El Gobierno colombiano concedió la extradición de Geovany Andrés Rojas, alias ‘Araña’, jefe de los Comandos de Frontera, a Estados Unidos por cargos de narcotráfico y narcoterrorismo, aunque la entrega queda suspendida bajo condiciones de la Paz Total.La resolución ordena la extradición del ciudadano colombiano a petición de las autoridades de Estados Unidos. Es requerido por la Corte Distrital del Distrito Sur de California por los de concierto para distribuir cocaína y narcoterrorismo.No obstante, el artículo segundo de la resolución establece la suspensión de la entrega de Rojas mientras este “contribuya con aportes verificables y resultados concretos en el proceso de la consecución de la paz total” en el marco de la Ley 2272 de 2022.Geovany Andrés Rojas funge como miembro representante de la Coordinadora Nacional Ejército Bolivariano (CNEB) en la mesa de diálogos de paz con el Gobierno nacional.La entrega de alias ‘Araña’ a Estados Unidos se hará efectiva si sus aportes o su participación en el proceso de paz total "se interrumpa o cesen". En este caso, se procederá al trámite de extradición una vez se cumplan los condicionamientos impuestos al Estado requirente.La resolución también establece que la entrega se llevará a cabo bajo el compromiso de Estados Unidos de cumplir las condiciones establecidas en el artículo 494 de la Ley 906 de 2004, lo que implica que Rojas no será sometido a desaparición forzada, torturas ni a penas crueles, inhumanas o degradantes, ni a las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación.La decisión del Gobierno se basa en el aval que previamente había dado la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia para la extradición de Geovany Andrés Rojas.La corte consideró que se cumplían los requisitos constitucionales para entregar al exjefe guerrillero, quien fue capturado en un hotel de Bogotá mientras participaba en la mesa de diálogos.Las pruebas de la justicia estadounidense confirmaron que la organización de Rojas produjo cocaína en Colombia, la envió a México y la introdujo al mercado estadounidense, lo que configura el delito de narcoterrorismo. El alto tribunal advirtió que los Comandos de Frontera han perdido toda legitimidad política y operan como una estructura criminal.
La muerte de las menores Emilia e Inés Forero, a raíz de envenenamiento de frambuesas con talio, consternó a todo el país y las autoridades avanzan en la investigación en donde la principal sospechosa es Zulma Guzmán Castro, quien salió del país días depsués de lo sucedido con destino a Argentina.Apareció Zulma Guzmán Castro, principal sospechosa del crimenLuego de varios días de investigación, finalmente, reapareció la sospechos que se encuentra por fuera del país. La mujer habló y salió en defensa propia sobre esta acusación y dijo que "tenía la manera de demostrar su inocencia", por lo tanto, iba a poner su disputa legal para demostrarlo. Lo curioso, según las autoridades, es que se pronuncia poco después de que se hablara de una posible imputación de la Fiscalía y sin señales pese a tener circular de la Interpol."Lo primero que tengo que decir es que siento muchísimo el dolor que pueden estar sintiendo las familias por la pérdida de sus niñas . Yo soy madre y eso debe ser dolor infinito y entiendo que por esa razón quieran encontrar el culpable y usar todos los medios posibles para ello, sin embargo, pues ese culpable no soy yo y eso es lo que estoy buscando probar ahora ante la justicia y con el abogado y con las pruebas que tengo", dijo en diálogo con Focus Noticias.Aseguró que "no entendía" porque la inculpaban a ella, pues "no tenía ningún motivo" para hacer algo así. Pero pondrá sus propias pruebas en manos de las autoridades para demostrar su inocencia."La estrategia se nota que era básicamente destruirme completamente antes de cualquier proceso judicial, destruir la imagen y dar una dar una versión que acaba conmigo sin ningún proceso, ninguna garantía de un juicio justo en estos momentos", añadió.La relación de Zulma Guzmán Castro y la familia BedoutConfesó haber sido pareja sentimental de manera clandestina con Juan de Bedout y aseguró nunca haber conocido a la esposa, pese que algunas versiones la han relacionado con su muerte."Yo lo vi cuando quedó viudo, en noviembre, tomamos un café y él me comentó que ella había muerto de cáncer, ella había tenido cáncer en el 2016 o 2017, creo, y le regresó, pero también ese día me dijo que habían tenido un susto, así me lo dijo, porque a principios de año ya había tenido una intoxicación por una sustancia, no estoy completamente segura de si me nombró esa sustancia talio o si me dijo simplemente que le habían encontrado algo que le había envenenado o le había hecho daño, no estoy segura exactamente que me dijo.",dijo.
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia solicitó negar la tutela presentada por Andrés Felipe Marín Silva, conocido como 'Pipe Tuluá', con la que busca dejar sin efecto el concepto favorable de extradición emitido el pasado 12 de noviembre a solicitud del Gobierno de Estados Unidos.Tan solo unas horas después de que se confirmara que el Gobierno firmó la extradición de 'Pipe Tulúa', se conoció un escrito remitido a la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, quién será la encargada de resolver una tutela que interpuso el máximo cabecilla de 'La Inmaculada'. La Corte explicó que el concepto de extradición se ajustó plenamente a las exigencias constitucionales y legales; por esa razón, sostuvo que no existe vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, defensa, libertad personal ni acceso a la justicia, como lo alega el accionante.Marín, el peligroso cabecilla de la banda 'La Inmaculada' que delinque en el Valle del Cauca, es requerido por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas por los delitos de tráfico de drogas y concierto para delinquir, dentro de un proceso penal iniciado en septiembre de 2024.En la tutela, 'Pipe Tulúa' sostiene que la Corte incurrió en defectos sustantivos y fácticos al equiparar delitos que juzga el país que lo pide en extradición con los que fue juzgado en Colombia.Sin embargo, la Sala Penal reiteró que para verificar el principio de doble incriminación basta con que la conducta sea delito en ambos países, sin importar la denominación jurídica, y que los hechos descritos sí encuentran correspondencia en el Código Penal colombiano.La Corte aclaró que el trámite de extradición no es el escenario para analizar de fondo la responsabilidad penal del solicitado ni para evaluar la suficiencia o validez de las pruebas allegadas por el país requirente.Asimismo, descartó que exista falta de motivación en el concepto de extradición y señaló que los argumentos planteados por la defensa ya fueron analizados y respondidos dentro del trámite. Para la Sala, la tutela no puede usarse como un mecanismo para reabrir discusiones ya resueltas ni para expresar inconformidad con una decisión judicial debidamente sustentada.
