El Juzgado 25 Civil del Circuito de Bogotá falló a favor de Olmarlin Puccini Garcerant, quien interpuso una acción de tutela al considerar que el Ministerio de Minas y Energía, en cabeza del ministro Edwin Palma, vulneró sus derechos fundamentales al no renovar su contrato de prestación de servicios pese a que la entidad tenía conocimiento de su estado de embarazo. La accionante buscaba la protección de sus garantías a la estabilidad laboral reforzada y especial protección a la maternidad, así como sus derechos al trabajo, mínimo vital, igualdad, debido proceso, vida digna y seguridad social.Puccini firmó un contrato de prestación de servicios con el Ministerio el 24 de enero de 2025, vigente hasta el 23 de noviembre de ese mismo año, para apoyar la evaluación de procesos de la cadena de combustibles y aportar insumos para la actualización de políticas del sector downstream. El 18 de septiembre de 2025 fue informada de su embarazo y aseguró haber notificado formalmente a la entidad el 24 de septiembre, mediante correo electrónico.La accionante sostuvo que cumplió cabalmente con las obligaciones del contrato y entregó toda la documentación requerida para su eventual renovación. Sin embargo, el Ministerio decidió no suscribir un nuevo contrato. En la tutela, también expuso que es el único sustento económico de su hogar, compuesto por su hija de 10 años y su esposo, quien actualmente está desempleado.Por su parte, el Ministerio de Minas argumentó que no vulneró ningún derecho fundamental, pues el contrato terminó en la fecha pactada y su extinción obedeció al cumplimiento del plazo, sin que fuera necesario justificar una causa de despido ni reconocer indemnización, como alegaba la accionante.No obstante, el juzgado concluyó que la entidad sí vulneró los derechos fundamentales al trabajo y a la estabilidad laboral reforzada de Puccini Garcerant. En su decisión, ordenó al Ministerio prorrogar el último contrato vigente hasta la finalización de la licencia de maternidad y pagar los honorarios dejados de percibir desde el 25 de noviembre de 2025 hasta el reintegro efectivo.La decisión se sustenta en que la accionante es sujeto de especial protección constitucional por su estado de gestación y que la entidad conocía dicha condición desde el 24 de septiembre de 2025. Para el despacho, la terminación del vínculo sin autorización del Ministerio del Trabajo configura una presunción de despido discriminatorio, aun tratándose de un contrato de prestación de servicios.Se sustenta en la decisión: “En efecto, como se acreditó que el Ministerio de Minas y Energía desde el 24 de septiembre de 2024 conoció del estado de gestación de la accionante, ello en vigencia del contrato de prestación de servicios que se suscribió el 24 de enero de 2025 y que terminó el 23 de noviembre de 2025, se advierte que el accionado vulneró los derechos fundamentales al trabajo y a la estabilidad laboral reforzada de Olmarlin Puccini Garcerant, al no mantener vigente el vínculo contractual que tenían y darlo por terminado sin mediar autorización del Ministerio del Trabajo, lo cual constituye presunción de un despido por razones de discriminación”.
La Fiscalía de Basilea-Campiña ha formalizado cargos contra Thomas, esposo de la ex finalista de Miss Suiza Kristina Joksimovic, por asesinato y alteración del orden público tras un atroz crimen en Binningen.El espeluznante caso de Kristina Joksimovic, la modelo y ex finalista del certamen Miss Suiza 2013, ha dado un giro definitivo. Tras más de un año de exhaustiva investigación, la Fiscalía local de Basilea-Campiña, Suiza, ha presentado cargos formales por homicidio contra su marido, Thomas. El suceso, ocurrido en septiembre de 2024 (aunque la Fiscalía lo sitúa en febrero de 2024 en su comunicado oficial), sacudió a toda la nación alpina no solo por la identidad de la víctima, representante de los cantones del norte, sino por los detalles de una brutalidad sin precedentes.El horrendo suceso en BinningenKristina Joksimovic, de 38 años y nacionalidad suiza, fue presuntamente asesinada por su esposo, un hombre de 43 años también suizo, en su domicilio conyugal en Binningen, una localidad cercana a la ciudad de Basilea. La conmoción inicial por el fallecimiento de la exreina de la belleza se transformó en horror a medida que trascendían los pormenores del crimen.Según reportes de medios de comunicación locales, el ataque se produjo cuando la modelo regresaba a casa. El nivel de violencia del asalto habría sido extremo, resultando en su muerte. Sin embargo, lo que eleva la naturaleza del caso a un nivel dramático y macabro son los hechos posteriores al crimen que se le imputan al cónyuge.El marido de la víctima, tras supuestamente quitarle la matriz a la mujer, habría procedido a desmembrar su cuerpo, decapitándola y luego pasando sus extremidades por una licuadora industrial y añadiendo químicos para diluirlos, con la aparente intención de hacer desaparecer los restos de manera definitiva y, presumiblemente, dificultar la investigación o la identificación.La clave para resolver el crimenEl presunto intento de encubrimiento del crimen por parte del acusado pudo haber tenido éxito de no ser por la tenacidad del padre de la modelo. De acuerdo con las mismas fuentes, la investigación se precipitó cuando el progenitor de Kristina encontró cabellos y parte de la piel de su hija en bolsas de basura. Esta prueba crucial fue determinante. Tras alertar inmediatamente a las autoridades, Thomas fue detenido. Inicialmente, el acusado alegó haber actuado en defensa propia, una coartada que no ha resistido el rigor de la investigación forense y penal.La acusación formal de la fiscalíaTras concluir las pesquisas, que se han extendido por más de un año, la Fiscalía de Basilea-Campiña ha formalizado la acusación, tal como lo ha informado el medio británico The Sun.La entidad judicial emitió una declaración oficial en la que confirma el avance del proceso: "La Fiscalía de Basilea-Campiña ha concluido la investigación penal sobre el presunto homicidio ocurrido en Binningen el 13 de febrero de 2024. Ha presentado cargos por asesinato y alteración del orden público contra un hombre de 43 años (de nacionalidad suiza) ante el Tribunal Penal de Basilea-Campiña. El acusado se encuentra detenido y se presume su inocencia hasta que se demuestre su culpabilidad. Con base en los resultados de la investigación penal, la fiscalía de Basilea-Campiña presume que el acusado asesinó a su esposa (de 38 años en el momento del crimen y de nacionalidad suiza) en su domicilio común en Binningen. La fiscalía no ha revelado más detalles sobre las circunstancias del crimen."La presentación de cargos por "alteración del orden público" está directamente relacionada con la presunta destrucción y desmembramiento del cuerpo, lo que añade una capa de gravedad a la acusación principal de asesinato. El caso ha reabierto un debate sobre la violencia de género y la seguridad en la Confederación Helvética, un país generalmente percibido como seguro. Ahora, el destino de Thomas, quien permanece en detención preventiva, se decidirá ante el Tribunal Penal de Basilea-Campiña, donde se espera que el juicio arroje luz completa sobre las circunstancias que rodearon este trágico y brutal homicidio.
