La Fiscalía llamó a interrogatorio al presidente de Ecopetrol, Ricardo Roa, para que explique las presuntas irregularidades en la compra de un penthouse en Bogotá, que habría sido vendido por una empresa controlada por el conocido empresario del sector de los hidrocarburos, Serafino Iácono.Blu Radio estableció que la diligencia de interrogatorio en calidad de indiciado que tendrá que cumplir Roa ante la Dirección Contra la Corrupción de la Fiscalía se realizará antes de finalizar este año, en el marco de la línea investigativa sobre las presuntas irregularidades en contratos entregados por la estatal petrolera.Lo que busca establecer la Fiscalía es si la compra del apartamento que hizo Roa a una empresa de Serafino Iácono, se hizo de manera legal o si detrás existía una estrategia para comprometer presuntamente contratos de Ecopetrol antes de que Roa asumiera la presidencia de la compañía.La línea de tiempo que investiga la Fiscalía es la siguiente: la transacción del apartamento 901 fue realizada en diciembre de 2022, Ricardo Roa fue nombrado presidente de Ecopetrol por parte del presidente Gustavo Petro en abril de 2023 y en marzo de 2024, una empresa ligada a Serafino Iácono recibió los derechos de exploración del bloque Sinú 9.De acuerdo con las investigaciones periodísticas, Ricardo Roa compró el apartamento 901 en un edificio en el sector del Museo del Chicó en Bogotá por 1.800 millones de pesos, un valor que estaría por debajo del precio del mercado teniendo en cuenta el tamaño y la ubicación del predio.
Ocho meses después del envenenamiento que causó la muerte de dos estudiantes del Colegio Los Nogales, la Fiscalía reveló nuevos detalles sobre la presunta responsabilidad de la empresaria Zulma Guzmán Castro. El caso, ocurrido en abril de este año, comenzó cuando a una vivienda del norte de Bogotá llegó un domicilio con frambuesas achocolatadas, consumidas por varias menores de edad.Horas después, cuatro de las jóvenes que habían participado en la reunión presentaron síntomas de intoxicación aguda y fueron trasladadas a la Fundación Santa Fe de Bogotá. A pesar de los esfuerzos médicos, Inés de Bedout falleció el 5 de abril y, cuatro días más tarde, murió su amiga Emilia Forero, ambas de 15 años. Otros dos menores y un adulto resultaron afectados, aunque lograron sobrevivir.Cómo se identificó el talio como agente tóxicoEl secretario de Salud de Bogotá, Gerson Bermont, confirmó que la intoxicación no fue accidental ni tuvo origen en alimentos contaminados por error. Los equipos de vigilancia epidemiológica detectaron desde el inicio la presencia de talio, un metal altamente tóxico, sin olor ni sabor, difícil de rastrear y que no forma parte de los elementos monitoreados por la entidad.“Se pudo concluir […] que lo sucedido no responde a una intoxicación ocasionada por alimentos, sino por un agente que no es objeto de vigilancia. […] Se logró el hallazgo de esta sustancia desde el comienzo”, afirmó Bermont en su momento. La evidencia descartó cualquier incidente fortuito y reforzó la hipótesis de un acto deliberado.La presunta participación de Zulma Guzmán CastroLa investigación señaló como principal sospechosa a Zulma Guzmán Castro, empresaria del sector tecnológico y fundadora de la plataforma de carsharing, conocida por su participación en el programa televisivo Shark Tank. Según la Fiscalía, Guzmán habría gestionado el envío del domicilio con las frambuesas que consumieron las víctimas.Los investigadores también indagan la relación sentimental que Guzmán habría sostenido con el padre de una de las menores. Las autoridades consideran que el caso podría corresponder a un crimen de venganza derivado de un conflicto pasional.Además, la Fiscalía examina una posible conexión con la muerte de la esposa del mismo hombre, fallecida dos años atrás en circunstancias no esclarecidas y cuya causa, según los investigadores, también podría estar relacionada con talio.Huida internacional y red de países involucradosPoco después de confirmarse la intoxicación, Guzmán salió de Colombia con destino a Argentina. Su desplazamiento posterior por Brasil, España y Reino Unido llevó a la Fiscalía a internacionalizar la investigación.Con base en las pruebas recolectadas, un juez de control de garantías avaló una orden de captura en su contra. De igual forma, fue emitida una circular roja de Interpol para facilitar su ubicación y detención en cualquier país donde pueda encontrarse.La evidencia clave que sostiene el casoLa Fiscalía consolidó los siguientes elementos como base de la investigación:Rastro del talio en los cuerpos de las víctimas, identificado desde el ingreso a urgencias.Vínculo directo entre Guzmán y el envío del domicilio consumido por las menores.Salida inmediata del país, horas después de conocerse la intoxicación.Relación personal con el padre de una de las víctimas, considerada relevante en la motivación del crimen.Antecedentes sospechosos, incluyendo la muerte previa de otra mujer cercana al mismo núcleo familiar.Movimiento internacional de la sospechosa por varios países, lo que motivó la intervención de autoridades en Argentina, Brasil, España y Reino Unido.Impacto del caso y avance judicialEl envenenamiento con talio, un metal prácticamente indetectable, ha generado preocupación por su uso criminal y la dificultad de rastrear su origen. Por ahora, la Fiscalía mantiene activa la búsqueda de Guzmán Castro, mientras avanza en cooperación con autoridades extranjeras para lograr su captura.“Podemos decir que se encontró una sustancia que hace parte de la historia clínica de los pacientes […] No existe un riesgo para la salud pública”, reiteró el secretario Bermont, aclarando que el caso corresponde a un hecho puntual y dirigido, no a un riesgo general para la ciudadanía.La investigación continúa y se mantiene bajo reserva, mientras las autoridades buscan esclarecer completamente el crimen que conmocionó a Bogotá y llevó a la muerte de dos menores de edad.
