El Juzgado 25 Civil del Circuito de Bogotá falló a favor de Olmarlin Puccini Garcerant, quien interpuso una acción de tutela al considerar que el Ministerio de Minas y Energía, en cabeza del ministro Edwin Palma, vulneró sus derechos fundamentales al no renovar su contrato de prestación de servicios pese a que la entidad tenía conocimiento de su estado de embarazo. La accionante buscaba la protección de sus garantías a la estabilidad laboral reforzada y especial protección a la maternidad, así como sus derechos al trabajo, mínimo vital, igualdad, debido proceso, vida digna y seguridad social.Puccini firmó un contrato de prestación de servicios con el Ministerio el 24 de enero de 2025, vigente hasta el 23 de noviembre de ese mismo año, para apoyar la evaluación de procesos de la cadena de combustibles y aportar insumos para la actualización de políticas del sector downstream. El 18 de septiembre de 2025 fue informada de su embarazo y aseguró haber notificado formalmente a la entidad el 24 de septiembre, mediante correo electrónico.La accionante sostuvo que cumplió cabalmente con las obligaciones del contrato y entregó toda la documentación requerida para su eventual renovación. Sin embargo, el Ministerio decidió no suscribir un nuevo contrato. En la tutela, también expuso que es el único sustento económico de su hogar, compuesto por su hija de 10 años y su esposo, quien actualmente está desempleado.Por su parte, el Ministerio de Minas argumentó que no vulneró ningún derecho fundamental, pues el contrato terminó en la fecha pactada y su extinción obedeció al cumplimiento del plazo, sin que fuera necesario justificar una causa de despido ni reconocer indemnización, como alegaba la accionante.No obstante, el juzgado concluyó que la entidad sí vulneró los derechos fundamentales al trabajo y a la estabilidad laboral reforzada de Puccini Garcerant. En su decisión, ordenó al Ministerio prorrogar el último contrato vigente hasta la finalización de la licencia de maternidad y pagar los honorarios dejados de percibir desde el 25 de noviembre de 2025 hasta el reintegro efectivo.La decisión se sustenta en que la accionante es sujeto de especial protección constitucional por su estado de gestación y que la entidad conocía dicha condición desde el 24 de septiembre de 2025. Para el despacho, la terminación del vínculo sin autorización del Ministerio del Trabajo configura una presunción de despido discriminatorio, aun tratándose de un contrato de prestación de servicios.Se sustenta en la decisión: “En efecto, como se acreditó que el Ministerio de Minas y Energía desde el 24 de septiembre de 2024 conoció del estado de gestación de la accionante, ello en vigencia del contrato de prestación de servicios que se suscribió el 24 de enero de 2025 y que terminó el 23 de noviembre de 2025, se advierte que el accionado vulneró los derechos fundamentales al trabajo y a la estabilidad laboral reforzada de Olmarlin Puccini Garcerant, al no mantener vigente el vínculo contractual que tenían y darlo por terminado sin mediar autorización del Ministerio del Trabajo, lo cual constituye presunción de un despido por razones de discriminación”.
La Fiscalía de Basilea-Campiña ha formalizado cargos contra Thomas, esposo de la ex finalista de Miss Suiza Kristina Joksimovic, por asesinato y alteración del orden público tras un atroz crimen en Binningen.El espeluznante caso de Kristina Joksimovic, la modelo y ex finalista del certamen Miss Suiza 2013, ha dado un giro definitivo. Tras más de un año de exhaustiva investigación, la Fiscalía local de Basilea-Campiña, Suiza, ha presentado cargos formales por homicidio contra su marido, Thomas. El suceso, ocurrido en septiembre de 2024 (aunque la Fiscalía lo sitúa en febrero de 2024 en su comunicado oficial), sacudió a toda la nación alpina no solo por la identidad de la víctima, representante de los cantones del norte, sino por los detalles de una brutalidad sin precedentes.El horrendo suceso en BinningenKristina Joksimovic, de 38 años y nacionalidad suiza, fue presuntamente asesinada por su esposo, un hombre de 43 años también suizo, en su domicilio conyugal en Binningen, una localidad cercana a la ciudad de Basilea. La conmoción inicial por el fallecimiento de la exreina de la belleza se transformó en horror a medida que trascendían los pormenores del crimen.Según reportes de medios de comunicación locales, el ataque se produjo cuando la modelo regresaba a casa. El nivel de violencia del asalto habría sido extremo, resultando en su muerte. Sin embargo, lo que eleva la naturaleza del caso a un nivel dramático y macabro son los hechos posteriores al crimen que se le imputan al cónyuge.El marido de la víctima, tras supuestamente quitarle la matriz a la mujer, habría procedido a desmembrar su cuerpo, decapitándola y luego pasando sus extremidades por una licuadora industrial y añadiendo químicos para diluirlos, con la aparente intención de hacer desaparecer los restos de manera definitiva y, presumiblemente, dificultar la investigación o la identificación.La clave para resolver el crimenEl presunto intento de encubrimiento del crimen por parte del acusado pudo haber tenido éxito de no ser por la tenacidad del padre de la modelo. De acuerdo con las mismas fuentes, la investigación se precipitó cuando el progenitor de Kristina encontró cabellos y parte de la piel de su hija en bolsas de basura. Esta prueba crucial fue determinante. Tras alertar inmediatamente a las autoridades, Thomas fue detenido. Inicialmente, el acusado alegó haber actuado en defensa propia, una coartada que no ha resistido el rigor de la investigación forense y penal.La acusación formal de la fiscalíaTras concluir las pesquisas, que se han extendido por más de un año, la Fiscalía de Basilea-Campiña ha formalizado la acusación, tal como lo ha informado el medio británico The Sun.La entidad judicial emitió una declaración oficial en la que confirma el avance del proceso: "La Fiscalía de Basilea-Campiña ha concluido la investigación penal sobre el presunto homicidio ocurrido en Binningen el 13 de febrero de 2024. Ha presentado cargos por asesinato y alteración del orden público contra un hombre de 43 años (de nacionalidad suiza) ante el Tribunal Penal de Basilea-Campiña. El acusado se encuentra detenido y se presume su inocencia hasta que se demuestre su culpabilidad. Con base en los resultados de la investigación penal, la fiscalía de Basilea-Campiña presume que el acusado asesinó a su esposa (de 38 años en el momento del crimen y de nacionalidad suiza) en su domicilio común en Binningen. La fiscalía no ha revelado más detalles sobre las circunstancias del crimen."La presentación de cargos por "alteración del orden público" está directamente relacionada con la presunta destrucción y desmembramiento del cuerpo, lo que añade una capa de gravedad a la acusación principal de asesinato. El caso ha reabierto un debate sobre la violencia de género y la seguridad en la Confederación Helvética, un país generalmente percibido como seguro. Ahora, el destino de Thomas, quien permanece en detención preventiva, se decidirá ante el Tribunal Penal de Basilea-Campiña, donde se espera que el juicio arroje luz completa sobre las circunstancias que rodearon este trágico y brutal homicidio.