La Fiscalía General de la Nación anunció órdenes de captura contra alias 'Iván Mordisco' y otros señalados cabecillas de las disidencias de las FARC por el genocidio contra el pueblo indígena Nasa, en hechos ocurridos en el norte y oriente del Cauca. La decisión se basa en una investigación que permitió identificar un patrón sistemático de violencia que, según el ente acusador, buscaba el exterminio de esta comunidad para facilitar el control territorial de estructuras armadas ilegales.El trabajo investigativo estuvo a cargo de un equipo interdisciplinario integrado por analistas criminales, antropólogos y expertos, que en terreno recopiló información en coordinación y diálogo permanente con autoridades y comuneros Nasa. Este acercamiento ,permitió documentar 32 hechos delictivos entre homicidios, tentativas de homicidio y desplazamientos forzados, los cuales dejaron 43 víctimas desde 2022. Entre ellas se encuentran 16 comuneros, 14 líderes y autoridades indígenas, 8 firmantes del acuerdo de paz y 5 sabedores ancestrales.La Fiscalía estableció que estas conductas fueron cometidas por integrantes del Frente Dagoberto Ramos, del autodenominado Estado Mayor Central de las disidencias, en los municipios de Caldono, Santander de Quilichao, Caloto, Corinto, Toribío, Miranda, Páez y Jambaló. La hipótesis central sostiene que la organización armada ejecutó un plan de exterminio para apoderarse de tierras ancestrales, debilitar la resistencia comunitaria e imponer condiciones de control social y criminal en la región.De acuerdo con la fiscal general, Luz Adriana Camargo, la decisión surge de un proceso investigativo “muy juicioso”, en el que las distintas direcciones de la Fiscalía ‘entre ellas la Dirección Seccional Cauca, la Unidad Especial de Investigación (UEI) y la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos,unificaron esfuerzos para presentar ante un juez de control de garantías la solicitud de capturas. Tras exponer las evidencias, el juez autorizó órdenes contra Néstor Gregorio Vera Fernández, alias Iván Mordisco, y 13 integrantes más del Estado Mayor Central, incluidos tres cabecillas, un cabecilla de frente, cinco comandantes de comisión, un comandante de milicias y tres militantes rasos.A estos señalados jefes disidentes, la Fiscalía les imputará delitos como genocidio, homicidio agravado, tentativa de homicidio y desplazamiento forzado, como presuntos responsables de los ataques documentados. Camargo destacó la gravedad de los hechos, en especial los asesinatos de sabedores ancestrales y el reclutamiento forzado de menores, prácticas que, según dijo, “minan la existencia misma de la comunidad Nasa”.
La Fiscalía General de la Nación adelantó nuevos interrogatorios dentro de la segunda línea de investigación por el asesinato de Juan Felipe Rincón Morales, hijo del director general de la Policía Nacional, general William Rincón, ocurrido en noviembre de 2024 en el sur de Bogotá. Estas diligencias buscan esclarecer posibles conductas adicionales relacionadas con tortura agravada y otros delitos que habrían rodeado los hechos.El abogado Saúl León, defensor de Andrés Camilo Sotelo Torres, inicialmente señalado como uno de los partícipes del crimen, y de su pareja Tatiana Vega, confirmó que estas nuevas diligencias obedecen al desarrollo paralelo de dos investigaciones. La primera se centra en el homicidio del joven; la segunda, en posibles actos de tortura y otras conductas punibles que habrían ocurrido en el contexto del ataque.En la línea principal por homicidio, el abogado León recordó que la Fiscalía ya había solicitado la preclusión a favor de Sotelo, tras determinar que el arma encontrada en su poder era inoperante, por lo que se descartó que él hubiera accionado el disparo mortal. Sin embargo, la solicitud fue negada por un juez de conocimiento, y la defensa está a la espera de que la Fiscalía decida si presentará nuevamente la petición.En cuanto a la segunda línea de investigación, la Fiscalía citó a Sotelo y Tatiana Vega a diligencia de interrogatorio. Según la defensa, ambos comparecieron y manifestaron su voluntad de colaborar.“Nos han citado a diligencia de interrogatorio a la cual comparecimos y básicamente dejamos constancia de que en todo lo que esté en procura de esclarecer la verdad y a la Administración de Justicia, pues básicamente se facilitará por parte de los procesados y estaremos compareciendo a todas las citaciones”.También se refirió sobre el motivo por el cual la pareja de Sotelo fue citada “Tatiana Vega la citan a interrogatorio porque estuvo presente en el lugar de los hechos, porque hay unos presuntos señalamientos de algunas personas que manifiestan que tuvo que ver con los hechos que rodearon el fallecimiento del joven y pues porque considera la Fiscalía que debe vincularse formalmente a una investigación penal”.Le puede interesar: Fiscalía cita a interrogatorio a 7 personas en el caso de Juan Felipe RincónParalelamente, la Fiscalía culminó la toma de los siete interrogatorios a testigos y vecinos del barrio donde ocurrió la agresión el 24 de noviembre de 2024. Este material probatorio será determinante para que el ente acusador evalúe una eventual imputación de cargos contra las personas involucradas en esta segunda línea de investigación.Por su parte, Juan Felipe Criollo, abogado de la familia Rincón, recientemente señaló que la investigación por tortura avanza desde comienzos de este año, en paralelo al expediente por homicidio. Según indicó, la Fiscalía ha recopilado pruebas documentales, técnicas y testimoniales que respaldarían la hipótesis de que las conductas investigadas no se limitaron al asesinato, sino que incluirían otros delitos graves. “Confiamos en que esta línea arrojará resultados conforme al derecho y con base en los elementos que reposan en el expediente”, afirmó.Con estas nuevas diligencias, el caso entra en una etapa decisiva en la que la Fiscalía deberá definir si existieron actos adicionales que agravaron el crimen y si hay más personas responsables de lo ocurrido. La familia de la víctima y las partes procesales esperan que las conclusiones se conozcan en las próximas semanas.
En medio de una operación ofensiva en el sector La Casona, vereda Montañita, en Valledupar, Cesar, tropas del Batallón de Ingenieros N.º 70 de la Décima Brigada del Ejército sostuvieron fuertes enfrentamientos contra integrantes del Clan del Golfo. El resultado, según confirmó la institución, la muerte en desarrollo de operaciones militares de un miembro de la Subestructura Francisco José Morelo Peñate y la captura de dos más.De acuerdo con el Ejército, uno de los capturados habría resultado herido durante el combate y, al parecer, sería cabecilla de zona dentro de esta estructura criminal. El hombre recibió primeros auxilios por parte de los enfermeros de combate y luego fue trasladado a un centro médico del departamento, donde permanece bajo custodia y fue puesto a disposición de las autoridades competentes.En la zona de operaciones, los soldados incautaron un significativo arsenal: dos fusiles AK-47, una pistola con su proveedor, seis escopetas, munición de diversos calibres, diez proveedores para fusil y tres equipos de campaña. Según la institución, este material era empleado para intimidar a la población y apoyar las economías ilícitas del Clan del Golfo en esta región del Cesar.Este resultado se suma, según el Ejército, a las más de 18 capturas realizadas por la Décima Brigada en los últimos diez días en Valledupar. La unidad militar reiteró que continuará con operaciones permanentes para desarticular los grupos que afectan la seguridad y la tranquilidad de la ciudadanía.