El Tribunal Superior de Bogotá ordenó la libertad inmediata de la exfiscal Ana Catalina Noguera Toro, tras determinar que ya cumplió la pena impuesta por los delitos de fraude procesal y violación ilícita de comunicaciones.En su decisión, el Tribunal explicó que, luego de la revisión realizada en segunda instancia, la pena fue reajustada a 38 meses de prisión, junto con una multa y una inhabilidad para ejercer cargos públicos. Además, al contabilizar el tiempo que estuvo privada de la libertad, sumado a las redenciones de pena por estudio y trabajo, se demostró que Noguera, quien estaba en prisión domiciliaria, había cumplido la condena en su totalidad.El caso, originado por interceptaciones ilegales de comunicaciones de una tercera persona durante 2020, incluyó la participación de miembros de la Dijín y la manipulación de fiscales mediante informes falsos para obtener órdenes de escucha.La exfiscal Noguera, quien ocupó cargos claves como directora de Extinción de Dominio y delegada de Finanzas Criminales en la Fiscalía General de la Nación, aceptó haber participado en una red de corrupción que combinaba narcotraficantes, policías y funcionarios judiciales y por ello fue capturada en febrero de 2023.Según la Fiscalía, dicha red operaba captando personas con investigaciones judiciales inconclusas, en especial narcotraficantes, para ofrecerles favores judiciales a cambio de sobornos y evitar evitar extradiciones a Estados Unidos.Sin embargo, la investigación demostró que Noguera también estaba implicada en interceptaciones ilegales que se habría gestionado y ejecutado con fines personales.Los archivos referían que la exfuncionaria judicial ordenó en marzo de 2020 la interceptación ilegal del teléfono celular de Carolina Vélez, una mujer que sostenía una relación con un trabajador bancario con quien Noguera habría tenido vínculos sentimentales con el fin de confirmar si el hombre mantenía una relación paralela.Durante la imputación de cargos, salieron a relucir también nombres como el del excoronel de la Dijín Ricardo Alberto Durán, los policías John Fredy Redondo Bautista y Anderson Jesús Salba Contreras, así como el exparamilitar y exnarcotraficante Ramón Esteban Peña, alias El Médico, pieza clave en la operación ilegal.Con la decisión conocida este jueves, Noguera logra saldar su deuda con justicia y cerrar un caso que representó un golpe para el sector pues ella era considerada una autoridad en la lucha contra la delincuencia.
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó este 4 de diciembre al general en retiro Rodolfo Palomino López por el delito de tráfico de influencias de servidor público cuando se desempeñaba como director de la Policía Nacional.De acuerdo con la Sala, el entonces alto oficial se reunió en su residencia con la entonces fiscal especializada Sonia Lucero Velásquez Patiño para hablar de una operación contra 14 personas vinculadas al Fondo Ganadero de Córdoba. Durante ese encuentro, Palomino le habría pedido que se detuviera la captura de Luis Gonzalo Gallo Restrepo.La decisión le impone una pena de siete años de cárcel, una multa equivalente a 174,9976 salarios mínimos, y además lo inhabilita para ejercer derechos y funciones públicas por nueve años. El fallo también aclara que no hay posibilidad de solicitar prisión domiciliaria.Para el alto tribunal, la intervención del general en retiro constituyó un aprovechamiento de su cargo y un intento deliberado por influir en una decisión judicial. La Sala señaló que, en lugar de respetar las órdenes emitidas por la autoridad competente, Palomino optó por favorecer a un particular, pese a que este estaba siendo investigado por delitos especialmente graves como concierto para delinquir, promoción de grupos paramilitares y desplazamiento forzado asociado al despojo de tierras. La Corte recordó que este último es un crimen de lesa humanidad, lo que subraya la gravedad de la interferencia.El fallo también detalla que la reunión generó presión e intimidación sobre la fiscal, quien, aunque realizó la captura, posteriormente dejó en libertad al investigado tras escucharlo en indagatoria, sin corroborar la información presentada como descargo.El tribunal también hizo énfasis en que Palomino conocía plenamente la ilegalidad de su comportamiento, dada su experiencia y la dignidad del cargo que ocupaba. Aun así, optó por apartarse de la normatividad que juró cumplir y proteger. La Sala resaltó que tuvo “la posibilidad de autodeterminarse para proceder de manera distinta” y, pese a ello, eligió influenciar indebidamente a otro servidor público, en este caso a una fiscal delegada.Durante la lectura del fallo Palomino y su defensa interpusieron el recurso de apelación y solicitaron un plazo de cinco días hábiles para preparar la defensa y argumentación de la apelación.
El Dorado Mañana se ha consolidado como uno de los juegos de chance más reconocidos y confiables del país. Para miles de jugadores, dejó de ser una simple apuesta diaria y se convirtió en un ritual matutino que mezcla emoción, transparencia y la expectativa de comenzar el día con buena suerte.Resultado de Dorado Mañana hoy, jueves 4 de dciiembre de 2025El número ganador del chance Dorado Mañana de este jueves 4 de diciembre de 2025 es el 1865 - 6 ¡Felicitaciones a todos los ganadores! Verifique con su vendedor si su tiquete es el ganador.Número ganador: 1865Dos últimas cifras: 65Tres últimas cifras: 865La quinta: 6Modalidades de juego y premiosEl atractivo de El Dorado Mañana está en su variedad de modalidades, diseñadas para que cada persona elija la opción que mejor se ajuste a su estrategia y presupuesto. Estas son las principales formas de apostar y sus respectivos pagos:4 cifras directo: 4.500 veces el valor apostado4 cifras combinado: 208 veces la apuesta3 cifras directo: 400 veces el valor jugado3 cifras combinado: 83 veces la apuesta2 cifras (pata): 50 veces el valor apostado1 cifra (uña): 5 veces el valor jugadoEsta amplia oferta convierte al sorteo en una alternativa dinámica y atractiva, tanto para quienes juegan ocasionalmente como para quienes participan de forma frecuente.¿A qué hora se realiza el sorteo?El sorteo de El Dorado Mañana se lleva a cabo de lunes a sábado, a las 11:00 a. m., con transmisión en vivo para todo el país. No se realiza los domingos ni los días festivos, lo que convierte este horario en una cita fija para quienes siguen los resultados cada mañana.Cómo reclamar un premio del Dorado MañanaCuando un jugador acierta, el proceso para reclamar el premio es sencillo y transparente. Según Paga Todo, los premios iguales o superiores a $100.000 deben cobrarse en puntos autorizados. Para hacerlo, es necesario presentar:Ser mayor de edadEl tiquete original, sin enmendaduras y con el reverso completamente diligenciadoUna fotocopia legible de la cédula de ciudadaníaEl Dorado Mañana continúa posicionándose como uno de los sorteos más representativos del país, ofreciendo cada día emoción y una posibilidad real de ganar. Consultar los resultados a tiempo y seguir el proceso oficial de cobro garantiza una experiencia segura y confiable para todos los participantes.