La Fiscalía General de la Nación anunció órdenes de captura contra alias 'Iván Mordisco' y otros señalados cabecillas de las disidencias de las FARC por el genocidio contra el pueblo indígena Nasa, en hechos ocurridos en el norte y oriente del Cauca. La decisión se basa en una investigación que permitió identificar un patrón sistemático de violencia que, según el ente acusador, buscaba el exterminio de esta comunidad para facilitar el control territorial de estructuras armadas ilegales.El trabajo investigativo estuvo a cargo de un equipo interdisciplinario integrado por analistas criminales, antropólogos y expertos, que en terreno recopiló información en coordinación y diálogo permanente con autoridades y comuneros Nasa. Este acercamiento ,permitió documentar 32 hechos delictivos entre homicidios, tentativas de homicidio y desplazamientos forzados, los cuales dejaron 43 víctimas desde 2022. Entre ellas se encuentran 16 comuneros, 14 líderes y autoridades indígenas, 8 firmantes del acuerdo de paz y 5 sabedores ancestrales.La Fiscalía estableció que estas conductas fueron cometidas por integrantes del Frente Dagoberto Ramos, del autodenominado Estado Mayor Central de las disidencias, en los municipios de Caldono, Santander de Quilichao, Caloto, Corinto, Toribío, Miranda, Páez y Jambaló. La hipótesis central sostiene que la organización armada ejecutó un plan de exterminio para apoderarse de tierras ancestrales, debilitar la resistencia comunitaria e imponer condiciones de control social y criminal en la región.De acuerdo con la fiscal general, Luz Adriana Camargo, la decisión surge de un proceso investigativo “muy juicioso”, en el que las distintas direcciones de la Fiscalía ‘entre ellas la Dirección Seccional Cauca, la Unidad Especial de Investigación (UEI) y la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos,unificaron esfuerzos para presentar ante un juez de control de garantías la solicitud de capturas. Tras exponer las evidencias, el juez autorizó órdenes contra Néstor Gregorio Vera Fernández, alias Iván Mordisco, y 13 integrantes más del Estado Mayor Central, incluidos tres cabecillas, un cabecilla de frente, cinco comandantes de comisión, un comandante de milicias y tres militantes rasos.A estos señalados jefes disidentes, la Fiscalía les imputará delitos como genocidio, homicidio agravado, tentativa de homicidio y desplazamiento forzado, como presuntos responsables de los ataques documentados. Camargo destacó la gravedad de los hechos, en especial los asesinatos de sabedores ancestrales y el reclutamiento forzado de menores, prácticas que, según dijo, “minan la existencia misma de la comunidad Nasa”.
La Fiscalía General de la Nación adelantó nuevos interrogatorios dentro de la segunda línea de investigación por el asesinato de Juan Felipe Rincón Morales, hijo del director general de la Policía Nacional, general William Rincón, ocurrido en noviembre de 2024 en el sur de Bogotá. Estas diligencias buscan esclarecer posibles conductas adicionales relacionadas con tortura agravada y otros delitos que habrían rodeado los hechos.El abogado Saúl León, defensor de Andrés Camilo Sotelo Torres, inicialmente señalado como uno de los partícipes del crimen, y de su pareja Tatiana Vega, confirmó que estas nuevas diligencias obedecen al desarrollo paralelo de dos investigaciones. La primera se centra en el homicidio del joven; la segunda, en posibles actos de tortura y otras conductas punibles que habrían ocurrido en el contexto del ataque.En la línea principal por homicidio, el abogado León recordó que la Fiscalía ya había solicitado la preclusión a favor de Sotelo, tras determinar que el arma encontrada en su poder era inoperante, por lo que se descartó que él hubiera accionado el disparo mortal. Sin embargo, la solicitud fue negada por un juez de conocimiento, y la defensa está a la espera de que la Fiscalía decida si presentará nuevamente la petición.En cuanto a la segunda línea de investigación, la Fiscalía citó a Sotelo y Tatiana Vega a diligencia de interrogatorio. Según la defensa, ambos comparecieron y manifestaron su voluntad de colaborar.“Nos han citado a diligencia de interrogatorio a la cual comparecimos y básicamente dejamos constancia de que en todo lo que esté en procura de esclarecer la verdad y a la Administración de Justicia, pues básicamente se facilitará por parte de los procesados y estaremos compareciendo a todas las citaciones”.También se refirió sobre el motivo por el cual la pareja de Sotelo fue citada “Tatiana Vega la citan a interrogatorio porque estuvo presente en el lugar de los hechos, porque hay unos presuntos señalamientos de algunas personas que manifiestan que tuvo que ver con los hechos que rodearon el fallecimiento del joven y pues porque considera la Fiscalía que debe vincularse formalmente a una investigación penal”.Le puede interesar: Fiscalía cita a interrogatorio a 7 personas en el caso de Juan Felipe RincónParalelamente, la Fiscalía culminó la toma de los siete interrogatorios a testigos y vecinos del barrio donde ocurrió la agresión el 24 de noviembre de 2024. Este material probatorio será determinante para que el ente acusador evalúe una eventual imputación de cargos contra las personas involucradas en esta segunda línea de investigación.Por su parte, Juan Felipe Criollo, abogado de la familia Rincón, recientemente señaló que la investigación por tortura avanza desde comienzos de este año, en paralelo al expediente por homicidio. Según indicó, la Fiscalía ha recopilado pruebas documentales, técnicas y testimoniales que respaldarían la hipótesis de que las conductas investigadas no se limitaron al asesinato, sino que incluirían otros delitos graves. “Confiamos en que esta línea arrojará resultados conforme al derecho y con base en los elementos que reposan en el expediente”, afirmó.Con estas nuevas diligencias, el caso entra en una etapa decisiva en la que la Fiscalía deberá definir si existieron actos adicionales que agravaron el crimen y si hay más personas responsables de lo ocurrido. La familia de la víctima y las partes procesales esperan que las conclusiones se conozcan en las próximas semanas.
La imagen clásica del diablo gobernando un reino de fuego parece cada vez más distante de lo que realmente dicen las Escrituras. Aunque generaciones crecieron con la idea del infierno como su morada, la Biblia plantea un escenario totalmente distinto y, para muchos, incluso más inquietante.Lejos de estar confinado bajo tierra, Satanás aparece en la Biblia como un ser activo, presente y con capacidad de moverse por el mundo. Los textos del Nuevo Testamento lo presentan como el “príncipe de este mundo” y el “padre de la mentira”, títulos que ponen sobre la mesa su influencia directa en la vida humana. ¿Cómo se muestra Satanás en la Biblia?En la carta de Pedro, se describe como un león que merodea en busca de una víctima, una metáfora que sugiere cercanía, vigilancia y peligro constante. El castigo del “lago de fuego” sí aparece en la Biblia, pero como un hecho futuro, no como su domicilio actual.La ciudad en la que vive SatanásUno de los datos que más llama la atención está en el libro de Apocalipsis. Allí se menciona un lugar específico en la Tierra que sería relacionado con la presencia de Satanás: Pérgamo, una ciudad antigua situada en el territorio que hoy pertenece a Turquía. El texto bíblico habla incluso del “trono de Satanás” y recuerda el martirio de Antipas, un cristiano que se negó a renunciar a su fe en medio de una ciudad dominada por cultos paganos.En su época, Pérgamo era un centro religioso imponente, con templos dedicados a diversas deidades. Entre sus estructuras sobresalía el majestuoso altar de Zeus, considerado por muchos historiadores como la construcción que podría conectar con ese “trono” mencionado en la Biblia. Más que un enclave demoníaco bajo fuego eterno, se trataría de un símbolo del poder espiritual contrario al mensaje cristiano que empezaba a expandirse.Las interpretaciones modernas no se han quedado atrás. Algunas teorías —sin respaldo bíblico ni evidencia histórica— han intentado ubicar el supuesto epicentro de la influencia de Satanás en lugares como Ginebra, sede de organismos internacionales como la ONU y la OMS. Para ciertos grupos conspirativos, esa concentración de poder global sería la base del llamado “Nuevo Orden Mundial”. Aunque no hay pruebas que lo sustenten, estas versiones muestran cómo la figura del diablo continúa despertando curiosidad, temor y todo tipo de especulaciones.Lo que la Biblia sí deja claro es que su condena definitiva aún no ha llegado. Según el Apocalipsis, el mal tendrá un final cuando Satanás y sus seguidores sean arrojados al lago de fuego. Hasta entonces, su presencia —más terrenal que infernal— sigue siendo tema de debate, interpretación y misterio entre creyentes y estudiosos.