La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla) indicó que los procesos de licenciamiento para proyectos de energía renovable en La Guajira avanzan dentro de los tiempos establecidos y negó que existan retrasos, como lo afirmó la presidenta de Acolgen, Natalia Gutiérrez. La entidad señaló que dichas afirmaciones “no se ajustan a los hechos verificados”.De acuerdo con la Anla, en este departamento ya fueron aprobados tres proyectos eólicos durante el actual gobierno: el Proyecto Eólico EO200i (224 MW), el Parque Eólico Trupillo (100 MW) y los Parques Eólicos Las Camelias (436,6 MW), que suman 760 MW y hacen parte de los 2500 MW licenciados en la zona. La entidad añadió que, aunque algunos proyectos han requerido suspensiones por procesos de consulta previa, se han implementado mecanismos como el Comité Tripartito de La Guajira para garantizar el acompañamiento interinstitucional y los derechos de las comunidades.La autoridad ambiental resaltó que ha fortalecido su capacidad institucional para apoyar la Transición Energética Justa. Entre estos cambios se encuentra la creación del Grupo de Transición Energética Justa mediante la Resolución 968 de 2025 y la expedición de los decretos LaSolar y LaEólica, orientados a agilizar los tiempos de evaluación.Según la Anla, estas acciones han contribuido a incrementar el número de licencias otorgadas y a cumplir con una “oportunidad de respuesta del 100 % dentro de los tiempos legales” en los proyectos del sector energético.Frente a las declaraciones de Acolgen, la entidad calificó como “desafortunado” el desconocimiento del proceso de licenciamiento y solicitó la “revisión y rectificación” de la información, al considerar que puede generar percepciones erróneas.
En una operación contra el delito de extorsión, el Gaula de la Policía del Magdalena Medio capturó en flagrancia a dos presuntos integrantes del grupo de delincuencia común organizado “Los de la M”, quienes intimidaban a un comerciante en Barrancabermeja para exigirle dinero a cambio de no atentar contra su vida y la de su familia.El coronel John Jairo Roa, comandante de la Policía del Magdalena Medio, informó que los detenidos fueron identificados como alias “El Flaco”, de 18 años, y un adolescente de 17 años conocido como alias “El Cabezón”. Ambos fueron sorprendidos en un hotel ubicado en el sector comercial de la comuna 1, desde donde realizaban llamadas extorsivas para exigir $5 millones al comerciante afectado.Alias “El Flaco” fue presentado ante un juez de control de garantías, quien ordenó su reclusión en un centro carcelario. En el caso del menor de edad, la aprehensión se efectuó conforme al Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.Durante el operativo, las autoridades incautaron dos celulares, elementos que presuntamente utilizaban para cometer las exigencias ilícitas. La Policía destacó que este resultado representa un golpe directo a una estructura que venía afectando la tranquilidad del sector comercial de la ciudad.El coronel Roa señaló que: “Este tipo de acciones fortalecen la presencia del Gaula y buscan brindar mayor confianza a la ciudadanía durante la temporada decembrina
El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, explicó este miércoles en Mañanas Blu, con Néstor Morales, los criterios y avances que tiene el Gobierno para la definición del salario mínimo de 2026, un proceso en el que, según afirmó, el objetivo central es alcanzar “una concertación que le caiga bien a los empresarios y que le caiga también muy bien a los trabajadores”.Durante la conversación, Sanguino se refirió a la desindexación de bienes y servicios aún atados al salario mínimo, a las presiones que pueden generar las propuestas de incremento presentadas por las centrales obreras y a los indicadores económicos que, según él, muestran que los ajustes salariales de los últimos años no han afectado negativamente el desempeño del país.Avances en desindexaciónFrente a la lista de 70 bienes, servicios y tarifas que, según estimaciones del Banco de Occidente, siguen amarrados al salario mínimo, Sanguino señaló que el Gobierno ha avanzado en un proceso amplio de desindexación.El ministro aseguró que “en este gobierno se han desindexado cerca de 200 bienes de consumo de los hogares y de los ciudadanos que estaban atados al salario mínimo”. Agregó que existen otros pendientes y que uno de los puntos que se quiere ajustar de manera inmediata es la relación entre el salario mínimo y la vivienda de interés social y prioritario: “Es una decisión que vamos a adoptar prontamente en las próximas semanas”, afirmó.Sanguino también destacó que, por decisiones del Ejecutivo, bienes esenciales como el arriendo y el transporte público ya no están relacionados con el aumento del salario mínimo: “El arriendo no está anexado al incremento del salario mínimo, sino al IPC (…) El transporte público no tiene que ver con el incremento del salario mínimo”.Efectos de los incrementos recientesAnte las preocupaciones sobre el impacto de un aumento cercano al 16 %, como el que han solicitado las centrales obreras, el ministro respondió que los indicadores económicos muestran un comportamiento distinto al que se teme.Recordó que el primer año del gobierno Petro el ajuste fue del 16% y que el acumulado nominal desde 2022 ha sido del 37,6%. Según él, pese a ello, “estamos creciendo a un 2.7% este año… La tasa de desocupación es la más baja del siglo, estamos en 8.2% (…) y estamos con una inflación controlada”. También añadió cifras sobre el comportamiento empresarial, señalando crecimientos en el número de Mipymes y en las matrículas mercantiles.¿Qué propone el Gobierno?Sanguino aclaró que la propuesta del 16% no proviene del Gobierno: “La propuesta de 16% no es del gobierno, es de los trabajadores. Los empresarios han propuesto 7.21%”.Explicó que la posición del Ministerio parte de que debe existir un incremento real del ingreso de los trabajadores, pero bajo los parámetros que exige la ley: inflación causada, inflación esperada, meta del Banco de la República, productividad y la contribución de los salarios al ingreso nacional.El ministro reiteró que la apuesta del Ejecutivo es construir escenarios que acerquen las posiciones de empresarios y centrales obreras: “Nosotros vamos a presentar escenarios que permitan acercar la propuesta de los empresarios con la de los trabajadores”.Adicionalmente, insistió en la necesidad de que el Banco de la República revise la tasa de interés para favorecer los indicadores económicos que impactan la discusión salarial.Sanguino aseguró tener una visión más optimista que la expresada por algunos sectores sindicales y reiteró que el propósito es lograr un acuerdo: “Ese es el esfuerzo que tenemos que hacer: entregarle al país una concertación alrededor del incremento del salario mínimo”.Escuche la entrevista completa en el audio adjunto:
La Industria Licorera de Caldas (ILC) se convirtió en la primera organización en Colombia certificada por Bureau Veritas en la nueva norma ISO 14068-1:2023, reconocimiento internacional que valida su condición de empresa carbono neutral.Este importante logro, que también incluye a su portafolio completo de productos, significa que la ILC alcanzó un equilibrio entre las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) que generó y las que eliminó, o compensó, a través de diferentes medidas.Su relevancia también se basa en que, según el Informe de Liderazgo Empresarial de Impacto, realizado este año por EAFIT entre 100 de las empresas con mayores ingresos en el país, solo el 12% de las seleccionadas alcanzó la carbono neutralidad.Diego Angelillis Quiceno, gerente general de la ILC, afirmó que esta certificación es un hito que representa un paso trascendental en el compromiso de la empresa con la gestión responsable del cambio climático, la descarbonización de sus operaciones y la consolidación de un modelo de sostenibilidad ambiental basado en la economía circular.“Compensamos el 100% de las emisiones de CO2 directas correspondientes a la operación de la compañía, mediante compra de bonos de carbono. Adicionalmente, establecimos un Plan de Descarbonización Progresiva a 2050, para reducir de manera gradual las emisiones indirectas, con incorporación de energías 100% renovables y acciones con proveedores y cadena de suministro”, explicó Angelillis Quiceno.De acuerdo con Bureau Veritas, las reducciones logradas por la ILC en 2024, “son acordes al plan de descarbonización establecido, y las compensaciones realizadas mediante créditos de carbono válidos y trazables por la organización son suficientes frente al número de emisiones generadas en el periodo de la estimación, existiendo evidencia suficiente y apropiada que permite sustentar que sus compensaciones son reales y adecuadas”.La entidad también destacó las iniciativas de economía circular de la Industria Licorera de Caldas, que fortalecen la prevención y compensación de emisiones a través del aprovechamiento de materiales reciclados e inclusión social, ratificando su compromiso con el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).“Con Mi Escritorio ILC, que convierte residuos de envases y empaques en mobiliario escolar para los niños de escuelas de Caldas, y otros programas como la transformación de envases en arena de vidrio en San Andrés, la ILC compensó 3.287 kilogramos de CO2 por valorización y sustitución de materiales”, concluyó Angelillis Quiceno.De esta manera, la ILC fortalece la confianza de sus consumidores, aliados, comunidades e inversionistas, al demostrar que sus acciones ambientales cuentan con la verificación independiente de una entidad internacional reconocida y con amplia trayectoria.
Hay una crisis interna en la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia por cuenta de las diferencias de dos magistrados que la integran. Cristina Lombana y César Reyes han tenido varios desencuentros que han sido de conocimiento público; sin embargo, la queja por presunto acoso laboral que la magistrada Lombana interpuso contra el presidente de esa Sala deja entrever además una serie de presuntas irregularidades allí en la Sala de Instrucción que se encarga de investigar a los congresistas que incurran en la presunta comisión de delitos.Este medio conoció detalles de la ampliación de la queja de la magistrada Cristina Lombana contra su colega, en donde se relatan una serie de episodios que darían luces a una supuesta animadversión del magistrado Reyes contra su compañera al quitarle procesos que por sorteo le correspondieron a ella.Según la denuncia de la magistrada Lombana, el presidente de la Sala de Instrucción César Reyes le retiró de manera irregular el expediente contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, pese a haberle sido asignado por reparto aleatorio y sin que existiera una causal legal de impedimento o recusación.El documento también detalla lo ocurrido en el proceso contra el hoy ministro del Interior, Armando Benedetti, donde la magistrada afirma que, tras presentar un proyecto de definición de situación jurídica con medida de aseguramiento, fue recusada de manera sorpresiva horas antes de la discusión.Según señala, el despacho del magistrado Reyes Medina tardó más de dos meses en resolver el incidente y luego remitió el expediente a la Fiscalía, decisión que afirma excedía sus competencias. Por ello, para la magistrada Cristina Lombana, esa serie de actuaciones terminó apartándola del caso mediante argumentos que considera jurídicamente improcedentes.Adicionalmente, la magistrada alerta que, desde mayo de 2024, el expediente volvió al despacho del magistrado Reyes y permanece sin decisión de fondo; además, Cristina Lombana relata exclusión en decisiones administrativas, falta de rotación en la presidencia de la Sala, cargo que, asegura, ha sido ocupado reiteradamente por magistrados hombres y la adopción de medidas internas sin su participación.Este pleito escaló y llegó hasta la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes por la ausencia del magistrado Reyes en una diligencia de conciliación con la magistrada Lombana.
Cinco personas fueron detenidas en España y otras cuatro fueron imputadas en Dinamarca por secuestrar y asesinar a un hombre para robarle sus criptomonedas, informó este miércoles la Policía Nacional española.Los hechos ocurrieron en abril en el sur de España, cuando "los arrestados asaltaron a una pareja y, tras disparar al varón" en una pierna cuando trataba de huir, les secuestraron e "introdujeron en una vivienda donde permanecieron retenidos durante varias horas, mientras trataban de acceder a sus wallets con el fin de sustraer criptoactivos", indica el comunicado.La mujer fue liberada a medianoche y denunció los hechos, pero su pareja "permaneció en paradero desconocido hasta que su cadáver fue hallado en una zona boscosa de la localidad de Mijas", en la provincia de Málaga.En el marco de la operación, la policía, que no precisó cuando tuvieron lugar las detenciones, registró viviendas en Madrid y Málaga, y se incautó de pistolas y "numerosos efectos relacionados con el crimen", como un pantalón con restos de sangre.De las cuatro personas imputadas en Dinamarca, dos estaban en prisión por delitos similares. Los secuestros y robos relacionados con las criptomonedas han crecido en paralelo a la popularidad de estos activos.Particularmente recordado es el caso del secuestro en enero en Francia del cofundador de Ledger, David Balland, y su pareja. La alerta la dio el otro cofundador de esta empresa especializada en carteras de criptoactivos, Eric Larchevêque, que recibió un vídeo en el que se veía un dedo cortado de Balland, acompañado de una importante demanda de rescate en criptomonedas.Finalmente, Balland fue liberado y su pareja fue encontrada atada en un vehículo. También en Francia, en París, tuvo lugar en mayo el intento de secuestro de la hija y el nieto del director general de la empresa especializada Paymium, inmortalizado en un vídeo que se hizo viral. Las víctimas lograron, con la ayuda de los vecinos, ahuyentar a sus agresores.