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la negativa a la solicitud de nulidad que había hecho el ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, frente a la acusación que se adelanta en su contra por el delito de tráfico de influencias, relacionado con el “carrusel de la contratación”.El alto tribunal negó la solicitud de nulidad presentada por la defensa del ministro, con la cual se buscaba anular la acusación al considerar que durante el trámite se habrían vulnerado garantías como el debido proceso y el derecho de defensa. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia concluyó que no se configuró ninguna irregularidad sustancial que ameritara retrotraer la actuación.En su decisión, la Sala Penal explicó que la nulidad es una medida excepcional, que solo procede cuando se demuestra una afectación real y trascendental de las garantías fundamentales, situación que según el fallo no ocurrió en el caso del ministro de Trabajo.La Corte también precisó que las inconformidades de la defensa ya habían sido analizadas en etapas previas del proceso y que no es válido utilizar la nulidad como un mecanismo para reabrir discusiones que deben resolverse en el juicio, donde se evaluará de fondo la responsabilidad penal del acusado.Con esta determinación, la Corte Suprema de Justicia dejó claro que el proceso penal contra Antonio Sanguino continúa sin obstáculos y que el ministro de la cartera de trabajo deberá enfrentar el juicio por tráfico de influencias, delito que se le atribuye por presuntas gestiones indebidas cuando se desempeñaba como concejal de Bogotá.
La noche del jueves, 11 de diciembre de 2025, estuvo llena de expectativa para miles de jugadores que siguieron atentos el sorteo número 2824 de la Lotería de Bogotá. Esta edición, una de las más esperadas de la semana, dejó un nuevo millonario y repartió numerosos premios secos en distintas categorías, generando gran emoción entre quienes apostaron por su número de la suerte.Premio Mayor de la Lotería de BogotáNúmero ganador del premio mayor de la Lotería de Bogotá de este jueves, 11 de diciembre de 2025, es el 6761 de la serie 344. ¡Felicitaciones al nuevo ganador de los $10.000 millones.Premios Secos: lista completa de ganadoresAdemás del premio mayor, la Lotería de Bogotá entregó una amplia variedad de secos distribuidos en todo el país. Estos son los resultados oficiales para verificación:Premio Trébol Mágico – $1.000 millones0467 – Serie: 308Premios Duendes de los Deseos – $500 millones2094 – Serie: 0964054 – Serie: 215Premios Gatos de la Fortuna – $200 millones3379 – Serie: 4046529 – Serie: 3457446 – Serie: 180Premios Alcancías de los Sueños – $50 millones2836 – Serie: 3865129 – Serie: 1736042 – Serie: 0373798 – Serie: 1985415 – Serie: 2298071 – Serie: 117Premios Herraduras Suertudas – $20 millones4010 – Serie: 0664082 – Serie: 1915295 – Serie: 2975352 – Serie: 2645489 – Serie: 2187386 – Serie: 2267505 – Serie: 1577910 – Serie: 0938491 – Serie: 2119475 – Serie: 193Premios Estrellas Fugaces – $10 millones0070 – Serie: 3469134 – Serie: 3817609 – Serie: 1546047 – Serie: 3844919 – Serie: 0053426 – Serie: 3001377 – Serie: 4190075 – Serie: 0809318 – Serie: 4228110 – Serie: 0896208 – Serie: 3574924 – Serie: 2854089 – Serie: 0841669 – Serie: 1780325 – Serie: 4359333 – Serie: 1478697 – Serie: 1466758 – Serie: 3325036 – Serie: 3124196 – Serie: 3912451 – Serie: 2570587 – Serie: 3449669 – Serie: 1708855 – Serie: 1127332 – Serie: 2425921 – Serie: 0254719 – Serie: 2982770 – Serie: 1660677 – Serie: 2699700 – Serie: 449¿Cómo reclamar los premios?Premios menores (hasta seis salarios mínimos)Pueden cobrarse directamente con el lotero o en puntos de venta autorizados.Premios mayoresDeben gestionarse en la sede principal de la Lotería de Bogotá o en oficinas autorizadas:Dirección: Carrera 32A #26-14, Bogotá.Documentos requeridos:Billete original firmadoFotocopia de la cédulaCertificación bancariaFormulario de identificación de ganadoresCarta de autorización (si aplica)Precio del billeteBillete completo (3 fracciones): $18.000Fracción individual: $6.000Sorteo unifraccional: una única fracción según el valor anunciado en cada ediciónRecomendaciones para los jugadoresLa Lotería de Bogotá recuerda a los apostadores:Verificar que el billete esté en buen estado y corresponda al sorteo jugado.Revisar la casilla de seguridad con la palabra “AUTÉNTICO”.Tener en cuenta los plazos de cobro:1 año después del sorteo.6 meses adicionales para trámites legales, si son necesarios.
Una mujer que robó un barco de suministro en Venecia el jueves chocó contra la base del famoso puente de Rialto, dañando una balaustrada de mármol, confirmó a AFP una fuente cercana a la alcaldía.Videos difundidos en las redes sociales muestran cuando un barco que transportaba paquetes choca contra el puente en el Gran Canal y luego a una persona encapuchada, que lo pilotaba, huyendo"Una mujer robó el barco, lo condujo durante unos metros sin saber hacerlo y chocó contra una balaustrada" en la base del famoso puente, indicó la misma fuente.Hubo algunos daños, pero no hubo heridos. La mujer, cuyas intenciones se desconocen, fue detenida por la policía y comparecerá el viernes ante un tribunal.Historia del Puente de Rialto: De la Madera a la PiedraEl Puente de Rialto no es solo un hermoso monumento, sino también el puente más antiguo que cruza el Gran Canal y un antiguo centro económico de Venecia.1. Los Inicios (Siglos XII - XV)1181: El Primer Puente. El primer cruce en este lugar fue un puente de pontones (flotante), ideado por Nicolò Barattieri y conocido como el "Ponte della Moneta" (Puente de la Moneda), debido a su cercanía a la Casa de la Moneda.1255: El Primer Puente de Madera. Fue reemplazado por una estructura de madera, llamada "Ponte di Rialto". Este puente de madera ya era crucial y contaba con una sección central levadiza para permitir el paso de embarcaciones altas.Centro Comercial: Durante el siglo XV, se construyeron dos hileras de tiendas a los lados del puente, cuyos impuestos se destinaban al mantenimiento de la estructura, consolidando su papel como un nodo de actividad comercial.2. Destrucciones y ReconstruccionesLa estructura de madera era propensa a daños y colapsos:Incendios y Derrumbes: Fue parcialmente quemado durante una revuelta en 1310 y se derrumbó en al menos dos ocasiones (1444 y 1524), una de ellas debido al peso de una multitud reunida para ver un desfile de botes. Estos eventos hicieron evidente la necesidad de una estructura más resistente.3. La Obra Maestra en Piedra (Siglo XVI)Propuestas Famosas: A mediados del siglo XVI, las autoridades venecianas convocaron un concurso para construir un puente de piedra. Se recibieron propuestas de arquitectos de renombre como Miguel Ángel, Jacopo Sansovino, Palladio y Vignola, pero sus diseños, que a menudo incluían varios arcos de estilo clásico, fueron rechazados por no considerarse apropiados para el lugar.El Diseño Ganador: Finalmente, se optó por el proyecto de Antonio da Ponte (que significa Antonio del Puente), un diseño de un arco único que se asemejaba a la forma del antiguo puente de madera. Este diseño fue una proeza de la ingeniería de la época.Construcción y Finalización: La construcción comenzó en 1588 y el puente se completó en 1591. Para cimentar su base en el lecho del canal, se necesitaron más de 12,000 pilotes de madera.4. El Rialto HoyDesde su finalización en piedra, el puente ha permanecido como uno de los símbolos más reconocidos de Venecia. Hoy, sigue conectando los distritos de San Marco y San Polo, y sus rampas albergan tiendas de recuerdos. Hasta el siglo XIX, fue el único cruce peatonal sobre el Gran Canal.