En Brasil, un trágico accidente en un gimnasio quedó registrado en las cámaras de seguridad y generó conmoción en redes sociales. El hecho ocurrió el pasado 1 de diciembre y tuvo como víctima a un hombre de 55 años que entrenaba sin supervisión profesional.La víctima fue identificada como Ronald José Salvador Montenegro, quien se encontraba realizando un ejercicio de press de banca en el gimnasio Olinda. En las imágenes se observa que el hombre levanta la barra repetidamente mientras permanece acostado, hasta que pierde el control del peso y se golpea con fuerza en el pecho.Según el video, tras recibir el impacto, Montenegro logra incorporarse por unos segundos, pero posteriormente se desploma mientras se toma el pecho. Otros usuarios del gimnasio alertaron al personal, y paramédicos acudieron de inmediato al lugar.A pesar de los esfuerzos por reanimarlo, los equipos de emergencia confirmaron su fallecimiento en el sitio. Familiares del hombre señalaron a medios locales que Montenegro entrenaba sin acompañamiento ni supervisión de un profesional, situación que, según ellos, pudo haber contribuido al riesgo del ejercicio y a la falta de asistencia oportuna en el momento del accidente.“Es increíblemente estúpido hacer ese agarre sin el pulgar... casi no cambia nada... y solo termina arruinando las cosas para la gente”, “Moriré sin entender por qué alguien elegiría ese agarre suicida en un dispositivo como ese sin foco. No es que un foco haga milagros”, “No soy experto en el tema, pero ¿no hay barras con cierre de seguridad o algo similar para evitar que la barra caiga sobre alguien? Si no existen, deberían”, son varios de los comentarios que se leen en el video.
La Gobernación de Cundinamarca abrió la convocatoria de becas para jóvenes del departamento que deseen estudiar tecnicos, tecnólogos y profesionales. Esta convocatoria espera beneficiar a los jóvenes y adultos de hasta 45 años de edad que residan en Cundinamarca y que cumplan los requisitos para acceder a este beneficio.El gobernador de Cundinamarca Jorge Emilio Rey enfatizó que estas becas prometen beneficiar a miles de jóvenes cundinamarqueses que no pueden acceder a la educación superior para que Cundinamarca sea cada vez más educada. Este es "un apoyo económico clave para que ningún estudiante interrumpa su formación por motivos económicos", expresa Rey.¿Cómo postularse a Cundinamarca + Profesional?La Gobernación de Cundinamarca abrió el pasado 2 de diciembre la segunda convocatoria de becas 'Cundinamarca + Profesional'. Las inscripciones podrán realizarse a través de la página www.siempreenclase.cundinamarca.gov.co y, para postularse, los aspirantes deberán cumplir estos requisitos:Ser ciudadano colombiano (de nacimiento o nacionalizado).Tener menos de 45 años.Ser nacido en Cundinamarca o haber residido en el departamento por mínimo cinco (5) años, acreditado mediante certificación de la administración municipal.Ser egresado de una institución educativa pública o privada ubicada en alguno de los municipios de Cundinamarca; si el grado fue obtenido por modalidad virtual o mediante “convalidación por el ICFES”, se priorizará el nacimiento o la residencia en el departamento.Estar inscrito en la base de datos nacional del SISBÉN en alguno de los 116 municipios del departamento; para población víctima, contar con certificación expedida por la entidad competente y estar caracterizado en una población del territorio.Presentar constancia de admisión o recibo de matrícula en una Institución de Educación Superior (IES) reconocida por el Estado y con convenio vigente.Acreditar la presentación de las Pruebas Saber 11 (si se postula a primer semestre).Además, habrá excepciones en la edad a quienes cumplan todos los requisitos según la cantidad de cupos en cada programa. Es decir que, si tiene 45 o más años en el momento de la postulación, podrá inscribirse y se le otorgará el beneficio según la disponibilidad de cupos, según la gobernación de Cundinamarca.¿Qué documentos se requieren para postularse a Cundinamarca + Profesional?En el momento de la postulación, estos son algunos de los documentos que va a necesitar:Documento de identidad.Certificado de residencia o documento que acredite el nacimiento en Cundinamarca.Registro SISBÉN o certificación de víctima del conflicto, según corresponda.Acta o diploma de bachiller.Resultados de la prueba Saber 11.Recibo de matrícula o carta de admisión.¿La beca Cundinamarca + Profesional es sólo para quienes inician a estudiar?No. La gobernación de Cundinamarca especificó que, quienes deseen continuar su formación en las Instituciones de Educación Superior (IES), pero que no cuenten con los fondos para culminar su proceso profesional, podrán acceder a los beneficios de la beca si cumplen con todos los requisitos para aplicar y, además, si presentan el certificado de notas ed la institución de educación superior en la que se encuentren realizando sus estudios.Además, si se solicita el beneficio para un periodo distinto al primero, el estudiante debe presentar el certificado del promedio acumulado y que este sea igual o superior al mínimo exigido por la IES; es decir, no tener un histórico de pérdida de asignaturas para el momento de la postulación.Para elegir a sus beneficiarios, el Fondo analiza la trayectoria, la vulnerabilidad socioeconómica, la excelencia académica de los estudiantes y la pertinencia del programa frente a las prioridades del departamento. Con base en un sistema de puntaje, se ordena a las personas aspirantes y se asignan los cupos disponibles. Las personas seleccionadas pueden recibir apoyos de hasta 5 SMMLV en educación profesional, 2 SMMLV en educación técnica y/o tecnológica y 1 SMMLV en subsidio de permanencia.La convocatoria para acceder a las becas y subsidios de 'Cundinamarca + Profesional' estará abierta hasta el próximo 11 de diciembre.
El sector de la medicina regenerativa celebró esta semana un hito que promete transformar el tratamiento de la ceguera corneal. Un paciente que había sido declarado legalmente ciego recuperó la visión tras recibir, el 29 de octubre, un implante de córnea producido íntegramente en un laboratorio mediante tecnología de impresión 3D. El procedimiento, realizado en el Centro Médico Rambam de Haifa, es considerado el primer trasplante plenamente exitoso de una córnea funcional fabricada mediante bioingeniería.El implante fue desarrollado por la empresa de biotecnología Precise Bio, que logró imprimir una córnea utilizando células humanas procedentes de tejido donado. El resultado es un dispositivo diseñado para reproducir tanto la transparencia como la resistencia mecánica de una córnea sana. El trasplante se efectuó en uno de los ojos del paciente y, de acuerdo con los especialistas, logró integrarse rápidamente adoptando la forma natural del tejido original.El profesor Michael Mimouni, quien dirigió el equipo quirúrgico, describió el momento como “histórico”, asegurando que nunca antes se había demostrado que un órgano ocular creado en laboratorio pudiera devolver la vista. “Asistimos a un avance que redefine las posibilidades de la oftalmología moderna. Es la prueba de que un futuro sin largas listas de espera por tejido donado es posible”, afirmó. El especialista subrayó que esta innovación podría evitar que miles de personas vivan en la oscuridad debido a la escasez global de córneas disponibles.La compañía desarrolladora detalló que uno de los mayores logros del dispositivo es su compatibilidad con el instrumental de trasplante tradicional. Esto significa que los cirujanos pueden manipular la córnea impresa de forma similar a una córnea humana, sin necesidad de alterar los procedimientos en quirófano. Además, el diseño permite una criopreservación más prolongada, lo que facilitaría su transporte y almacenamiento en bancos de tejidos y hospitales de distintos países.El proyecto persigue no solo mejorar la precisión óptica y reducir las complicaciones posoperatorias, sino también ofrecer una alternativa reproducible y escalable frente a la creciente demanda global de tejido ocular. Actualmente, millones de personas padecen ceguera corneal y dependen de donaciones que no siempre alcanzan para cubrir las necesidades mundiales.Los primeros datos sobre la eficacia a medio plazo se evaluarán a los seis meses del procedimiento, pero tanto Precise Bio como el Centro Médico Rambam confían en que este sea apenas el comienzo de una nueva generación de implantes personalizados. Si los resultados se confirman, el modelo podría replicarse a gran escala y abrir la puerta al desarrollo de otros tejidos oculares creados mediante bioimpresión.Este trasplante no solo representa un triunfo tecnológico, sino también una señal esperanzadora para quienes esperan una oportunidad de recuperar la vista. Como resumió Mimouni, la posibilidad de fabricar tejido ocular viable “lo cambia todo” y marca el inicio de una era en la que la ceguera corneal podría dejar de ser una condena permanente.