Hace unos meses, el nombre de la jueza Marianela Cabrera Mosquera sonó con fuerza tras una polémica investigación disciplinaria en su contra por una serie de vídeos que subió a su cuenta personal de la red social TikTok donde se le ve bailando. En ese sentido, la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Caquetá resolvió formular pliego de cargos contra la jueza, lo que en la práctica significa un llamado a juicio disciplinario por presuntas acciones sugestivas y provocativas.En el fallo de 59 páginas se relata cómo supuestamente la funcionaria habría vulnerado el decoro y la moralidad exigidos a la función judicial, al ‘exhibirse’ en redes sociales resaltando su condición de jueza y difundiendo contenido considerado inapropiado.“En algunos videos e imágenes se ilustra con frases sobre el cargo de juez, que ratifican su carácter de funcionaria judicial; también se tiene que en un número considerable de imágenes y videos, la funcionaria aparece mostrando partes de su cuerpo no cubiertas por sus ropas como la región pectoral, o estando vestida, se muestra asumiendo posiciones que destacan esa y otras partes de su cuerpo, como los glúteos, que entonces se constituyen en imágenes ‘provocativas’, que por su condición de funcionaria judicial traspasan las prerrogativas de la condición de género, a lo sensual, cuestionable para la servidora judicial”, se lee en el fallo.Durante la investigación fueron practicadas múltiples pruebas testimoniales y documentales, en las que varios funcionarios judiciales destacaron el desempeño laboral de la jueza y señalaron que no presenciaron la grabación de videos en audiencias ni interrupciones en el servicio de justicia.Con este llamado a juicio disciplinario contra la jueza del Caquetá, inicia un proceso donde ella podrá defenderse y controvertir las pruebas en su contra.
Tras llegar a un acuerdo, la Justicia Penal Militar y Policial condenó a ocho meses de prisión al soldado Anderson Orlando Franco, quien quedó registrado en video cuando consumía estupefacientes mientras cumplía su labor en Suárez, Cauca.La infracción se registró en la madrugada del 22 de julio en la vía que lleva al corregimiento de Playa Rica, donde el soldado se encontraba de servicio de seguridad perimetral, y fue visto inhalando sustancias estupefacientes.La condena se dio por el delito de abandono de puesto.El caso fue ampliamente conocido en ese momento pues el video de cámara de seguridad se difundió alertando la irregularidad del soldado y otros compañeros que hacían parte del Batallón Terrestre N.º 13.Aquí el video del soldado:Por ese caso, el Ejército también inició su propia investigación disciplinaria con el fin de determinar las responsabilidades a la que haya lugar.
Una interesante sentencia profirió la Corte Constitucional tras fallar a favor de una menor indígena que perdió el año lectivo tras reprobar la materia de inglés; en ese sentido, el alto tribunal concluyó que la institución educativa desconoció su obligación de aplicar un enfoque diferencial acorde con su pertenencia étnica.La decisión se adoptó tras una tutela presentada por Yuliana en favor de Remedios, una adolescente de 16 años perteneciente al pueblo wayuu, quien terminó abandonando el sistema educativo por voluntad propia luego de reprobar el año académico.Según se estableció, aunque la joven intentó aprender inglés como segunda lengua, su arraigo cultural y la exigencia de mantener activa su lengua originaria dificultaron el proceso, sin que el colegio implementara estrategias pedagógicas diferenciadas.Allí, la Corte Constitucional fue clara en señalar que la etnoeducación es una garantía constitucional que exige a las instituciones educativas respetar y desarrollar la identidad cultural y lingüística de los pueblos indígenas.En ese sentido, reiteró el alto tribunal mediante su fallo de tutela que el Decreto 804 de 1995 obliga a aplicar pautas etnodiferenciadas no solo en territorios indígenas, sino en cualquier establecimiento con estudiantes pertenecientes a comunidades étnicas.Para la Corte, el colegio ubicado en La Guajira, departamento con amplia presencia del pueblo wayuu, debió flexibilizar su modelo educativo y permitir que la estudiante acreditara el dominio de dos lenguas, en lugar de imponer barreras que terminaron vulnerando su derecho a permanecer en el sistema educativo.Por ello, la Corte Constitucional ordenó que, si ‘Remedios’ eventualmente decide retomar sus estudios en la misma institución, se garantice su matrícula, permanencia y proceso formativo, así como la formulación de una estrategia pedagógica intercultural que tenga en cuenta su pertenencia étnica.
Hay una nueva polémica que tiene como epicentro la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, esta vez, por cuenta de la radicación de una queja por presunto acoso laboral que elevó la magistrada Cristina Lombana contra el presidente de la Sala, César Reyes.Dos magistrados de la Corte Suprema de Justicia fueron los encargados de radicar esta queja ante la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, se trata de Carlos Roberto Solórzano y Marjorie Zúñiga Romero.Esto, luego de que el pasado viernes 5 de diciembre el presidente de la Sala de Instrucción, César Reyes, no asistiera a la audiencia de conciliación con la magistrada Cristina Lombana que estaba agendada para las 11:00 a.m.“En virtud de lo anterior, y teniendo en cuenta que el Comité agotó la etapa de diálogo y gestión conciliatoria prevista en la normativa vigente, se configura el fracaso de la conciliación, razón por la cual se procede a la correspondiente remisión del asunto a la autoridad competente”, se lee en el documento radicado.Altas fuentes consultadas por Blu Radio confirman que los choques entre los magistrados Lombana y Reyes no son nuevos, y que por esa razón la togada decidió interponer una queja ante la Corte Suprema de Justicia.“En consecuencia, se remite el expediente correspondiente para que, en el marco de sus atribuciones constitucionales y legales, se sirva adelantar las actuaciones a que haya lugar”, aseveró el documento.
El caso de Samuel Guerrero, el bebé de 15 meses hallado sin vida en las playas de Buritaca, Santa Marta, continúa generando conmoción en el país.A la reciente condena de 36 años de prisión contra su madre, Jenny Zúñiga, se suma ahora el testimonio del padre, Edwin Guerrero, quien habló en Más Allá del Silencio Podcast y reveló nuevos detalles que calificó como un acto de “venganza y egoísmo”.Según Guerrero, el crimen ocurrió después de que solicitara al ICBF y a la comisaría de familia la regulación de las visitas, debido a que Zúñiga —según afirma— no le permitía ver al niño. También señaló que la mujer lo denunció por violencia intrafamiliar, hecho que él asegura nunca ocurrió.Estos son los chats en los que el padre reclamaba a su expareja“Por favor, regúlenme las visitas; la mamá no me lo deja ver”, fue la petición que, según él, desencadenó la decisión de Zúñiga de viajar desde Bogotá hacia la costa con el menor.Días antes del viaje, la mujer le había enviado una fotografía del niño con la cabeza completamente afeitada. Tras varios días sin comunicación y sin conocer el paradero del menor, la confirmación llegó de la peor manera.Guerrero asegura que, al ver la foto difundida por los medios sobre el hallazgo de un bebé muerto en la playa, supo de inmediato que se trataba de su hijo. “Me derrumbé completamente. Lo único que dije fue: ‘Esa bruja lo mató’”, relató.Según su testimonio, Zúñiga presuntamente habría entrado al mar con el niño y lo habría sumergido hasta causarle la muerte. El cuerpo apareció desnudo y boca abajo en la arena. “Al niño no lo botó el mar. Al niño lo dejaron ahí. El mar no hace eso”, afirmó.Dijo que, tras salir del mar, la mujer fue recogida por un mototaxista y llevada a la casa de unos familiares. Cuando le preguntaron si tenía hijos, respondió: “Gracias a Dios, no tengo ninguno”.Edwin también aseguró que, una vez en la terminal de Bogotá, la mujer cambió el número de cédula. “Jenny se fue y lo único que dejó fue una toalla que decía ‘mamá perdón’”, recordó. Añadió que, aunque fue capturada en junio, el proceso se estancó y quedó en libertad por vencimiento de términos.Un video al que tuvo acceso Más Allá del Silencio muestra el momento en el que la mujer desciende de un taxi y camina hacia la playa con el menor. Actualmente, Jenny Zúñiga se encuentra prófuga de la justicia.“Mi hijo cumpliría 5 años. Esta es una historia como de terror porque saber que Samuel no está y que este año cumpliría cinco duele mucho, pero duele más la forma en que murió. Llevo esa herida en el corazón, porque no pude verlo ni en el entierro ni en el velorio. La fiscal me dijo que no estaba en condiciones de verlo, entonces lo único que pude darle fue un abrazo al ataúd”, concluyó Guerrero.