Bryan Stern, el veterano de guerra de EE.UU. que dirigió la operación secreta de 15 a 16 horas para sacar por mar a María Corina Machado de Venezuela, dijo que le recomendó a la líder opositora que no regrese a su país y aseguró que "nunca" ha sido contratado por el presidente de EE.UU., Donald Trump.El fundador del grupo Grey Bull Rescue, con sede en Tampa (Florida), dijo al canal CBS que se encontró con ella en altamar y logró trasladarla a un punto secreto en el Caribe donde tomó el avión rumbo a Oslo para recibir este miércoles el Premio Nobel de la Paz y reunirse con su familia."Fue peligroso. Fue aterrador. Las condiciones del mar eran ideales para nosotros, pero no eran aguas en las que uno quiera estar, mientras más altas son las olas, más difícil es para el radar ver. Así funciona", dijo Stern al canal CBS.Reconoció que "nadie disfrutó ese trayecto, ¡especialmente María!".Stern subrayó al canal que Grey Bull no actúa con fondos gubernamentales. "El Gobierno de EE.UU. no aportó un solo centavo, al menos que yo sepa", afirmó."Yo soy el contratista especializado en extracciones, y nunca he sido contratado por Donald Trump", dijo sobre versiones que vinculan el rescate al entorno del presidente.El veterano desmintió que la recogida fuese en Curazao y evitó hablar sobre la fase terrestre porque, "aún tenemos trabajo en Venezuela y no queremos poner en riesgo a las personas, fuentes o métodos involucrados".Cuando se encontraron con Machado, relató a CBS, "todos estaban empapados. 'Mi equipo y yo estábamos calados hasta los huesos. Ella también estaba fría y mojada. Fue un viaje muy arduo'", dijo Stern, quien señaló que la Premio Nobel de la Paz es la persona de más alto perfil que ha extraído.
Un terremoto de magnitud 4,9 se produjo este viernes en el este de Japón, dejándose notar con intensidad en Tokio, horas después de que otro seísmo de 6,7 azotara la región del noreste del archipiélago desatando un aviso de tsunami que se saldó sin mayores incidentes.El terremoto más reciente se produjo a las 19:05 hora local (10:05 GMT) con epicentro en tierra a 50 kilómetros de profundidad en la zona sur de la prefectura de Ibaraki, al noreste de la capital, según datos de la Agencia Meteorológica de Japón (JMA), que no activó en esta ocasión ningún aviso marítimo.El sismo alcanzó el nivel 4 en la escala sísmica japonesa de 7 niveles, centrada en medir la agitación en la superficie y el potencial destructivo, en varias ciudades de las prefecturas de Ibaraki, Tochigi, Saitama y Chiba, y el nivel 2 en el área metropolitana de Tokio.No se informó inmediatamente de heridos o daños significativos. Este terremoto se produce horas después de que otro de magnitud 6,7 azotara la prefectura de Aomori y alrededores, que ya se vio afectada por otro seísmo de 7,5 la noche del lunes, en el que resultaron heridas al menos 33 personas.Japón se asienta sobre el llamado Anillo de Fuego, una de las zonas sísmicas más activas del mundo, y sufre terremotos con relativa frecuencia, por lo que sus infraestructuras están especialmente diseñadas para aguantar los temblores.
Bucaramanga avanza a toda marcha en la organización de las elecciones atípicas que se realizarán este domingo, en las que 531.239 ciudadanos están habilitados para elegir al nuevo alcalde que gobernará durante los próximos dos años.Desde tempranas horas de la mañana, funcionarios de la Registraduría Nacional comenzaron la instalación de 1.391 mesas de votación distribuidas en 88 puestos, de los cuales 82 estarán ubicados en la zona urbana y 6 en el sector rural.El proceso incluye la asignación y capacitación final de los 10.070 jurados de votación, quienes serán los responsables del desarrollo de la jornada, el conteo de votos y el envío del preconteo.Ocho candidatos están en la contienda por el principal cargo administrativo de Bucaramanga: Carlos Pérez, Juan Manuel González, Cristian Portilla, Jhan Carlos Alvernia, Carlos Bueno, Rubén Morales, Humberto Salazar y Fabián Oviedo.El registrador delegado electoral, Jaime Hernando Suárez, confirmó que la logística avanza sin contratiempos y destacó la responsabilidad de los jurados en el proceso democrático:“Para estas elecciones tenemos un censo electoral de 531.239 ciudadanos habilitados para votar. Tenemos 10.070 jurados de votación, en los 88 puestos de votación vamos a tener 1.391 mesas. Los jurados de votación son quienes hacen las elecciones en Colombia, son ciudadanos de la sociedad civil, residentes en Bucaramanga. Ellos hacen el conteo de votos y después se realiza una transmisión de resultados telefónicamente, lo que conocemos como preconteo”, indicó el funcionario.La Registraduría informó que sobre las 6:00 p.m. del domingo, 14 de diciembre, se conocerán los resultados de las elecciones.Paralelo a la logística electoral, la Policía Metropolitana de Bucaramanga confirmó la disponibilidad de 4.000 uniformados para garantizar la seguridad en los puestos de votación y en los diferentes corredores de la ciudad durante la jornada, que se desarrollará entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m.