Hombre que habría abusado y embarazado a su nieta de 14 años fue detenido en Caucasia. La investigación fue liderada por unidades especializadas de la Policía y logró esclarecer la recurrencia de los hechos durante varios meses. En Medio de las festividades de la qpoca de fin de año la Policía Nacional capturó a un hombre de 55 años en Caucasia investigado por el presunto abuso sexual de su nieta, una menor de 14 años que resultó embarazada, al parecer, como producto de las continuas agresionesDespués de recibir las denuncias pertinentes sobre el caso, la policía comenzó el operativo que se ejecutó mediante orden judicial, en el marco de los planes de seguridad de fin de año enfocados en la protección de niños y adolescentes en Antioquia, después de la detención el hombre enfrenta graves cargos por delitos sexuales.La investigación, liderada por unidades especializadas de la Policía, logró esclarecer que estos lamentables hechos se presentaron de manera continua durante varios meses. Los reportes señalan que el capturado habría agredido sexualmente a la menor de forma reiterada, así lo explicó el Coronel Oscar Mauricio Rico, comandante de la Policía de Antioquia.Le puede interesar: Profesor es judicializado por presunto abuso sexual contra varios de sus estudiantes“Una persona, valiéndose de su vínculo familiar, el abuelo, abusa de una menor. Esta información sostiene ya de manera oportuna y se logra establecer las coordinaciones necesarias con la Fiscalía General de la Nación para expedir la orden de captura”, aseveró.El caso tomó especial gravedad tras la confirmación del embarazo de la adolescente. Las autoridades también investigan si el victimario ejerció presiones y coacción sobre la menor para que guardara silencio.Desde la Policía Nacional hacen un llamado a la comunidad para prestar atención especial a las acusaciones de los menores cuando manifiestan ser abusados, recuerdan que en la mayoría de los casos son los familiares y personas cercanas quienes abusan de los menores de edad e invitan a seguir denunciando estos casos de abuso.
Desesperadas se encuentran dos madres de familia de Neiva, quienes desde hace varios meses vienen exigiendo a Colsubsidio que les entreguen los medicamentos para el tratamiento de sus hijos que padecen de enfermedades muy complejas y que deben llevar un estricto control, según criterio médico.Las dos mujeres, identificadas Mirlelly Rodríguez España y Sandra Milena Garzón Perdomo, decidieron encerrarse desde el día anterior y amanecer dentro de la sede de la Nueva EPS de Neiva, reclamando los derechos de la salud de sus hijos.Mirlelly Rodríguez relató a Blu Radio que su hija de 30 años también requiere con urgencia una silla de ruedas especializada al indicar que se trata de una persona en condición de discapacidad.“Decidimos quedarnos aquí en la Nueva EPS, porque no nos están entregando los medicamentos para nuestros hijos para controlarles la epilepsia. Llevamos más de cuatro meses que no nos entregan los medicamentos en Colsubsidio cuando uno va a reclamarlos, siempre nos dicen que están pendientes. En el caso de mi hija no le suministro los medicamentos formulados, ella puede convulsionar y se me puede morir” narró con tristeza la madre de familia.Blu Radio habló con el personero de Neiva, Jerson Andrés Bastidas, quien atendió la situación de las dos mujeres y respondió que “quiero informarles que, de estos dos casos, como Personería tenemos dos incidentes de desacato en un caso y otro incidente en el otro caso, teniendo en cuenta que las señoras están acá en la Nueva EPS voy a radicar otro incidente de desacato, porque en ambos casos ya les hemos radicado tutelas”.Las dos madres de familia expresaron que están decididas a mantenerse en huelga de hambre hasta que tengan una respuesta oportuna por parte de la Nueva EPS y Colsubsidio con la entrega de los medicamentos para poder controlar las enfermedades de sus hijos.
La compra de un vehículo en Colombia, más que un anhelo, se ha consolidado como una necesidad para la movilidad y desarrollo de los ciudadanos. Sin embargo, la realidad de los altos precios de la industria automotriz y las estrictas condiciones de acceso a créditos de alto interés pueden frustrar la adquisición de este tipo de bienes. Ante este panorama, el sector de las subastas emerge como una alternativa transparente y competitiva para quienes buscan oportunidades reales en el mercado.Una de las empresas líderes en este nicho es Subastas y Comercio, una firma colombiana con más de 25 años de experiencia y amplio reconocimiento a nivel nacional e internacional. Aunque su fuerte ha sido tradicionalmente las subastas online, la compañía está fortaleciendo su apuesta por la presencialidad, buscando un contacto más directo con potenciales compradores.Fechas y lugar de la subasta presencialComo parte de su estrategia para finalizar el año, la empresa anunció un evento presencial que se llevará a cabo el miércoles 10 y jueves 11 de diciembre en Bogotá.La cita será en el Centro Empresarial Mercurio, específicamente en el salón Subasta Lover. Los organizadores esperan que los interesados aprovechen los precios competitivos que se ofrecerán, con la posibilidad de empezar el 2026 estrenando carro.Vehículos, modelos y precios de entradaPara esta edición especial, la compañía se ha aliado con Usados Renting Colombia , lo que garantiza que los vehículos subastados se encuentren en óptimas condiciones y sean unidades confiables. El portafolio incluye una amplia variedad de marcas y categorías.En total, se pondrá a disposición de los asistentes un catálogo de más de 40 vehículos, abarcando categorías como:AutomóvilesCamionetas (SUV)VansPick-upsAutomóviles y SedanesDentro de la categoría de automóviles, se encontrarán marcas destacadas como Nissan, BMW, Stark Zhidou, Mercedes Benz, Hyundai, Citroen, Suzuki y Fiat, disponibles en versiones a gasolina, diésel y eléctricas. Lo más atractivo para los compradores es el precio base, que parte desde los $15.300.000 de pesos. Los modelos disponibles van desde el año 2021 hasta el 2024.Camionetas (SUV) y Pick-upsEl segmento de camionetas o SUV también tendrá ofertas llamativas. La Gerente General de Subastas y Comercio, Martha Gómez, destacó la competitividad de esta categoría."En la subasta presencial tendremos el segmento de camionetas - SUV, donde los asistentes encontrarán vehículos de la marca Ford, Subaru, BMW, Volvo, Chevrolet y DS7 Crossback, cuyo valor de entrada inicia en $44.300.000 de pesos. Esta es una oferta competitiva que llamará la atención de aquellos que buscan mejorar aún más su estilo de vida", explicó Martha Gómez, gerente general de Subastas y Comercio.Por otro lado, la oferta de pickups incluirá modelos Nissan, Changan y JMC, con años de fabricación entre 2019, 2020, 2023 y 2024, con un valor base de $43 millones de pesos. Las vans presentarán aliados como Dongfeng, Chevrolet y Renault.Cómo participar en la subasta y novedadesPara poder acceder al evento y ser considerado un oferente, los ciudadanos interesados deberán asegurar su cupo pagando previamente la garantía de la oferta, cuyo valor dependerá del costo base del vehículo al que deseen aspirar. Es importante tener en cuenta que los cupos son limitados.Una ventaja adicional que ofrece Subastas y Comercio es la posibilidad de solicitar el servicio de broker. Esto significa que, si un comprador no puede asistir presencialmente, contará con el apoyo de un vendedor en línea que lo representará durante el proceso.Finalmente, para garantizar la transparencia y el acceso a la información, la subasta también será transmitida en tiempo real, según la gerente Martha Gómez."Este evento será la oportunidad para que aquellos asistentes puedan conocer de primera mano y en tiempo real el vehículo que desean adquirir con precios asequibles y competitivos. Adicionalmente, transmitiremos vía streaming por Instagram, TikTok y Facebook para generar mayor impacto y que las personas puedan ver de cerca la realización y familiarización de la subasta", agregó Gómez.