El escritor bogotano Mario Mendoza, autor del reconocido libro Satanás, ha compartido detalles íntimos sobre su relación y percepción de Campo Elías Delgado, el perpetrador de la masacre de Pozzetto. Mendoza y Delgado coincidieron como estudiantes en la Universidad Javeriana poco antes del trágico suceso de 1986. Para Mendoza, el recuerdo de Pozzetto es profundamente doloroso.Mario Mendoza y Campo Elías se encontraron cuando Mendoza estaba finalizando su carrera de literatura y Delgado tomaba clases de lenguas modernas con énfasis en literatura en la misma universidad. Su diálogo se inició debido a la coincidencia entre la tesis de grado de Mendoza y el trabajo que Delgado planeaba, lo que llevó a que el asesino se le acercara para pedirle bibliografía. Esta interacción duró solo unos pocos meses antes de la masacre.Mendoza describió a Delgado no como un simple compañero, sino como un estudiante sobresaliente. Era un individuo políglota, capaz de hablar inglés y francés, y leía a los autores en su lengua original sin necesidad de traducciones. A pesar de ser "muy juicioso académicamente", Mendoza señaló que era, sin embargo, "bastante disfuncional".Veterano de VietnamUna de las facetas de la vida de Campo Elías que ha sido objeto de estudio es su pasado militar. Aunque Delgado comentaba algunas cosas ocasionalmente sobre este tema, Mendoza al principio no sabía si "estaba en ese momento alardeando o si era verdad". No obstante, durante la investigación para la serie Estado de fuga 1986, el equipo revisó a fondo y se contactó con la Sociedad de Veteranos de Vietnam, la cual confirmó que Delgado había pertenecido al ejército de los Estados Unidos.Mendoza subraya que el crimen de Delgado fue atípico y extraño dentro del contexto de la violencia colombiana de la época. Tradicionalmente, la violencia en Colombia tenía un origen político, involucrando guerrilla, narcotráfico o paramilitarismo, sectores que se oponían al establecimiento.El asesino de Pozzetto, en cambio, representaba un tipo de violencia que venía del propio establecimiento, una figura sofisticada, oculta, buen lector y que aspiraba a ser artista o escritor. Este perfil era más propio de un asesino del "primer mundo," más europeo o con un perfil norteamericano.Síndrome de Amok: la rabia incontrolableLa naturaleza sin precedentes de este tipo de asesinato en Colombia dificultó a Mendoza la escritura de su novela Satanás (publicada en 2002). No fue hasta después del año 90, tras la masacre de Columbine, que los psiquiatras empezaron a tipificar al "spray killer," un asesino itinerante o relámpago. Esta clasificación le dio a Mendoza el entendimiento necesario para poder escribir el libro, un proceso que le tomó muchos años.Posteriormente, los psiquiatras acuñaron otro término que ayuda a entender este tipo de conducta: el síndrome de Amok. Este término, que hace referencia a una novela de Stephan Sweig, describe a un asesino invadido por una rabia incontrolable.Según Mendoza, en este tipo de casos, el frenesí asesino tiene que ver con un maltrato generalizado, bullying, desprecio y desdén que el individuo ha sufrido a lo largo de los años por parte de la sociedad, hasta que finalmente estalla.'Estado de fuga 1986', la mirada de Netflix a la matanza en restaurante bogotano PozzettoLa serie 'Estado de fuga 1986' será estrenada el próximo jueves en Netflix y presentará desde una nueva perspectiva la masacre del restaurante Pozzetto de Bogotá, en la que Campo Elías Delgado, un veterano de Vietnam, después de tomarse varias copas, asesinó a tiros a 29 personas el 4 de diciembre de 1986.El estreno de la serie coincide con los 39 años de esta matanza y busca contar por qué Delgado -que en la serie se llama Jeremías Salgado y es interpretado por el laureado actor colombiano Andrés Parra- cometió esos asesinatos. Para ello apela a la visión del estudiante Camilo León, a quien le da vida en la producción José Restrepo."Nosotros nos distanciamos mucho (de otras obras sobre la masacre) porque lo que hicimos fue tomar un hecho histórico (...) y a partir de eso ficcionamos todo eso hacia atrás", expresó la escritora de la serie, Ana María Parra, en un panel en Bogotá.Escuche aquí la entrevista:
Las autoridades confirmaron nuevos avances en la investigación del caso que estremeció al país el pasado 4 de abril, cuando un grupo de jóvenes en el norte de Bogotá resultó envenenado tras recibir una encomienda con frambuesas achocolatadas contaminadas con talio, un metal altamente tóxico, incoloro e insípido. En el trágico episodio murieron dos niñas de 15 años, mientras que otra adolescente aún se recupera lentamente por las graves afectaciones que sufrió. Un cuarto joven logró restablecerse por completo.De acuerdo con la información revelada por la periodista María Elvira Arango y corroborada por la Fiscalía General de la Nación, el caso nunca fue accidental. De hecho, ya identificaron a la principal sospechosa detrás de este crimen.Señalada salió de ColombiaLa principal señalada por el envío de las frambuesas envenenadas con talio sería Zulma Guzmán Castro, una mujer que habría tenido cercanía previa con Juan de Bedout, padre de una de las víctimas y destinatario de la encomienda. Esta mujer no ha enfrentado un juicio porque no está en el país.Se estableció que la sospechosa abandonó Colombia pocos días después del crimen. Las autoridades han rastreado su paso por Argentina, Brasil, España y el Reino Unido, países a los que viajó mientras avanzaban las pesquisas.Buscan a sospechosa con circular de InterpolAnte este escenario, la Interpol emitió el pasado 25 de octubre una circular roja contra Guzmán Castro, una alerta internacional que permite su búsqueda y captura en más de 180 países. Con este recurso, las autoridades esperan lograr su detención y posterior extradición a Colombia, donde deberá responder por el homicidio de dos menores de edad y por las graves lesiones ocasionadas a otros dos jóvenes. Este caso, que comienza a esclarecerse, sigue siendo una prioridad para la Fiscalía, determinada a llevar ante los jueces a la presunta responsable de una tragedia que conmocionó a Bogotá.