El partido Cambio Radical interpuso una tutela contra el Consejo Nacional Electoral tras una medida cautelar que le permitió a Temístocles Ortega actuar en el Congreso a pesar de que el senador había sido sancionado por su partido, sin voz ni voto, por no haber rechazado la consulta popular propuesta por el Gobierno Petro."El partido Cambio Radical interpuso una acción de tutela contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) para proteger sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa, petición e igualdad, que considera vulnerados por actuaciones irregulares dentro de varios procesos que involucran a la colectividad, entre ellos el relacionado con la impugnación presentada por el senador Temístocles Ortega Narváez”, señaló el partido.Desde Cambio Radical aseguran que lo que buscan con la tutela es suspender la media cautelar adoptada por la magistrada Fabiola Márquez Grisales y que se ordene al CNE respetar los procedimientos legales y reglamentarios sobre recusaciones.“La tutela busca garantizar la imparcialidad y el cumplimiento estricto del reglamento que regula el trámite de recusaciones e impedimentos de los magistrados del CNE. En este caso, la magistrada Fabiola Márquez Grisales ha tomado decisiones en procesos en los que fue recusada, sin suspender el trámite ni permitir que la Sala Plena resuelva de fondo la recusación, como exige el reglamento de la corporación”, señaló Cambio Radical.
La Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá condenó a 35 exintegrantes de los bloques Calima y Bananero de las extintas Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá (ACCU), por su participación en 345 hechos delictivos cometidos entre 1994 y 2004 en Valle del Cauca, Antioquia, Cauca, Huila y Quindío.Entre los condenados figuran Hebert Veloza García, alias 'HH'; Juan Mauricio Aristizábal Ramírez, alias 'Fino'; Dalson López Simanca, Janier Franco, Albeiro Antonio Úsuga Graciano, alias 'Robinson'; Germán Enrique Pineda Cárdenas y Rover Enrique Oviedo Yanes, entre otros.Las condenas responden a graves violaciones de derechos humanos, entre ellas las masacres de Piedritas, Chorreras, San Pedro y San Lorenzo, así como múltiples casos de violencia de género, reclutamiento, desaparición forzada y desplazamiento forzado.Uno de los hechos más atroces fue la masacre de Piedritas, ocurrida en zona rural de Tuluá en septiembre de 1999. Hombres armados del Bloque incursionaron en varias veredas del corregimiento San Rafael, donde asesinaron a 13 campesinos, provocaron desplazamiento masivo y cometieron violencia y tortura contra dos mujeres, antes de asesinarlas.Por su parte, los exintegrantes del Bloque Bananero fueron hallados responsables de la masacre de Acandí ,Chocó, perpetrada el 3 de noviembre de 1995, en la que al menos seis personas fueron asesinadas, además de registrarse secuestros, torturas y el desplazamiento de más de 30 familias.El fallo también hace referencia a la colaboración de algunos empresarios y miembros de la fuerza pública en la llegada y consolidación de estos grupos paramilitares en varias regiones del país, lo que permitió su expansión y el establecimiento de un régimen que destruyó el tejido social y generó miedo en las comunidades.La Fiscalía logró demostrar patrones de macrocriminalidad caracterizados por homicidios, desapariciones forzadas, violencia basada en género, reclutamiento y desplazamiento forzado, con lo que se consolidaron estructuras criminales sistemáticas y organizadas.Los condenados deberán cumplir penas de entre 240 y 480 meses de prisión, pero, en el marco de la Ley 975 de 2005 (Ley de Justicia y Paz), se les otorgaron penas alternativas de ocho años, siempre que contribuyan con la verdad, la reparación a las víctimas y la no repetición. Adicionalmente, deberán pagar multas que oscilan entre 9.000 y 58.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La defensa del exalcalde de Cartagena, William Dau, interpuso una acción de tutela en contra de la Procuraduría General de la Nación argumentando que el ente de control vulneró sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa y acceso a la información, en el marco del fallo que lo suspendió e inhabilitó por 12 años por presunta participación en política.Según el equipo jurídico del exmandatario, la Procuraduría no ha entregado el texto completo de la decisión sancionatoria, lo que impide interponer los recursos de ley, a pesar de las reiteradas solicitudes. “Han transcurrido más de cinco días desde que la Procuraduría anunció públicamente la sanción y, pese a los requerimientos, aún no se ha remitido el texto escrito de la decisión adoptada. Esta omisión resulta inaceptable y contraria a los principios de transparencia, publicidad y debido proceso”, señaló la defensa en un comunicado.Ante esta situación, Dau presentó la tutela al considerar que la falta de notificación formal vulnera su derecho a conocer las decisiones que lo afectan y a ejercer los mecanismos de apelación correspondientes. Su defensa sostiene además que el proceso disciplinario estaría enmarcado en un contexto de persecución política y hostigamiento judicial, orientado, según afirman, a desconocer sus derechos políticos y sociales.El equipo jurídico también cuestionó la validez de las pruebas en las que se basó la Procuraduría, señalando que se habrían utilizado grabaciones obtenidas ilícitamente “Resulta especialmente grave y jurídicamente inadmisible que se profieran sanciones sustentadas en grabaciones obtenidas ilícitamente y, por demás, en las que mi representado ni siquiera participó o tuvo intervención alguna. La Procuraduría le otorga legalidad a los denominados 'petrovideos' y realiza sendas valoraciones sobre lo que allí se dice o realiza”, sostuvo la defensa.Por su parte, la Procuraduría informó que el proceso disciplinario se originó por declaraciones que el entonces alcalde habría hecho en una manifestación pública, donde expresó su apoyo político a dos candidatas al Congreso para el periodo 2022–2026: Lidis Ramírez y María Alejandra Benítez.En fallo de primera instancia, la Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 4 concluyó que Dau intervino en controversias políticas al manifestar respaldo a dichas aspirantes a través de un audio difundido por WhatsApp. Para el órgano de control, el mensaje, aunque emitido en un contexto aparentemente privado, adquirió un carácter de significación pública, al proyectar ante la ciudadanía una posición política institucionalmente relevante.Según la Procuraduría, esa conducta vulneró los principios de neutralidad, imparcialidad y moralidad administrativa, pilares de la función pública, y por ello fue calificada como una falta gravísima cometida a título de dolo.