La discusión sobre el incremento del salario mínimo para el próximo año en Colombia ha comenzado con una brecha significativa entre las partes. Mientras que las centrales obreras y los sindicatos solicitan un aumento del 16% para los trabajadores, los gremios empresariales —SAC, ANDI y ACOPI (pequeños empresarios)— han respondido con una oferta inicial del 7.21%. Jorge Enrique Bedoya, presidente de la Sociedad de Agricultores (SAC), enfatizó en Mañanas Blu, que su postura se basa en un "análisis muy conscienzudo" del escenario laboral actual.La alarma de la informalidadLa propuesta de los gremios toma en cuenta un contexto laboral que califica como "no menor". Una de las principales preocupaciones es la creciente cantidad de colombianos que ganan por debajo del mínimo legal. Actualmente, más de 11.38 millones de compatriotas perciben menos de un salario mínimo. Esta cifra es superior en 1.23 millones de personas a la registrada hace un año, lo que implica que hoy hay más ciudadanos ganando por debajo del mínimo que antes.Otro punto central es el crecimiento de la informalidad laboral, considerada por Bedoya como la "verdadera precarización del trabajo",. La tasa de informalidad laboral ya asciende a 13.6 millones de compatriotas. Esta cifra representa 732,000 personas más que hace 12 meses. De hecho, de los 977,000 nuevos ocupados que se sumaron al mercado laboral en octubre de 2025, 732,000 están en la informalidad.Además, la población de colombianos que sí ganan un salario mínimo y que serán objeto directo de la decisión final ha disminuido, pasando de 3.7 millones el año pasado a 2.4 millones este año, según mediciones del Dane. Esta "expulsión" de 1.3 millones de colombianos que dejaron de ganar el salario mínimo se ha asociado con las alzas pasadas muy por encima de la inflación y la productividad,.Los empresarios argumentan que la mayoría de los colombianos tienen productos financieros como microcréditos, créditos de vivienda, libranzas y tarjetas de crédito. Si el incremento salarial es excesivo, el "golpe" se sentirá en toda la economía, no solo afectando a los 2.4 millones que ganan el mínimo, sino a todos los ciudadanos que pagan bienes y servicios, muchos de los cuales están "anclados" e "indexados" al salario mínimo y subirían en esa misma medida.A pesar de la gran diferencia entre el 16% solicitado y el 7.21% ofrecido, el Dr. Bedoya afirmó que los empresarios siempre acuden a la comisión de concertación con el ánimo de buscar un acuerdo.Sin embargo, este acuerdo debe basarse en cifras que sean "lógicas, materializables" y que tengan sentido para los trabajadores, los generadores de empleo y el resto de los colombianos. Se espera que las negociaciones continúen en los próximos días con el objetivo de lograr una concertación. Escuche aquí la entrevista:
Hay una crisis interna en la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia por cuenta de las diferencias de dos magistrados que la integran. Cristina Lombana y César Reyes han tenido varios desencuentros que han sido de conocimiento público; sin embargo, la queja por presunto acoso laboral que la magistrada Lombana interpuso contra el presidente de esa Sala deja entrever además una serie de presuntas irregularidades allí en la Sala de Instrucción que se encarga de investigar a los congresistas que incurran en la presunta comisión de delitos.Este medio conoció detalles de la ampliación de la queja de la magistrada Cristina Lombana contra su colega, en donde se relatan una serie de episodios que darían luces a una supuesta animadversión del magistrado Reyes contra su compañera al quitarle procesos que por sorteo le correspondieron a ella.Según la denuncia de la magistrada Lombana, el presidente de la Sala de Instrucción César Reyes le retiró de manera irregular el expediente contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, pese a haberle sido asignado por reparto aleatorio y sin que existiera una causal legal de impedimento o recusación.El documento también detalla lo ocurrido en el proceso contra el hoy ministro del Interior, Armando Benedetti, donde la magistrada afirma que, tras presentar un proyecto de definición de situación jurídica con medida de aseguramiento, fue recusada de manera sorpresiva horas antes de la discusión.Según señala, el despacho del magistrado Reyes Medina tardó más de dos meses en resolver el incidente y luego remitió el expediente a la Fiscalía, decisión que afirma excedía sus competencias. Por ello, para la magistrada Cristina Lombana, esa serie de actuaciones terminó apartándola del caso mediante argumentos que considera jurídicamente improcedentes.Adicionalmente, la magistrada alerta que, desde mayo de 2024, el expediente volvió al despacho del magistrado Reyes y permanece sin decisión de fondo; además, Cristina Lombana relata exclusión en decisiones administrativas, falta de rotación en la presidencia de la Sala, cargo que, asegura, ha sido ocupado reiteradamente por magistrados hombres y la adopción de medidas internas sin su participación.Este pleito escaló y llegó hasta la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes por la ausencia del magistrado Reyes en una diligencia de conciliación con la magistrada Lombana.