La tragedia que estremeció al norte de Bogotá el pasado 4 de abril comienza a esclarecerse. Ese día, un grupo de adolescentes que se encontraba reunido en una vivienda para hacer tareas recibió una encomienda con frambuesas achocolatadas. Horas después, dos niñas de 15 años murieron y otros dos jóvenes resultaron gravemente afectados. Los análisis de Medicina Legal confirmaron que los dulces estaban impregnados con talio, un metal incoloro, inodoro e insaboro, altamente tóxico. Desde entonces, la Fiscalía General de la Nación asumió el caso bajo la hipótesis de que no se trató de un accidente, sino de un acto premeditado.¿Quién envió las frambuesas envenenadas?En las últimas horas, nuevos hallazgos han sido revelados por la periodista María Elvira Arango y corroborados por la Fiscalía. Todo apunta a que el envío fue un crimen deliberado. La investigación identificó como presunta responsable a Zulma Guzmán Castro, una mujer que, según las autoridades, tenía cercanía previa con Juan de Bedout, el destinatario de la encomienda. Tras un distanciamiento entre ambos, la Fiscalía sostiene que Guzmán Castro habría decidido ejecutar el envío de las frambuesas contaminadas, lo que derivó en la muerte de las dos adolescentes.De acuerdo con la información divulgada, la mujer salió del país pocos días después de presuntamente cometer el crimen. Su ruta internacional ha incluido paradas en Argentina, Brasil, España y el Reino Unido, lo que para los investigadores parece indicar un intento de evadir a las autoridades colombianas. Mientras tanto, una de las jóvenes intoxicadas continúa recuperándose lentamente de las graves secuelas, y otro de los menores afectados ya logró restablecerse por completo.La Fiscalía avanza en la recolección de pruebas y testimonios que permitan llevar a Guzmán Castro a juicio. No obstante, su ubicación actual es incierta, lo que ha llevado a las autoridades a activar mecanismos internacionales de cooperación judicial. Por eso, este jueves, 4 de diciembre, se conoció que la Interpol emitió una circular roja el pasado 25 de octubre para localizar y capturar a Zulma Guzmán Castro en cualquiera de los más de 180 países miembros. Con esta alerta internacional, la Fiscalía espera que la mujer sea detenida y extraditada a Colombia, donde deberá responder por el homicidio de dos menores de edad y por su presunta participación en un crimen que hoy, tras meses de incertidumbre, empieza a desenredarse.
La Corte Suprema de Justicia tomó una importante decisión relacionada con Arturo Char: el alto tribunal resolvió acusarlo por presunta corrupción y compra de votos.La decisión de hoy tiene un contexto. Los hechos por los cuales Arturo Char es investigado se relacionan con un supuesto acuerdo delictivo para comprar votos en Atlántico, el cual, posiblemente, se materializó en octubre de 2017 y en el que habrían intervenido varias personas.Entre ellos, Arturo Char y la excongresista Aída Merlano, quien fue condenada en primera y segunda instancia por la Corte Suprema de Justicia por estos hechos de corrupción electoral que se fraguaron desde la sede política Casa Blanca.En septiembre de 2023, la propia Sala de Instrucción ordenó la captura de Char, quien posteriormente fue dejado en libertad. El presunto concierto delictivo habría ido más allá de un simple convenio político, en la medida en que, supuestamente, buscaba conseguir la elección de Aída Merlano en el Senado, de Lilibeth Llinás Delgado en la Cámara y la reelección del propio Arturo Char en el Senado.Presuntamente, se habrían ejecutado delitos contra los mecanismos de participación democrática a través de la compra de votos para estos tres candidatos. Esta fue una agitada discusión, en la que dos magistrados salvaron su voto, es decir, tuvieron una posición contraria al resto de sus colegas.
La muerte de Emilia Forero e Inés de Bedout, dos menores de 15 años intoxicadas con talio en un apartamento del barrio Rosales, norte de Bogotá, quedó oficialmente trazada como un homicidio. La Fiscalía General de la Nación confirmó que la intoxicación, ocurrida en abril, fue producto del consumo de unas frambuesas contaminadas enviadas de manera deliberada a la familia De Bedout.Un equipo de fiscales y servidores del CTI, adscritos a la Unidad de Vida de la Seccional Bogotá, recopiló evidencias y elementos materiales probatorios, sumados al dictamen del Instituto Nacional de Medicina Legal, que establecen que el alimento llegó a través de una empresa de mensajería, presentado como un regalo que nunca existió. El consumo de las frambuesas resultó letal para dos de las menores, dejó a otra con lesiones graves y a un cuarto joven fuera de peligro.La investigación señala directamente a Zulma Guzmán Castro, una mujer que tuvo cercanía con la familia Bedout. Según reveló María Elvira Arango, las pruebas apuntan a que Guzmán habría coordinado el envío del tarro contaminado. La Fiscalía corroboró esa línea: Guzmán salió de Colombia hacia Argentina pocos días después de la intoxicación masiva y, según información reciente, se ha desplazado por Brasil, España y el Reino Unido.Arango recordó que lleva “meses presionando a la Fiscalía” para conocer avances del caso, y detalló que las frambuesas llegaron “con una cantidad de talio impresionante”, un metal “inoloro, incoloro e insaboro, pero letal”. Sus fuentes confirman que las pruebas han sido “contundentes” para ubicar a Guzmán como la presunta responsable.Ante el avance del caso, la fiscal a cargo acudió ante un juez penal de control de garantías y obtuvo la orden de captura contra Guzmán. Paralelamente, se gestionó la expedición de una notificación roja de Interpol, emitida el pasado 25 de octubre, con el fin de materializar su captura en cualquiera de los más de 180 países miembros.Con la circular roja vigente, la búsqueda internacional ya está en marcha. La Fiscalía sostiene que se trató de un homicidio premeditado y que es cuestión de tiempo para que Zulma Guzmán Castro sea localizada y puesta a disposición de la justicia colombiana.