Fueron llamados a juicio Elder José Arteaga, alias 'El Costeño', y William Fernando González, alias 'El Hermano', implicados en el atentado y magnicidio de Miguel Uribe Turbay.La Fiscalía radicó este miércoles el escrito de acusación contra ambos basándose en las pruebas que tienen sobre su participación en el ataque perpetrado el pasado 7 de junio en el barrio Modelia, en el occidente de Bogotá, que desencadenaron en la muerte del senador el 11 de agosto.Roles en el magnicido de Uribe TurbayAlias 'El Costeño', capturado durante la primera semana de junio en Engativá, habría sido el coordinador del plan criminal, encargado de definir los roles de los demás implicados antes, durante y después del ataque, coordinaciones que realizó en reuniones previas llevadas a cabo el 4 de junio y en otras fechas posteriores en la localidad de Bosa y distintos puntos de Bogotá.Las pruebas que están en poder de la Fiscalía dan cuenta que este hombre también participó en el seguimiento y vigilancia a la víctima, en el reconocimiento del lugar del atentado, y en la entrega del arma de fuego al menor de edad que disparó contra el senador.Asimismo, habría recorrido la zona junto a Katherine Andrea Martínez para garantizar que se cumpliera el objetivo criminal y, posteriormente, habría huido hacia el sector de El Tintal, donde abordó un vehículo conducido por alias 'Hermano' para desplazarse hasta un establecimiento comercial del barrio Santa Fe.Por estos hechos, ambos señalados deberán responder en juicio por los delitos de homicidio agravado, concierto para delinquir agravado, fabricación, tráfico o porte de armas de fuego agravado, uso de menores en la comisión de delitos y ocultamiento, alteración o destrucción de pruebas.
El expresidente Álvaro Uribe pidió impulsar en el Congreso de la República una iniciativa para otorgar beneficios jurídicos a los militares investigados por la toma y retoma del Palacio de Justicia en 1985, sin que esto implique una evasión de la responsabilidad del Estado.“Pediré a la bancada del Congreso del Centro Democrático buscar en coalición una Ley o un Acto Legislativo que a los militares que participaron en el rescate del Palacio de Justicia, condenados o todavía en investigación o juicio, les conceda todos los beneficios equivalentes a una sentencia absolutoria. Que también tenga efecto sobre los fallecidos”, escribió en redes el exmandatario.Uribe señaló que si bien es tarde para adelantar proyectos de este tipo, son necesarios para respetar el honor militar.Esta propuesta del expresidente Uribe llega en medio de la conmemoración de los 40 años del holocausto del Palacio de Justicia.Precisamente, el pasado martes, en medio de esos eventos, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez señaló la necesidad de adelantar investigaciones más fuertes, pues si bien se había condenado al Estado, no se ampliaron las responsabilidades individuales.“Jamás se adelantó, prosiguió o culminó investigación alguna contra los miembros del cartel de Medellín por las amenazas contra los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, y por la presunta participación en la autoría intelectual y/o financiación de la toma del Palacio de Justicia”, dijo.
El alto tribunal negó la solicitud de nulidad presentada por la defensa del ministro, con la cual se buscaba anular la acusación al considerar que durante el trámite se habrían vulnerado garantías como el debido proceso y el derecho de defensa. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia concluyó que no se configuró ninguna irregularidad sustancial que ameritara retrotraer la actuación.En su decisión, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia explicó que la nulidad es una medida excepcional, que solo procede cuando se demuestra una afectación real y trascendental de las garantías fundamentales, situación que según el fallo no ocurrió en el caso del Ministro de Trabajo.La Corte también precisó que las inconformidades de la defensa ya habían sido analizadas en etapas previas del proceso y que no es válido utilizar la nulidad como un mecanismo para reabrir discusiones que deben resolverse en el juicio, donde se evaluará de fondo la responsabilidad penal del acusado.Con esta determinación, la Corte Suprema de Justicia dejó claro que el proceso penal contra Antonio Sanguino continúa sin obstáculos y que el ministro de la cartera de trabajo deberá enfrentar el juicio por tráfico de influencias, delito que se le atribuye por presuntas gestiones indebidas cuando se desempeñaba como concejal de Bogotá.
El alto tribunal le negó la solicitud de varias pruebas que pidió Cielo Rusinque dentro del trámite de la demanda que pide tumbar su designación en la Superintendencia de Industria y Comercio. El Consejo de Estado estudiará la certificación de los estudios de Rusinque en Francia, prueba que remitió el Ministerio de Educación.La decisión se produjo tras vencer los traslados ordenados luego de que el tribunal decretara una prueba de oficio para aclarar el alcance académico del diploma francés en Derecho Constitucional que la funcionaria presentó como parte de su formación.Los demandantes cuestionaron si Rusinque cumple con el nivel de estudios exigido para el cargo, por lo que el alto tribunal ordenó al Ministerio de Educación Nacional certificar la equivalencia del “Diplome Supérieur de l’Université – Droit Constitutionnel” expedido en Francia.La demanda que pide tumbar a Rusinque de la SIC será una de las “papas calientes” que deberá resolver el Consejo de Estado en 2026, por ello, el alto tribunal precisó que únicamente tendrá en cuenta la información enviada sobre el diploma francés de Rusinque, pues corresponde exactamente a lo solicitado en el auto del 20 de noviembre de 2025.¿Qué pruebas rechazó el Consejo de Estado?El despacho del magistrado ponente Pedro Pablo Venegas rechazó las pruebas allegadas por la propia Rusinque entre ellas artículos, traducciones, resoluciones de convalidación de otros posgrados y documentos relacionados con su producción académica.Tampoco fueron aceptadas las pruebas solicitadas por el demandante Samuel Ortiz Mancipe, Con estas decisiones, el proceso continúa enfocado exclusivamente en establecer si ese título y su eventual convalidación cumple con los requisitos para el cargo de superintendente.