Cinco personas fueron detenidas en España y otras cuatro fueron imputadas en Dinamarca por secuestrar y asesinar a un hombre para robarle sus criptomonedas, informó este miércoles la Policía Nacional española.Los hechos ocurrieron en abril en el sur de España, cuando "los arrestados asaltaron a una pareja y, tras disparar al varón" en una pierna cuando trataba de huir, les secuestraron e "introdujeron en una vivienda donde permanecieron retenidos durante varias horas, mientras trataban de acceder a sus wallets con el fin de sustraer criptoactivos", indica el comunicado.La mujer fue liberada a medianoche y denunció los hechos, pero su pareja "permaneció en paradero desconocido hasta que su cadáver fue hallado en una zona boscosa de la localidad de Mijas", en la provincia de Málaga.En el marco de la operación, la policía, que no precisó cuando tuvieron lugar las detenciones, registró viviendas en Madrid y Málaga, y se incautó de pistolas y "numerosos efectos relacionados con el crimen", como un pantalón con restos de sangre.De las cuatro personas imputadas en Dinamarca, dos estaban en prisión por delitos similares. Los secuestros y robos relacionados con las criptomonedas han crecido en paralelo a la popularidad de estos activos.Particularmente recordado es el caso del secuestro en enero en Francia del cofundador de Ledger, David Balland, y su pareja. La alerta la dio el otro cofundador de esta empresa especializada en carteras de criptoactivos, Eric Larchevêque, que recibió un vídeo en el que se veía un dedo cortado de Balland, acompañado de una importante demanda de rescate en criptomonedas.Finalmente, Balland fue liberado y su pareja fue encontrada atada en un vehículo. También en Francia, en París, tuvo lugar en mayo el intento de secuestro de la hija y el nieto del director general de la empresa especializada Paymium, inmortalizado en un vídeo que se hizo viral. Las víctimas lograron, con la ayuda de los vecinos, ahuyentar a sus agresores.
Hace unos meses, el nombre de la jueza Marianela Cabrera Mosquera sonó con fuerza tras una polémica investigación disciplinaria en su contra por una serie de vídeos que subió a su cuenta personal de la red social TikTok donde se le ve bailando. En ese sentido, la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Caquetá resolvió formular pliego de cargos contra la jueza, lo que en la práctica significa un llamado a juicio disciplinario por presuntas acciones sugestivas y provocativas.En el fallo de 59 páginas se relata cómo supuestamente la funcionaria habría vulnerado el decoro y la moralidad exigidos a la función judicial, al ‘exhibirse’ en redes sociales resaltando su condición de jueza y difundiendo contenido considerado inapropiado.“En algunos videos e imágenes se ilustra con frases sobre el cargo de juez, que ratifican su carácter de funcionaria judicial; también se tiene que en un número considerable de imágenes y videos, la funcionaria aparece mostrando partes de su cuerpo no cubiertas por sus ropas como la región pectoral, o estando vestida, se muestra asumiendo posiciones que destacan esa y otras partes de su cuerpo, como los glúteos, que entonces se constituyen en imágenes ‘provocativas’, que por su condición de funcionaria judicial traspasan las prerrogativas de la condición de género, a lo sensual, cuestionable para la servidora judicial”, se lee en el fallo.Durante la investigación fueron practicadas múltiples pruebas testimoniales y documentales, en las que varios funcionarios judiciales destacaron el desempeño laboral de la jueza y señalaron que no presenciaron la grabación de videos en audiencias ni interrupciones en el servicio de justicia.Con este llamado a juicio disciplinario contra la jueza del Caquetá, inicia un proceso donde ella podrá defenderse y controvertir las pruebas en su contra.
Tras llegar a un acuerdo, la Justicia Penal Militar y Policial condenó a ocho meses de prisión al soldado Anderson Orlando Franco, quien quedó registrado en video cuando consumía estupefacientes mientras cumplía su labor en Suárez, Cauca.La infracción se registró en la madrugada del 22 de julio en la vía que lleva al corregimiento de Playa Rica, donde el soldado se encontraba de servicio de seguridad perimetral, y fue visto inhalando sustancias estupefacientes.La condena se dio por el delito de abandono de puesto.El caso fue ampliamente conocido en ese momento pues el video de cámara de seguridad se difundió alertando la irregularidad del soldado y otros compañeros que hacían parte del Batallón Terrestre N.º 13.Aquí el video del soldado:Por ese caso, el Ejército también inició su propia investigación disciplinaria con el fin de determinar las responsabilidades a la que haya lugar.
Una interesante sentencia profirió la Corte Constitucional tras fallar a favor de una menor indígena que perdió el año lectivo tras reprobar la materia de inglés; en ese sentido, el alto tribunal concluyó que la institución educativa desconoció su obligación de aplicar un enfoque diferencial acorde con su pertenencia étnica.La decisión se adoptó tras una tutela presentada por Yuliana en favor de Remedios, una adolescente de 16 años perteneciente al pueblo wayuu, quien terminó abandonando el sistema educativo por voluntad propia luego de reprobar el año académico.Según se estableció, aunque la joven intentó aprender inglés como segunda lengua, su arraigo cultural y la exigencia de mantener activa su lengua originaria dificultaron el proceso, sin que el colegio implementara estrategias pedagógicas diferenciadas.Allí, la Corte Constitucional fue clara en señalar que la etnoeducación es una garantía constitucional que exige a las instituciones educativas respetar y desarrollar la identidad cultural y lingüística de los pueblos indígenas.En ese sentido, reiteró el alto tribunal mediante su fallo de tutela que el Decreto 804 de 1995 obliga a aplicar pautas etnodiferenciadas no solo en territorios indígenas, sino en cualquier establecimiento con estudiantes pertenecientes a comunidades étnicas.Para la Corte, el colegio ubicado en La Guajira, departamento con amplia presencia del pueblo wayuu, debió flexibilizar su modelo educativo y permitir que la estudiante acreditara el dominio de dos lenguas, en lugar de imponer barreras que terminaron vulnerando su derecho a permanecer en el sistema educativo.Por ello, la Corte Constitucional ordenó que, si ‘Remedios’ eventualmente decide retomar sus estudios en la misma institución, se garantice su matrícula, permanencia y proceso formativo, así como la formulación de una estrategia pedagógica intercultural que tenga en cuenta su pertenencia étnica.
Hay una nueva polémica que tiene como epicentro la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, esta vez, por cuenta de la radicación de una queja por presunto acoso laboral que elevó la magistrada Cristina Lombana contra el presidente de la Sala, César Reyes.Dos magistrados de la Corte Suprema de Justicia fueron los encargados de radicar esta queja ante la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, se trata de Carlos Roberto Solórzano y Marjorie Zúñiga Romero.Esto, luego de que el pasado viernes 5 de diciembre el presidente de la Sala de Instrucción, César Reyes, no asistiera a la audiencia de conciliación con la magistrada Cristina Lombana que estaba agendada para las 11:00 a.m.“En virtud de lo anterior, y teniendo en cuenta que el Comité agotó la etapa de diálogo y gestión conciliatoria prevista en la normativa vigente, se configura el fracaso de la conciliación, razón por la cual se procede a la correspondiente remisión del asunto a la autoridad competente”, se lee en el documento radicado.Altas fuentes consultadas por Blu Radio confirman que los choques entre los magistrados Lombana y Reyes no son nuevos, y que por esa razón la togada decidió interponer una queja ante la Corte Suprema de Justicia.“En consecuencia, se remite el expediente correspondiente para que, en el marco de sus atribuciones constitucionales y legales, se sirva adelantar las actuaciones a que haya lugar”, aseveró el documento.