Un nuevo capítulo del caso de la licitación de pasaportes se desarrolló ante el Tribunal Superior de Bogotá, donde la Fiscalía General de la Nación imputó cargos al exministro de Relaciones Exteriores, Álvaro Leyva Durán, por el delito de prevaricato por acción. El exfuncionario no aceptó los cargos. La audiencia estuvo a cargo de la fiscal Sandra Helena Portillo, quien expuso los argumentos con los que el ente acusador sostiene que presuntamente Leyva habría actuado de manera contraria a la ley durante el proceso contractual adelantado en 2023 para la fabricación y expedición de las libretas de pasaporte.Según la Fiscalía, Leyva habría desconocido los principios de la contratación estatal al declarar desierta la licitación 001-2023, cuyo valor ascendía a cerca de 600.000 millones de pesos. La fiscal Portillo afirmó que la decisión del entonces canciller careció de fundamento legal, pues el único oferente habilitado, Thomas Greg and Sons, cumplía con los requisitos técnicos, jurídicos y financieros. Para el ente acusador, la resolución mediante la cual se declaró desierto el proceso fue “a juicio de la Fiscalía, es manifiestamente contraria a derecho, en la medida que, primero, vulneró de manera abierta, caprichosa e irrelevante lo dispuesto en el artículo 25, número 18 de la Ley 80-93, en relación con los principios de economía y selección objetiva”.Durante la imputación, la representante de la Fiscalía sostuvo que la actuación del exministro configuró un abuso del cargo y una desviación de poder, pues reasumió la dirección del proceso contractual únicamente para impedir la adjudicación al proponente habilitado. Portillo señaló que Leyva no hizo uso de sus facultades para modificar o revocar el proceso en las etapas iniciales, ni planteó reparos en reuniones con entidades de control, sino que intervino cuando el proceso ya había sido evaluado y solo restaba adjudicar.La Fiscalía también argumentó que no existía ninguna causa objetiva que justificara declarar desierta la licitación, ya que la normativa únicamente lo permite cuando ninguna propuesta cumple los requisitos, cuando no se presentan oferentes o cuando existe un impedimento objetivo para seleccionar al contratista, condiciones que, según el ente acusador, no se presentaban en este caso. La decisión de Leyva, insistió la fiscal, se basó en apreciaciones subjetivas relacionadas con supuestas irregularidades en beneficio de la firma Thomas Greg & Sons, contratista del servicio por 17 años, pero que no habían sido advertidas ni documentadas durante el proceso.La defensa del exministro, a cargo del abogado Roberto Badel, rechazó la calificación de la Fiscalía y aseguró que Leyva actuó dentro del marco legal. Según Badel, la decisión de declarar desierta la licitación buscaba garantizar la pluralidad de oferentes y asegurar un proceso de selección más competitivo. Señaló que el juicio deberá centrarse en la interpretación de las normas y en determinar si el exministro aplicó de manera correcta los principios que rigen la contratación estatal. Agregó que “lo que se busca es mirar dos aspectos fundamentales, no fue grosero, no fue grotesco, no fue arbitrario y mucho menos si ustedes se dan cuenta no hay un solo hecho de corrupción que se pueda llevar a inferir ese capricho abiertamente expresado como lo infiere la Fiscalía”.
El pasado 1 de diciembre de 2025, un juez sentenció a 33 años y 8 meses de cárcel a Jenny Alexandra Higuera Casallas, de 28 años, por acabar con la vida de su hijo de 18 meses, Samuel Guerrero, en una playa de Santa Marta el 20 de abril de 2022.En entrevista con Más Allá del Silencio Podcast, de Rafael Poveda, Edwin Guerrero, padre del menor, reveló detalles del crimen. Según dijo, todo se trató de un acto de “venganza y egoísmo”.Recordó que la última vez que vio a su hijo “él se acostó en mi pecho. Recuerdo mucho ese momento porque ya tenía un añito. Apenas llegó y me vio, me saludó como si todavía me recordara. Se recostó sobre mi pecho y yo lo acaricié mientras le decía: ‘Hijo, prometo que nos vamos a volver a ver’. Lo abracé con fuerza, y así nos quedamos unos tres minutos, hasta que Jenny nos dijo que era hora de despedirnos”.Señaló que la mujer no le permitía ver a su hijo con frecuencia y que incluso le interpuso una demanda por violencia intrafamiliar, aunque asegura que nunca ocurrió. Recordó un episodio en el que “no llegué a la casa. Ese día decidí quedarme en mi vivienda; ella pensó que estaba con otra mujer. Al día siguiente la llamé, pero no obtuve respuesta. Solo hasta las seis de la tarde me envió un mensaje: era una foto del niño, completamente rapado, con la cabeza afeitada”.Edwin contó que se conocieron en el barrio donde vivían y que, tras meses de relación, ella quedó embarazada. Aunque intentaron continuar, dijo que vivió episodios de violencia por parte de la mujer, como una ocasión en la que presuntamente le quemó la cara con una arepa.Afirmó que, luego de varios episodios fuertes, decidió terminar la relación, pero ella le insistía repetidamente en que regresaran. Al negarse, le escribió que no podía ver a su hijo porque lo había demandado por golpearla, algo que él negó rotundamente.“Empecé a poner denuncias por ejercicio arbitrario de la custodia. Llamaba al ICBF, a Bienestar Familiar y a la comisaría. Les mandé muchos correos: ‘Por favor, regúlenme las visitas de mi hijo; la mamá no me lo deja ver’. Mi hijo cumplía años en diciembre; lo vi ese año. La última vez fue el 16 de diciembre: lo vi poquito”, relató.También recordó que ella le decía que, si volvían, retiraba la denuncia. “Yo accedí a lo que ella me pidió; que tenía que verlo por horas, accedí. Yo quería ver a mi hijo. Yo luché”, comentó.Indicó que pasaron varios días sin saber nada de la mujer ni de Samuel, por lo que fue a la casa de la familia, quienes le negaron tener información. Posteriormente, “me envían una foto de una noticia de El Espectador donde habían encontrado el cuerpo de un niño en las playas. Me derrumbé completamente. Lo único que dije fue: ‘Esa bruja lo mató’”.Entre lágrimas expresó: “Lo que Jenny le hizo a mi hijo fue desaparecerlo para siempre. Los días que pasé en Santa Marta no se los deseo a nadie. Fue algo muy cruel”.“Al niño no lo botó el mar. Al niño lo dejaron ahí, en la playa. El mar no llega a botar los restos así. Ahí fue donde lo encontraron: totalmente desnudo, boca abajo”, dijo, indicando que lo más probable es que la mujer lo haya ahogado.Finalmente, relató que “a Jenny la recogió un mototaxista y la llevó a su casa, donde vivía con su mamá. Él le dijo a la señora que había encontrado a Jenny sola en la calle. Mientras conversaban, la señora le preguntó de dónde era, y Jenny le contó que venía de Bogotá. Cuando la mujer le preguntó si tenía hijos, Jenny respondió que, gracias a Dios, no tenía ninguno".