La representante de la abogada y fiscal seccional Liceth Córdoba cuestionó la reciente celebración pública del cantante Luis Eduardo “Lowe” León sobre su absolución en España por el caso de violencia intrafamiliar, al recordar que actualmente cursa un recurso de apelación ante la justicia de ese país.Aunque el fallo absolutorio fue proferido a inicios de este año, solo recientemente el equipo del artista difundió un comunicado anunciando la victoria judicial, lo que generó inconformidad en la representación de Córdoba debido a que el proceso sigue activo en sede internacional.Según explicó su abogada, Wendy Herrera, la sentencia que absolvió al cantante fue proferida el 19 de mayo de 2025 y apelada el 23 de mayo del mismo año. Aseguró que la decisión se recibió con respeto, pero también con “profundo asombro” por la rapidez con la que se resolvió y por los argumentos utilizados para absolver a León.La representación sostiene que la sentencia no valoró adecuadamente las pruebas presentadas por la víctima, que no se admitieron testigos esenciales y que se produjo un fallo “inusualmente rápido”.También cuestionó la falta de perspectiva de género en el análisis del testimonio de Córdoba, señalando que el juez consideró que ella buscaba obtener ventajas en el proceso de divorcio, pese a que para la representación, la víctima habría actuado por el miedo y la urgencia de regresar a Colombia con su hijo.Frente a la publicación del comunicado del cantante en noviembre, la abogada del artista en España, Silvia Aucejo, afirmó que el contenido se divulgó en la fecha que su cliente consideró oportuna, alegando que había información incorrecta circulando sobre su situación judicial.A la controversia internacional se suma la disputa por la custodia del hijo de la pareja. La abogada de Córdoba confirmó que actualmente enfrentan un proceso de restitución internacional iniciado supuestamente por León, quien solicita que el menor regrese a España.Sin embargo, la defensa de la madre sostiene que el niño ha vivido en Barranquilla y que no existe fundamento para enviarlo a un país donde ninguno de los padres es ciudadano. La abogada calificó la solicitud como preocupante y consideró que la reciente exposición pública del caso podría responder a “una estrategia de marketing” vinculada a los proyectos musicales del cantante.En paralelo, continúa en Colombia el proceso penal por presunta violencia intrafamiliar agravada contra León. La abogada que integra la defensa de Córdoba recordó que la Fiscalía ya presentó el escrito de acusación. La audiencia concentrada está programada para el 23 de febrero de 2026.Por su parte, la defensa de León en Colombia, la abogada Luz Marina Berrio, explicó que el caso avanza bajo el procedimiento penal abreviado establecido en la Ley 1959 de 2019, en la cual la denuncia penal por violencia intrafamiliar, se une la investigación y la imputación, en un escrito de Acusación.Detalló que la audiencia concentrada, que reúne en un solo acto la acusación y la preparatoria, ya inició con la verbalización del escrito por parte de la Fiscalía, pero la intervención de la defensa técnica aún está pendiente debido a la suspensión de la diligencia, que continuará en febrero de 2026. Sostuvo que en esa próxima sesión la defensa de León podrá descubrir y presentar sus pruebas “en igualdad de armas” con el ente acusador.
La investigación por el envenenamiento con talio que dejó como víctimas a las menores Emilia e Inés Forero continúa revelando aristas complejas, telefónicas y químicas, que amplían un caso que para la Fiscalía podría tener conexiones con otro episodio ocurrido cuatro años atrás. El abogado penalista Majer Abushihab, representante de la familia Forero, explicó en Mañanas Blu las piezas que hoy conforman el rompecabezas judicial y que involucran —según él— no solo la actuación de Zulma Guzmán, principal sospechosa, sino la posible participación de terceros.“Indudablemente se están investigando varias hipótesis que involucran más personas”, afirmó Abushihab. Aunque insistió en que no puede detallar elementos sensibles porque podrían comprometer el curso de la investigación, dejó claro que existen líneas sólidas sobre el origen del talio, la cadena de entrega del alimento contaminado y la localización de la presunta responsable en los días críticos.El rastro del talio: sustancia prohibida y origen aún en análisisUno de los ejes investigativos más complejos es el ingreso del talio al país. Esta sustancia, prohibida en Colombia, solo puede utilizarse para procesos industriales específicos.Abushihab subrayó que la Fiscalía, dirigida por la fiscal Elsa Reyes, ha adelantado un rastreo minucioso: “Créame, no le puedo dar detalles, pero se han hecho ejercicios muy importantes de indagación sobre cómo pudo haber ingresado talio al país”.Según el penalista, el ente investigador ya identificó posibles fuentes y está verificando destinos potenciales a fin de reconstruir la ruta completa.El abogado también fue prudente cuando se le consultó si el talio utilizado en este caso correspondía al mismo tipo hallado en el envenenamiento de la esposa del padre de una de las niñas, sucedido cuatro años atrás y que involucraría al mismo círculo familiar. Sin embargo, dejó entrever que esta conexión no está descartada:“En los dos sucesos hubo talio. Eso sí es cierto”.El mensajero: una pieza instrumentalizada del planUno de los elementos más sensibles de la investigación es la responsabilidad del mensajero que llevó las frambuesas envenenadas al hogar de la familia Forero. Según Abushihab, el domiciliario es un testigo clave que no formó parte del plan criminal.“Evidentemente fue instrumentalizado. Él no tiene nada que ver”, enfatizó. Explicó que el hombre trabajaba con varias aplicaciones de mensajería y que la Fiscalía ya identificó las plataformas involucradas, encontrando conexiones “muy importantes”.El comportamiento del mensajero también llamó la atención por su insistencia en entregar el paquete. Abushihab confirmó que el domiciliario llegó inicialmente y se retiró cuando le dijeron que no esperaban ningún envío, pero regresó tras recibir nuevas instrucciones: “Son contactos telefónicos. Y de ahí la prueba técnica con la que cuenta la Fiscalía”.Las llamadas desde Argentina: un elemento técnico bajo reservaUno de los puntos que más confusión ha generado es la supuesta llamada desde Argentina utilizada para ordenar las frambuesas envenenadas. Aunque esta versión circuló ampliamente, Abushihab fue enfático en aclarar que la orden no se hizo desde el extranjero.“La llamada no fue desde Argentina”, aseguró. Sin embargo, dejó abierta la puerta a una conexión técnica con ese país: “El tema de Argentina es cierto; hay unos vínculos muy técnicos, pero de eso dará cuenta la Fiscalía”.Lo que sí confirmó es que Zulma Guzmán estaba en Colombia el día del envío, negando versiones que la ubicaban en Buenos Aires. “Sí, es correcto”, respondió al ser interrogado sobre si la presunta responsable estaba en Bogotá el 5 de abril.El vínculo probatorio: ubicaciones, teléfonos y testimoniosSobre cómo la Fiscalía concluyó que Guzmán ordenó el envío de frambuesas contaminadas, Abushihab insistió en que el caso está respaldado por evidencia diversa:“Hay pruebas testimoniales y pruebas técnicas: teléfonos, ubicaciones, lugares y personas que han tenido interacción con la presunta responsable”.Esta combinación llevó al ente investigador a solicitar una orden de captura nacional e internacional (Interpol).¿A quién iba dirigido el veneno? Un móvil aún en construcciónRespecto al posible objetivo del envenenamiento, el abogado evitó confirmar si el ataque iba dirigido a las niñas, al padre o a toda la familia:“Indudablemente existe la posibilidad, o para todos”, expresó. El móvil sigue siendo materia de indagación.