El caso de Samuel Guerrero, el bebé de 15 meses hallado sin vida en las playas de Buritaca, Santa Marta, continúa generando conmoción en el país.A la reciente condena de 36 años de prisión contra su madre, Jenny Zúñiga, se suma ahora el testimonio del padre, Edwin Guerrero, quien habló en Más Allá del Silencio Podcast y reveló nuevos detalles que calificó como un acto de “venganza y egoísmo”.Según Guerrero, el crimen ocurrió después de que solicitara al ICBF y a la comisaría de familia la regulación de las visitas, debido a que Zúñiga —según afirma— no le permitía ver al niño. También señaló que la mujer lo denunció por violencia intrafamiliar, hecho que él asegura nunca ocurrió.Estos son los chats en los que el padre reclamaba a su expareja“Por favor, regúlenme las visitas; la mamá no me lo deja ver”, fue la petición que, según él, desencadenó la decisión de Zúñiga de viajar desde Bogotá hacia la costa con el menor.Días antes del viaje, la mujer le había enviado una fotografía del niño con la cabeza completamente afeitada. Tras varios días sin comunicación y sin conocer el paradero del menor, la confirmación llegó de la peor manera.Guerrero asegura que, al ver la foto difundida por los medios sobre el hallazgo de un bebé muerto en la playa, supo de inmediato que se trataba de su hijo. “Me derrumbé completamente. Lo único que dije fue: ‘Esa bruja lo mató’”, relató.Según su testimonio, Zúñiga presuntamente habría entrado al mar con el niño y lo habría sumergido hasta causarle la muerte. El cuerpo apareció desnudo y boca abajo en la arena. “Al niño no lo botó el mar. Al niño lo dejaron ahí. El mar no hace eso”, afirmó.Dijo que, tras salir del mar, la mujer fue recogida por un mototaxista y llevada a la casa de unos familiares. Cuando le preguntaron si tenía hijos, respondió: “Gracias a Dios, no tengo ninguno”.Edwin también aseguró que, una vez en la terminal de Bogotá, la mujer cambió el número de cédula. “Jenny se fue y lo único que dejó fue una toalla que decía ‘mamá perdón’”, recordó. Añadió que, aunque fue capturada en junio, el proceso se estancó y quedó en libertad por vencimiento de términos.Un video al que tuvo acceso Más Allá del Silencio muestra el momento en el que la mujer desciende de un taxi y camina hacia la playa con el menor. Actualmente, Jenny Zúñiga se encuentra prófuga de la justicia.“Mi hijo cumpliría 5 años. Esta es una historia como de terror porque saber que Samuel no está y que este año cumpliría cinco duele mucho, pero duele más la forma en que murió. Llevo esa herida en el corazón, porque no pude verlo ni en el entierro ni en el velorio. La fiscal me dijo que no estaba en condiciones de verlo, entonces lo único que pude darle fue un abrazo al ataúd”, concluyó Guerrero.
Un nuevo capítulo del caso de la licitación de pasaportes se desarrolló ante el Tribunal Superior de Bogotá, donde la Fiscalía General de la Nación imputó cargos al exministro de Relaciones Exteriores, Álvaro Leyva Durán, por el delito de prevaricato por acción. El exfuncionario no aceptó los cargos. La audiencia estuvo a cargo de la fiscal Sandra Helena Portillo, quien expuso los argumentos con los que el ente acusador sostiene que presuntamente Leyva habría actuado de manera contraria a la ley durante el proceso contractual adelantado en 2023 para la fabricación y expedición de las libretas de pasaporte.Según la Fiscalía, Leyva habría desconocido los principios de la contratación estatal al declarar desierta la licitación 001-2023, cuyo valor ascendía a cerca de 600.000 millones de pesos. La fiscal Portillo afirmó que la decisión del entonces canciller careció de fundamento legal, pues el único oferente habilitado, Thomas Greg and Sons, cumplía con los requisitos técnicos, jurídicos y financieros. Para el ente acusador, la resolución mediante la cual se declaró desierto el proceso fue “a juicio de la Fiscalía, es manifiestamente contraria a derecho, en la medida que, primero, vulneró de manera abierta, caprichosa e irrelevante lo dispuesto en el artículo 25, número 18 de la Ley 80-93, en relación con los principios de economía y selección objetiva”.Durante la imputación, la representante de la Fiscalía sostuvo que la actuación del exministro configuró un abuso del cargo y una desviación de poder, pues reasumió la dirección del proceso contractual únicamente para impedir la adjudicación al proponente habilitado. Portillo señaló que Leyva no hizo uso de sus facultades para modificar o revocar el proceso en las etapas iniciales, ni planteó reparos en reuniones con entidades de control, sino que intervino cuando el proceso ya había sido evaluado y solo restaba adjudicar.La Fiscalía también argumentó que no existía ninguna causa objetiva que justificara declarar desierta la licitación, ya que la normativa únicamente lo permite cuando ninguna propuesta cumple los requisitos, cuando no se presentan oferentes o cuando existe un impedimento objetivo para seleccionar al contratista, condiciones que, según el ente acusador, no se presentaban en este caso. La decisión de Leyva, insistió la fiscal, se basó en apreciaciones subjetivas relacionadas con supuestas irregularidades en beneficio de la firma Thomas Greg & Sons, contratista del servicio por 17 años, pero que no habían sido advertidas ni documentadas durante el proceso.La defensa del exministro, a cargo del abogado Roberto Badel, rechazó la calificación de la Fiscalía y aseguró que Leyva actuó dentro del marco legal. Según Badel, la decisión de declarar desierta la licitación buscaba garantizar la pluralidad de oferentes y asegurar un proceso de selección más competitivo. Señaló que el juicio deberá centrarse en la interpretación de las normas y en determinar si el exministro aplicó de manera correcta los principios que rigen la contratación estatal. Agregó que “lo que se busca es mirar dos aspectos fundamentales, no fue grosero, no fue grotesco, no fue arbitrario y mucho menos si ustedes se dan cuenta no hay un solo hecho de corrupción que se pueda llevar a inferir ese capricho abiertamente expresado como lo infiere la Fiscalía”.
