No ganar la primera en la final el 25 de mayo contra el Lyon, al que recientemente aplastó 4-1, sería una desilusión después de haber caído las dos últimas temporadas en octavos de final.Pero el objetivo prioritario del club y de su propiedad catarí QSI desde su llegada en 2011, se presenta más complicado, con pesos pesados como el Real Madrid y el Bayern de Múnich aún en liza.Pero antes, espera al PSG una semifinal ante el Borussia Dortmund alemán, los días 1 y 7 de mayo.La perspectiva de disputar la vuelta en el Parque de los Príncipes y la euforia nacida luego de eliminar al FC Barcelona en abril (derrota 3-2 en el Parque de los Príncipes, victoria 4-1 en Montjuïc) podría dar un plus de confianza a los parisinos.Luis Enrique no esconde su ambición por el triplete: "Es una motivación hacer algo que nunca se ha hecho en Francia para marcar la historia de nuestro club, de la ciudad y del país". Pero avisa: "El camino es aún largo y tortuoso".
Este domingo 28 de abril de 2024 en Calamares en su tinta se habló sobre 1924, y los tres hechos que determinaron, de muchas maneras, la suerte de Europa en los años por venir: Stalin llegó al poder en Rusia, Mussolini ganó las primeras elecciones de la dictadura fascista y Hitler se volvió una figura nacional en Alemania gracias al juicio que se le hizo en Baviera por el golpe de Estado fallido en noviembre de 1923. Escuche el programa completo en el siguiente audio:
Estos fueron los temas tratados En Sala De Prensa del 28 de abril de 2024: Kevin Hartmann, investigador postdoctoral de pensiones, habló sobre la reforma pensional.Camilo Granada, exconsejero presidencial y analista, habló sobre la actitud del presidente dinamitando acuerdos.Carlos Felipe Moreno, sobreviviente del accidente de hace 20 años del colegio Agustiniano Norte, habló sobre lo que ha sido conmemorar este hecho.Escuche el programa completo en el siguiente enlace:
La Policía del Valle asumió la investigación del doble homicidio de dos jóvenes en el sector de la carrilera en zona rural del municipio de Obando, al norte del departamento. Las víctimas fueron identificadas como Andrés Felipe Ríos Gómez, de 20 años, y Juan Manuel Varón Romero, de 16 años de edad.El hecho dejó a otro joven de 15 años que resultó gravemente lesionado en medio del atentado sicarial. El adolescente tuvo que ser trasladado de inmediato a un centro asistencial para recibir atención médica."El departamento de Policía del Valle, se permite informar el lamentable hecho que ocurrió en la noche del 27 de abril del 2024 en zona rural donde desafortunadamente se presentan dos muertes por arma de fuego tipo escopeta y un lesionado, uno de los fallecidos es mayor de edad, el otro es menor de edad, al igual que el herido también es menor de edad", dijo la teniente coronel Martha Liliana García, comandante del distrito especial de Policía de Cartago.Frente a este hecho se tiene el resultado de las primeras investigaciones por parte de las autoridades departamentales, aunque investigan otras causas que podrían estar relacionadas con el crimen."Estos hechos lamentables se cree que pueden estar relacionados con un ajuste de cuentas por el tráfico de estupefacientes en el sector", expresó García.Sin embargo, las autoridades han dispuesto de un grupo especial de investigadores especializados que permitan conocer las causas reales del doble homicidio contra los jóvenes.
Tras una nueva inspección técnica, el juzgado 28 administrativo del circuito de Medellín decidió decretar medida cautelar de urgencia ordenando la suspensión de los eventos públicos o privados en la carpa conocida como Hangar Park, al interior del Aeroparque Juan Pablo II, en el occidente de Medellín.Según la reciente decisión, este lugar, que a lo largo del año acoge diferentes eventos de ciudad, sigue sin cumplir los requisitos técnicos exigidos por la autoridad competente para su funcionamiento. Estos, derivados de una acción popular que vecinos del lugar interpusieron argumentando asuntos como el fuerte ruido que allí se produce, la inestabilidad de la estructura que causa riesgos y el aforo desbordado que muchos espectáculos tienen.Desde la administración del Hangar Park precisaron que tras la última visita no se precisó cuáles son los requisitos que se cumplían y cuáles no en cada una de las zonas, por lo que solicitaron el informe discriminado de cada uno de esos espacios que arriendan.También, se mostraron dispuestos a entregar todos los soportes de cumplimiento de los estándares de seguridad para que se levante la medida cautelar.Uno de los grandes eventos que se iba realizar allí y por esta situación debió ser cancelado fue el concierto de la banda de rock Vilma Palma e Vampiros programado para la noche del 26 de abril y que tuvo que ser trasladado a una zona cercana al Parque Norte.