A ocho meses del envenenamiento con talio que causó la muerte de dos menores de edad en Bogotá, la Fiscalía continúa avanzando en una investigación descrita como “profunda, minuciosa y sustentada en evidencia de todo orden”. En el centro del caso aparece como principal sospechosa Zulma Guzmán Castro, quien sería la presunta responsable de la muerte de las niñas, ocurrida entre el 5 y el 9 de abril.El abogado penalista Majer Abushihab, representante de la familia Forero, entregó detalles relevantes sobre el estado del proceso y los elementos que han guiado las conclusiones preliminares de la Fiscalía. Según explicó en Mañanas Blu, el rastreo de pruebas técnicas y testimoniales ha permitido establecer conexiones clave que comprometerían seriamente a Guzmán.El domiciliario “fue instrumentalizado”Uno de los puntos de la investigación es el rol del mensajero que entregó las frambuesas con el talio. Abushihab afirmó que el domiciliario fue “instrumentalizado” y que la Fiscalía tiene plenamente esclarecida su participación.De acuerdo con su versión, el mensajero llegó inicialmente a la vivienda de la familia sin que nadie esperara un pedido. Ante la negativa, se retiró, pero luego regresó por instrucciones telefónicas de quien ordenó el envío. En su segundo intento, insistió en que el paquete, presentado como un regalo, debía ser recibido y mencionó el nombre de un miembro del núcleo familiar, razón por la cual decidieron aceptarlo.¿Cómo rastreó la Fiscalía el origen del envío?El abogado indicó que la Fiscalía ha utilizado herramientas técnicas, como análisis de teléfonos, ubicaciones y contactos, para establecer la trazabilidad del pedido. Aunque no puede revelar detalles específicos, aseguró que existen numerosas pruebas testimoniales y técnicas que comprometen a la presunta responsable.Sobre la ubicación de Guzmán al momento del envío, Abushihab fue claro: “Estaba en Colombia”. Esto, pese a que algunos registros telefónicos han generado confusión por referencias a conexiones con Argentina. El abogado insistió en que el pedido no se hizo desde ese país y que la razón por la cual Argentina aparece en los registros será explicada más adelante por la Fiscalía.El caso ha levantado sospechas adicionales por la muerte, años atrás, de la esposa del padre de una de las niñas, también asociada a la presencia de talio. Al respecto, Abushihab señaló que la Fiscalía estudia si ambos episodios están vinculados: “Hay una identidad de sucesos, personas del mismo núcleo familiar y un lapso de tiempo cercano. Es una hipótesis plausible que está siendo investigada”.Consultado sobre si el talio es el mismo en ambos hechos, el abogado evitó una respuesta técnica definitiva, aunque confirmó que en los dos casos hubo presencia del metal.
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial asumió la investigación contra la Juez 21 Penal del Circuito de Bogotá, señalada de haber emitido una sentencia condenatoria por abuso sexual basada en el uso indebido de inteligencia artificial y en citas inexistentes. El presidente de la Comisión, Mauricio Rodríguez Tamayo, explicó que fue el Tribunal Superior de Bogotá quien detectó los serios vacíos, inconsistencias y referencias falsas que motivaron la intervención disciplinaria.El origen del caso está en una condena por acceso carnal violento agravado contra un hombre señalado de agredir sexualmente, en 2013, a una mujer en condición de discapacidad en una residencia de Bogotá. Sin embargo, al revisar la sentencia, la Sala Penal del Tribunal Superior encontró que la argumentación utilizada por la jueza contenía múltiples irregularidades que resultaban abiertamente contrarias a derecho.En su decisión del 2 de diciembre de 2025, el Tribunal anuló la condena tras advertir que la funcionaria citó jurisprudencia inexistente de la Corte Suprema de Justicia, referencias falsas a autores y publicaciones que no correspondían con la realidad, así como supuestas citas textuales de providencias que nunca incorporaron los apartes mencionados. La Corporación concluyó que la jueza habría delegado en una herramienta de inteligencia artificial parte del análisis jurídico, sin verificar la veracidad ni la pertinencia de la información obtenida.Según el Tribunal, la jueza no solo inobservó las pautas sobre el uso responsable de la inteligencia artificial en la actividad judicial, sino que habría sustituido su deber de supervisión al permitir que la herramienta tecnológica construyera argumentos que luego trasladó al fallo. Esto vulneró, en criterio de la Sala, el deber de motivación de las decisiones judiciales y, en consecuencia, el derecho al debido proceso del acusado.Por ese motivo, el presidente de la Comisión compulsó copias a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá para que profundice en la conducta de la jueza y determine si incurrió en faltas disciplinarias.Además, Rodríguez Tamayo hizo un llamado general a todos los jueces del país para que ejerzan el mayor rigor en sus decisiones y utilicen las herramientas tecnológicas de manera adecuada. Recalcó que la inteligencia artificial no puede reemplazar el análisis jurídico ni la responsabilidad que implican las funciones jurisdiccionales.
Una investigación de varios meses permitió poner al descubierto una organización criminal que convirtió a Colombia en un punto de paso para migrantes dominicanos que buscaban obtener una identidad falsa. A cambio de entre 3.000 y 5.000 dólares, la banda trasladaba a ciudadanos desde República Dominicana hasta Medellín y Planeta Rica, Córdoba, donde les tramitaban registros civiles, cédulas y pasaportes colombianos que luego les servían para viajar hacia Estados Unidos y Europa sin levantar sospechas.Entre los tres capturados llama la atención la presencia de un funcionario público, se trata de Andrés Felipe Saltarín, empleado de la Registraduría Auxiliar de Belén, en Medellín. Según la investigación, era él quien aprovechaba su cargo para ingresar a los migrantes a la sede, adelantar los trámites sin requisitos y activar identidades falsas con datos que ya le entregaban los otros miembros de la red. En varias ocasiones, de acuerdo con los testimonios, se habría reunido con Marco Aurelio Monterrosa, alias ‘Yeyo’, para coordinar la entrega de documentos.Alias ‘Yeyo’, según la autoridad, actuaba como el operador logístico. Era quien acompañaba a los extranjeros por distintas ciudades para solicitar cédulas y pasaportes, haciéndose pasar por su “patrón” ante las oficinas. También definía rutas alternas, como Perú, Ecuador o Brasil, para evitar controles migratorios y garantizar que los migrantes pudieran continuar su viaje hacia el hemisferio norte o Europa con la nueva identidad.La presunta líder del grupo, Natalia Patricia Galeano, alias ‘La Madrina’, manejaba el dinero y coordinaba las instrucciones desde Medellín. Según la Fiscalía, recibía pagos desde República Dominicana y España, y organizaba los traslados, las citas y la documentación necesaria para que los trámites fraudulentos se concretaran.Durante la investigación, los peritos de la Dijin de la Policía Nacional compararon las huellas dactilares de 27 fotocédulas colombianas con sus fichas biométricas reales en República Dominicana. La verificación permitió confirmar el fraude y llevó a la Registraduría a cancelar todas esas identidades.Las autoridades señalan que esta banda hacía parte de una cadena criminal más amplia dedicada al tráfico de migrantes y que operaba desde varios países. La captura de los tres integrantes expone cómo estructuras locales y funcionarios corruptos facilitan el tránsito irregular hacia Estados Unidos, España y Francia utilizando documentos colombianos obtenidos ilegalmente.