El pasado 1 de diciembre de 2025, un juez sentenció a 33 años y 8 meses de cárcel a Jenny Alexandra Higuera Casallas, de 28 años, por acabar con la vida de su hijo de 18 meses, Samuel Guerrero, en una playa de Santa Marta el 20 de abril de 2022.En entrevista con Más Allá del Silencio Podcast, de Rafael Poveda, Edwin Guerrero, padre del menor, reveló detalles del crimen. Según dijo, todo se trató de un acto de “venganza y egoísmo”.Recordó que la última vez que vio a su hijo “él se acostó en mi pecho. Recuerdo mucho ese momento porque ya tenía un añito. Apenas llegó y me vio, me saludó como si todavía me recordara. Se recostó sobre mi pecho y yo lo acaricié mientras le decía: ‘Hijo, prometo que nos vamos a volver a ver’. Lo abracé con fuerza, y así nos quedamos unos tres minutos, hasta que Jenny nos dijo que era hora de despedirnos”.Señaló que la mujer no le permitía ver a su hijo con frecuencia y que incluso le interpuso una demanda por violencia intrafamiliar, aunque asegura que nunca ocurrió. Recordó un episodio en el que “no llegué a la casa. Ese día decidí quedarme en mi vivienda; ella pensó que estaba con otra mujer. Al día siguiente la llamé, pero no obtuve respuesta. Solo hasta las seis de la tarde me envió un mensaje: era una foto del niño, completamente rapado, con la cabeza afeitada”.Edwin contó que se conocieron en el barrio donde vivían y que, tras meses de relación, ella quedó embarazada. Aunque intentaron continuar, dijo que vivió episodios de violencia por parte de la mujer, como una ocasión en la que presuntamente le quemó la cara con una arepa.Afirmó que, luego de varios episodios fuertes, decidió terminar la relación, pero ella le insistía repetidamente en que regresaran. Al negarse, le escribió que no podía ver a su hijo porque lo había demandado por golpearla, algo que él negó rotundamente.“Empecé a poner denuncias por ejercicio arbitrario de la custodia. Llamaba al ICBF, a Bienestar Familiar y a la comisaría. Les mandé muchos correos: ‘Por favor, regúlenme las visitas de mi hijo; la mamá no me lo deja ver’. Mi hijo cumplía años en diciembre; lo vi ese año. La última vez fue el 16 de diciembre: lo vi poquito”, relató.También recordó que ella le decía que, si volvían, retiraba la denuncia. “Yo accedí a lo que ella me pidió; que tenía que verlo por horas, accedí. Yo quería ver a mi hijo. Yo luché”, comentó.Indicó que pasaron varios días sin saber nada de la mujer ni de Samuel, por lo que fue a la casa de la familia, quienes le negaron tener información. Posteriormente, “me envían una foto de una noticia de El Espectador donde habían encontrado el cuerpo de un niño en las playas. Me derrumbé completamente. Lo único que dije fue: ‘Esa bruja lo mató’”.Entre lágrimas expresó: “Lo que Jenny le hizo a mi hijo fue desaparecerlo para siempre. Los días que pasé en Santa Marta no se los deseo a nadie. Fue algo muy cruel”.“Al niño no lo botó el mar. Al niño lo dejaron ahí, en la playa. El mar no llega a botar los restos así. Ahí fue donde lo encontraron: totalmente desnudo, boca abajo”, dijo, indicando que lo más probable es que la mujer lo haya ahogado.Finalmente, relató que “a Jenny la recogió un mototaxista y la llevó a su casa, donde vivía con su mamá. Él le dijo a la señora que había encontrado a Jenny sola en la calle. Mientras conversaban, la señora le preguntó de dónde era, y Jenny le contó que venía de Bogotá. Cuando la mujer le preguntó si tenía hijos, Jenny respondió que, gracias a Dios, no tenía ninguno".
El caso del asesinato de Jaime Esteban Moreno, estudiante de Ingeniería de Sistemas de la Universidad de Los Andes, dio un giro crucial luego de que se conociera la entrega voluntaria de Ricardo González Castro, el segundo señalado de participar en el violento ataque ocurrido en Bogotá. La entrega se produjo el lunes 10 de noviembre de 2025.González, de 23 años, se presentó ante las autoridades en las instalaciones de la URI de Canapote, en Cartagena (Bolívar), tras haber permanecido prófugo durante más de una semana. La Fiscalía General de la Nación lo buscaba desde el 7 de noviembre, bajo una orden de captura por su presunta participación como coautor del homicidio que conmocionó a la capital del país.La víctima, Jaime Esteban Moreno, perdió la vida a causa de la brutal golpiza que recibió la noche del 31 de octubre, en inmediaciones del Before Club, ubicado en la esquina de la calle 64 con carrera 15, en el norte de Bogotá.Tras la entrega, la defensa de González, encabezada por la abogada penalista Gladys Marcela López, aclaró que su representado no es ciudadano venezolano, sino colombiano, de Cartagena, y que además prestó su servicio militar.López insistió en que el joven no estaba huyendo del país, sino que viajó a la Costa Caribe para reunirse con su familia, que reside allí. Ricardo González fue identificado en los videos de seguridad como el hombre que vestía una camiseta negra y unas orejas de conejo, y que, según el abogado de la víctima, habría sido quien propinó el golpe que dejó a Moreno en estado de indefensión. Posteriormente, fue presentado ante un juez de control de garantías.En horas de la tarde del lunes 10 se llevó a cabo la audiencia de legalización de captura e imputación de cargos, en la que la Fiscalía buscaba determinar si González aceptaba los cargos y se acogía a beneficios judiciales por colaboración, o si, por el contrario, afrontaría un juicio. Finalmente, no aceptó los cargos.Durante la audiencia, la Fiscalía sostuvo que González era consciente del acuerdo previo y de la letalidad de los golpes que se propinaron a la víctima, especialmente en zonas vitales como la cabeza. Por estos hechos, se le imputó el delito de homicidio agravado doloso, con el agravante de haber puesto a la víctima en situación de indefensión.Por su parte, Juan Carlos Suárez, el otro implicado en el crimen, continuará su audiencia de medida de aseguramiento este miércoles 12 de noviembre a las 9:00 de la mañana.
La Corte Constitucional declaró exequible el Decreto Ley 1094 de 2024, mediante el cual el Gobierno nacional reconoció la Autoridad Territorial Económica y Ambiental, ATEA, como un instrumento de derecho propio de las comunidades indígenas que integran el Consejo Regional Indígena del Cauca, CRIC.Para la Corte, la expedición del decreto no vulneró el derecho fundamental a la consulta previa, en tanto el proceso fue resultado de un diálogo concertado con las autoridades tradicionales del pueblo indígena.El decreto, firmado por el presidente de la República, Gustavo Petro, en agosto de 2024, establece las competencias, funcionamiento y mecanismos de coordinación de la ATEA en los territorios indígenas del CRIC.Sin embargo, varios ciudadanos impulsaron demandas de inconstitucionalidad por considerar que la norma debía ser consultada no solo con los pueblos del CRIC, sino con otras comunidades indígenas del Cauca y de otros departamentos, y que algunas disposiciones podían afectar la propiedad privada y la autonomía de entidades territoriales no indígenas.Tras estudiar los requerimientos, la Corte concluyó que las demandas solo eran aptas en lo relativo al derecho a la consulta previa, y se inhibió de pronunciarse sobre los cargos de presunta vulneración a la propiedad privada y a la autonomía territorial, al considerar que se basaban en interpretaciones subjetivas de la norma.La Sala Plena reiteró que el decreto fue producto de un proceso de concertación y negociación previa entre el Gobierno y el CRIC y que esa actuación cumplió con el objetivo esencial de la consulta previa, que es garantizar la participación efectiva de los pueblos afectados y respetar su derecho a la autodeterminación.Asimismo, el alto tribunal concluyó que la norma no generaba afectación directa a otras comunidades indígenas del Cauca ni de otros departamentos, pues su ámbito de aplicación se limita a los territorios del CRIC, aunque sí dejó abierta la posibilidad de que en casos concretos se evalúe si la aplicación del decreto puede producir impactos específicos sobre terceros.Reparos por parte de magistradosEn cuanto al detalle de la votación, los magistrados Miguel Polo Rosero, Carlos Camargo Assis y Héctor Carvajal Londoño presentaron salvamentos parciales de voto.Polo Rosero y Camargo coincidieron en que el artículo 3 del decreto, al incluir territorios en proceso de solicitud o saneamiento, podría generar tensiones con los derechos de propiedad y la autonomía de las entidades no indígenas y por ello consideraron que la Corte debió condicionar la norma, limitando su aplicación a tierras con título colectivo reconocido o con resolución de protección.Por su parte, Carvajal sostuvo que el cargo sobre autonomía y propiedad privada merecía un examen de fondo.