Un video que hoy hace parte de una investigación judicial destapó el aterrador testimonio de Selena Monsalve, una vigilante de 23 años que denunció haber sido víctima de agresión y acoso sexual por parte de un inspector de Policía en Soacha. Las imágenes, conocidas por Noticias Caracol, se han convertido en una de las principales pruebas contra José Arturo Figueredo, funcionario que, por su cargo, debía garantizar los derechos de la ciudadanía.Los hechos quedaron registrados la tarde del martes 3 de junio de 2025, cerca de las 5:00 de la tarde, en la Inspección Sexta de Policía de Soacha. Según el relato de la víctima, todos los funcionarios ya se habían retirado del lugar, salvo ella y el inspector. Tras meses de acoso constante, ella decidió grabar con su celular mientras cumplía con sus labores. Minutos después, el hombre se le acercó y comenzó la agresión, pese a los reiterados intentos de la joven por detenerlo.En el video se observa cómo el inspector le besa la cabeza a la fuerza, la toca sin su consentimiento y la hostiga verbalmente, mientras la víctima le suplica que pare. De hecho, le coge una de sus manos e intenta acercarla a su partes íntimas, mientras ella opone resistencia.La joven asegura que ese comportamiento no fue un hecho aislado, sino parte de un patrón que se repitió desde enero, poco después de haber iniciado su trabajo en ese lugar. Según su testimonio, el funcionario la tocaba en la cara, los senos y otras partes del cuerpo, al tiempo que le hacía comentarios de carácter sexual.No sería la única víctimaSelena también afirmó que no fue la única víctima. Otras vigilantes habrían sufrido agresiones similares y algunas accedieron a declarar a Noticias Caracol de manera anónima por temor a represalias. En sus relatos coinciden en que el inspector Figueredo se insinuaba, se exhibía y aprovechaba los momentos en que quedaban solas para acosarlas. Una de ellas incluso decidió renunciar ante el miedo constante de volver a ser atacada.El caso fue denunciado ante la Fiscalía y la Alcaldía de Soacha a comienzos de junio. Noticias Caracol tuvo acceso al expediente que se abrió en la oficina de control interno disciplinario del municipio, el cual luego fue remitido a la Personería de Soacha para que continúe con el proceso. Mientras avanzan las investigaciones, la víctima confesó que el impacto psicológico fue devastador, al punto de intentar quitarse la vida.¿Qué responde el inspector?El inspector José Arturo Figueredo, abogado y funcionario público desde hace varios años, negó los señalamientos y aseguró ser inocente. Sin embargo, se abstuvo de dar explicaciones sobre el delicado contenido del video, limitándose a decir: "Esa es su percepción señor periodista".
La Fiscalía General de la Nación llamó a interrogatorio a Ricardo Roa, presidente de Ecopetrol, por presuntas irregularidades en la compra de un lujoso penthouse en el norte de Bogotá, propiedad que habría sido adquirida a una firma vinculada al empresario Serafino Iacono, quien ha estado relacionado con el sector. El caso es investigado por la Dirección contra la Corrupción, que revisa los pormenores de la transacción del apartamento 901, ubicado en el piso 9 del edificio.Ante la controversia, Iacono rechazó “de manera contundente” cualquier insinuación que pretenda asociarlo con irregularidades, asegurando que se están usando “informaciones incompletas o interpretaciones sesgadas” para afectar su nombre.Aseguró que la compra del apartamento por parte de Roa se realizó “enmarcada en la ley” y que ha entregado toda la información requerida a las autoridades.En un comunicado, defendió la transparencia de su trayectoria empresarial, destacó los estrictos controles regulatorios bajo los cuales opera la compañía canadiense NG Energy —de la cual fue directivo hasta 2024— y aclaró que ni él ni sus empresas tienen vínculos o negocios con Ecopetrol.Iacono también precisó que el bloque gasífero Sinú 9, uno de los elementos mencionados en publicaciones recientes, fue adjudicado en 2014 y no en medio de presiones recientes. Reiteró que cualquier intento de vincular estas operaciones con la petrolera estatal “carece de fundamento”.Explicó que “en 2017, NG Energy adquirió, a través de empresas controladas, indirectamente, una participación en el bloque Sinú 9 por medio de acuerdos privados con Clean Energy. Por consiguiente, no es correcto señalar que NG Energy hubiere adquirido sus derechos en el bloque SN-9 en 2024”.Según Iacono, “en 2024, esa participación se reflejó en cabeza de MKMS ante la ANH, luego del cumplimiento de ciertas obligaciones previstas en los acuerdos privados. La cesión de los derechos por parte de Clean Energy a MKMS se dio bajo las reglas que contempla la ley colombiana y fue debidamente sometida a los trámites ante la ANH, como lo exige la normatividad”.Ante esa explicación, ratificó que “no existe ninguna relación de MKMS, NG Energy o sus filiales con Ecopetrol. De igual manera, ni MKMS ni NG Energy ni sus filiales han tenido ni tienen negocios con Ecopetrol”.“Es de vital importancia aclarar que Ecopetrol no tiene ninguna competencia ni injerencia en la adjudicación de áreas de exploración y producción de hidrocarburos en Colombia, pues en la reforma al sector petrolero (2003-2004) se separó la regulación y administración del recurso nacional de la empresa operadora. Esto tiene como objetivo evitar conflictos de interés y garantizar que las adjudicaciones de las áreas sean netamente técnicas, transparentes y abiertas tanto para Ecopetrol como para otros operadores nacionales y extranjeros”, señala el punto 8 del comunicado.El texto también recordó que “la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) es la entidad estatal responsable de administrar las reservas de hidrocarburos de propiedad de la Nación y de asignar las áreas hidrocarburíferas para su exploración y explotación”. Por ello, el empresario enfatizó que “cualquier intento de vincular al bloque Sinú 9 con Ecopetrol carece de fundamento”.El empresario dejó constancia de que no es ciudadano venezolano. “Soy ciudadano italiano. A su vez, no es cierto que haya sido designado cónsul en San Marino por el actual Gobierno. Por el contrario, fui designado cónsul honorario de San Marino en Colombia”.El caso del bloque Sinú 9El bloque Sinú 9, ubicado en Córdoba y considerado una de las joyas del sector energético por su capacidad de producción de gas diarios, equivalentes al 15 % del potencial gasífero del país, volvió a quedar bajo escrutinio público.Según reveló La Silla Vacía, en el proceso habrían existido presiones para acelerar la aprobación de la cesión del 61 % del negocio a la multinacional francesa Maurel & Prom, una operación valorada en cerca de 200 millones de dólares (aproximadamente 758.330 millones de pesos al cambio del 3 de diciembre). De confirmarse, sería una de las movidas más significativas del año en la industria del gas.