Una de las “papas calientes” que tendrá que resolver la Corte Constitucional el próximo año será definir el rumbo de una de las reformas bandera del Gobierno del presidente Gustavo Petro, esta discusión que marcó un pulso definitivo entre la Corte y el primer mandatario será uno de los temas clave para la agenda del 2026 en el alto tribunal.Las últimas noticias sobre la reforma pensional vinieron por cuenta de la recusación que prosperó contra el magistrado Héctor Carvajal quien fue apartado del conocimiento de la demanda que pide tumbar la Ley, y con ello, en la última Sala Plena tras un intenso debate la votación fue de 4 a 4 en una ponencia que presentó el magistrado Jorge Enrique Ibáñez que pedía tumbar la reforma porque para él la Cámara de Representantes no subsanó los vicios de trámite.Ahora bien, tras el empate, por sorteo se designó un conjuez que para este caso es el abogado Carlos Pablo Márquez, quien mediante su cuenta oficial de X confirmó que aceptó hacer parte de la discusión.“Hoy presenté ante la Corte Constitucional mi aceptación para actuar como Conjuez. Tras un análisis riguroso, concluí que, en los términos de la Ley, no tengo impedimento alguno para asumir esta responsabilidad”, señaló el conjuez.Además del anuncio que resulta clave para que una vez los magistrados de la Corte regresen de la vacancia judicial agenden nuevamente la discusión sobre la pensional, entre líneas el conjuez Márquez dejó ver su preocupación a lo que denominó como “presiones y desinformación”.“He recibido y sé que seguiré recibiendo preguntas bien y malintencionadas. Preveo que habrá intentos de presión y mucha desinformación. ¿Me preocupa? Sí, pero no me intimida”.Además, aseguró el conjuez que actuará bajo los parámetros de la ley y que su voto no estará influenciado por ninguna persona externa al proceso.“No voy a poner en riesgo una trayectoria construida con esfuerzo y honestidad para servir intereses particulares o colores políticos”, dijo.Habrá que esperar entonces cuál será la decisión de la Corte Constitucional sobre una de las reformas bandera para el Gobierno Nacional.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó al Servicio Geológico Colombiano (SGC) abstenerse de usar indebidamente sus canales de información para hacer publicidad política. Esto, tras una demanda sobre la utilización de las cuentas en donde publicaron mensajes alusivos a la crisis de la Nueva EPS y la convocatoria a una movilización promovida por el GobiernoEn un fallo de 22 páginas conocido por Blu Radio, el tribunal determinó que el SGC incumplió las reglas de publicidad oficial al publicar en sus redes institucionales mensajes y piezas gráficas que incluían contenidos propios de la estrategia de comunicación del Gobierno como por ejemplo, la crisis en la Nueva EPS y la convocatoria a la movilización del 24 de octubre en la Plaza de Bolívar promovida por el presidente Gustavo Petro.Este pronunciamiento se da en el marco de una acción de cumplimiento que instauró la Fundación para el Estado de Derecho, que denunció que el Servicio Geológico Colombiano difundió en septiembre y octubre mensajes con el hashtag "#SeRobaronLaSalud" así como imágenes en respaldo de los pronunciamientos presidenciales, acción que por supuesto no tiene nada que ver con sus líneas de comunicación.Aunque la entidad sostuvo que solo compartió información oficial elaborada por la Presidencia de la República y que actuó en el marco de una estrategia de comunicación unificada al Gobierno nacional, la postura del tribunal es que ese tipo de contenidos constituyen publicidad oficial y está sometida a las restricciones de un artículo de ley."De la anterior conducta desplegada por el Servicio Geológico Colombiano, se evidencia que la entidad orientó el ejercicio de su publicidad oficial hacia una finalidad ajena a la de su objeto misional; el uso de la publicidad oficial, anteriormente ventilado, no se subsume dentro de las competencias propias del Servicio Geológico Colombiano ni se realizó con ocasión al ejercicio del deber funcional de la misma entidad", se lee en el fallo.Por ello, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca exhortó al director del Servicio Geológico Colombiano a abstenerse de orientar la publicidad oficial hacia fines no misionales y a evitar replicar mensajes gubernamentales que no correspondan a sus competencias legales.La sentencia advierte, además, que el principio de coordinación entre entidades del Estado no habilita a ninguna para apartarse de su mandato legal ni para emplear recursos públicos en la difusión de contenidos de carácter político o sectorial que no son de su competencia.
Se oficializó la entrega a la justicia de Estados Unidos de Andrés Felipe Marín Silva, conocido en el mundo criminal como alias ‘Pipe Tuluá’, señalado como el máximo cabecilla de la organización delincuencial ‘La Inmaculada’, que opera principalmente en el Valle del Cauca.A través de una resolución ejecutiva firmada el pasado 4 de diciembre de 2025 por el presidente Gustavo Petro y el ministro de Justicia encargado, Roberto Andrés Idárraga, se concedió la extradición del ciudadano colombiano para que comparezca a juicio ante la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Texas.Los cargos de 'Pipe Tuluá'Según el documento oficial, alias ‘Pipe Tuluá’ es requerido por las autoridades norteamericanas por tres cargos específicos relacionados con el tráfico de estupefacientes, sustentados en una acusación dictada el 11 de septiembre de 2024:Concierto para distribuir y poseer con la intención de distribuir cocaína.Concierto para traficar y distribuir cocaína con el conocimiento de que sería importada ilícitamente a los Estados Unidos.Fabricación y distribución de cinco kilogramos o más de cocaína con la intención y motivos razonables para creer que la droga ingresaría a suelo norteamericano.Un punto clave de la decisión del Ejecutivo es lo estipulado en el Artículo 2 de la resolución, donde se ordena "no diferir la entrega" de Marín Silva. Esto significa que, a pesar de las condenas y procesos penales que tiene vigentes en Colombia, su traslado a Estados Unidos es prioritario y se debe ejecutar de inmediato.No obstante, el Gobierno advierte al Estado requirente que, una vez el cabecilla de ‘La Inmaculada’ cumpla su condena en el exterior o cese el motivo de su detención, "deberá regresar a Colombia" para comparecer ante los jueces nacionales y responder por los delitos cometidos en el país.