A través de una carta que conoció Mañanas Blu 10:30 a.m., el ministro de Justicia, Andrés Idarraga le solicitó a la fiscal general de EEUU, Pamela Jo Bondi, información que esclarezca la identidad de un funcionario colombiano que, según el Acuerdo de Enjuiciamiento Diferido que firmo el Grupo Aval con el departamento de justicia en 2023, recibió una coima de 3,4 millones del Corficolombiana y Odebrecht.Esta carta del 3 de junio, que también es enviada al jefe de la Corte para el Distrito de Maryland que ha investigado estos delitos, se envía sobre la base de que esa información ya fue aportada por el Grupo Aval al Departamento de Justicia.No son muchas las pistas del perfil del misterioso funcionario que se detalla en el acuerdo en los anexos 32, 33 y 34, pero se sabe que fue un alto funcionario del gobierno entre 2010 y 2018.El ministro Idarraga pide que a la individualización de dicha persona se anexe los documentos aportados, que soportaría los hechos delictivos en mención. Así mismo, el ministro colombiano encargado que se hagan llegar al Ministerio de Justicia o en su defecto a la Fiscalía General.
La Fiscalía General de la Nación ordenó archivar la investigación contra la defensora del Pueblo, Iris Marín, tras una denuncia de Armando Benedetti por unas declaraciones que dio la funcionaria contra el ministro del Interior sobre presuntas conductas de violencia de géneroEsta decisión la tomó el ente acusador tras concluir que los hechos que fueron denunciados por el ministro del Interior, Armando Benedetti, no constituyen una conducta punible todo esto en el marco de unas declaraciones que entregó a un medio de comunicación la defensora Marín en noviembre del año pasado en donde se refirió al episodio de presunta violencia intrafamiliar.Sin embargo, para la Fiscalía General de la Nación las declaraciones que entregó Marín hicieron parte de las denuncias que publicaron varios medios y no fue un señalamiento directo hacia él."Esa manifestación no puede ser apreciada como una afrenta contra la integridad moral del querellante (Armando Benedetti), pues las personalidades públicas se someten al escrutinio de los ciudadanos por el rol social que cumplen", señaló el ente acusador.La denuncia de Benedetti contra Marín no prosperó porque la defensora del Pueblo en su entrevista comentó los hechos que ya eran de conocimiento por la opinión pública y no le atribuyó ningún delito o conducta penal al hoy ministro del Interior."Solo una referencia generalizada a lo que los medios de comunicación venían publicando sobre el comportamiento del funcionario en torno a las investigaciones de carácter penal que enfrentaba y, en segundo lugar, el hecho es cierto y documentado en esta actuación, por lo que la conducta de la querellada resulta objetivamente atípica frente al delito de calumnia", se lee en el documento.En esta orden de archivo la Fiscalía recordó que los funcionarios públicos están sometidos a un mayor escrutinio ciudadano debido al rol social que desempeñan, amparado por estándares internacionales como los citados por la Corte Constitucional y la CIDH."Así como los servidores públicos, quienes por la importancia social de las funciones que realizan están sujetos a un mayor escrutinio social, puesto que la opinión pública actúa como un mecanismo de control social sobre el desempeño de los cargos que ostentan", aseveró la Fiscalía.
El Juzgado 62 Administrativo de Bogotá declaró improcedente la acción de tutela que había sido presentada por Jorge Andelfo Ortega en calidad de agente oficioso de Daniel Quintero, exalcalde de Medellín. La acción buscaba que la Registraduría Nacional del Estado Civil permitiera escribir el comité promotor de su precandidatura presidencial para 2026, luego de que la entidad negara dicho registro. Sin embargo, el despacho concluyó que no tenía legitimación para actuar en nombre de Quintero y que no existía ninguna justificación válida para que el propio exmandatario no interpusiera la tutela directamente.En la tutela, Ortega afirmó que la negativa de la Registraduría constituía una vulneración de derechos fundamentales de Quintero, entre ellos la igualdad, el debido proceso, el derecho a elegir y ser elegido y la libertad para participar en política. Sostuvo que la entidad electoral habría incurrido en un “error craso” sin sustento jurídico al impedirle inscribirse por firmas. En su argumentación, aseguró que esta decisión afectaba injustificadamente el ejercicio político del exalcalde.El accionante pidió expresamente que el juez ordenara a la Registraduría inscribir el comité promotor y que se dejaran sin efectos las decisiones que rechazaron su solicitud. No obstante, el juzgado advirtió varias inconsistencias en el trámite y en la legitimación de la acción. En primer lugar, Ortega no explicó por qué Quintero no presentó personalmente la tutela, a pesar de que se le requirió aclarar ese punto. Además, el despacho señaló que existen antecedentes en los que el propio Quintero ha acudido directamente a este mecanismo constitucional, lo que demuestra que no existe ninguna imposibilidad real para ejercer su propia defensa.El juzgado también subrayó que, pese a haber sido notificado del inicio del trámite, Quintero no manifestó intención de ratificar la acción interpuesta por Ortega. Esta ausencia de participación directa refuerza, según la decisión, que no se cumplen los requisitos para que opere la figura de la agencia oficiosa, que solo procede cuando el titular del derecho se encuentra en una situación concreta y probada que le impide actuar por sí mismo.Por estas razones, la decisión concluye que la acción de tutela es improcedente, ya que no se superó el principio de legitimación en la causa. El fallo enfatiza que la agencia oficiosa no puede utilizarse para suplir la falta de voluntad del titular del derecho ni para interponer acciones en su nombre sin autorización ni justificación válida. En consecuencia, el juez negó el amparo solicitado y dio por terminado el trámite.
La Sala de Casación Penal de este alto tribunal ordenó hacer efectiva la captura de Jhon Carliones Pérez, luego de casar la sentencia absolutoria que dictó el Tribunal Superior de Bogotá y confirmar la condena de primera instancia por delitos sexuales cometidos contra una menor de 14 años.En ese sentido la Corte dejó sin efectos la absolución proferida en 2021 y en cambio confirmó la decisión de un juzgado de Bogotá proferida en 2020 en la cual este hombre fue condenado a una pena de 18 años de cárcel.Según este fallo Jhon Pérez aprovechaba las oportunidades en las que estaba solo con su hijastra y allí cometía todo tipo de vejámenes, y allí la Corte Suprema de Justicia aseguró que el Tribunal incurrió en graves errores al valorar las pruebas, pues excluyeron la entrevista que se le hizo a la niña durante el proceso judicial.Este fallo también hace un duro reproche que la absolución del hombre se haya sustentado en estereotipos desconociendo la vulnerabilidad de quienes sufren violencia infantil.Según esta sentencia, las comunicaciones afectuosas entre la víctima y el agresor no desvirtuan el abuso sexual, especialmente cuando existe una relación de confianza y dependencia propia del núcleo familiar, y cuando el agresor utiliza mecanismos de manipulación afectiva.Por estos hechos el alto tribunal ordenó la captura del condenado para que cumpla la pena impuesta.