Las etiquetas de los licores en Colombia seguirán llevando la frase "El exceso de alcohol es perjudicial para la salud" luego de que la Corte Constitucional declarara exequible y rechazara una demanda que pretendía quitar la palabra “exceso” de dicha frase.La demanda fue presentada por la Fundación Red PaPaz en marzo pasado argumentando que la frase inducía a error a los consumidores al sugerir que solo el consumo excesivo de alcohol es nocivo, desconociendo evidencia científica que demuestra que no existe un nivel seguro de ingesta.Sin embargo, en su decisión la Corte concluyó que la expresión no vulnera los derechos a la información ni a la salud de los consumidores, pues el mensaje forma parte de una política pública legítima y está respaldado por evidencia científica con consenso razonable.La corporación precisó que la advertencia está dirigida a personas adultas y que no puede considerarse engañosa.Aún así, el alto tribunal instó al Congreso y al Ministerio de Salud a actualizar la política pública sobre el consumo de alcohol, atendiendo la mejor evidencia científica y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud.El magistrado Vladimir Fernández Andrade salvó su voto, mientras que la magistrada Lina Marcela Escobar Martínez aclaró el propio. Escobar coincidió con la decisión de la mayoría pero advirtió que el concepto de “moderación” en el consumo de alcohol resulta indefinido y problemático, y subrayó la necesidad de fortalecer las políticas de prevención y reducción de riesgos.Con esta decisión, la Corte mantiene la frase vigente en las etiquetas de bebidas alcohólicas, pero deja abierta la puerta a una eventual revisión legislativa que refleje los avances científicos sobre los efectos del alcohol en la salud.
A la cárcel fue enviado José Eduardo Chala Franco, el taxista que en estado de embriaguez embistió a 11 personas en la localidad de San Cristóbal en el sur de Bogotá en la noche del pasado sábado. Por el hecho, dos menores de edad están en grave estado de salud.Chalá, quien aceptó cargos, enfrentará un proceso por homicidio agravado en grado de tentativa y lesiones personales dolosas agravadas.Más temprano, el alcalde Carlos Fernando Galán había pedido sanciones ejemplares para este hombre.“Este hombre tiene que pagar cárcel por los hechos ocurridos el fin de semana en San Cristóbal. Quiero enviar toda mi solidaridad a las víctimas y sus familias. Desde el sábado, cuando ocurrieron los lamentables hechos, el equipo de la Secretaría de Salud ha estado en contacto con los familiares, haciendo acompañamiento permanente”, escribió en redes.Este hombre, de 56 años, conducía el vehículo pese a tener restricción por pico y placa y contaba con más de diez comparendos por diversas infracciones, entre ellas exceso de velocidad y estacionamiento en zonas prohibidas, según indicó la general Susana Blanco, directora de la Dirección de Tránsito de la Policía.Por su parte, vecinos y familiares de las víctimas de este accidente aseguran que no es la primera vez que se presenta un siniestro vial en esta esquina, por lo cual piden que se normalice el sentido de la vía a un solo lado.Según el reporte médico emitido por el Hospital Santa Clara este lunes 10 de noviembre, la joven de quince años se encuentra en proceso de confirmación de muerte encefálica. El menor de siete años continúa internado en la Unidad de Cuidados Intensivos bajo estrictos protocolos de neuroprotección cerebral y estabilización general.La niña de doce años permanece en observación pediátrica con diagnóstico de trauma craneoencefálico leve y lesiones de tejidos blandos, aunque su evolución ha sido positiva, de acuerdo con el informe de la entidad de salud.
La Fiscalía General de la Nación confirmó que fue declarada desierta la licitación pública por 37.000 millones de pesos destinada a la adquisición de un sistema multibiométrico integral forense para el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI). La decisión se adoptó tras establecer que el único oferente que seguía en el proceso no cumplía con los requisitos exigidos en los pliegos.El proyecto busca dotar a la entidad de una herramienta tecnológica avanzada para la verificación de identidad a través de impresiones dactilares, palmares y reconocimiento facial, con el fin de fortalecer las labores forenses e investigativas del ente acusador.En las semanas previas a la decisión, la Procuraduría General de la Nación había emitido una advertencia preventiva sobre posibles irregularidades en el proceso licitatorio, señalando riesgos que podrían vulnerar principios esenciales de la contratación estatal, como la legalidad, transparencia, igualdad, planeación y libre concurrencia.El Ministerio Público cuestionó la falta de publicidad y de soporte técnico en algunos aspectos del proceso, entre ellos los indicadores financieros utilizados para evaluar a los oferentes y los requerimientos técnicos del sistema, los cuales, según su análisis, carecerían de una justificación suficiente.Asimismo, expresó preocupación porque la Fiscalía habría modificado etapas del proceso que ya se encontraban cerradas, lo que podría constituir un exceso en sus competencias. En el oficio enviado al ente acusador, la Procuraduría incluso puso a consideración la posibilidad de revocar la licitación.Uno de los puntos más llamativos del informe señala que el requerimiento de 4,2 millones de conexiones simultáneas en el componente de firewall sería desproporcionado frente a las necesidades reales del sistema, lo que podría haber limitado la participación de posibles oferentes.
La Corte Constitucional se pronunció tras estudiar una tutela presentada por Lucía, una mujer de 100 años con múltiples enfermedades crónicas, dificultades de movilidad y alta dependencia para realizar sus actividades cotidianas. Su núcleo familiar también está compuesto por personas mayores, y no cuenta con los medios físicos ni económicos para atenderla, por lo que la accionante solicitó a su EPS la garantía de servicios médicos, de enfermería y de cuidado domiciliario.Luego de analizar el caso, el alto tribunal recordó que los derechos a la salud y al cuidado adquieren especial relevancia en el caso de personas mayores, quienes son sujetos de especial protección constitucional. La Corte precisó la diferencia entre el servicio de cuidador y el de enfermería e insistió en que las EPS deben reconocer el primero cuando se demuestra que la persona requiere apoyo y que su familia no puede brindarlo.La sala de tutelas destacó la necesidad de diseñar políticas que respondan al reto del envejecimiento poblacional y la escasez de recursos, señalando que muchas personas mayores terminan asumiendo el cuidado de otros, lo que resulta desproporcionado y evidencia la urgencia de una respuesta estructural del Estado.Si bien la alta corte reconoció avances en la garantía del derecho al cuidado, advirtió que persisten vacíos significativos que deben atenderse de manera prioritaria, por lo que hizo un llamado al Gobierno y al Congreso para que definan los alcances de los deberes de los distintos actores —familia, sociedad civil y Estado— y avancen hacia la realización progresiva del derecho fundamental al cuidado.En el caso concreto, el tribunal confirmó que la adulta mayor requiere apoyo permanente y que su familia no puede asumir la totalidad de las labores de cuidado, por lo que ordenó a la EPS mantener el servicio de cuidador en jornadas diarias de doce horas, así como realizar una valoración médica integral e interdisciplinaria para determinar su inclusión en un programa de atención domiciliaria.