La Procuraduría General de la Nación anunció la apertura de una investigación disciplinaria contra la directora encargada del Museo Nacional de Colombia, Katia Cecilia González Martínez, por el presunto uso irregular de imágenes relacionadas con el paro nacional dentro de una exposición artística.La indagación también cobija a la curadora del evento, Sandra Carolina Chacón Bernal, y a Alejandra Sarria Molano, coordinadora del Grupo de Artes Plásticas y Visuales del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes.El caso está relacionado con la exposición temporal ‘El Mundo al Revés’, presentada en noviembre pasado en la Casa Museo Guillermo León Valencia, en Popayán, durante la versión 47 del Salón Nacional de Artistas.Según la Procuraduría, una de las piezas exhibidas fue la proyección titulada ‘Secuestro cultural por la dignidad caucana’, en la que se mostraban imágenes de personas arrastrando por las calles el busto del expresidente Guillermo León Valencia, un hecho ocurrido el 1 de mayo de 2021 en medio de los disturbios del paro nacional.Ese busto, declarado bien de patrimonio histórico y cultural, fue hurtado durante esos hechos, razón por la cual la Fiscalía adelanta una investigación por hurto calificado. La exhibición de dichas imágenes, advierte la Procuraduría, podría constituir una falta disciplinaria. Como parte de la indagación, el órgano de control solicitó al Museo Nacional un informe detallado sobre las acciones adelantadas para la preparación y desarrollo de la exposición.Con esta investigación preliminar, la Procuraduría busca establecer la veracidad de los hechos, determinar si las funcionarias incurrieron en una falta disciplinaria o si actuaron bajo alguna causal de exclusión de responsabilidad.
Avanza la investigación por la muerte de Emilia Forero e Inés de Bedout tras el consumo de unas frambuesas contaminadas con talio, las cuales llegaron a la vivienda como "un regalo", que, según la Fiscalía, nunca existió y llegó por medio de un mensajero, del cual se pudo conocer su versión de los hechos.La versión del domicilio que entregó frambuesas con talioFue el 3 de abril de 2025, cuando sobre las 6:30 de la noche llegó a la vivienda de la familia De Bedout un domicilio a quien se le pidió entregar un paquete como un regalo, que, según un informe revelado por Noticias Caracol, tuvo que ir dos veces a la casa hasta que finalmente se lo aceptaron.Fue gracias a videos de cámaras de seguridad que la Fiscalía pudo ubicar al repartidor. Según él, el paquete se lo entregó una amiga cercana de Zulma Guzmán Castro, principal sospechosa en el homicidio de estas dos adolescentes, de quien no reveló su nombre.Tras que aceptaran el paquete, días después fueron hospitalizadas las dos niñas que terminaron muriendo. Una de ellas aún se encuentra hospitalizada y luchando por su vida, mientras las otras dos fallecieron.Así habría planeado el crimen Zulma Guzmán CastroLa mujer era una amiga cercana de la familia desde hace 20 años, de acuerdo con el informe de la Fiscalía, quien salió del país hacia Argentina el 12 de abril de 2025 y se ha movido en diferentes países para camuflar su ubicación actual, por ende, se puso una circula de Interpol para que las autoridades internacionales cooperen con su captura.La primera hipótesis sería un crimen por “venganza”. Atacó a las niñas porque tenía claridad de:Lugar de residencia de la familia.El gusto que tenían las niñas por las frambuesas con chocolate, que hacían imposible rechazarlas.Hora en que estaría la familia reunida.La indiscriminada agresión (sin importar quién resultara herido).
Este importante pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia se da tras la condena en segunda instancia a una empresa por la muerte de un operario, quien recibió un disparo de francotirador mientras realizaba labores de reparación en el oleoducto- Caño Limón Coveñas, región donde operan grupos armados ilegales. Para el alto tribunal, la infraestructura petrolera situada en zonas de conflicto representa un escenario de algo riesgo para los bienes y para las personas que hacen algún tipo de labor allí."Si bien el Ejército Nacional indicó que no hubo alarmas de seguridad en la zona, no pasó por alto que la empleadora tenía conocimiento de las advertencias a la comunidad por el grupo ilegal, lo que ponía en riesgo a sus trabajadores, máxime cuando en agosto de 2014 el mismo oleoducto había sido objeto de ataque terrorista", se lee en el fallo.En ese sentido la Sala Laboral con una óptica de derechos humanos y sobre todo la responsabilidad empresarial, aseguró que las compañías deben adoptar medidas efectivas y seguras más aún cuando tienen información de primera mano que indica que el orden público en la zona donde se llevan a cabo las labores es riesgoso.La omisión según el fallo proferido por la Corte Suprema de Justicia, puede dar lugar a responsabilidad por los daños sufridos a los trabajadores, allí también señalan que, si bien el mantenimiento del orden público es de resorte del Estado y de las fuerzas militares, ello no exime la responsabilidad de cada empresa.Finalmente, la Corte señaló que en estos casos el empleador está obligado a cumplir con estricta rigurosidad los protocolos de seguridad y a atender todas las alertas existentes, descartando cualquier conducta imprudente o exceso de confianza.
Apenas ayer la Corte Suprema de Justicia estaba condenando a 7 años de prisión por el delito de tráfico de influencias al general (r) Rodolfo Palomino, y aunque ya se conocía el monto de la pena e incluso la orden que dio el alto tribunal de emitir orden de captura en su contra, hoy está vigente un debate jurídico al rededor de la tutela con la que Palomino busca revocar esa orden.En las últimas horas se conoció una petición que elevó el magistrado de la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, Jorge Emilio Caldas, a su colega Fernando Augusto Jiménez, magistrado de la Sala de Casación Civil, Agraria Y Rural donde le pide declarar improcedente (rechazar) la tutela que presentó la defensa de Palomino.Si bien el magistrado Caldas salvó su voto, lo que quiere decir que tuvo una posición contraria a la de sus colegas a la hora de decidir sobre la captura de Palomino, sí aclaró que existen otros mecanismos distintos al de la tutela para este tipo de casos como son los recursos ordinarios contra la orden de captura.Rodolfo Palomino habría intervenido de manera irregular para solicitar a la entonces fiscal especializada Sonia Lucero Velásquez Patiño la suspensión de la orden de captura que pesaba sobre el empresario Luis Gonzalo Gallo Restrepo, por esa razón fue condenado a 7 años de cárcel que deberá cumplir recluido en las instalaciones de la Escuela de Postgrados de la Policía, CESPO (Centro de Estudios Superiores de la Policía Nacional).Habrá que esperar la respuesta del despacho del magistrado de la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural sobre la pertinencia del recurso interpuesto por la defensa de Palomino.