El Tribunal Superior de Bogotá negó por improcedente la tutela que buscaba levantar el condicionamiento del Consejo Nacional Electoral (CNE) sobre la personería jurídica del Pacto Histórico. La Sala concluyó que este mecanismo no era procedente para debatir la legalidad de las decisiones adoptadas por el organismo electoral, debido a la existencia de otros recursos judiciales idóneos y en curso ante la jurisdicción contenciosa administrativa.En su decisión, el tribunal explicó que la acción de tutela no superó el juicio de subsidiariedad. Señaló expresamente que “al no superarse el juicio de subsidiariedad ni demostrarse la ineficacia concreta del medio ordinario, y existiendo además un proceso judicial en curso sobre el mismo objeto material, se encuentra que la presente acción constitucional es improcedente y se negará el amparo solicitado”. Con ello, la Sala reafirmó que la tutela no puede ser utilizada como una vía paralela para revisar actos electorales.El tribunal recordó que la controversia planteada gira en torno a la legalidad de las resoluciones, las cuales, argumentan, deben ser objeto de control ante la jurisdicción contenciosa administrativa mediante el medio de nulidad y restablecimiento del derecho, que además permite solicitar medidas cautelares para evitar afectaciones en el calendario electoral. “Esta vía ordinaria, lejos de ser meramente formal, ofrece un amparo judicial suficiente y, actualmente, se encuentra incluso activada ante la Sección Quinta del Consejo de Estado, circunstancia que reafirma la improcedencia del amparo excepcional”, puntualizó.La tutela presentada buscaba garantizar presuntas vulneraciones a los derechos de participación política, debido proceso, libertad de asociación y acceso a cargos públicos del Pacto Histórico. Los accionantes argumentaban que, si no se levantaba la condición impuesta por el CNE antes del 8 de diciembre, el movimiento podría ver comprometida su participación en las elecciones programadas para el 8 de marzo de 2026. Sin embargo, el tribunal reiteró que estas discusiones deben resolverse en los procesos contenciosos ya abiertos.
Un juez de control de garantías impuso medida de aseguramiento en establecimiento carcelario contra Neider Gómez Castrillón, señalado de participar en el secuestro del cantante Miguel Ayala Galeano y de su mánager, Nicolás Pantoja, ocurrido en la vereda Chorritos, en La Sierra, Cauca. La decisión judicial se produjo tras la presentación de los elementos materiales probatorios recolectados por un fiscal Gaula de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales.De acuerdo con la Fiscalía, Gómez Castrillón habría tenido un papel directo en la custodia armada de las víctimas, quienes permanecieron retenidas en una construcción artesanal. Desde ese lugar se habría tomado y enviado a los familiares una fotografía en la que el artista y su representante aparecían descalzos, encadenados y envueltos en una cobija. Asimismo, el procesado estaría involucrado en las llamadas mediante las cuales los secuestradores exigieron 5.000 millones de pesos a cambio de su liberación.El operativo que permitió la liberación del músico y su mánager también condujo a la captura en flagrancia del presunto responsable. Durante la intervención fueron incautadas dos pistolas, dos proveedores, 29 cartuchos calibre 9 mm, una cadena, dos candados y dos pavas de tela camuflada.Con base en este material probatorio, el ente acusador imputó a Gómez Castrillón los delitos de secuestro extorsivo agravado y fabricación, tráfico y porte de armas y municiones de uso restringido o privativo de las Fuerzas Armadas. El procesado no aceptó los cargos.Las investigaciones indican que la retención habría sido ejecutada por una red delictiva presuntamente vinculada a la estructura Carlos Patiño, una facción de las disidencias de las Farc.La Fiscalía aseguró que los hechos sucedieron en medio de un viaje desde la ciudad de Popayán hasta la ciudad de Palmira, a efectos de tomar un vuelo con rumbo a la ciudad de Bogotá, el cual fue interrumpido de manera violenta por un vehículo y una motocicleta que los contactaron a la altura del sector de la vereda del túnel, vía Panamericana.Dice la Fiscal del caso: “Cuatro personas portando armas de fuego detienen al conductor que transportaba a las dos víctimas, lo amenazan, se suben al vehículo y los obligan a retomar el viaje, regresándose a la ciudad de Popayán. Más adelante, en el sector conocido como el Parador de las Margaritas, se desvían a mano derecha, cuando ya tomaban el sentido norte-sur, se desvían a mano derecha hacia el sector conocido como el Lago del Bolsón. El vehículo iba siendo seguido, detienen la marcha y Miguel Ángel y Víctor Alonso Nicolás son bajados y montados en otro vehículo, el conductor es dejado y posteriormente acuden las autoridades”.
Blu Radio conoció el fallo de 40 páginas con el que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena de 4 años de cárcel contra Laude José Fernández Arroyo, al negar el recurso extraordinario de casación presentado por su defensa contra la sentencia que lo declaró responsable de los delitos de concierto para delinquir agravado y violación de datos personales.Con esta decisión, el alto tribunal ratificó el fallo emitido en noviembre de 2022 por el Tribunal Superior de Bogotá, que impuso esta pena y además una multa e inhabilitación para ejercer cargos públicos.La Corte Suprema de Justicia pudo establecer que Laude José Fernández, quien fue agente de inteligencia del extinto DAS, hizo parte entre 2017 y 2018 de una organización criminal dedicada a la interceptación ilegal de comunicaciones y obtención indebida de bases de datos privadas, en la que participaron exfuncionarios del CTI y empresas privadas que ofrecían servicios de “inteligencia corporativa”.El fallo de casación de la Corte reveló que, Laude José Fernández, desde su rol como directivo de una firma consultora, habría solicitado información privada de dirigentes sindicales de Avianca durante la huelga de pilotos, así como datos relacionados con litigios entre el Grupo de Energía de Bogotá y la multinacional ENEL.El alto tribunal descartó los argumentos de la defensa, que buscaba acceder al beneficio de la suspensión condicional de la pena y a la prisión domiciliaria, al señalar que el delito de concierto para delinquir agravado cuando involucra a exintegrantes de organismos de seguridad del Estado está expresamente excluido de beneficios penales.La Corte Suprema de Justicia señala además que el exagente de inteligencia no acreditó la condición de padre cabeza de familia, pues se demostró que las menores cuentan con familia extendida legalmente obligada a asistirlas.
Una madre acusada de envenenar con medicamentos a sus dos hijas, una de las cuales falleció, y de intentar asesinar a su exmarido, ha sido condenada este miércoles en Francia a 30 años de prisión.Maylis Daubon, de 53 años, fue declarada culpable del envenenamiento de su hija Enea, que falleció a los 18 años tras ingerir una gran cantidad de medicamentos.Los análisis revelaron que su otra hija, Luan, había ingerido una cantidad significativa de un somnífero para adultos. Luan resultó ilesa y defendió la inocencia de su madre durante el juicio.La presidenta del tribunal penal de Mont-de-Marsan (suroeste), Emmanuelle Adoul, justificó la sentencia "teniendo en cuenta la gravedad de los hechos". La corte impuso una pena de 30 años, con un periodo de seguridad de 20, cinco más de los solicitados por el fiscal.Durante el juicio la acusada permaneció estoica, con la cabeza baja y oculta tras su cabello, sin mirar al tribunal. Tiene diez días para apelar. El 13 de noviembre de 2019, Enea, que llevaba más de un año sin ir a la escuela y sufría problemas psicológicos, sufrió una crisis de convulsiones en el domicilio familiar.Su muerte se produjo por la ingesta de propranolol, un betabloqueante que ralentiza la actividad cardíaca, en una dosis "diez veces superior a la terapéutica", según la investigación.Además del envenenamiento de Enea y Luan, Maylis Daubon también era sospechosa de haber intentado asesinar a su exmarido sobornando a compañeras de prisión en Pau, algo que la acusada calificó de "rumores de prisión".
Luego de varios meses de seguimiento, investigadores de Policía Judicial capturaron a una mujer en el municipio de Villavieja, Huila, quien estaría presuntamente relacionada con hechos de extorsión afectando el patrimonio económico de comerciantes y propietarios de fincas en el norte del departamento.Según las autoridades, la captura de esta mujer se hizo efectiva tras la denuncia formal que interpuso una de las víctimas, quien manifestó haber sido abordado en su finca por varias personas que les exigieron dinero identificándose como integrantes de un grupo armado ilegal.“Gracias al trabajo articulado de las unidades investigativas y de inteligencia se logró identificar a esta mujer, quien, al parecer, cumpliría un rol clave en la recepción y administración de los recursos producto de la presunta extorsión, mediante el uso de plataformas digitales”, dijo el coronel Carlos Eduardo Téllez, comandante de Policía Huila.De acuerdo con las investigaciones, las exigencias extorsivas oscilaban entre cinco y diez millones de pesos. La mujer capturada tendrá que responder ante la Fiscalía por el delito de extorsión.
Blu Radio conoció un documento de 11 páginas donde la Procuraduría General de la Nación abrió una investigación disciplinaria contra el presidente del Comité Disciplinario del Partido de la U, en medio de la controversia por la decisión interna que buscaba retirarle el aval al presidente de la Cámara de Representantes, Julián López.La actuación se inició tras la queja presentada por su abogado, Mauricio Pava, y confirma que el Ministerio Público encontró mérito suficiente para indagar posibles abusos de poder dentro de la colectividad.De acuerdo con el documento, la Procuraduría no solo asumió la investigación disciplinaria, sino que también trasladó el expediente a la delegada para Asuntos Electorales con el fin de evaluar una eventual intervención preventiva. Ese doble movimiento institucional indica que el órgano de control considera que hay riesgos reales y actuales para los derechos políticos del congresista, y que la situación del Partido de la U ya está bajo escrutinio estatal.Además, el Ministerio Público recordó que, según el artículo 11 de la Ley 1475 de 2011, las decisiones internas de los partidos que afectan avales o membresías están sujetas a impugnación ante el Consejo Nacional Electoral (CNE), recurso que se concede en efecto suspensivo. Esto significa que ninguna medida contra López puede ejecutarse hasta que el CNE tome una decisión de fondo, por lo que todas sus garantías políticas permanecen plenamente vigentes.Para la Procuraduría, las colectividades políticas no pueden tomar decisiones disciplinarias que desconozcan los derechos fundamentales de sus integrantes ni incidir, sin sustento, en la estabilidad institucional del Congreso. El proceso continuará con la práctica de pruebas y la evaluación del impacto que tuvo la actuación del Comité Disciplinario en el ejercicio del cargo que hoy ocupa López en la Cámara.
Este miércoles 3 de diciembre se tenía previsto iniciar la audiencia preparatoria en contra de Sandra Ortiz, exconsejera para las Regiones de la Presidencia de la República, por su presunta participación en el entramado de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. Sin embargo, su nuevo abogado solicitó suspender la diligencia, argumentando que no ha podido recolectar todos los elementos materiales probatorios que pretende descubrir en el juicio.En medio de la diligencia, el abogado Mauricio Camacho argumentó que “no se hace responsable que un profesional de derecho en estas condiciones, en esa desventaja, vaya a un juicio oral, por lo que le ruego, honorables jueces, primero que usted haya entendido y segundo que usted entienda que el día de hoy no se pueda adelantar la audiencia preparatoria”, sustentó la defensa.Luego de que las partes no se opusieron a la suspensión, la Juez 08 Penal del Circuito Especializado de Bogotá avaló la suspensión de estas audiencias en las cuales se presentan las pruebas que harán parte del juicio. La juez aseguró que “mal haría en sorprender el día de hoy al señor defensor, corriendo en el traslado para que descubra a la Fiscalía los elementos materiales probatorios cuando precisamente eso es lo que no ha podido hacer: recolectar los elementos materiales probatorios que pretende descubrir. En estas condiciones, no queda otro camino que acceder a la suspensión expresa solicitada por la defensa”. Las diligencias se retomarán el 11 de febrero de 2026.La situación jurídica de Ortiz se definió después de que la Fiscalía la acusara formalmente el pasado 1 de septiembre por los delitos de lavado de activos y tráfico de influencias de servidor público. De acuerdo con el grupo de fiscales delegados ante la Corte Suprema de Justicia, la exconsejera habría desempeñado un papel determinante al facilitar la entrega de sobornos a congresistas con el fin de asegurar apoyo político a las reformas impulsadas por el Gobierno Nacional en el Congreso.Según la acusación, la exfuncionaria habría actuado como enlace entre los entonces directivos de la UNGRD, Olmedo López y Sneyder Pinilla, y los expresidentes del Senado y la Cámara, Iván Name y Andrés Calle. En esa línea, la Fiscalía señaló que Ortiz habría recibido en dos ocasiones millonarias sumas de dinero en efectivo, que posteriormente fueron trasladadas en un vehículo oficial hacia puntos previamente acordados con Name.Para el ente acusador, Ortiz no solo tenía conocimiento del origen ilícito de los recursos, sino también del propósito de los pagos. De acuerdo con la investigación, los sobornos estarían relacionados con el direccionamiento irregular de una orden de proveeduría destinada a la compra de 40 carrotanques para suministrar agua potable a comunidades de La Guajira, contrato que habría sido instrumentalizado dentro del entramado de corrupción.